Humor y Administracion

Cómo acabar con las infracciones de tráfico de una vez por todas

En pleno inicio de las marchas de tráfico con ocasión del puente de Diciembre, las alarmas para garantizar la prudencia de los conductores se han disparado. Por un lado, no es casual que haya entrado en vigor la reforma del Código Penal para tipificar como delito o falta y no como simple infracción administrativa las conductas peligrosas de los bárbaros del volante (temeridad, velocidad hiperexcesiva, alcoholismo superlativo,etc). Por otro lado, las campañas televisivas no escatiman advertencias y llamadas a la prudencia de conductores.

    1. Sin embargo, Sevach es bastante escéptico sobre la eficacia de tales medidas. Las medidas penales son como los grandes perros ladradores (poco mordedores). Y los mensajes televisivos le suenan al conductor como «vieja música de fondo», a pesar del impacto del lema de la nueva campaña de la Dirección General de Tráfico para Navidad: «En el coche puedes vivirlo todo… o perderlo todo».

    2. Por si fuera poco, y para rebajar la credibilidad al sistema, el coche oficial del mismísimo Director General de Tráfico, José Navarro, fue registrado la semana pasada circulando con un exceso de 30 km/hora sobre el máximo permitido. Ver noticia.

    3. Pues bien, toda iniciativa para acabar con una lacra crónica de nuestras carreteras ha de ser bienvenida, especialmente inquietante si tenemos en cuenta que en lo que va de año se han cosechado 2.539 muertos en España. Especialmente original resulta la planteada por el alcalde de Gibraleón (Huelva), Juan Serrato, ha aprobado un bando municipal por el que pone en marcha en el municipio la campaña «Protege tu vida, ponte el caso», mediante la que se canjeará la primera multa de los motoristas por un casco que garantice su seguridad. Ver noticia.

    4. Para aportar su contribución, Sevach propone algunas medidas que a su juicio conseguirían frenar a los «conductores homicidas» que se escapasen por los agujeros garantistas del derecho penal, o gracias a la habilidad de sus abogados. Se trata de medidas de gran sencillez en formulación y aplicación, y que provocarían un fulminante descenso de las infracciones de tráfico:

      Primera medida.- El impuesto municipal sobre vehículos se incrementaría un 20% a los que durante el ejercicio anterior hayan sido sancionados dos veces por infracción muy grave.

      Y es que si mayor es el riesgo generado por los infractores y mayores los gastos preventivos y restauradores del orden del tráfico, justo es que el impuesto vinculado al uso de vehículos se incremente bajo el principio de «quien ama el peligro, que pague por él». Estamos ante una medida con parentesco con la consabida del ámbito ambiental, «quien contamina, paga» .

      Segunda medida.- Se debería sancionar al acompañante, como cómplice o encubridor, en caso de infracción por exceso de velocidad calificado de muy grave.

      De este modo, se implica realmente al acompañante en la vigilancia del conductor, evitando la impunidad de los pasajeros que jalean la velocidad, y obligando al acompañante a velar y advertir al conductor ebrio de su deber de diligencia y atención.

      Tercera medida.- Los sancionados por infracciones graves de exceso de velocidad tendrían privados por los seis meses siguientes a la firmeza de la sanción, los siguientes derechos:

        a) A conducir vehículos de alta cilindrada o potencia;

        b) A circular por autopistas y autovías;

        c) Prohibición de estacionamiento en zonas azules.

      El incumplimiento de estas sencillas pero onerosas limitaciones tendría la consideración de ilícito penal.

      Se trata no de privar el derecho del ciudadano a desplazarse para sus necesidades vitales sino de que el mismo resulte incómodo para tomar conciencia de la infracción. Las pequeñas privaciones son las mas efectivas (¿Qué es mas efectivo?: ¿Castigar a una persona sin comer un día, o sin tomar pan con las comidas durante un mes?).

      Cuarta medida.- Los sancionados por faltas graves tendrían la carga de conducir con un rótulo indicativo en el parabrisas trasero durante tres meses (al igual que hay que llevar la letra de los «novatos», se obligaría a llevar la letra de los «infractores» ).

      Esto recuerda a la «letra escarlata» que se grababa a las prostitutas en la Edad Media o al sambenito de la Inquisición, pero si se busca el efecto ejemplo y que el dinero pagado no oculte la faz del infractor, es conveniente tan sencilla medida.

      Quinta medida.- Las sanciones de tráfico que comporten privación del permiso de conducir serían ejecutivas tras su firmeza en vía administrativa, fijándose su suspensión cautelar en vía jurisdiccional al impugnarlas como medida excepcional.

      De este modo se evitaría que las sanciones de privación del permiso de conducir vean su ejecución demorada por laberintos judiciales hasta uno o dos años de perpetrar la infracción, con lo que el efecto de inmediatez de la penitencia se disipa.

    Claro que siempre queda la esperanza de que el castigo preferente previsto por el Código Penal para los «conductores homicidas» (cargados de alcohol o velocidad) y referido a los «trabajos en beneficio de la comunidad» se haga efectivo en vez de la medida de prisión, y que cumpla la función reeducadora de los infractores. Y es que una cosa es la «prisión» que no se cumple (bien porque no se impone o bien porque se supedita a la llamada «remisión condicional de la condena», o sea «vete y no peques mas… en dos años») y otra muy diferente el que el infractor tenga que colaborar con servicios a la comunidad vinculados o no al tráfico (hospitales,limpieza, mantenimiento de jardines,etc). ¿Qué duda cabe del benéfico impacto para la comunidad de la visión del prepotente propietario de un deportivo, del jovencito alocado o del maduro trasegador de alcohol, cumpliendo condena por su irresponsabilidad, mientras sostienen atribulados una señal de peligro para garantizar el paso de los escolares por el paso peatonal?.

0 comments on “Cómo acabar con las infracciones de tráfico de una vez por todas

  1. el_f_lipe

    La que veo mal es la Segunda medida. Hacer responsable de una falta o delito a alguien que no tiene control sobre ello (el acompañante no suele tenerlo) no me parece ético. Y en el supuesto de que permaneciera esa medida ¿Qué acompañante sería más responsable? ¿El del asiento delantero?, ¿los de los asientos traseros?, ¿Ir durmiento de consideraría atenuante? ¿Obligamos a la instalación de tantos velocímetros y frenos como plazas tenga el vehículo?
    Saludos.
    🙂

  2. Una medida ciertamente más adecuada sería rebajar la potencia de los vehículos al mínimo necesario (en función del tamaño y peso… los turismos en general no necesitan más de 90 CV), así como limitar su velocidad punta al límite legal máximo permitido (esto es, 120 km/h).

    Pero entonces, y nos salimos del ámbito normativo/legal que se suele tratar aquí, ¿caerían las ventas? ¿que ocurriría con los fabricantes? ¿qué repercusiones tendría para las plantas de fabricación/montaje existentes?

    Las bondades de la medida son obvias (el porcentaje de accidentes por velocidad inadecuada -alta generalmente- está en torno al 30%, aunque habría que matizar esta estadística, personalmente creo que la velocidad tiene la culpa en más casos), pero sobre los inconvenientes nadie se ha parado a pensar… ¿por qué?

    Por otra parte, y según datos recogidos en internet, 700 niños muertos en accidentes domesticos (2004) me parece bastante más preocupante que 3016 en accidentes de tráfico (2006)…. ahí queda eso.

    Salu2!

  3. Labeca

    Ni más impuestos, ni máyores multas. Lo que de verdad le duele a la gente es que le quiten el carnet. ¡hay que dar donde duele!

  4. spurgus

    Añado dos más_

    a) Las sanciones solo podrán ser impuestas cuando se notifiquen las denuncias en el momento y en persona (ya vale de ocho millones de multas al año, eso es afán recaudatorio que todos comprenden y restan credibilidad a las medidas).

    b Las sanciones de retirada deberán ser impuestas por un juez que dictará sentencia en las 72 horas siguientes a la denuncia (juicio ráido por sistema). El Juez podria ser el de paz, o una figura similar.

  5. me parece bien en principio. el que la haga que lo pague

    sobre el comentario de lobo , de la limitacion cilindrada , en estos momentos a mi entender no hay problema tecnicamente pues existe lo que se llama EL TRANSPONDER, ( no se si lo escribo bien) , Es un aparato que se suele llevar en las formulas 1

  6. policia local

    Yo a Spurgus le «redondearía» las propuestas del siguiente modo:
    A) además si se les notificaran en el acto, el agente debería llevar una corbata de rayas y escribirlas con un boli verde. Es independiente de las circunstancias del momento; por ejemplo, agente de circulación a pie, observa vehículo rebasar semáforo en rojo; se introducirá en una cabina telefónica y saldrá disfrazado de superman y echará a correr (ojo, respetando los pasos de cebra y los semáforos, no vaya a ser peor el remedio que la enfermedad) hasta detener al infractor y poder notificarle «en mano», eso reduciría las infracciones y haría que los conductores, nerviosos, vigilaran siempre por el retrovisor por si una polvareda tras ellos avisaba de la presencia del agente «supernotificador»
    B) No un juez, la sala de lo penal del tsj constituida bajo los semáforos.
    Seamos serios, a nadie le gusta que le denuncien,( yo caí hace tiempo en un radar y reaccioné indignado contra mi mismo por idiota y contra los del rádar por no estár viendo un partido de futbol en ese momento), pero poner mas trabas a la acción denunciadora, mas requisitos al alcoholímetro, mas dudas sobre la precisión del rádar, mas problemas a la hora de comunicar el hecho,etc. sólo aumentarán los desastres del tráfico y hará las ciudades mas insalubres.
    Se que mi condición de policía ma hace arrimar el ascua a mi sardina, pero también conduzco y he notado ultimamente mucha mas tranquilidad que antes al circular por carretera, ¿no serán por culpa de esos radares que no notifican en el acto?

  7. Manuel

    Lo que verdaderamente acabaría con el problema es EL DECOMISO Y DESTRUCCIÓN TOTAL DEL VEHÍCULO con el que se ha hecho la infracción.

    A un niñato que le multan 6 o 10 veces, le da igual que lo vuelvan a multar, le da igual que le quiten el carnet, sigue conduciendo porque es INSOLVENTE y PORQUE EL CARNET NO DEJA DE SER UN SIMPLE PAPELUCHO, y sobre todo PORQUE SIGUE TENIENDO EL COCHE EN SU PODER, JODER, …..A NADIE SE LE OCURRE SIQUIERA PLANTEARSE ESTA SOLUCION O ES QUE ES ANTIPOPULAR?

    Que le destruyan el coche verás como le duele…..lo demas se lo pasa por el forro de los guevos……

    Y si no llevo razón, que algun iluminado me conteste a esto: POR QUE CUANDO TE SANCIONAN POR POSITIVO EN CONTROL ALCOHOLEMI, SI ERES CAZADOR TE RETIRAN LA LICENCIA DE CAZA UN AÑO? ¿QUÉ COÑO TIENE QUE VER LA LICENCIA DE ARMAS CON LOS COCHES?…

    PAIS DE INEPTOS

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