Humor y Administracion Sobre los empleados públicos

De las Leyes de Murphy a las Leyes de Sevach sobre los informes en la Administración Pública

informes asesinosEl presente año coincide con el 60 aniversario de la afirmación del Capitán Stapp sobre el criterio del ingeniero Edward Murphy, cuando afirmó que hay que «revisar todas las posibilidades, pues cuando algo puede salir mal, saldrá mal». Para Sevach, procede un modesto homenaje de establecer reglas homólogas, bajo la capa de humor que esconde sutiles verdades, en el ámbito de la Administración Pública. Así pues, en tiempos en que el mayor reto de la Ley es controlar el poder arbitrario, nada mejor que detenernos en la proyección de tales leyes lúdicas en el mundo de los Informes de los funcionarios que ilustran a los políticos sobre la legalidad u oportunidad de adopción de una decisión.

 

I. Leyes prácticas de supervivencia burocrática,

– Todo informe debe sonar convincente.

– Para elaborarlo, primero medite la conclusión y luego fundaméntelo.

– Todo informe debe resultar suficientemente ambiguo que permita a su autor afirmar lo contrario de lo que dijo llegado el caso.

 

II. Principio de fortaleza variable

– Un informe endeble asumido por un político se robustece.

– Un informe costoso y en papel cuché lo llaman “Dictamen”.

– Un informe contrario al criterio del que lo encarga… se vuelve por donde vino.

 

III Paradojas humanas

– Todo informe que afirma «someterse gustoso a criterio mejor fundado» tiene motivos para ponerse colorado.

– Ningún funcionario que al tiempo de jubilarse compare sus informes finales con los emitidos tras tomó posesión, es capaz de reconocerse.

– El informe ideal es el que nunca llega a nacer porque su autor advirtió al político con antelación de su contenido negativo.

– Cuanto mas grande es el despacho del letrado menos informes emite y más cobra por ello.

 

IV. Leyes del impacto real de los informes

– La probabilidad de que un informe sea leído es inversamente proporcional a su extensión y al número de citas doctrinales.

– Cuanto más cuesta un informe de consultoría externa menos lo leerán.

– Todos los informes puestos en fila darían la vuelta al mundo. Todos los informes leídos darían la vuelta a un ruedo taurino.

 

V. Ley de la relatividad de la urgencia

– El informe urgentísimo no será debatido hasta semanas después de la noche en que el funcionario se quedó desvelado elaborándolo.

– Cuando se encarga un informe urgente siempre el solicitante oculta datos.

– Cuando interesa aparcar un asunto importante se pide un informe urgente para otro. Cuando interesa aparcar un asunto urgente, se invoca la importancia de otro.

 

VI. Ley de precaución

– Si un informe escrito cita a un político, el funcionario tiene motivos para preocuparse.

– Si un informe escrito de un político cita a un funcionario, éste tiene motivos para preocuparse.

Corolario: Un funcionario preocupado es un funcionario bien informado.

 

VII. Postulado del matrimonio de conveniencia

Nunca un funcionario está tan harto del político solicitante del informe como para decirle lo que realmente piensa.

Nunca un político está tan harto del funcionario informante como para decirle a la cara lo que piensa.

 

VIII. Observación de los medios de comunicación

La publicidad externa que recibe un informe es directamente proporcional al aval que preste a las decisiones concretas de la autoridad que lo recibe (…y lo propaga).

 

IX. Axiomas de la utilidad de los informes

– Para un político, un informe jurídico es como el traje de amiento para los bomberos: les permiten pasar por las llamas sin quemarse.

– Los Dictámenes de órganos colegiados son como los rugidos de los osos de circo. Impresionan por espectaculares pero son inofensivos gracias al cacahuete que le da el domador que lo exhibe (o preside).

 

X. Paradoja del caos

– No hay barbaridad política que no cuente con un sólido informe que la apoye. No hay barbaridad jurídica que no cuente con un político que la asuma.

– Por muy concienzudo que se efectúe un informe siempre, siempre habrá quien lo critique sin leerlo, y siempre habrá alguien dispuesto a realizar un contrainforme.

 

XI. Primeras metáforas de la eficacia de los informes negativos según el cometido del funcionario informante

– El informe desfavorable del Secretario municipal es como un semáforo en rojo para los peatones: a veces los políticos se lo pasan aunque no cambie de color… o sin mirar.

– El informe desfavorable del Interventor es como la barrera bajada de un paso a nivel de ferrocarril: nadie pasa por si acaso.

– El informe del Arquitecto es como la prohibición de aterrizaje del controlador aéreo: basta con esperar en las alturas, que antes o después se aterriza donde se deseaba.

 

XII. Segundas metáforas de la eficacia de los informes según la jerarquía del informante

– El informe emitido por funcionario de menor rango es como un sermón de provincias: se oye lo que dura la misa y se ignora lo sermoneado.

– El informe emitido por funcionario medio es como la caracola: un murmullo gracioso y con función decorativa.

– El informe emitido por funcionario de alto rango es como el kirikí del gallo del corral: el gallo cree que el sol sale para oirle cantar, y el sol sigue girando, con o sin gallo.

 

XIII. Paradojas infames

– El político valora mas la complacencia que la coherencia

– Cuanto más apoye un funcionario sus informes en términos de legalidad en vez de bajo criterios de eficacia administrativa, menor será el número de los que le sean solicitados.

– La mayor utilidad de un informe es retrasar la decisión.

 

Para finalizar nada mejor que aludir a la primera Ley de Parkinson que se aplicable a toda la Administración Pública y como no, a la hora de realizar un informe: «Cualquier trabajo se expande hasta agotar el tiempo disponible a que se haga».

11 comments on “De las Leyes de Murphy a las Leyes de Sevach sobre los informes en la Administración Pública

  1. Nicolás

    Genial, Sevach. Resume a la perfección todas las leyes y paradojas que nos encontramos día a día en el mundo de la Administración. Me encanta la de: «El político valora mas la complacencia que la coherencia».

    Es para preocuparse que la realidad sea día a día así. Ahora me enfrento a una modificación contractual de un importante contrato de concesión de obra pública, que pretende hacerse en dos días, a toda prisa, y que si no informan los órganos obligados a ello, pues mejor (esto me hace pensar muy pero que muy mal, no creen?)… Y esta es nuestra triste realidad…

    Del humor al terror. Gracias por tus comentarios, Sevach

  2. Juan Carlos

    Estupendo y humorístico informe sobre los informes, Sevach, más atinado otros con apariencia más sesuda. Aumentan las «bromas y veras» de la ciencia jurídica al estilo de Ihering.
    Propondría dos temas para ser analizados, de forma «bromaverista» o como Sevach prefiera.
    1) el recurso potestativo de reposición ¿Qué motivó su muerte y resurrección? ¿es cierto que tiene una escasa aplicación y sólo en el ámbito de los pequeños ayuntamientos? ¿es una herramienta útil en el derecho administrativo?
    2) La terminación de los procesos mediante mediación, arbitraje y conciliación, contemplada en la ley 30/90 y en la reciente Ley de Contratos del Sector Públicos: ¿son herramientas útiles o meras palabras grandilocuentes? ¿Hay disposición a utilizarla por parte de las administraciones, los ciudadanos y los abogados?
    Gracias de nuevo a Sevach por su buen humor y claridad expositiva.

  3. Genial blog, sí señor. Otra prueba de que la realidad bien vista supera en mucho la ficción más elaborada.

  4. Muy atinadas las Leyes de Murphy aplicadas a los informes. Me identifico mucho con lo del traje de amianto (antídoto contra la prevaricación) y con que siempre habrá alguien dispuesto a realizar un contra-informe con el consabido colofón de sometimiento gustoso (mentira), a otro mejor fundado.

    Enhorabuena por el «blog». Aúna la utilidad con el buen humor.

  5. sed Lex

    El sometimiento a mejor juicio es como la coletilla de las instancias antiguas, que finalizaban con el «es gracia que espera obtener de su buen juicio».
    Tiene su puntín de chulería, más que de falsa modestia. O me lo concede, o su buen juicio queda en entredicho.

    En esto de los informes, que con carácter general son facultativos y no vinculantes, el sometimiento a juicio mejor fundado siempre existe [siempre cabe el contrainforme o la no aceptación del mismo]; claro, que si nos atenemos al art. 54 de la Ley 30/92, cualquier decisión que se apartara de estos informes, en cuanto que acto discreccional, debería estar motivada, y ahí es donde cabe lo del juicio mejor fundado.

    Evidentemente esto nunca se hace. El político o jefecillo de turno se hace el sordo y tira para alante, pero el funcionario informante no se pilla los dedos…

    Esa frase es el colmo de la chulería; yo la utilizo en informes muy bien fundados y de los que sé que escuecen allá arriba… Y oiga, no me pongo ni un poquito colorado.

    Sí, ya lo sé; así nunca llegaré a jefe de nada, pero… ¿Y a mí qué?.

  6. Estimado Sevach, como obviamente diriges tus informes al caso especial de los informes jurídicos, se me ocurre que hay un amplio ámbito de los informes técnicos relacionados con aspectos tecnológicos o de cualquier otra índole similar que tienen su propia casuística.

    Así por ejemplo y ya que has abierto éste melón, me atrevo a sugerir alguna cauística concreta en ese ámbito:

    – La probabilidad de que un informe técnico sea tenido en cuenta y aplicado es inversamente proporcional al ratio entre el alcance temporal del proyecto y el tiempo que falta para las próximas elecciones.

    Como consecuencia, la probabilidad de que un informe técnico que proponga actuaciones para más de cuatro años sea aplicado tiende a cero.

    – Cuando se quiere que un informe técnico, ya elaborado dentro de la administración, tenga credibilidad, debe encargarse a una empresa consultora. Va a decir lo mismo, pero todo el mundo lo creerá.

    – Si el informe encargado a la consultora no ha sido precocinado dentro de la Administración, entonces las probabilidades de que se quede en un cajón son muy altas.

    Corolario: Las empresas consultoras son necesarias, pero sólo para dar el barniz de independencia y credibilidad a los trabajos de los funcionarios, que en realidad saben mucho más del negocio administrativo que las consultoras.

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