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Donde vas Tribunal Constitucional, donde vas triste de ti

dados
Suenan tambores cercanos que anuncian la inminencia de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña. A Sevach, fuera del fondo del asunto sometido a debate, los aledaños le resultan altamente preocupantes.

1. En primer lugar, la tardanza en resolver. Tomarse tres años en resolver un asunto de ese calado, dejando que un Estatuto bajo sospecha se desarrolle de forma irreversible, resulta cuanto menos una irresponsabilidad por omisión.

2. En segundo lugar, la utilización descarada de sondeos exploratorios de la opinión política y de la comunidad científica. La prensa se hace eco de filtraciones y rumores sobre las deliberaciones que, teniendo en cuenta su carácter secreto, hacen pensar en mas de un Judas de lengua larga en el Tribunal.

3. En tercer lugar, parece ser que el Tribunal Constitucional utilizará y abusará de varias técnicas retóricas judiciales que todo lo curan:

A) Por un lado, las denominadas “sentencias interpretativas” o sea las que salvan la constitucionalidad de un precepto legal pero bajo la condición de atender a una determinada interpretación. Algo así, como si dijese “ Es constitucional declarar que un hombre es un cuadrúpedo siempre que se entienda que se refiere a tener dos patas”.

B) Por otro lado, el inciso habitual del legislador prudente “sin perjuicio” . Algo así como si dijese: “ Es constitucional que Cataluña declare la guerra sin perjuicio de la competencia del Estado sobre las relaciones bélicas”.

C) Y por último, la muletilla de salvación que lleva a considerar constitucional una competencia o medida autonómica “ siempre que por Ley Orgánica le sea atribuida”. Algo así como si se dijese: “ Es constitucional que Cataluña establezca recargos sobre el Impuesto de Sociedades, siempre que la Ley Orgánica de Financiación se la atribuya”.

4. En definitiva, que el Tribunal Constitucional se está viendo empujado a las llamadas doctrinalmente “sentencias manipulativas” que le llevan mas a que a ser un “legislador negativo” ( decir la interpretación de lo que no es constitucional) a convertirse en un “legislador superlativo” ( validar leyes que retuercen la letra de la Constitución).

5. No está de más tener en cuenta que en la recientísima Sentencia del Tribunal Constitucional 147/2009, de 15 de Junio, se declara consolidado el criterio de que la prescripción de los delitos se interrumpe no con la denuncia o querella sino mas tarde, cuando el juez la admite a trámite. Y lo declara consolidado para disipar la duda de una Audiencia Provincial que consideraba “que concurrían circunstancias de todo orden que impedían la aplicación del art. 5.1 LOPJ (y, por tanto, de la STC 63/2005), como eran, en primer lugar, que la citada STC 63/2005 era un precedente aislado; en segundo lugar, que el Tribunal Supremo tenía una sólida línea interpretativa en sentido contrario; y, en fin, que la Fiscalía General del Estado en su Instrucción de 15 de junio de 2005 mantenía la tesis contraria.…..” .

Frente a esta justificación de la Audiencia Provincial el Tribunal Constitucional con elegancia establece la primacía de su criterio:

“Sin necesidad de entrar en las consideraciones que las Sentencias impugnadas realizan con respecto a la oposición existente entre el criterio de este Tribunal Constitucional y una de las líneas interpretativas de la prescripción de las infracciones penales que ha seguido el Tribunal Supremo, oposición que, en todo caso, queda resuelta en aplicación de la previsión del art. 5.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), lo cierto es que para resolver la cuestión planteada basta con acudir a doctrina sentada por este Tribunal en las SSTC 63/2005, de 14 de marzo, y 29/2008, de 20 de febrero, relativas al cómputo de la prescripción penal y, más concretamente, a la eficacia interruptiva de las denuncias o querellas, para apreciar la lesión del derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente en amparo (art. 24.1 CE)” .

6. Pues bien, en el leading case, el relativo a los Albertos, tal y como Sevach apuntaba en un anterior post, el Tribunal Constitucional hinchó el pecho y por el rigor dogmático-jurídico (fiat justitia et pereat mundi) permitió que tan novedosa doctrina sirviese de coartada para la libertad de los ladinos magnates ( con gran bochorno de la gente de bien que no entiende tales sentencias que aprecian la prescripción mientras que los culpables se van de rositas con los bolsillos llenos).

7. Pues bien, es de esperar que el Tribunal Constitucional mantenga idéntica altura de miras, y consciente de que se juega la imagen de la institución y el honor de sus miembros, de lugar a una sentencia en Derecho, sin remilgos ni componendas. Si el Estatuto es constitucional dígase y lo que no lo sea, dígase igualmente, pero nada de medias tintas y juegos de tahúres jurídicos.

¡Alea jacta est!.

0 comments on “Donde vas Tribunal Constitucional, donde vas triste de ti

  1. Soy pesimista en lo que aquí se trata.

    En primer lugar, el procedimiento para la elección de los jueces del Tribunal Constitucional muchas veces está teñido de uno u otro color político, por lo que la independencia, cuando esos colores se encuentran en entredicho, es cuanto menos cuestionable.

    Luego viene el hecho de que el PSOE está muy condicionado por el peso electoral que, dentro de él, tiene el PSC (partido que, dicho sea de paso, se ha dedicado a remover fanatismos y cazas de brujas para lograr sus objetivos).

    También cabe tener en cuenta los antecedentes que tú expones en tu argumentación (tardar 3 años en resolver, máxime cuando otras cosas tipo ilegalización de partidos se hacen por la «vía exprés»; filtraciones interesadas de sondeo de la opinión pública, etc.).

    Y, por último, baste echar una ojeada al estatuto mismo para ver que aquello no se salva ni con cola. Creo que estamos, junto al caso de los Albertos (un bochornoso espectáculo para la justicia en general, y para el TC en particular), ante un test que nos dirá el grado de madurez democráticas de nuestras instituciones. Pronto veremos si estamos más cerca de Alemania o de Belice (con todo el respeto para los beliceños).

  2. Policía Local

    Vamos a ver si, en este comentario no meto mucho la pata; Permitidme, por favor, que simplifique esto al máximo.
    La Constitución es de 1978. Yo de aquellas era un montón de espinillas con un adolescente detrás. Muerto Franco se inició el periodo constituyente y creo recordar que lo acometieron unas cortes en las que, incluso, había senadores de designación real ( no elegidos ). Mis abuelos y mis padres tenían una sola obsesión en ese período convulso y era que no volviera otra guerra, que nos entendieramos entre todos y no nos pelearamos de nuevo. Hubo un referendum de aprobación de la mencionada Constitución (en la que no niego participaron insignes juristas) al que acudieron mis padres y mis abuelos y seguían hablando de que ojalá no hubiera otra guerra.
    La Costitución salió adelante refrendada por un consentimiento expresado por la mayoría del pueblo español bajo el temor de esa Espada de damocles de la guerra civil (¿vicio de consentimiento?).
    Hoy día a este País no lo reconoce ni su madre, con algunos defectos, yo entiendo que, la Costitución, no nos salió tan mala; aunque sería bueno que, la nueva mentalidad de los españoles y sus nuevos problemas se viera reflejada en ella y, aquellas instituciones que salieron regular se remodelen.
    Ahora viene la cuestión:
    Se que un proceso de ese tipo no es un «recorta y pega», se que sería tremendo, pero….¿sería imposible?¿sería necesario?¿sería imprescindible?
    ¿otros paises han reformado en profundidad sus constituciones?¿y la renovación total (una nueva constitución) es otra opción?
    Ya se que saldría a la palestra de nuevo, por ejemplo, la monarquía, ..¿y..?, también la organización territorial del Estado ….vale y, como no, el Tribunal Constitucional.
    Hiela la sangre pensar en lo que eso supondría, pero es nuestra forma de gobernarnos y teóricamente todos debemos influir en ella y no se debe suponer que estamos mas mediatizados que los ciudadanos que en su día avalaron la vigente.
    Si en tu casa hay goteras, las humedades suben desde el garaje y la instalación electrica da problemas, se impone dejar de quejarse y ponerse a trabajar. Aunque durante una temporada estés sin el tejado (habrá que escojer la fecha, mejor en verano) y con velas, es para bien.

  3. Soy muy pesimista respecto de la sentencia del TC. Tenemos el antecedentes pésimo de la sentencia 247/2007, de 12 de diciembre, del Pleno del Tribunal Constitucional en relación con el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón contra el artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciama. En esa sentencia no es que el TC haya dictado una sentencia interpretativa, ni siquiera manipulativa, la sentencia en cuestión llega a decir que el legislador no dice lo que realmente dice. En los votos particulares, especialmente en el del Magistrado Vicente Conde, se pone de manifiesto la irracionalidad de esa sentencia que convierte el principio de conservación de la norma impugnada en un burdo artificio para salvar la constitucionalidad de un precepto (el relativo al «derecho al agua»), que siguiendo el razonamiento que emplea el mismo TC, y respetando el tenor literal de la norma, hubiera llevado necesariamente a la declaración de inconstitucionalidad.

    En el Estatuto de Cataluña estoy seguro de que se llevará hasta el límite ese principio, y se salvará la constitucionalidad de preceptos, deformando incluso lo que dichos preceptos dicen con claridad. Según se dice en algunos medios de comunicación, sólo en casos extremos se declarará la inconstitucionalidad de algún artículo. El Estatuto es inconstituciona en sus aspectos fundmaentales: las declaraciones de derechos, el reparto de competencias, todo lo relativo al poder judicial, la participación de Cataluña en la designación de órganos constitucionales y reguladores, el sistema de financiación, él régimen de las lenguas oficiales.

    España es un galimatías. Necesitamos como el comer una sentencia del TC que ponga orden en un sistema tan perverso, que lleva a que el sistema de financiación autonómica sea el pacto del Presidente del Gobierno con PSC y ERC, revestido de acuerdo para toda España. O mucho me equivoco, o tendremos un pastiche de la peor especie.

  4. Maximilien Robespierre

    jo que panorama

  5. Contencioso

    Me temo que esto ya no tiene arreglo, y la pobreza cualitativa en lo personal de los actuales Magistrados del TC no va a ayudar mucho. No les niego gran cualificación jurídica, pero es mas que evidente a estas alturas que han impuesto la política por encima del derecho, y han renunciado a comportarse como esos grandes juristas que muchos son. La división de poderes es inexistente entre legislativo y ejecutivo, el judicial está arrinconado y asfixiado sin medios y por unos medios de ocmunicación manipulados y hostiles, además de por muchos Jueces empeñados en degradarlo y cavar su propia fosa por ambiciones políticas, la CE se reinterpreta y estira como un chicle, y yo pienso que ya ni siquiera una fuerte doctrina del TC podría arreglar este desastre. Hay ya muchas cosas que han avanzado demasiado, cesiones que nunca se tenían que haber hecho se han consumado, y nos damos cuenta ahora con terror que el proceso constituyente fue cerrado en falso y que tiene un agujero por el que se escapa la sangre y acabará por provocar el colapso.

    Esto va a acabar mal, muy mal, porque es insostenible económica (Estamos hipotecados como ciudadanos por nuestras casas, y como estado por la deuda pública) y socialmente (El cainita impulso de azuzar a unso con otros para solucionar los males). Seguimos siendo, mientras existamos -que ya veremos cuanto es- los dos estúpidos que retrató Goya, en el barro hasta la cintura y moliéndose a palos uno a otro.

  6. debianus

    Igual estoy algo confundido, pero creía que desde hace años se llamaba «Tribunal Prostitucional»…

  7. miguel álvarez

    Tengo la sensación de que en la carrera judicial abundan o son mayoritarios los jueces de ideas conservadoras e incluso hay bastantes católicos. Y como es sabido que los católicos suelen abrigar la pretensión de aplicar su moral no sólo a ellos, sino al resto de la sociedad, un mal menor es que la mayoría de los miembros del CGPJ, etcétera, sean elegidos por el Parlamento, con lo cual se podrá diluir la ideología mayoritaria y esa pretensión que estará presente en los jueces españoles católicos (recuérdese la Santa Coacción).

    Porque si en las resoluciones judiciales resulta inevitable que influya la ideología, no veo el motivo por el que siempre tenga que influir la mayoritaria en la carrera judicial: lo católico, el nacionalismo españolista pasado de rosca o la derecha tipo FAES. Que influya la de la mayoría de la sociedad.

  8. El Tribunal Constitucional dijo que era constitucional el expolio de Rumasa, ese robo perpetrado por los socilaistas que nos ha costado decenas de miles de millones de pesetas a todos los españoles en concepto de indeminzaciones a la familia Ruiz Mateos, el TC es el que ha sembrado el caos en el urbanismo español despojando al Estado de toda competencia real, el TC es el que dejó en la calle a los terroristas de la mesa nacional de HB, el TC es el que ha violado la jurisdicción del TS para evitar el ingreso en prisión de los Albertos, el TC es el que ha permitido que se presentaran a las elecciones europeas los terroristas de ETA a través de una candidatura títere. El TC es una desgracia que los españoles debemos sobrellevar como podamos!

  9. En tono aparentemente festivo habría que empezar un comentario a aquello que ya el propio Sevach da un tono festivo en el mismo título. Pero en realidad salta a la vista que el asunto es un asunto muy serio (como también se destaca en los comentarios posteriores) que no permite muchas bromas. Nos va mucho a todos en esta sentencia; estoy convencido.

    Primero, porque no son ya estos los tiempos de realizar consideraciones en torno a cuestiones digamos ‘iniciales’ planteadas tiempo atrás, como la relativa a la temática lingüística que resolvió la sentencia constitucional del 23 de diciembre de 1994, p.e., cuando rechazó los reparos de constitucionalidad opuestos por el Tribunal Supremo a determinados preceptos de la Ley catalana de Normalización Lingüística de 18 de abril de 1983, o similares. Ahora la cuestión es más completa, menos parcial o sectorial, más global o totalizadora. Estamos ya en el siglo XXI y hasta hemos superado 30 años de vida democrática, por lo que resulta atemorizadora cualquier situación de riesgo que pueda afectar a la integridad de un orden constitucional como el que quedó establecido cuando los españoles aprobamos nuestra mas reciente Constitución.

    Segundo, porque es cierto que ya va bien de retraso y que resultan de mal agüero los sondeos exploratorios de opinión que resalta Sevach en su comentario que además viene reforzado o refrendado por una imagen que llama la atención. Me refiero a la imagen que preside la entrada del blog: unos dados lanzados al aire. Porque hay que decir que, además de bien escogida, esta imagen es un reflejo de la angustia de quien no sabe de qué lado caerán los dados, y viene teñida del recelo con el que todos nos asomamos a este momento histórico, que creo que en buena medida lo hacemos con una percepción parecida a la de Sevach.

    Y, tercero, porque a mí me parece que este ha de ser un test específico que podría –lamentablemente- validar aquella nueva técnica legislativa por la que mediante soterrada y hábil maniobra se cambia la Constitución sin pasar por un proceso de Reforma constitucional (al parecer, pretendiendo incluso que los sufridos e impotentes ciudadanos no nos demos cuenta).

    Tras estas consideraciones, me debato entre adoptar una postura claramente escéptica frente a un órgano que no siempre sorprende para bien, o darle la razón a Sevach cuando dice al final «Pues bien, es de esperar que el Tribunal Constitucional mantenga idéntica altura de miras, y consciente de que se juega la imagen de la institución y el honor de sus miembros, de lugar a una sentencia en Derecho, sin remilgos ni componendas. Si el Estatuto es constitucional dígase y lo que no lo sea, dígase igualmente, pero nada de medias tintas y juegos de tahúres jurídicos.».

    Coincidente con su postura es la postura esperanzada puesta de relieve en lo manifestado por el profesor Jorge de Esteban en un artículo reciente en el cual el autor analizaba la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley del Parlamento vasco de 27 de junio, por la que se convocaba y regulaba una consulta popular sobre la autodeterminación del pueblo vasco, que terminaba con los tres siguientes párrafos:

    «De ahí que cuando estamos en vísperas de que se dicte la sentencia más importante de la historia del Tribunal Constitucional, esta función de defensa de la Constitución, deba imponerse a cualquier criterio interpretativo, para declarar la clara inconstitucionalidad del nefasto Estatut catalán, que busca también cambiar el orden constitucional vigente por la vía espúrea de una reforma estatutaria, cuyos orígenes, políticos y legales, serán objeto de análisis en un futuro artículo.
    Por eso conviene recordar aquí, como aviso para navegantes, dos significativos párrafos de la sentencia. El primero: “El respeto a la Constitución impone que los proyectos de revisión del orden constituido, y especialmente de aquellos que afectan al fundamento de la identidad del titular único de la soberanía, se sustancien abierta y directamente por la vía que la Constitución ha previsto para esos fines”. Y el otro: “No caben actuaciones por otros cauces ni de las comunidades autónomas ni de cualquier órgano del Estado, porque sobre todos está siempre, expresada en la decisión constituyente, la voluntad del pueblo español, titular exclusivo de la soberanía nacional, fundamento de la Constitución y origen de cualquier poder político”.
    Pues bien, entre otros muchos artículos del Megaestatuto de Cataluña, recordemos, por ejemplo, éste: “Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña y se ejercen de acuerdo con lo establecido en el presente Estatuto y la Constitución”. No se puede decir con menos palabras, lo contrario de lo que dice la Constitución y, hasta ahora (¿), el propio Tribunal Constitucional. Por consiguiente, si los magistrados del Tribunal son coherentes, si no se quieren suicidar, y actúan como un órgano del Estado, habría que concluir, mirando al este de España, con aquello de que “cuando las barbas de tu vecino veas cortar, pon las tuyas a remojar…”.»

    Ambas son voces sensatas y desde luego merecerían algo más que ser al final otra Vox clamans in deserto.

    Por ello, intentando ser constructivos o positivos, podríamos darle un voto de confianza al TC, al ver cómo un órgano como él es capaz en algún caso concreto hasta de revisarse a sí mismo y de enmendarse y aceptar, p.e., que la línea correcta de la interpretación no era la suya, la que venía tradicionalmente manteniendo, sino la de un órgano como el TS (inferior o ‘sometido‘ ex articulo 5.1 LOPJ), lo que llama notablemente la atención por su carácter excepcional.

    Esto ha ocurrido en el caso de una reciente sentencia en la que, aunque pasará a la historia por ser aquella en la que, dos años después de la entrada en vigor de la nueva ley reguladora del Tribunal Constitucional (LOTC), el Pleno de esta institución ha fijado cuáles son los criterios objetivos que deberán regir los recursos de amparo para hacer posible su admisión a trámite, el Tribunal Constitucional ha modificado la doctrina que hasta la fecha ha venido aplicando, según la cual “la vinculación del Juzgador a los hechos y a su calificación jurídica no impide que puedan imponerse penas superiores a las solicitadas por las acusaciones dentro de los límites de la señalada por la ley al tipo penal incriminado, siempre que la calificación como tal de unos hechos, y por los hechos mismos, hayan sido objeto del correspondiente debate”.
    Con su cambio de criterio, en ella se ha dado lugar a una nueva doctrina sobre el deber de correlación entre la acusación y el fallo en cuanto a la pena a imponer, que –en cuanto a lo que quiero destacar- “viene a coincidir sustancialmente (…) con el criterio que al respecto mantiene actualmente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”.

    Sorprende, es llamativo el giro y da muestras de cierta flexibilidad e inteligencia en el sentido de aquello de «De sabios es cambiar de parecer», pero … aún así no permite tenerlas todas consigo, la verdad.

    En el fondo este es otro caso más en el que nuestros deseos van por un lado y nuestras esperanzas por otro.

    Y en el fondo, para mí lo más lamentable y lo que expresan los malos presagios que laten en el comentario inicial y en los posteriores, es que, de nuevo, en nuestro ordenamiento jurídico la esencia del derecho –la seguridad jurídica- se tambalea… Por unos y por otros se pone en peligro.

  10. debianus

    Cierto: la trayectoria del T.C. es la propia de una bajada a los infiernos. De árbitro, ha pasado a ser un vocero del partido que haya puesto. en un momento dado, a la mayoría de sus magistrados. Y eso, para las cosas «calientes», que para lo demás sólo hay que observar el uniforme estilo de redacción de las sentencias para concluir que el Cuerpo de «negros» trabaja a destajo.
    Pero, al fin y al cabo, la culpa no es de quien ha sido puesto ahí, sino de quien «pone»: han hecho lo mismo el PP y el PSOE todos estos años. En realidad, como pasa con cualquier órgano que tenga por misión un relativo control o contrapeso del Poder Ejecutivo, acaba fagocitado. Curioso fenómeno: todos los políticos piensan que como son elegidos por el pueblo, pueden hacer lo que quieran, como quiearn y cuando quieran; y si alguien objeta algo, argumento «ad hominem» al canto y a otra cosa. Creo que más que hablar de Montesquieu (sin haberlo leído, por supuesto) habría que poner en cada despacho de un político a Tocqueville.
    Total, si cualquier órgano tiene que «adecuarse» a la ideología mayoritaria (la del partido que gane las elecciones) y lo del Estado de Derecho (regido por las normas que vinculan a todos) es cosa del pasado, para eso que supriman el T.C., el CGPJ, la CNMV, etc. y de paso, nos ahorramos una pasta.
    Quien dijo que no hay peor dictadura que una «democrática»…

  11. Echemos cuentas: hay 10 magistrados deliberando sobre el primero de los recursos contra el estatuto catalán. Emilia Casas, la Presidenta, es de estricta observancia socialista. Fue amonestada públicamente por la Vicepresidenta primera del Gobierno, y sigue la senda de su marido, Jesús leguina, jurista de cabecera de CiU y el PNV. Elisa Pérez Vera proviene de la universidad andaluza, y es aún más partidaria de la causa que la señora Casas. Manuel Aragón Reyes fue desigando por el Gobierno de ZP. Sobran comentarios. Pascual Sala fue Presidente del CGPJ en tiempos de la mayoría absoluta del PSOE, cuando Felipe González era Presidente. Eugenio Gay Montalvo se supone que es el magistrado más cercano al nacionalismo catalán. Son cinco votos en la misma línea: intentar salvar todo lo que se pueda del Estatuto, si por ellos fuera no declararían la inconstiucionalidad de un solo artículo. Como Emilia Casas no quiere que haya empate, y su voto sea de calidad, intentan atraerse algún voto del otro bloque. El catedrático sevillano Guillermo Jiménez Sánchez es de los magistrados que podríamos llamar «bizcochables», incluso Vicente Conde, que es un excelente jurista, pero ha votado a favor de algunas sentencias lamentables.

    Existen los milagros, pero no creo que sea el caso. La sentencia será más que interpretativa, mágica, porque se inventará un texto que no existe en el estatuto. Tenemos el precedente del estatuto valenciano, y como el catalán llega a límites de inconstitucionalidad clarísima, a lo mejor algún artículo es declarado inconstitucional. Eso es lo previsto, y eso es lo que va a pasar, salvo sorpresa que me encantaría poder contemplar.

  12. JotaF…el Principado debe perder bastante dinero contigo,porque con las peroratas reaccionarias que sueltas en este foro, poco debes «currar» para el bien público….

  13. ¿ Si las «peroratas» fueran progres perdería menos el tiempo?, jejej. Cumplo rigurosamente mis obligaciones como funcionario, y en mi tiempo libre, y en vacaciones, hago lo que me da la gana, y escribo lo que quiero. Y al que le pique, que se rasque.

  14. Sí, sí….así anda el Principado……con sentencias en materia de personal que dejan en evidencia el caos que reina…..como decía el Consejero de Sanidad…..»los empleados deben venir: desayunados, cagados, llorados, con el periódico leido, ……» y se le olvidó añadir: » y dejando las obsesiones reaccionarias para poner en los foros de internet para la tarde….»…que la eficacia y la eficiencia en tiempos de crisis es mas imperativa que nunca….

  15. Ay Pedrito, Pedrito. Ya sé que los progres no soportáis que alguien ose poner en cuestión vuestras verdades de todo a cien, pero existe eso que se llama libertad de expresión. Algo que uno ejerce adecuadamente, en tiempo y forma. Como se suele decir, Don Pedrían, paciencia, y buenos alimentos, que si Dios quiere aún quedan unas cuantas peroratas de esas que tanto os gustan a algunos.

  16. Me solidarizo con JotaF. Yo soy otro funcionario que postea en tiempo de trabajo (¡faltaría más!), esta vez de un Ayuntamiento de las Illes Balears.

    Y yo era sociata, pero viendo el Cancerbero en que se han convertido con sus cosas, pues a ver si viene otro nuevo (verbigracia lo que han hecho en las instituciones insulares que controlan). Más de lo mismo que los peperos.

    Un saludo.

  17. Policía Local

    Interesantísimo el «cambio de opiniones» entre JF y Pedro, yo creo que es suficientemente ilustrativo de por qué PSOE y PP nunca se entenderán para cuestiones de Estado.

  18. Muchas gracias por el apoyo Peterlove. No obstante, y aunque no estoy en la obligación de dar ningún tipo de explicación, quiero aclarar que actualmente estoy de vacaciones, y cuando trabajo, muy pocas veces he escrito comentarios en blogs o similares, y cuando lo he hecho, en ningún caso he dejado de atander mis obligaciones. Quiero aclarar también que no he sido yo el que ha entrado a discutir cuestiones personales de otros comentaristas como si se ha hecho conmigo la persona que escribe como «pedro».

    Volviendo a lo que dice Peterlove, lo que hace falta es que en esas islas lidere el PP una persona que deje de apuñalar por la espalda a sus votantes. Sobran políticos que prometen bilingüismo en campaña, y luego ponen a una nacionalista catalana de número dos en las listas en las siguientes elecciones. Al menos hay dirigentes como Carlos Delgado, alcalde de Calviá, que empieza a denunciar las contradicciones de los actuales dirigentes del PP en Baleares.

  19. debianus

    No es aceptable realizar una argumentación y considerarla inaceptable no por sus razonamientos o deducciones, sino «ad hominen». Hablar de «peroratas reaccionarias» por analizar el más que previsible voto de los Magistrados del T.C…o lo que hage en su trabajo el que escribe…
    Lo interesante sería decir si es un error y el voto realmente no está condicionado por quien nombró al nombrado y porqué; y si ha sido así o no hasta ahora. Lo malo no es que a los árbitros los ponga uno de los equipos del partido que se juega, sino que estén «vendidos» o que pongan porque, cuando llegue el caso, guardarán fidelitas a su señor. Y me da igual que eso pase (y ha pasado) cuando gobernaba el PP como cuando gobierna el PSOE. Malo antes, malo ahora. Ni progre, ni reaccionario, ni tonterías: si un juez tiene «hipotecas» con algunas de las partes, el juicio no es justo porque no es imparcial.
    Al final lo que ha pasado es que el T.C tiene auctoritas (porque sus sentencias hay que cumplirlas y producen efectos jurídicos) pero no prestigio. Entre juristas, realmente, no nos lo tomanos en serio.

  20. Hay que aclarar que el único periodo en el que ha habido mayoría en el TC afín a posiciones más conservadoras, fue entre 2001 y 2004. El resto del tiempo el TC ha estado dominado por magistrados afines al PSOE y a los nacionalistas. Esa es la unión de intereses que ha dado lugar a las sentencias más vergonzosas que hemos conocido desde la creación del TC.

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