De Jueces y la Justicia

Los jueces también se equivocan: De los errores judiciales y sus atenuantes

 

pelmaAunque parece el título de un culebrón televisivo, viene al caso por la noticia del pasado mes de que un juez de la provincia argentina de Chubut se impuso a sí mismo como pena pagar las costas de una demanda por cometer un error procesal en una presentación contra el Estado. En su texto judicial el magistrado afirma honestamente: «Es mi convicción y define mi filosofía de vida que toda persona debe hacerse cargo de sus errores, pero mucho más pesada es esa carga cuando uno es juez, ya que él debe dar el ejemplo de cómo uno es justo».

Se impone una reflexión…

1.  Así, sobre la situación de los jueces en España, podemos lanzar las siguientes consideraciones lapidarias sobre los errores judiciales.

a) Los jueces son humanos (pese a la toga, las puñetas y el tratamiento ilustrísimo) y como tales se equivocan.

b) Los jueces no son computadoras, y nadie desearía que le juzgase un ordenador mecánico, que valorase las pruebas y que jugase un puñado de cables y un programa informático con su vida e intereses.

c) El Derecho no es una ciencia exacta (quizás no es ciencia en sentido estricto por eso), ya que las palabras de la Ley cobran vida propia y el contexto social para interpretarla varía. La función judicial está lejos del papel del médico y más próximo al del «hombre del tiempo»: no se le pide que acierte sino que exponga su parecer con arreglo a unos conocimientos técnicos que permiten vislunbrar la verdad pero no acertarla de forma infalible.

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d) El juez es responsable, pero cuando un fallo judicial no coincide con lo justo, ¿quién es el responsable real?: ¿la ley mal hecha, el abogado errado o el cliente que oculta o equivoca datos o pruebas?.

e) El propio sistema reconoce la posibilidad de error por lo que existen largas cadenas de recursos (apelaciones, casaciones y amparos varios). Y los últimos tienen la última palabra pero no siempre la palabra justa, pues tal y como afirmaba el juez Jackson del Tribunal Supremo americano: «No somos los últimos por ser infalibles, sino que parecemos infalibles por ser los últimos».

f) El juez que absuelve al delincuente por falta de pruebas o que descarta la sanción administrativa por falta de pruebas que desvirtúen la presunción de inocencia puede servir al Derecho pero quizás no aplica la Justicia con mayúsculas, puesto que la ausencia de pruebas no convierte en inocente al culpable sino que «presume» que es inocente.

g) ¿Puede alguien culpar al juez del ámbito contencioso-administrativo por desconocer todas y cada una de las leyes estatales y autonómicas, con los reglamentos consiguientes (añadiendo los locales e institucionales), y por no estar al día de la jurisprudencia de última hora de los Tribunales Superiores y del Tribunal Supremo amén del Tribunal Constitucional?.

h) Como afirmaba el célebre profesor de Derecho Público de la Universidad de Nancy («El Derecho, la lógica y el buen sentido, Buenos Aires, 1947): «No hay administrador o un juez, que no haya tratado, teniendo por mira la equidad y con absoluta seguridad de conciencia, e incluso por deber de conciencia, de eludir la aplicación brutal de un texto abstracto o las deducciones implacables de una doctrina comúnmente aceptada o hasta oficialmente consagrada». Y añadía la clave del jurisconsulto en frase simple pero elocuente: «Ni autómata, ni impresionista».

i) La percepción del error es siempre subjetiva: el que gana un pleito considera que ha conseguido abrir los ojos del juez para que no yerre, y el que lo pierde considera que el juez ha errado. ¿Cómo no se va a equivocar el juez si su decisión va calificada por el mismo de «Fallo»?.

universidad pensa2. Además, el juez para decidir ha de atravesar el formalismo impuesto por el legislador de un proceso formado por trámites, incidentes, formulismos y plazos, que pueden recortar el campo de decisión del juez, al verse obligado a no tomar en consideración documentos, pruebas y alegaciones, o justamente lo contrario. O sea, el juez está maniatado por las formas. Y basta ver cualquier telefilme americano para comprobar como el juez americano posee gran libertad de dirección y acción, inimaginable en el solemne juez español.

3. No hay que pensar que sólo fueron víctimas de errores judiciales los imputados del crimen de Cuenca (a principios de siglo, y tras cumplir los supuestos autores doce años de reclusión, apareció el pastor supuestamente asesinado) sino que todos estamos al alcance de sufrir en mayor o menor grado un error judicial. A veces error del sistema y a veces error del juez.

Y es que el proceso está sujeto al llamado «efecto mariposa» («el aleteo de una mariposa en California, puede provocar una tormenta tropical en Australia») de forma que pequeñas causas puede traer grandes y catastróficas consecuencias. Así, lo cierto es que en un proceso judicial, una pequeña circunstancia (el vencimiento de un plazo, un documento perdido, un testigo errado, un peritaje endeble,etc) puede comportar un fallo judicial alejado de la justicia. Y no siempre es culpa del juez, ya que actúa como un timonel entre las tormentas (los intereses de los litigantes) y en aguas turbulentas (las pruebas de variado signo y fuerza que se le ofrecen), con cartas de navegación no siempre claras (las leyes) por las que le toca navegar.

mazo antiguo4. Por ello, no es extraño que la Ley Orgánica del Poder Judicial recorte las posibilidades de exigir responsabilidad a la Administración de Justicia por error judicial, afirmando que en tal caso tiene que existir una decisión judicial del Tribunal Supremo reconociendo la existencia de un error. Pero el propio Tribunal Supremo ha señalado que sólo existirá responsabilidad si la equivocación es patente y manifiesta. Así de clara y didáctica se pronunció la Sentencia del Tribunal supremo de 19 de Abril de 2002: » Error judicial no es equivalente a desacierto del Organo jurisdiccional. Cuando los Tribunales- que están servidos por seres humanos-se equivocan, como puede suceder en cualquier otra función o actividad, ya sea en la apreciación de los hechos o en la aplicación del derecho, el remedio para corregirlo se encuentra en los recursos procesales y cuando éstos se agotan, si persiste la equivocación (sea real o supuesta, porque también tendrán que reconocer las partes interesadas en un proceso judicial que pueden equivocarse), la seguridad jurídica, que es un principio estabilizador y pacificador de la vida social, impone el aquietamiento y la aceptación de la situación establecida (…). Cuando la equivocación es palmaria, evidente, inexplicable racionalmente y conducente a resultado absurdos y además ya no quepa solución a través de los recursos, se califique de error judicial… al menos se indemnicen los perjuicios sufridos por quien padeció la indiscutible y patente equivocación» .

5. En fin, parafraseando la biblia: «Bienaventurados los que no juzgan a los jueces, porque no serán juzgados… por ellos».

11 comments on “Los jueces también se equivocan: De los errores judiciales y sus atenuantes

  1. William H. Rehnquist

    Es cierto, amigo Sevach, que es materialmente imposible a un magistrado no ya del orden contencioso-administrativo (aun siendo éste el campo donde más se da el fenómeno de la «legislación motorizada») sino de cualquier orden jurisdiccional el estar al día de todas las novedades legislativas. Es imposible desdender a la lectura de las innumerables disposiciones que publican a diario los distintos boletines oficiales (estatal, autonómico, provincial). Quizá por ello se da el fenómeno que tan bien definía mi admirado Alejandro Nieto en su diálogo epistolar con Tomás Ramón Fernández (recogido en el magistral libro «El derecho y el revés»), cuando aquel manifestaba que el juez escoge de entre la legislación las herramientas que considera más útiles o de uso más frecuente. En efecto, no solo el juez, sino cualquier jurista está impotente frente al aluvión de normativa (muchas veces absolutamente supérflua) que nos invade día sí y día también.
    En cuanto a los errores judiciales, como en cualquier ámbito de la vida, errare humanum est. Ahora bien, hay errores y errores, fallos y «fallos», como en todo. Aunque no debemos olvidar que el juez es, antes que magistrado, persona, y a la hora de dictar sentencias, por muy imparcial y alejado de las partes que desee estar, no podrá dejar de estar influido por una infinidad de factores, incluso algunos tan aparentemente tan extraños como una buena o mala digestión (opinión esta última imputable a don Alejandro Nieto y extraída de la obra anteriormente citada, no a un servidor). El problema es la superprotección de determinados estamentos y determinadas categorías (como, por ejemplo, la clase política) donde sólo en casos muy sonados y concretos se logra la una declaración de responsabilidad, y en la mayoría de los casos más por intereses extrajurídicos que por un afán depurativo de conductas antijurídicas (el caso del juez Estevill, por ejemplo, o el caso Roldán se originaron más por presiones políticas que otra cosa; la entrada de Mariano Rubio en la cárcel -por cierto, creo recordar, no sé si me equivoco, instada por el entonces fiscal y hoy ministro de Justicia), pues, no olvidemos que el mismísimo Tribunal Supremo rechazó admitir como testigo de un pleito a un Presidente de Gobierno porque ello supondría «estigmatizar».
    Para finalizar, me parece digna de elogio la postura y la argumentación del juez argentino. Ojalá cundiera el ejemplo en todas partes (y no me refiero al mundo judicial, sino a todas las profesiones).

  2. pedro picapiedra

    Esta claro, que interpretar las leyes aplicar una u otra ley en un caso concreto puede suceder y ha sucedido en multitud de caso que un mismo delito o parecido que desde impune a una simple sancion a carcel, que aveces nos escandaliza a todos y nos damos cuenta que la ley la justicia no siempre va de la mano.

  3. hola yo tengo que pagar un error judicial, no puedo recurrir mas por la cantidad que me reclaman, no lo veo justo porque yo no soy culpable y no me dan mas posibilidades de defendeme, un saludo

  4. Pingback: Errores procesales típicos en lo contencioso-administrativo - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

  5. Julio Planell Falcó

    Una vez más, debo dar las gracias a J.R.Chaves por compartir con los juristas de a pie su erudito saber. Fdo.:Julio Planell Falcó, Abogado, Colegiado 2044 del ICACS.

  6. José Alfonso

    Como siempre, ilustrante.

  7. ANA MARIA

    Sobre este tema, hay tantas opiniones como juzgadores, juzgados, observadores y afectados indirectamente por la decisión que adopte el juez. Unos atienden a la verdad formal que se manifiesta en documentos, otros se encuentran indefensos ante hechos que no pueden demostrar, otros opinan desde la empatía que les puede causar un hecho o en el que posiblemente se ven reflejados y otros, desde el sufrimiento que les causa la resolución, «sin comerlo ni beberlo».

    En la justicia española se protege en demasía al infractor, reduciendo condenas, aplicando eximentes, declarando insolvencias ante la inexistencia de bienes de titularidad del encausado, a pesar del nivel de vida manifiesto que se mantiene, se imponen requisitos costosos para la adopción de medidas cautelares, facilitando en muchos casos el alzamiento de bienes…y todo ello lleva, a que no exista ningún reparo en delinquir y a ser reacio en denunciar.

    El juez aplica la ley y está condicionado y subordinado a ella pero también goza de la libre valoración de la prueba y esa valoración en multitud de ocasiones…deja mucho que desear…

  8. Carlos Gomez

    Sencillisimo pues, el juez que acumule mas de tres fallos contrarios en la siguiente instancia… Inhabilitados y que se busquen la vida en alguns profesion ajena al derecho.

    • Clemente

      Clemente García , hace cinco años me desestimaron y me condenaron en costas en un Contencioso Administrativo , hace 8 meses solicito asistencia Jurídica Gratuita porque tengo cuatro sentencias firmes estimatoria iguales a mi caso y se me vuelve ahora a desestimar la asistencia jurídica gratuita al parecer estoy por encima . Dónde quedan los derechos fundamentales ,, se me desestima en 2016 se me condena consigo sentencias iguales a mi caso firmes estimatoria y se me sigue cerrando la puerta en toda las narices y se me vuelve a condenar que pasa aquí con los Derechos Fundamentales ??? esto es increíble …que impotencia.

  9. Pingback: Los jueces se equivocan y algunos lo reconocen | | delaJusticia.com

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