De Jueces y la Justicia

Mas vale juez español conocido que juez venezolano por conocer

jueces

El Tribunal Constitucional español dictará sentencias cuestionables y nuestros órganos jurisdiccionales estarán colapsados y serán criticados, pues laborioso es probar los hechos, difícil atinar en la interpretación y prácticamente inaccesible confirmar si la Justicia ha triunfado. Sin embargo, al igual que en la fábula de Calderón sobre un sabio hambriento que halla consuelo al percatarse de otro sabio que se alimentaba de las hierbas que aquél desechaba, podemos sentirnos satisfechos de nuestro modelo judicial.

Viene al caso por la doble experiencia judicial que ha sido noticia esta semana. De un lado, el Tribunal Supremo español ha dictado sentencia confirmando la legalidad de la asignatura “Educación para la ciudadanía”, y de otro lado, a siete mil kilómetros de distancia y salvando el Océano Atlántico, la Corte Americana de Derechos Humanos ha condenado a Venezuela a reintegrar dos jueces del Supremo, a indemnizarles y a aprobar una Ley de Protección de los Jueces. Ambas noticias distintas y distantes tienen para Sevach un elemento común con diferente planteamiento: la concepción de la independencia de los jueces y la Justicia.

1. Lo mas llamativo de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo español, al margen de la decisión de fondo, es la madurez judicial del sistema español. Un asunto de tan crucial importancia, donde están en juego derechos fundamentales, modelo educativo e ideologías, se sometió al Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y allí deliberaron veintinueve jueces durante tres días hasta conseguir la sentencia con el voto particular de siete vocales. Cuando se han conocido los votos particulares se ha observado con perplejidad la paradoja de que algunos que se consideraban progresistas votaron a favor de la tesis conservadora y a la inversa, tal y como se ha detallado por la prensa, pese a que las deliberaciones son secretas. Esta gestación de la sentencia es admirable porque revela esfuerzo, ciencia, independencia y libertad de criterio de los juzgadores fuera de etiquetas ideológicas y prejuicios.

Ciertamente, es inevitable la marea mediática y la posición de las partes que “arrimarán el ascua a su sardina” según las palabras que utilice la sentencia, porque es de esperar que una sentencia en estos temas no sea ni expeditiva ni tajante. Será al estilo de las llamadas “sentencias interpretativas” del Tribunal Constitucional, reconociendo la amplia discrecionalidad del Estado para fijar contenidos pero con límites. O sea, que no hay un derecho constitucional a la objeción de conciencia educativa, pero tampoco hay un derecho del poder público a imponer contenidos ideológicos que menoscaben el derecho de los padres a educar a sus hijos. En otras palabras, que la educación es un buque que puede cobijar cualquier mercancía siempre que no sea “tóxica” (considerando como tal la que atenta claramente valores constitucionales dignos de protección). Y con ello, el debate se desplazará a la guerra de guerrillas en las plazas judiciales autonómicas para combatir caso a caso los textos que incurran en manifiesto adoctrinamiento.

Sin embargo, lo realmente importante es que la Justicia funciona, y en este caso, con cierta celeridad encomiable ( y necesaria por los casi dos millones de estudiantes afectados, 80.000 profesores y las familias) sin olvidar la discrepancia entre los Tribunales de Justicia), con amplio debate (del cruce de ideas jurídicas sale la luz de la Justicia) y finalmente se ha dictado sentencia, que se acatará aunque se anuncien recursos ante el Tribunal Constitucional o ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, en el ámbito interno la paz social está asegurada.

En suma, debate civilizado. Kelsen está vivo y goza de buena salud en España.

2. En cambio, la sentencia de la Corte Iberoamericana de 5 de Agosto de 2008, Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”) vs. Venezuela resulta llamativa por lo grotesco de la situación.

Partiremos de señalar que la Corte Iberoamericana de Derechos Humanos que arranca del Convenio de San José de Costa Rica de 1969 (inspirada en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo) dicta sentencias vinculantes para los Estados firmantes que así lo consintieron y entre ellos, Venezuela. Para dictarlas, el procedimiento de la Corte es laborioso y busca hasta la extenuación salidas amistosas (no en vano el tiempo medio de resolución de sus asuntos es de …¡54 semanas!). En este caso, la Corte Iberoamericana ha condenado a Venezuela a reintegrar dos jueces del Supremo, a indemnizarles y a aprobar un Código Etico de los Jueces en Venezuela.

Pues bien, el Tribunal Supremo venezolano, ignorando que el Derecho Internacional y los Tratados son vinculantes lanza un desafío, y se limita a aducir que tal medida «crearía un caos institucional» y que va contra «la Constitución».
Lo chocante de este planteamiento radica:

A) En primer lugar, porque son Jueces del supremo los que rechazan restablecer en su derecho a otros jueces purgados del mismo Tribunal Supremo. Quizás deberían pensar en aquellos certeros versos de Bretch en que nadie asume el problema de los demás hasta que a uno le afecta.

B) En segundo lugar, porque la credibilidad internacional de un Estado depende de su cumplimiento de sus propios compromisos. No se trata aquí de juzgar a Hugo Chavez en clave política, sino de valorar en clave jurídica una decisión judicial interna, y que afectará a los Tratados comerciales o a cualquier compromiso internacional que pueda celebrar Venezuela en el futuro.

C) En tercer lugar, porque tal decisión revela que Montesquieu no tiene visado para entrar en Venezuela, ya que la división de poderes son marionetas de un mismo teatrillo, manejado por el ejecutivo.

D) En cuarto lugar, porque el espejismo de un mundo donde los Derechos humanos cuentan con una policía universal, cuyos agentes son el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Iberoamericana de San José, se desvanece día a día.

3. No obstante, justo es reconocer que en relación a España, las sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos carecen de eficacia revisora de las sentencias judiciales firmes y sólo dan derecho a una «satisfacción equitativa a cargo del Gobierno español». O sea el vil metal sana cualquier injusticia. Quizás algún día se establezca legalmente como motivo de revisión de sentencias firmes, el haberse dictado sentencia por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero hasta entonces seguiremos hallando sentencias condenatorias a España y que sólo sirven para armar revuelo mediático, porque las cosas seguirán igual.

Así y todo, no hay color entre la Justicia española y la venezolana. En la justicia española, los jueces son marionetas….del Derecho. En la justicia venezolana, los jueces son marionetas…del Poder.

0 comments on “Mas vale juez español conocido que juez venezolano por conocer

  1. Decir que los Magistrados del Tribunal Supremo de España son marionetas exclusivamente del Derecho, es puro ejercicio de voluntarismo. Una vez más el débil ha visto como la justicia le da la espalda. La Constitución dice en su artículo 27.3: Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Establecer una asignatura como educación para la ciudadanía es abrir la puerta al adoctrinamiento en la enseñanza pública, que por definición ha de ser neutral. Los padres que tengan la fortuna de poder llevar a sus hijos a colegios concertados y privados, es decir, la gente con más recursos podrán eludir la enseñanza pública ideologizada hasta la náusea, y podrá elegir centros que respeten sus valores y principios. Los que no tienen más remedio que llevar a sus hijos a colegios públicos, cruzarán los dedos, y esperarán a ver qué sale en la lotería: un centro respetuoso con los derechos fundamentales de padres y alumnos a no sufrir adoctrinamiento, o un centro que utilice manuales que parecen redactados por los esribas del Presidente del Gobierno. Las sentencias interpretativas son una basura que no vale absolutamente para nada. Papel mojado. Amagar todo el rato. Ponerse de lado. Decir sí pero no, para no enfadar demasiado al político de turno. Menos mal que el Partido Popular ha dejado claro que cuando gobierne quitará esta bazofia de los planes de estudio. Y menos mal también que sabemos que la Ministra de Educación sabía el sentido del fallo del Tribunal Supremo el mismo día que empezaron las deliberaciones: grabó tres mensajes sobre el fallo, los tres en el mismo sentido, anticipándose a la sentencia. ¿ Será que tiene telepatía con «las marionetas del derecho»?

  2. Ejemplo de sentencia interpretativa: la del TC que resolvió el recurso contra la LOPJ aprobada en 1985 que estableció que todos los vocales del CGPJ serían elegidos por las Cortes Generales, eliminado así la elección por los propios miembros de la carrera judicial de los vocales procedentes de dicha carrera. El TC vino a decir que el sistema de elección de vocales por las Cortes, sería constitucional siempre que no se tratara de un reparto partidista por cuotas. Pues bien. El sistema es un reparto burbo y evidente por cuotas partidistas, y se ha demostrado que la sentencia del TC, muy interpretativa ella, es papel mojado.

  3. Totalmente de acuerdo con JotaF. Me alegro de no ser la única que piensa de esa forma en España.

    Un saludo

  4. Discrepo de J.F. y Laura.

    El Tribunal Supremo ha dicho que los representantes democráticos pueden fijar una asignatura obligatoria con un mínimo común denominador de los valores esenciales de la sociedad. No los valores de una determinada creencia. Somos una sociedad plural. No puede cada niño contar con un libro hecho por sus padres, pues para eso que se quede en casa. El día de mañana convivirá con personas de otras ideologías o creencias y bueno será que su cerebro sea una herramienta flexible y no unas anteojeras rígidas.

    Un padre tiene derecho a educar a su hijo conforme a sus creencias en su hogar y en el día a día, pero la educación pública o concertada tendrá que asumir unos mínimos de enseñanza aséptica. Muchos fantasmas se han visto en el libro de Educación de la Ciudadanía y el de mi hija está estupendo. Quien vea adoctrinamiento en ese libro lo hace con ojos de inquisidor.

  5. sed Lex

    Pues yo también discrepo. No me parece que la educación para la ciudadanía sea ningún tipo de adoctrinamiento, ni que tenga contenidos que puedan resultar inconstitucionales. Es más, me parece que se ha levantado esta polvareda sólo para crear un motivo más de polémica por parte del partido de la oposición, que desde el principio de la legislatura pasada se ha centrado en su política de desgaste por todos los medios [política que no dudo que rente resultados a largo plazo, pero que ha sido más que dudosa a corto, pues sólo reforzó al gobierno].

    La EpC no tiene contenidos que adoctrinen a nadie en cuestiones inconstitucionales, o contra la religión. Máxime cuando la mayoría de los padres que la han recurrido llevan a sus hijos a colegios religiosos, dónde quiénes imparten dicha asignatura ya se encargarán, de haber algún tipo de adoctrinamiento, de arrimar el ascua a su sardina.
    Tampoco entiendo por qué la Iglesia se ha situado en esa postura, si no es por tener la exclusiva del “adoctrinamiento” que achaca a esta asignatura.

    En cuanto a la sentencia en sí, esperaré a leerla para comentarla; la versión de los vídeos de la ministra [preparación de varias versiones de antemano, todas en el sentido del fallo ¿para qué hacer un vídeo en caso contrario?] me parece creíble.

    En cuanto a la tradicional postura de las sentencias del TC o del TS (órganos de los que no pienso para nada en que sean independientes por el tipo de nombramiento), no es más que la postura de la Justicia en general en este país, que se suele perder [con honrosas excepciones, de las que un amigo de Sevach ha sido protagonista recientemente en renombrada sentencia, por lo que le felicito] en defectos de forma [v.gr. la reciente Sentencia contra el decreto que desarrollaba la Ley de prevención del tabaquismo en la CAM] o en debates y “sentencias interpretativas”, cuando no en declarar simple y llanamente su falta de competencia: lo que sea menos entrar en el fondo del asunto y aclararlo.
    A eso en mi pueblo se le llama marear la perdiz. Pero ya dije una vez cómo funciona el Derecho [por desgracia, pues más merecería, funcionando así, el nombre de Torcido]: dadme un punto de apoyo y moveré el mundo.

    Sin querer entrar en políticas, me alegraría que el PP, cuando llegue al gobierno, en lugar de quitar la asignaturita, modifique el nombramiento digital de las altas esferas judiciales, pero ¿a qué eso no lo hace?. Puestos a elegirlos a dedo, que los incluyan en las elecciones y sea el pueblo quién los elija, pero en listas abiertas; nada de la “bazofia” [ahora sí] de las listas cerradas. Ahi sí que hay una gran mentira: la ilusión de las alternativas (crees que eliges, pero eliges entre dos opciones que ya te han dado elegidas). Seguro que la ley de partidos y el sistema D’Hont tampoco los tocan, aunque haga bastante más daño a la democracia que la asignatura en cuestión, de la que creo que estamos bastante necesitados a juzgar por el anterior post de Sevach, y dado que dicha educación parece ser que ya no se recibe en las casas.
    Por cierto JotaF, los colegios subvencionados no hay que pagarlos, o mejor dicho, no habría que.

  6. Sed Lex y Xuan, entonces estareis tambien conformes con lo que se imparte en las ikastolas respecto a la extensión de la geografía de Euskadi o respecto del adjetivo que nos dan al resto de españoles, no lo digo en vasco, sino en español: «cerdos». Para ellos no es adoctrinamiento.

    Es lo mismo, os parecerá un extremismo, pero es comparable, se llama adoctrinamiento.

  7. sed Lex

    Por cierto, respecto a esto último, y aunque no sea el tema del foro, un curioso enlace para quién le interese el tema de la educación «concertada», en el que hay un comentario de «Azucena», [el 5 de enero, a las 21:04], totalmente magistral:

    http://elojodeltuerto.com/?p=2219

  8. Nadie discute que se enseñe matemática, historia, lengua, inglés, biología, etc. Ahora bien, educación para la ciudadanía está creada para transmitir en los colegios donde sea posible, es decir, la gran mayoría de los públicos, unas determinadas ideas relacionadas con cuestiones discutidas y discutibles en la sociedad. Existen manuales de la asignatura que entran en asuntos políticos y morales, y por supuesto siempre en la línea del Gobierno que ha impuesto esta asignatura. Por ejemplo, el manual de la editorial Akal, aprobado por el Ministerio, y que puede emplear cualquier profesor, y que entra a valorar sucesos políticos nacionales, internacionales, e incluso se dedica a criticar a periodistas de los medios de comunicación: un manal de educación para la ciudadanía!. Algunos no acaban de entender que la Iglesia no legisla, que la Iglesia adoctrina al que se quiere dejar adoctrinar. Los ciudadanos no tenemos que defendernos de la Iglesia, porque la Iglesia no tiene poder respecto de nosotros si nosotros no queremos. Bueno, si no tenemos para comer, probablemente iremos a los comedores que tiene la Iglesia para atender a los más necesitados, y por supuesto las monjas no nos preguntarán si somos creyentes o no. Hecho este inciso para recordar la inmensa acción social de la Iglesia, reitero el argumento: el que puede y quiere adoctrinarnos, queramos los demás o no, es el Gobierno actual, y frente a ilegítimos intentos de imponernos una moral, unas ideas y unos principios que millones de españoles no compartimos, existe el derecho de decir sencillamente que por ahí no pasamos. El TS entiende que los padres no tienen derecho a que la enseñanza pública en España esté libre de la doctrina política impuesta en una asignatura. Bueno, sólo nos queda esperar a que el Partido Popular cumple su promesa, y cuando tenga la oportunidad, derogue la norma que establece ese dislate de asignatura.

  9. Laura, algunos cierran los ojos ante la realidad. En España, desde hace demasiados años ya, en determinadas regiones gobernadas por los separatistas se utilizan asignaturas como Historia, Geografía, Ciencias Sociales y similares para enseñar mentiras en orden a la invención de una historia particular que nada tiene que ver con la realidad. Si hacen eso con asignaturas, en teoría «asépticas», ¿ qué no harán coneducación para la ciudadanía?

  10. Me alegra mucho JotaF leer lo que dices.

    Un poco de sensatez, por favor! Ya está bien! Todo tiene un límite y que chirría esta insistencia en entrometerse en areas de educación que son propias de los padres.

    Recordais Orwell, 1984.

  11. sed Lex

    Laura, dudo mucho que en EpC se llame a nadie cerdo, sino más bien a todo lo contrario, y mucho menos que se dedique a hablar de la extensión de la geografía de España.
    Respecto de los nacionalismos opino lo mismo que Javier Krahe, en vídeo relacionado con el enlace que nos puso Sevach recientemente: que «los nacionalistas son unos cretinos, aunque hay cretinos punta de pala; y que quieren mezclar su prehistoria en el presente, aunque no tienen la menor idea de cómo fue su prehistoria, por cierto, igual que la prehistoria de cualquier otro»
    Dejo también el enlace para quien le interesen esas declaraciones:

    Toda exclusión de los demás, va por mal camino…

  12. Hablando de justicia española y venezolana, hay que reconocer que ciertos órganos jurisdiccionales españoles están más cerca del caribe que de cualquier otro lugar. La última perla procedente de la Audiencia Nacional es la admisión a trámite de una querella contra un ex ministro de defensa del Estado de Israel. ¿ A qué juega el juez Fernando Andreu?. ¿ Qué extraño complejo de superioridad o enajenación mental transitoria lleva a calificar de crimen contra la humanidad un acción del ejército de Israel contra los terroristas de Hamas? ¿ Va a convertirse la Audiencia Nacional en tribunal revisor de las decisiones que respecto de este ausnto ya adoptaron los tribunales del Estado de Israel?. ¿Existe algún tipo de virus en la Audiencia Nacional que convierte en aspirantes al más vulgar famoseo a quienes por allí pululan?

  13. Sevach

    Os recuerdo que el post no se adentra deliberadamente en el fondo de la sentencia sobre la Educación para la ciudadanía, sino que pasa de puntillas por lo que parece ser la fundamentación del fallo según la prensa. Por eso, tan pronto se dicte la sentencia y la lea con atención procuraré colocar un post específico para centrar el debate. Por lo demás, creo que debemos felicitarnos, y aquí está el interesante matiz que quería resaltar, de que los jueces del Tribunal Supremo en este caso han actuado con gran madurez y libertad (deliberación respetuosa y liberados de filias y fobias en que la prensa intenta encasillarles). Y eso pese a que, a mi juicio, no sería malo que en los asuntos en que la interpretación jurídica hace entrar en juego la valoración personal (p.ej.conceptos jurídicos indeterminados, estándares, contenido de garantías institucionales según el contexto social,etc) es lógico y natural que los jueces reflejen el pluralismo ideológico del país, pues ni son robots ni esfinges.

  14. sed Lex

    OK; los jueces no son robots ni esfinges, ni deben serlo pues hay circunstancias emocionales que jamás podría discernir una máquina.
    Pero de ahí a que deban reflejar sus ideas [políticas] como reflejo del pluralismo de la sociedad va un abismo, porque esto que podría ser ligeramente justificable ante un órgano de 29 jueces y un debate de tres días, nunca lo sería en un órgano de tres, y menos en uno unipersonal, que al final, salvo en debates de este calado es lo habitual, pues aunque firmen tres o cinco, lo cierto es que normalmente se limitan a suscribir lo que determine el ponente [he llegado a ver sentencias donde un juez ha firmado lo contrario que defiende como ponente en casos iguales; y sin voto particular], y si este ponente refleja sus ideas mal vamos, pues dependerá mucho la resolución de nuestro caso, del juez que nos toque.

    Creo que un juez debe hacer un ejercicio de abstracción y responsabilidad, y limitarse a aplicar la ley, atemperándola en todo caso por criterios más humanitarios que políticos, aproximándose a la idea que todos tenemos de Justicia e Igualdad, y a través de eso que llamamos EQUIDAD, y que tanto se ha obviado.
    Eso, y la capacidad de EMPATÍA que tenga, es lo que debe diferenciarle de la máquina y no el pluralismo político-ideológico, ni sus propias convicciones personales, que indudablemente —reconozco— siempre influirán algo. Lo triste es que a los jueces, sobre todo a los de las altas instancias, se les elige por la cuerda de la que son, y se espera que reflejen en sus sentencias eso. Sentencias que luego sientan jurisprudencia, que aunque no es ley, recordábamos recientemente que sí es fuente del derecho, y hasta «vacía» las Leyes.
    Y cuando no sucede, como parece en el caso en cuestión, se convierte en noticia…

  15. sed Lex

    Y lo más triste de todo es que a los jueces de las altas instancias —TS, TC, TTSSJJ en algunos casos— no se les designa precisamente por su imparcialidad o su equidad, ni siquiera por su dominio del Derecho o su reconocido prestigio. Y eso es lo PATOLÓGICO del sistema, con lo que resulta totalmente viciado, que se les elige por su SESGO —por su ideología: justo al contrario de lo que debiera ser.

  16. Yo diria mas. Aunque siempre hay algun juez justo en sentido de apolitico, valga la redundancia, se cuelan al Supremo magistrados por su afinidad a alguna Asociacion Judicial, de igual modo que los magistrados seleccionados entre juristas de reconocido prestigio para el Tribunal Supremo reflejan la fuerza de las escuelas de Derecho Administrativo.

  17. miguel álvarez

    No me resisto a matizar eso que dice JotaF de que la iglesia no adoctrina. Yo diría que no adoctrina cuando no puede, que conozco algún que otro caso de auténtico acoso (por teléfono, siguiéndolo de casa al trabajo y del trabajo a casa, etc.), por ejemplo para que cierto amigo acudiese a las reuniones de determinada Obra…

    Por no recordar una estatua publicitaria de la Virgen del Carmen que acaban de colocar en pleno paseo Marítimo de una ciudad gallega, para cuya instalación se cedieron terrenos públicos, como si en España todos fuésemos devotos y no nos molestase. Y para mayor escarnio, esta pieza hizo que hubiese de desplazarse una escultura dedicada a Balmis, que llevó la vacuna antivariólica a América.

    El problema está en que EpC, se implantó para sacar la religión de los institutos, o para que la religión se impartiese en horas no lectivas, y como los grupos de poder católicos protestaron, ni chicha, ni limoná. Se quedaron a medias y los estudiantes tienen: EpC junto con Religión, y los que no quieren Religión, Alternativa a la Religión. Un desastre.

    Por lo demás, celebro la independencia de los jueces, que con esta sentencia comprobamos que no están tan manipulados por quienes los nombran como se nos quiere vender.

  18. «El problema está en que EpC, se implantó para sacar la religión de los institutos, o para que la religión se impartiese en horas no lectivas», dice Miguel Álvarez. Me gusta que sea usted tan claro. El Gobierno nunca se ha atrevido a decir lo que usted confirma:educacíón para la ciudadanía es el pretexto para incumplir la Constitución española. ¿ Por qué? Pues porque la Constitución española no sólo dice en su artículo 3 que los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Por si eso fuera poco, el artículo 96.1 de la misma Constitución dice: Los tratados internacionales váidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Pues bien, España y la Santa Sede tienen una serie de Tratados internacionales, que garantizan la enseñanza de la religión, respetando la voluntariedad a la hora de elegir la asignatura, y en iguadad de condiciones que el resto de asignaturas. Sacar la eneseñanza de la religión de las escuelas, o impartirla fuera del horario lectivo, supone incumplir un tratado internacional que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico. Si el Gobierno quiere hacerlo, que denuncie esos tratados. Hasta la fecha no lo ha hecho.

  19. Para los desmemoriados, esto dice, entre otras cosas, el INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL ACUERDO ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA SANTA SEDE SOBRE ENSEÑANZA Y ASUNTOS CULTURALES, FIRMADO EN LA CIUDAD DEL VATICANO EL 3 DE ENERO 1979, publicado en el BOE de 15 de diciemnbre de 1979: (lo escribo en mayúsculas porque así aparece en la página del BOE. Corto y copio):

    ARTICULO I

    A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE LIBERTAD RELIGIOSA, LA ACCION EDUCATIVA RESPETARA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS PADRES SOBRE LA EDUCACION MORAL Y RELIGIOSA DE SUS HIJOS EN EL AMBITO ESCOLAR.

    EN TODO CASO, LA EDUCACION QUE SE IMPARTA EN LOS CENTROS DOCENTES PUBLICOS SERA RESPETUOSA CON LOS VALORES DE LA ETICA CRISTIANA.

    ARTICULO II

    LOS PLANES EDUCATIVOS EN LOS NIVELES DE EDUCACION PREESCOLAR, DE EDUCACION GENERAL BASICA (EGB) Y DE BACHILLERATO UNIFICADO POLIVALENTE (BUP) Y GRADOS DE FORMACION PROFESIONAL CORRESPONDIENTES A LOS ALUMNOS DE LAS MISMAS EDADES INCLUIRAN LA ENSEÑANZA DE LA RELIGION CATOLICA EN TODOS LOS CENTROS DE EDUCACION, EN CONDICIONES EQUIPARABLES A LAS DEMAS DISCIPLINAS FUNDAMENTALES.

    POR RESPETO A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA, DICHA ENSEÑANZA NO TENDRA CARACTER OBLIGATORIO PARA LOS ALUMNOS. SE GARANTIZA, SIN EMBARGO, EL DERECHO A RECIBIRLA.

    LAS AUTORIDADES ACADEMICAS ADOPTARAN LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA QUE EL HECHO DE RECIBIR O NO RECIBIR LA ENSEÑANZA RELIGIOSA NO SUPONGA DISCRIMINACION ALGUNA EN LA ACTIVIDAD ESCOLAR.

    EN LOS NIVELES DE ENSEÑANZA MENCIONADOS, LAS AUTORIDADES ACADEMICAS CORRESPONDIENTES PERMITIRAN QUE LA JERARQUIA ECLESIASTICA ESTABLEZCA, EN LAS CONDICIONES CONCRETAS QUE CON ELLA SE CONVENGA, OTRAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS DE FORMACION Y ASISTENCIA RELIGIOSA.

  20. sed Lex

    Vaya por delante que mis hijos van a clase de religión y a catequesis, y que yo me considero católico, pero teniendo en cuenta que el Estado Español es aconfesional [también según la Constitución], a lo mejor ha llegado el momento de que se denuncien dichos tratados. Cuestión que, por otra parte, le daría al principal partido de la oposición para crispar durante al menos otros cuatro años y para polarizar más si cabe a la sociedad…

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