Informatica y Derecho

El asalto al «canon visual» por fotografías y filmaciones de obras artísticas visibles en espacios públicos

El asalto al canon visual por fotografías y filmaciones de obras artísticas visibles en espacios publicosAyer Sevach tuvo conocimiento de que un post en la web www.fiscalizacion.es incluía una foto del Atomium belga (emblema de la Exposición Universal de Bruselas de 1958) tomada por su hijo en sus vacaciones, lo que fue objeto de advertencia por un amable comentarista sobre la obligación del bloguero de abonar los derechos de autor a la sociedad de autores de Bélgica. Tras consultar las tarifas al Departamento de Arts Graphiques & Visuels de SABAM (Sociedad de Autores Belga) se le indicó que la tarifa para la reproducción de una fotografía privada en internet del Atomium era de 180 euros por un año.

1. Esta situación ha recordado a Sevach que la Torre Eiffel solo puede fotografiarse gratuitamente durante el día, porque Gustave Eiffel cedió sus derechos sobre la misma a la Administración Pública, pero como ulteriormente Pierre Bideau diseñó la iluminación de la torre, en 1985, cuando llega la noche está prohibido fotografiarla. Se exceptúan las imágenes para confección de postales (que no pagan canon alguno, aunque deben mencionar el copy-right de la iluminación) y las imágenes para el mundo de la edición o publicidad, que abonan jugosas tarifas a la Sociedad para la Explotación de la Torre Eiffel.

¡Menos mal que esa otra obra codiseñada por Eiffel, la estatua de la Libertad no fue objeto de iluminación por ningún avispado!.

2. Viene al caso la situación porque en España la Ley 33/2003,de 3 de Noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, considera la regla general el uso común de los bienes de dominio público (con su secuela de libertad de acceso, concurrencia y gratuidad) lo que acarrea el derecho ciudadano al pleno acceso físico y visual (así como de plasmación fotográfica o fílmica) sin que ningún particular puede arrogarse su exclusividad ni la Administración Pública pueda impedirlo. O sea, que nadie tema por hacer fotos en parques públicos, plazas, carreteras o en la playa, ni tampoco por fotografiar la estatua de Woody Allen en Oviedo.

Y por supuesto, ninguna persona desprovista de la condición de autoridad pública (esto es, ningún guarda jurado ni portero o vigilante privado), puede efectuar compulsión alguna al fotógrafo o cámara que filme escaparates o ventanas de negocios particulares con vistas a la vía pública (ya sean joyerías o restaurantes) ya que llegado el caso podría incurrir en un delito o falta de coacciones sobre el inocente fotógrafo.

3. Asimismo, la Ley de Patrimonio Histórico de 1985, y sus homólogas autonómicas, al ocuparse de tan singular propiedad (que puede estar en manos privadas) está inspirada igualmente en el fomento y difusión de la misma, por lo que en principio en las vertientes accesibles desde espacios públicos y expuestos a la vista de todos no puede su propietario (público, privado o eclesiástico) prohibir la toma, reproducción o explotación de las imágenes captadas por medios técnicos.

4. En cambio, cada Administración Pública podrá imponer limitaciones o normas de conducta dentro de los edificios o propiedades, para la realización de cualquier tipo de actividad, incluso la de tomar fotografías o realizar filmaciones (interior de Museos, Bibliotecas, oficinas públicas, etc). E igualmente podrán establecerse limitaciones en el exterior para la toma de imágenes respecto de hospitales y centros asistenciales, o edificios que requieran medidas de seguridad.

5. Y por supuesto, la toma de imágenes de tales espacios públicos que incluyan personas identificables requerirá el consentimiento de los afectados, salvo que se trate de un evento noticiable y de acceso público, pues han de evitarse las intromisiones ilegítimas en el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, tutelada por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección del Derecho al Honor e Imagen, con las salvedad de la captación de imágenes de «personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público».

6. En justa coherencia el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, de la Ley de Propiedad Intelectual señala en su artículo 35: «Utilización de las obras con ocasión de informaciones de actualidad y de las situadas en vías públicas.

    a. Cualquier obra susceptible de ser vista u oída con ocasión de informaciones sobre acontecimientos de la actualidad puede ser reproducida, distribuida y comunicada públicamente, si bien sólo en la medida que lo justifique dicha finalidad informativa.

    b. Las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales.»

7. Curiosamente, esa misma filosofía inspira la legislación americana que excluye del derecho de autor, las fotografías, dibujos u otras reproducciones de obras arquitectónicas situadas en lugares visibles desde lugares públicos. En otras legislaciones, como la belga, se autoriza la toma de fotografías para uso privado, pero si se pretende su publicación (entendido como divulgación por prensa, vídeo o internet) se precisa el consentimiento del arquitecto o escultor. Y en otras como la alemana, solamente se precisa tal consentimiento para su divulgación si es con ánimo de lucro.

8. La situación a Sevach, como buen checo, se le antoja kafkiana, ya que… ¿quién le pone puertas al campo?; ¿Quién es capaz de controlar las fotografías o filmaciones de tanto turista, visitante o ciudadano de monumento histórico?; ¿Quién prohibiría tomar fotografías a la salida de la boda de una iglesia o filmar a los hijos en un puerto o playa?; ¿Quién puede considerarse propietario de la fachada de una Catedral?, ¿los artesanos, los mecenas burgueses, los clérigos, los reyes o los feligreses?… ¿O todos?. Además, y dándole la vuelta al argumento de los partidarios de extremar los derechos de autor… ¿no debería el titular de la obra arquitectónica o escultura abonar a la Administración pública por mantener su obra en un lugar de dominio público con la consiguiente difusión y publicidad gratuita?

9. Sin embargo, no hace falta ser un águila para constatar que en España tras la aprobación del «canon digital» se ha destapado la caja de los truenos, y los artístas con obras visibles de la vía pública (arquitectos, escultores y pintores con obras en monumentos y edificios públicos) comienzan a formular reivindicaciones de su derecho a una «compensación equitativa» por el acceso libre a sus obras y la toma indiscriminada de fotografías o filmaciones. En este sendero, se están prodigando plataformas, asociaciones artísticas, entidades de gestión de derechos de autor, Fundaciones y otros grupos de interés, que han iniciado sus exigencias, con la complicidad de la situación de otros países. Ya se sabe el camino: cánones y compensaciones.

Ante tal «ruido de artistas», los políticos hacen oídos sordos en este período electoral por el precedente de la impopularidad del «canon digital» pero nadie puede ignorar que un nuevo Gobierno ante un «yacimiento de rentabilidad pública» (tal como las tasas o cánones por tales conceptos) puede verse tentado a experimentar en los dos primeros años de legislatura tales medidas recaudatorias. En definitiva, que se avecinan nuevas etapas de tensión entre el derecho de todos a tomar fotografías y filmaciones de los espacios públicos y el derecho de unos pocos a rentabilizar todas las formas de reproducción de su obra, ignorando que una fotografía o una filmación de un edificio o escultura en espacio público constituye una obra artística en sí misma, independiente y diferenciada del original (en distinto «formato»), y por la que en buena lógica y justicia, nada debiera abonarse por su autor.

10. Piénsese, como licencia expresiva, que de seguirse esta tendencia a nivel internacional podría darse el caso de que la mítica ciudad de Las Vegas tuviere que cerrar sus casinos por constituir reproducciones a casi tamaño natural del Taj Mahl, Villa Adriana, Versalles, San Pedro de Roma, el Palacio de Verano de Pekín y la torre Eiffel.

11. O sea, que si «las leyes van donde quieren los reyes… del mambo» pues un buen día la Universidad de Salamanca puede empezar a cobrar por las fotografías de la fachada con su rana emblemática, y la Alhambra cobrar por sus videos e imagen del exterior. Claro que posiblemente aquéllas tarifas se reivindicasen por los herederos de los artesanos de Villamayor, y las del monumento granadino por algún colectivo musulmán.

12. Con ello seguiríamos la línea trazada el mes pasado por el Consejo Supremo de Antigüedades egipcio, que creará un comité que se encargará de registrar los «derechos de imagen» de las principales antigüedades del país y autorizar su comercialización sólo con un permiso oficial y tras el pago de una suma de dinero.

Al menos confiemos en no seguir otras recomendaciones suyas tales como la de imponer multa de cientos de miles de libras a quien garabatee en la pirámidas, o la de aplicar cadena perpetua a quien trepe por ellas.

0 comments on “El asalto al «canon visual» por fotografías y filmaciones de obras artísticas visibles en espacios públicos

  1. William H. Rehnquist

    En primer lugar, un pequeño apunte artístico, Sevach. La estatua de la libertad no fue construída por Gustave Eiffel (quien únicamente construyño su estructura central metálica), sino por Freferic Auguste Bartholdi.
    En segundo lugar, y en cuanto al núcleo central del comentario, no puedo estár más de acuerdo con tus atinadas observaciones. Desde la construcción de los primeros monumentos megalíticos hasta las más recientes creaciones artísticas, sin perjuicio de algunos significados o motivaciones adicionales (como funerarios en el caso de las pirámides; religiosos en el caso de los templos griegos y romanos; meramente ornamentales en otros casos) no cabe duda de que la principal intención del creador es exponer su creación al público, es decir, que su obra sea observada, contemplada y valorada por el público. Evidentemente que existe una motivación económica (el novelista que vende su talento al periódico que publica su obra, como Dumas o Verne), pero no deja de ser un aspecto meramente secundario del principal, que es dar a conocer al gran público una creación original.
    Ese notable interés procede generalmente de creadores fracasados o de segundísima fila (en España léase Teddy Bautista, Victor Manuel o la omnipresente Pilar Bardem, cuyas «creaciones» intelectuales en el mejor de los casos lo único que provocan es un ataque de hilaridad) que no buscan más que una notoriedad que su talento les ha negado. Y qué mejor manera de darse a conocer que «erigirse» en celosos guardianes de los «autores» o «creadores»? El problema es que, en la mayoría de los casos, el autor o creador presuntamente representado es quien menos dinero recibe por ese «canon» o «compensación» (si es que recibe alguno).
    Pero demos una vuelta más al asunto. Basta un vistazo a cualquier periódico nacional, regional o local para ver publicadas fotografías de lugares públicos donde aparecen ciudadanos corrientes en diversas actitudes, y en muchas ocasiones su aparición es meramente ocasional, por ejemplo, una fotografía del muro gijonés en la que se «capta» de lleno a una pareja paseando cogida tiernamente de la mano. ¿Acaso esa pareja de ciudadanos no tiene derecho a exigir un «canon» por la publicación de esa foto en la prensa escrita? ¿Es que los individuos no son sino una manifestación más de la «creación» (por utilizar el título de la gran novela histórica del senador Gore Vidal)?

  2. Sevach

    Agradezco la observación sobre la Estatua de Libertad, que revela como siempre la erudición (que el blog agradece) de William R. En descargo de Sevach señalaré: a)Que la expresión deliberadamente utilizada en el post es «codiseño», puesto que Sevach sabía que el armazón metálico era de Gustave Eifell y lo exterior de Bartholdi, por lo que la expresión se ajusta a la realidad; b) Que opté por mencionar solo a Eifell, primero por su fama mayor que la de Bartholdi ( a efectos de popularización del blog), y segundo para enlazar con la anterior referencia a la torre parisina; c) Y tercero, se me ocurre añadir a bote pronto sobre esta cuestión, que la imagen del rostro de la estatua de la libertad tomada por Bartholdi fue inspirada en la de su propia madre, con lo que volviendo al tema que nos ocupa del derecho de imagen, cabría en términos lúdicos, remontarnos al origen creativo único y titular de derecho de imagen de la estatua de la libertad: la madre del bueno de Bartholdi. Gracias, William, confío en tus siempre enriquecedoras alegaciones, que sincerametne agradezco.

  3. luis calvo

    Es impresionante el post Sevach, siempre aprendiendo contigo. Me ha parecido muy atinado (como dice Willian) el párrafo 8. Supongo que si esta paranoia continua, acabarán gravando las cámaras de video, las cámaras de fotos, los lapiceros, los bolígrafos, los pinceles…el papel. Es demencial, pero la tendencia es esa. Cobrar por todo.

    En lo relativo al derecho a la imagen y a la grabación y difusión por TV y prensa de ciudadanos anónimos que caminan por la calle (o como el año que entró en vigor la prohibición de fumar en los centros de trabajo, en que los fumadores salían a fumar a la puerta del centro y las TV emitieron imágenes de ciudadanos fumando) no creo que nadie requiera nunca el consentimiento de dichos ciudadanos para difundir su imagen públicamente y, por supuesto, no les pagan un canon por utilizar su imagen.
    Y que haya sido la izquierda quien haya aprobado el canon digital que, aparte de otras consideraciones que ya se han debatido en otro post de este blog, acabará encareciendo la cultura. ¿No era la izquierda quien quería popularizar la cultura, subvencionar los conciertos…?
    El mundo al revés.

  4. Don Luis, que la izquierda nos haya puesto el canon digital no me sorprende en absoluto. La experiencia nos demuestra que de la izquierda debemos esperar impuestos a porrillo a cambio de gestión derrochona e ineficaz, y por supuesto, de la izquierda divina, de la izquierda que con una mano promueve leyes educativas que convierten la enseñanza pública en el basurero de la sociedad, y con la otra firman el cheque para pagar el colegio privado del hijo respectivo, de esa izquierda yo me espero que favorezcan a sus amiguitos «artistas»: los del No a la guerra, los que cantaban a Franco cuando éste vivía (Víctor Manuel, el minero imaginario) y luego, en 2007,quieren pasar por progresistas auténticos, con el canon digital, con televisiones ( la cuatro y la seis), y con lo que haga falta: el 9 de marzo hay elecciones, y Zeta tiene que seguir, como sea.

  5. PanchoVilla

    Pues veo vuestros comentarios y no creo que todos los «progres» impongan tributos, ni la izquierda encarne todos los males, ni que por el canon digital vayan al infierno. No generalicemos…porque la derecha también tiene mucho que callar…

  6. Tributos los imponen derecha a e izquierda, pero la izquierda suele tener querencia por subirlos. En Madrid gobierna la derecha, y la derecha ha bajado un punto el tramo autonómico del IRPF, ha desaparecio o está en vías de desaparecer a través de bonificaciones el Impuesto de sucesiones y donaciones, y exactamente lo mismo con el impuesto de patrimonio. Mientras en Asturias, pagamos más IRPF, no nos quitan el impuesto de sucesiones y donaciones, pagamos el canon de saneamiento cuando media región no tiene ese saneamiento, y de los pocos tributos creados por la Comunidad Autónoma, uno, el de grandes establecimientos comerciales, lo tenemos pendiente de juicio de constitucionalidad. Aquí gobierna la izquierda, y con más impuestos, no tenemos mejores servicios que en Madrid. Tenemos más paro,más impuestos, y peores servicios. O sea, lo que suele proporcionar la izquierda. Por supuesto que la derecha no es la panacea, pero es muchísimo mejor que la izquierda. Y por cierto, el canon digital se lo debemos al señor Zeta.

  7. Veo que el amigo JotaF ha conseguido desviar el debate desde el asunto que había planteado Sevach: el canon sobre la imagen de los lugares públicos, a otro no menos interesante, como es la maldad intrínseca de la izquierda y la correlativa bondad de la derecha, asunto sobre el que, sin duda, habría mucho que comentar. Pero volviendo a la cuestión original, me parece que estamos entrando en una dinámica que, como bien dice el bueno de Sevach, nos puede llevar a alguna situación bastante pintoresca.
    Por mi parte, tengo que decir que, sin estar a favor, no estoy en contra del llamado canon digital, siempre que éste se entienda como una tasa por la utilización de aquellos medios a los que se aplica, que permita precisamente aquellas actividades que supuestamente grava. Es decir, que si pago un canon por un cd virgen porque presumiblemente lo voy a utilizar para grabar contenidos protegidos por derechos de autor, el mismo pago del canon me autoriza a hacerlo sin limitaciones. ¿Estoy en lo cierto, o no?
    En cuanto al asunto de pagar por incluir en una página de internet, una fotografía tomada por el propio autor de la misma, porque en la tal foto se vea un monumento u otra obra artística, me parece ya de delirium tremens, pues como bien afirma Sevach, la propia fotografía es en sí una obra artística diferente de aquello a lo que representa, como lo es una pintura, y resulta bastante ridículo pretender que se pague por eso. Bastante tenemos los que ejercitamos en nuestra vida alguna actividad artística con intentar que se mencione al autor en las obras que nos reproducen por doquier, como para encima perseguirlos con la hucha.
    Yo creo que, al menos en el caso que planteaba Sevach del Atomium, no se trata más que de una cuestión puramente simbólica, sin ningún efecto real, aunque bien es cierto que la voracidad recaudatoria es ilimitada en estos tiempos que corren.
    Ah, y por cierto, JotaF, el señor Zeta, aunque es muy malvado, no ha inventado el canon, viene de mucho antes, con alguna aportación del señor Az.

  8. luis calvo

    Sr. Flipper no es que lo diga JotaF, lo decimos todos. El Gobierno ZP ha aprobado el canon digital, en una prueba más de coherencia ideológica.
    Si los intentos por aprobar el canon digital vienen de muy atrás y el Sr. Az -como le llamas- hizo sus aportaciones al respecto, no quita ni pone al hecho en sí de quien se ha llevado el gato al agua en esta ocasión. ¿O acaso no pudo desbaratar los intentos de imponer el canon, si hubiera querido, el Presidente Zp igual que hizo con el Plan Hidrológico o la LOCE, ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza del PP?
    No busquemos excusas. Que cada palo aguante su vela.

  9. Pues, sr. Calvo, lamento tener que insistir, el gobierno ZP no ha inventado el canon, aunque sea cierto que lo ha extendido a otros medios de grabación y reproducción que no estaban incluidos antes, previa aprobación por el parlamento, por cierto. En cualquier caso, me parece que el debate no es ideológico, y que ni derecha ni izquierda tienen mucho pecho que sacar en este asunto, salvo cuando está en la oposición y se pretenden rascar unos cuantos votos. Lo diga quien lo diga.

Responder a luis calvoCancelar respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde delaJusticia.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo