Humor y Administracion

Diez argumentos jurídicos para que los políticos puedan eludir su responsabilidad por incumplimiento de su programa electoral

 

pinochosRecientemente se hacían eco los medios de comunicación de una noticia sobre la admisión a trámite de una demanda de responsabilidad por incumplimiento del programa electoral de los políticos. Y ciertamente en estas vísperas de elecciones generales en España resultan llamativas las ofertas de la tómbola política que maneja cualquier candidato con pretensiones de gobernante, cualesquiera que sea su ideología: deducciones fiscales, subvenciones, creación masiva de empleo, ordenadores para todos, prótesis para mayores a discreción, vacaciones y permisos para los trabajadores y para los que no lo son, derechos de ocio a tutiplen, el oro y el moro, mas calidad de vida para los trabajadores y mayores beneficios para los empresarios, soluciones para todo, paz y felicidad a la carta, etc. Más llamativo resulta el énfasis de cada candidato en atacar la credibilidad del oponente y en sobrevalorar la propia, pese a que los electores saben que al final las promesas de «tomo y lomo» se convierten en el «tocomocho».

Esta situación le sugiere a Sevach jugar con la idea de cómo sería una sentencia judicial que resolviese una pintoresca demanda planteada ante un Tribunal por un ciudadano que reclamase una indemnización por incumplimiento de programa electoral.

Veamos como quedaría, en clave de humor.

En el País de la Credulidad, a 4 de Marzo de 2008.

Por el ciudadano Pánfilo se ha formulado una demanda ante este Tribunal de lo Contencioso-Administrativo sobre reclamación de indemnización por daños y perjuicios consistentes en la pérdida de su inocencia al incumplir el Presidente de Gobierno electo el programa electoral anunciado a bombo y platillo en foros televisivos, mitines, folletos y espacios urbanos de propaganda. La demanda se dirige frente a la Administración electoral por no haber comprobado debidamente la viabilidad y credibilidad de los programas ni de sus candidatos, y se dirige también como codemandado al Presidente electo por incumplimiento de las promesas electorales.

Pues bien, este Tribunal ha de desestimar tal demanda por los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

PRIMERO.- El reclamante carece de interés legítimo para formular tal reclamación, ya que sólo puede exigir tal responsabilidad quien acredite que ha votado por el candidato electo en cuestión, pero no quien votó a otro candidato. Por ello, siendo de imposible acreditación este extremo dado el secreto del voto, ha de inadmitirse su demanda.

SEGUNDO.- No obstante, en cuanto al fondo, no puede considerarse probado un incumplimiento sustancial del programa electoral que determine responsabilidad. En efecto, la calificación de la entidad del incumplimiento de una promesa, depende de la importancia subjetiva que revista tal promesa para la esfera de los intereses personales de cada votante en particular. Así, este tribunal no puede adentrarse en el fuero interno de cada votante (para un ateo la minoración de la subvención a la iglesia católica es importante, pero para un desempleado lo será no crear empleo). Y por ello, no puede aceptarse que un político sea responsable por incumplir algo que para unos votantes es una bagatela y que para otros es esencial. De ahí que no existiendo consenso en el valor de la promesa electoral tampoco podría establecerse una compensación económica tasada por incumplirla, y por ello hemos de rechazar la demanda.

TERCERO.- Asimismo, tampoco sería exigible el cumplimiento de las promesas electorales por falta de concreción o liquidez; en todos sus extremos. En efecto, un examen de las promesas electorales del candidato muestra que toda promesa es susceptible de ser precisada «a posteriori» por el candidato electo en cuanto a condiciones o plazos.
Así, si se promete suprimir un peaje de una autopista, por ejemplo, puede posteriormente matizarse que la supresión era parcial y a largo plazo; y si se prometes suprimir el Impuesto de Sucesiones, puede igualmente afirmarse sin rubor que era en el entendido de suprimirlo respecto de las herencias de ínfima cuantía. E igualmente si un candidato promete «crear empleo» al no precisarse más detalle, puede considerarse cumplida la promesa si afirma que al menos ha creado empleo: ¡el suyo propio como político, para empezar!. Por eso, no resultan jurídicamente exigibles las demandas de promesas difusas y sin concreción.

CUARTO.- E igualmente debería desestimarse la demanda ya que debería justificarse en la fase probatoria que la promesa electoral concreta no se ha cumplido respecto del votante concreto reclamante. En efecto, si el candidato promete «crear un millón de empleos», y el votante sigue desempleado, lo cierto es que el candidato ha cumplido creando esos empleos para otras personas en la cifra comprometida, aunque el aquí reclamante siga en el dique seco. Y por ello, no puede reclamarse indemnización alguna.

QUINTO.- Asimismo, el político electo puede alegar en su defensa y como eximente de responsabilidad o fuerte atenuante, los «usos y costumbres» de la práctica electoral, en España y en casi todos los países, ya que ningún político ni la inmensa mayoría de los votantes considera que las promesas electorales estén para cumplirse, sino mas bien al contrario.

SEXTO.- E igualmente, el político electo puede invocar en su defensa y con efecto exculpatorio su buena fe, y falta de imputación a su persona del incumplimiento, ya que la promesa fue efectuada con los datos que le proporcionaron sus ayudantes o el partido político en plena campaña electoral, con lo que a ellos habría que dirigir la demanda.

SÉPTIMO.- Y además, el político electo escudaría su incumplimiento en el conocido principio jurídico del «rebus sic standibus» (o sea que las promesas valen si no varían las circunstancias en que se hicieron) de forma que cuando se alcanza la condición de gobernante, quizás las circunstancias económicas o sociales han cambiado y por tanto, tampoco puede reprochársele el incumplimiento. Este alegato de la defensa se ha planteado también bajo la invocación de «fuerza mayor» o «caso fortuito» dado que la coyuntura internacional le ha impedido cumplir con las promesas.

OCTAVO.- También deberíamos desestimar la demanda si tenemos en cuenta la dificultad de valorar la indemnización de los daños y perjuicios, porque la satisfacción equitativa y justa sería que el político expresase al votante su arrepentimiento y le pidiese sinceras excusas, pero esta condena es de contenido imposible ya que la sinceridad en los políticos es tan extraña como los ojos azules en los zulúes.

NOVENO.- Asimismo, la parte demandada ha propuesto una prueba pericial en que la prestigiosa Universidad de Tokameroke a través del Catedrático de Psicología Política ha informado que según las últimas investigaciones, los adultos mienten o admiten que lo hacen un promedio de treinta veces a la semana, y que en el caso de los políticos el promedio se eleva a 300 veces, señalando que los «políticos mentirosos parecen tremendamente sinceros, y cuando se enfrentan con hechos que los contradicen, cambian su historia a otra igualmente sincera, sin ser capaces de discernir si están diciendo la verdad o no». Por eso, tratándose de una patología, no puede considerárseles persona imputable ni responsable de sus actos en la vida política.

DÉCIMO.- Finalmente, el alegato final del gobernante demandado ha convencido a este Tribunal: «No puede reprochársenos el no haber bajado los impuestos ya que para bajarlos tendríamos que reducir proporcionalmente el gasto público, ni tampoco puede reprochársenos el no haber incrementado el gasto social puesto que ello comportaría incrementar proporcionalmente los impuestos. Por eso, hemos optado por aprobar una tasa fiscal, que aplicando estrictamente el principio de igualdad y no discriminación, la deben pagar todos los ciudadanos (excluidos lógicamente los cargos políticos electos dada la alta función pública que desempeñan), y destinada exclusivamente a financiar el gasto de la publicidad para informar a los ciudadanos del porqué no subimos los impuestos ni incrementamos los gastos sociales».

Por todo ello, este TRIBUNAL ha de desestimar la demanda y que las costas de este litigio, las pague el de siempre: ¡¡¡el pueblo!!!.

19 comments on “Diez argumentos jurídicos para que los políticos puedan eludir su responsabilidad por incumplimiento de su programa electoral

  1. William H. Rehnquist

    Amigo Sevach: en primer lugar, agradecerte sinceramente y de corazón los ánimos que me has dado en post anteriores. En segundo lugar, felicitarte por la inusual combinación de tu saber jurídico con un envidiable sentido del humor.
    Y, si me permites, y por continuar un tanto con el juego que has propuesto, y ya que tú ofreces el resultado (la sentencia) me gustaría continuar con el antecedente (la posible defensa del demandado):

    Con la venia de Su Señoría:

    Por la representación del demandado, el Presidente de Gobierno electo, se ha de esgrimir en primer lugar como causa de defensa la FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA. En efecto, no discutimos la realidad de las promesas realizadas en la campaña electoral y que han sido objeto de la debida acreditación documental; en efecto, no discutimos si quiera que el demandante pudiese considerarse afectado por la omisión en el cumplimiento de las mismas. No obstante, el hoy demandado realizó su campaña electoral no para unas elecciones presidenciales, sino para unas elecciones legislativas integrado en la candidatura del Partido X. Y, por tanto, el mismo exponía sus argumentaciones la meritada fuerza política pone a su disposición, dado que en todos los mítines, en todos los folletos electorales y en todas las alocuciones el demandado se encontraba expresamente amparado por las siglas del Partido X y como candidato del mismo. Es decir, que quien debiera ser sujeto pasivo de la obligación y, por tanto, ostentaría la legitimación pasiva como parte demandada habría de ser el Partido X, y no el Presidente de Gobierno.
    A salvo de lo anteriormente expuesto, y a efectos meramente disgresivos, ha de indicarse que el sistema articulado por nuestra Constitución es el parlamentario, lo que implica que todas las cuestiones cuyo cumplimiento se reclama han de ser necesariamente acordadas en el Congreso de los Diputados por las mayorías exigidas en su caso por la Constitución o las leyes. Es por ello que, como se acredita por medio de la prueba documental que se acompaña con la presente, mi defendido no es responsable de la no realización de las promesas cuyo cumplimiento se reclama, dado que el paquete de medidas presentado en las Cortes contenía efectivamente todos los compromisos acordados con los electores. Pero al no haber sido adoptada tal medida por el resultado adverso de la votación, entiende esta parte que el cumplimiento debiera ser exigido al mismo Parlamento. No obstante, y como ello nos llevaría al ridículo de tener que demandar a todo el pueblo español del cual el propio demandante forma parte (dado que es el pueblo español quien está representado en las Cortes Generales) un elemental sentido de la realidad habría de llevarnos a pensar que la reclamación habría de dirigirse contra quienes en el Parlamento, al votar en contra de las propuestas, hicieron imposible la realización práctica de las mismas. Item mas, como quienes votaron en contra son fuerzas políticas que NO llevaban en sus respectivos programas electorales las promesas cuya obligación de hacer solicita el actor, es menester concluir que mi mandante no es en modo alguno responsable de su omisión, pues ha obrado con toda la diligencia exigible para llevar a cabo la tarea que se había impuesto, siendo , en consecuencia, el incumplimiento ajeno no sólo a la actitud sino a la propia voluntad del demandado.

    Por todo ello esta parte solicita una sentencia que desestime íntegramente la demanda.

  2. Sevach

    Visto el fundado alegato del letrado W.R. este tribunal se ve obligado a decretar la nulidad de actuaciones , toda vez que no solo sería preciso demandar a todo el pueblo español representado en las Cortes Generales, sino que el programa electoral versa sobre numerosas medidas cuya competencia es de la Unión Europea, pues han de instrumentalizarse mediante Reglamentos, Directivas y Decisiones, que debieran adoptar el Consejo y el Parlamento Europeo, por lo que ha de emplazarse a los partidos políticos de países de la Unión Europea, y para evitar todo atisbo de indefensión, habrá de emplazarse a los 450 millones de europeos.

  3. Jose Antonio

    Como prueba documental a) aporto la prueba en forma de vídeo del ¿delito? ¿mentira? ¿falsedad electoral? ¿la tómbola? ¿el aquítodo vale en campaña electoral? y luego que todos los ciudadanos que nos han votado, que son todos unos gelipollas se vayan «a la mierda» jajaja vamos Pepe Blanco a celebrar con Don Simón nuestro talante mentiroso.

    Estas son las falsedades de los politicos y lo contradictorios y paradógicos que son todos estos POLITICOS MENTIROSOS.

    Si dice el Sr. Zapatero que igual trabajo igual salario en el cara a cara celebrado el día 3-3-2008 por la Academia de Televísión, ¿por qué no acuerda ya con los sindicatos sin más retrasos lo peticionado por 9.000 funcionarios no trasferidos?.

    PARA MUESTRA, UN BOTÓN, MIRAD EL VÍDEO:

    QUE NO SE RIAN DE LOS 13 MILLONES DE ESPAÑOLES QUE VIERON EL CARA A CARA. NI DE LOS 9.000 FUNCIONARIOS DE JUSTICIA.

    SEGUIMOS CON LA HUELGA SR. ZAPATERO, CUMPLA LO PROMETIDO ¡¡¡YA!!!

  4. Sevach

    Desde este estrado todo el mundo cuenta con libertad de expresión pero velando por eludir expresiones e insultos, así que ruego a los intervinientes que se moderen. Además, y volviendo al pleito, cualquier prueba, testifical-documental o videográfica, encaminada a probar que los políticos de la NBA ( de cualquier partido o ideología) padecen «mentirología compulsiva», resulta una prueba inútil, por notoriedad y por tanto, inadmisible. Y digo de la NBA porque los políticos de ligas locales o incluso autonómicas cuentan con la presunción de inocencia y de veracidad en sus afirmaciones; el problema es cuanto un político se «profesionaliza» y «descubre las holguras del sistema», y sobre todo, cuando sabe que para seguir o acceder a la «cresta de la ola política» no vale con ser bueno y tener ideas: entonces descubre que una hábil mentira envuelta en un programa electoral puede ser el pasaporte al poder…Y una vez que se miente la primera vez, pues resulta muy fácil en lo sucesivo…

  5. Jose Antonio

    Ruego que aceptes mis disculpas Sevach, y a los blogueros, fruto de mi calentón de impotencia.
    Lo que siento es que no se haya aceptado mi prueba documental. Lástima ya que creía que era una prueba irrefutable, con indicios de presunción de culpabilidad.

  6. Sevach

    Se aceptan las disculpas aunque justo es constatar que intentar probar las cosas no es deshonroso ni ofensivo. Así es el trabajo judicial ( agente de tráfico para ordenar el cruce….. de alegatos y pruebas)…

  7. Me parece muy acertado el comentario, aunque dudo que sea para tomarselo a broma ya que el asunto es tan serio que efectivamente debería haber un mecanismo de control riguroso en el que la exigencia de responsabilidades pudiese canalizarse de forma adecuada y eficaz.
    De momento solo nos queda el castigo en las urnas, aunque no parece que ese sea un mecanismo que vaya a utilizarse con exito, pues con todos los engaños que se han efectuado en esta legislatura y a juzgar por los pronosticos que nos hacen, todo parece que el día 9 va a producirse un cambio para seguir como estamos.
    Mi pesimismo esta motivado tambien en el bochorno de la campaña electoral donde aparecen como heroes para darnos lecciones y reclamar nuestro apoyo algunas Señorias que se han visto implicados en la guerra del golfo, en los Gal, en el BOE, en los despachos del hermanisimo…¡corrupción y mas corrupción!.
    De remate, tenemos que «sufrir» a un Ministro de JUSTICIA que arregla el piso de forma caprichosa con dinero publico y se lleva a su mujer a los mitines cuando esta de baja laboral. El mismo que no se preocupa lo mas minimo de resolver las injusticias y desigualdades de los funcionarios de su departamento, que reivindican cuestiones que deberian haber sido atendidas hace ya tiempo sin forzarles a una huelga que perjudica a toda la sociedad.
    Definitavemente estamos lejos de poder afirmar que «la justicia es igual para todos». Un saludo.

  8. CésarZgz

    Bueno…como ejercicio teórico puede valer, pero:
    Sí existe responsabilidad por incumplimiento del programa por parte del candidato que resulte investido presidente, pero será una responsabilidad política, no de carácter jurídico, y dicha responsabilidad política se exigirá bien por el Congreso (Moción de Censura), bien en las próximas elecciones por parte del electorado que retirará su confianza al partido en el gobierno… o no

  9. Hay una humilde iniciativa para recordarnos en todo momento lo que prometen los políticos: http://loprometidoesdeuda.com

  10. Sr. Sevach, yo además de pedir responsabilidades a los políticos, exigiría responsabilidad y responsabilidad a los jueces, por ejemplo, ¿ qué les va a pasar a los 300 jueces que han firmado en plena campaña electoral un manifiesto contra el Partido Popular? El primero en estampar su firma ha sido el señor Gómez Bermúdez, el mismo que dleiberaba por la tarde con sus compañeros de sección sobre el juicio del 11-M, y por la noche se lo contaba todo a su señora para que diera buena cuenta de ello en un libro publicado nada más publicada la sentencia. ¿ Qué confianza se puede tener en unos jueces tan absolutamente politizados?

    Otra pregunta que bien podría responderme un fiscal que lea esto, ¿ cómo es posible que haya una asociación de fiscales cuya denominación es «unión progresista de fiscales»?Dice el artículo 54.5.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal:

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución se reconoce el derecho de asociación profesional de los Fiscales, que se ejercerá libremente en el ámbito del artículo 22 de la Constitución y que se ajustará a las reglas siguientes:

    Los Estatutos deberán expresar, como mínimo, las siguientes menciones:

    Nombre de la Asociación, que no podrá contener connotaciones políticas.

    O sea, que tenemos una asociación de fiscales, con un nombre ilegal, porque «progresista» tiene connotaciones políticas, y aquí nadie hace nada, y encima se atreven, los de estas asociación, y otros 300 jueces, a interferir en campaña electoral, contra un partido político.

  11. Sevach

    Pues aunque suene a demagógico ( o a la propaganda de Hacienda), «Política somos todos», y la responsabilidad en la participación en asuntos públicos – y la contienda electoral es uno de ellos- debiera exigirse a políticos y ciudadanos, de cualquier orden. Sin embargo, el exabrupto y la incontinencia verbal está al día en la campaña electoral, poniendo en entredicho el deseable civismo que debe presidir el debate; en particular, invocar la condición judicial en grupo para proyectar la opinión sobre uno u otro partido político constituye un exceso incompatible con la deseable «asepsia» política del juez, de igual modo que el político que critica una sentencia judicial que no le conviene es un rastrero «golpe bajo» a la división de poderes, ya que el «juez y caballero» no puede ni debe replicar como se merece el político manipulador de turno.

    Sobre las denominaciones de las asociaciones de fiscales, pues creo que es cuestión mas de rótulo que de sustancia, de igual modo que en el ámbito de los jueces las dos asociaciones mayoritarias se denominan » Asociación Profesional de la Magistratura» (¿acaso no son «profesionales» los jueces ajenos a esa asociación?) y » Jueces para la Democracia» (¿ acaso no son demócratas los jueces ajenos a esa asociación?). O sea, que al margen de denominaciones de asociaciones, y al margen de «golpes de efecto» electorales de grupos de jueces o fiscales, el traspasar la fina línea de lo jurisdiccional hacia el protagonismo político constituye el Rubicón que ningún juez debería traspasar por respeto al Poder Judicial y a lo que la ciudadanía espera de ellos.

  12. Labeca

    Los políticos en campaña siempre prometen ¡¡El oro y el moro!!. Creo que en «defensa» de los mismos resulta justo reconocer que por lo menos un 50% del programa lo han cumplido.

  13. Sevach

    De acuerdo en que los políticos, de cualquier ideología, cumplen parte del programa electoral, pero lo reprochable no radica en que no cumplan lo que no pueden ( a nadie puede exigirsele lo imposible) sino en que no cumplan lo que ya sabían que no podían cumplir y así y todo insistieron en prometerlo. En cualquier caso, aceptando que cumplen el 50% del programa electoral…¿ alguien se sentiría satisfecho si le dijesen que su pareja le es fiel al 50%?

  14. Labeca

    Totalmente de acuerdo Sevach. Cuando decía que cumplen el 50% de su programa electoral es porque los políticos en campaña siempre nos prometen el «oro y el moro».
    Viendo como está la economía (por lo menos la mía), resulta evidente que con la primera parte -la del «oro»- no han cumplido.
    Por ello, en clave de humor, creo que «es justo reconocer» que han cumplido exactamente con el 50% de su programa.

  15. Sergio

    Hay que reformar la Ley Electoral y pedir responsabilidades, penales, civiles y politicas, tambien se deberian castigar los incumplimientos hechos en las campañas, si se resulta elegido, regular los sueldos y los previlegios cuando dejan de ser políticos y cumplir un determinado tiempo en politica, que los hay que vivien del pueblo desde que se instauró la democracia-desgracia. Ya estoy harto de oir los delitos que se comenten con total impunidad e irresponsabilidad, ya que como ellos al parecer son menores de edad para estos asuntos, el pueblo siempre paga el pato.

  16. Perdonen el retraso pero he dado con esto ahora, tengo unas preguntas:

    ¿Esto es en serio? ¿Está usted diciendo que se desestimó o se puede desestimar una demanda por incumplimiento de programa electoral alegando “mentirología compulsiva” entre otras enrevesadas, inmorales y maqueavélicas alegaciones?

    ¿Exite alguna posiblidad de demandar al actual gobierno por incumpliento del programa y por hacer justo lo contrario de lo que dijeron que iban a hacer?

    Saludos.

  17. Pingback: ¿Se puede demandar al gobierno por incumplir su programa electoral? | Deep-Politics

  18. Pingback: Programas electorales y cumplimiento | Rayas en el agua. El otro blog de Verónica del Carpio

  19. Pingback: Elecciones generales : ¡ Jalea acta est! – delaJusticia.com

Gracias por comentar con el fin de mejorar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde delaJusticia.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo