Crónicas administrativistas

De la falta de protección jurídica del secreto de los trucos de magia

magia cartaComo en la vida no todo es Derecho, Sevach aprovechando las vacaciones en La Bañeza ha participado en un curso de iniciación a la magia. El mago ponente, un excelente comunicador, Tomy Aznar, comentó el descontento de la profesión de mago con el llamado “Mago Enmascarado” que a través de programas televisivos explica los secretos de los grandes trucos de magia (desapariciones, sierras, contorsionismos…). El nombre del programa televisivo es tan prometedor para los curiosos como inquietante para los profesionales de la magia: «Rompiendo el código de los magos: los más grandes secretos de la magia finalmente revelados», ello a cargo del anunciado bajo el sobrenombre de Mago Enmascarado.

Lo cierto es que el mundo del secreto de los magos, cuyos trucos pasan de boca a oído con total discreción, carece de protección jurídica. Así, el mago Enmascarado, un tal Valentino, vendió sus trucos “por un plato de lentejas” y a cambio de su enriquecimiento personal ha provocado un daño irreparable a la profesión.

1. En primer lugar, porque la magia es fantasía y aunque todo el mundo sabe que hay “truco” la gracia está en la dificultad para descubrirlo. No se puede jugar con las ilusiones de las personas. No se puede decir que los padres son los Reyes Magos a quien cree en ellos.

En segundo lugar, porque hay magos de cerca y de lejos, magos de grandes efectos y magos sencillos, magos con animales y magos con cartas,etc. Pues bien, para determinados efectos mágicos se requieren máquinas, engranajes y artilugios complejos, cuya creación responde al ingenio personal del fabricante (algún mago veterano o algún mago joven intentando forjarse el propio repertorio). Pues bien, si se desvela la existencia de tal mecanismo en un truco efectista (desaparición súbita de animal, corte con sierra, etc) es evidente que dicho truco carecerá de todo atractivo en la publicidad, disminuirá la curiosidad de espectadores y el fabricante pocos equipos venderá.

En tercer lugar, porque hay magos modestos que viven de la magia, y si han invertido en determinados artilugios, e incluso “comprado” los trucos, ven como su inversión se esfuma ante el mago enmascarado. O sea, son magos en bancarrota.

2. Pues bien, parece ser que alguna Asociación de Magos intentó detener la emisión del programa televisivo en España (emitido al filo e la medianoche) pero resultó infructuoso. Los problemas en nuestro Derecho son grandes para proteger tales secretos.

De un lado, por las dificultades de extender el manto de la propiedad intelectual o industrial al hallazgo del truco de un mago. Primero por la dificultad de acreditar la paternidad (prueba diabólica dada la extensión universal y temporal del fenómeno de la magia). Segundo, porque nada impide la existencia de variantes que disfrazan su utilización bajo apariencia distinta (¿dónde acaba el truco original y donde termina la versión perfeccionada por otros?). Y tercero, porque el propio mago que realiza en público su espectáculo está asumiendo la carga o aceptando el riesgo implícito de que los asistentes puedan descubrirlo e incluso aplicarlo. En suma, no existe un marco legal adecuado para los magos y sus trucos, como ha expuesto lúcidamente el espléndido blog de Andy Ramos.

De otro lado, por las dificultades de hallar un interés legítimo en los denunciantes vinculado con el truco de un concreto programa televisivo concreto, ya que si bien existe un interés corporativo y profesional, lo cierto es que posiblemente los tribunales civiles sólo se ocupasen de los casos en que un mago concreto, padre de un truco o artilugio concreto, viese que el mismo es expuesto crudamente en la televisión. O sea, una demanda fundada en interés colectivo (pese al voluntarismo de la Ley de Enjuiciamiento Civil) tendría serias dificultades para concretar la extensión de su representatividad, quién está representado y excluido de la asociación, cuales son los perjuicios provocados, etc.

Por eso, considera Sevach que estamos ante una laguna jurídica que provoca estragos en los afectados, pero como son pocos, parece que el Derecho se desentiende de solucionarlo. No deja de ser chocante que si un directivo se lleva los secretos a otra empresa podrá ser denunciado, unido a la competencia desleal que ello supone. Contamos con una pomposa Comisión Nacional de Defensa de la Competencia que sólo piensa en los colosos de la economía pero que deja huérfanos a los artistas de la magia.

4. El único pleito sobre el particular que ha encontrado Sevach fue el resuelto por Sentencia de la Sala Civil de la Audiencia Provincial de Alicante de 10 de Febrero de 2003 (rec.4222/02), en relación con el supuesto plagio del truco de una artista que sacaba objetos de la vagina, idéntico al realizado por su competidora. Dice la Sentencia:

“CUARTO.- Dice el artículo 10 que son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. Con todos estos elementos doctrinales y legales, la sentencia de instancia estima la demanda por la consideración que en virtud de este citado artículo 10 la demandante ha creado una obra «original», un espectáculo con contenido de magia , y que precisamente su originalidad estriba en realizar los trucos acompañados de un baile sexy y una determinada coreografía.

Como se desprende de los documentos acompañados a la contestación a la demanda (doc. 6) por el informe de 16 de junio de 2.001 del Jefe de los servicios de calificación de inscripciones del Registro de la Propiedad Intelectual, los trucos de magia no son objeto de propiedad intelectual y por tanto no pueden ser inscritos; en relación con los espectáculos, si la coreografía o algún otro elemento que integre el espectáculo son una creación original de carácter literario, artístico o científico, dicha coreografía estaría protegida, con independencia de los trucos que contenga el espectáculo, sobre los que no recae ningún derecho de propiedad intelectual. Llegados a este extremo no podemos por más que acoger el recurso de apelación que se interpone por la parte demandada puesto que pudiendo admitir que la actora haya creado un espectáculo original con baile, música, coreografía, y trucos de magia vaginal, lo único que se puede achacar a la demandada es que en su espectáculo de striptease haga también determinados trucos de magia vaginal, pero esos trucos no son originales, sino que incluso los objetos que le sirven de soporte para ellos se adquieren en las tiendas especializadas. No está acreditado en los autos que la citada demandada haya copiado el mismo espectáculo, y a lo sumo, que pueda hacer con mayor o menor arte, el truco , lo que no supone una violación al derecho de propiedad intelectual. Por ello, siendo estimado el recurso, la consecuencia es la íntegra desestimación de la demanda, siendo innecesario entrar a conocer sobre el recurso de apelación de la propia parte demandante., el cuál es desestimado.”

Personalmente cree Sevach que si hay espectáculo y “obra original”, el truco de magia admitiría su encaje en la propiedad intelectual susceptible de protección, pues al fin y al cabo, se trata de un ingenio humano, fruto del esfuerzo mental genuino y con proyección artística. Por eso , habrá que esperar a jurisprudencia del Tribunal Supremo o de otras Audiencias, mas sensibles a la tutela de los derechos de los magos.

5. En cambio, hay que saludar y aplaudir la valiente sentencia de un Juzgado de Brasil que dictada el mismo año 2003 (y sobre el desenlace de su apelación ante el Tribunal de Río Grande do Sul, no tiene noticia Sevach) ante el mismo fenómeno con el mismo mago impresentable decretó la obligación de indemnizar a los magos por la pérdida de espectadores. Se condenó a la Televisión Globo do Rio de Janeiro y a la TV de Portoalegre, a indemnizar a los magos demandantes por los perjuicios, daño patrimonial y la disminución de mercado laboral a consecuencia de la transmisión de los programas del enmascarado. Y ello sobre la base de que “las empresas que lucran con la transmisión de programas televisivos poseen responsabilidad por los perjuicios que estos causaren”. Considera el juez brasileño que “la existencia de perjuicios patrimoniales está comprobada, pues fue contabilizada la disminución de las rentas por shows y la cantidad de presentaciones”. Y admite que “máquinas, instrumentos y utensilios fueron tornados obsoletos”.

9 comments on “De la falta de protección jurídica del secreto de los trucos de magia

  1. Me pregunto si los jueces de la Sala Civil de la Audiencia Provincial de Alicante, ante la tesitura de determinar si el truco vaginal era original, si tuvieron acceso al secreto, esto es, a la técnica o destreza que explica el truco, y si, practicaron una prueba comparada de inspección ocular de ambas artistas para determinar afinidades y discrepancias entre ellas.

  2. Pues personalmente estoy encantado con el tal Valentino, y soy un seguidor del programa.

    Personalmente, cuando asisto a un espectáculo de magos mi diversión es más saber el cómo que el truco en sí. Si él/ella es hábil engañándome, yo soy más hábil descubriendo su engaño.

    Por otro lado, comparto la duda de Xuan.

  3. Si los magos no quieren que se les descubran sus trucos, pues que no se los cuenten a nadie. Y si no quieren que otro lo utilice pues que lo patenten. Si yo soy hábil y descubro el truco por mi mismo, nadie puede impedirme que comente como se hace, ahora bien si el autor ha conseguido patentarlo lo que no podré hacer es obtener lucro de ello.
    Todos sabemos lo díficil que es que no copien un idea original, incluso el argumento de una novela, casos hay y alguno importante con Nobel incluído. Lo siento de verdad por el mago Aznar, pero deberá exprimirse las meninges para inventar trucos que sean díficiles de descubrir y guardar el secreto bajo siete llaves. A pesar de ello lo que nadie podrá quitarles a los magos son sus otras habilidades, ¿quién es capaz de introducirse un hierro por las fosas nasales?, ¿quién se traga 50 metros de cinta? ¿quien hace desaparecer una carta de baraja con la facilidad con que lo hacen estos profesionales?, inténtelo el que quiera, todos sabemos como se hace se aprieta la carta entre los dedos indice y medio y se gira de la palma hacia atrás, aparte de las horas de práctica, si la baraja es normal, será necesario poseer unas manos especialmente grandes, en otro caso el truco se descubirá solo.

    • antonio aznar fernandez

      orzam: mi desconcierto, al leer el articulo del mago enmascarado adjudicado a mi persona. nadie me ha entrevistado al respecto y no entiendo porque figura ahi mi nombre ahi. en su dia se me pregunto en una radio, y mi respuesta fue resumiendo, que no era importante, la gente, se olvida y cuando te ve en directo, no asocia nada de lo que ha visto, de lo explicado por valentino, en mi casso no toca nada de lo que hago. eticamente, lo veo feo, pero repito, en absoluto tan grave, como pretenden. en todo caso gracias por tu comentario. un saludo

  4. miguel álvarez

    Sevach, ahora que hablas de La Bañeza, me traen muy buenos recuerdos las bodegas de Pobladura del Valle. Para un gallego no es muy común almorzar o cenar en una cueva, y menos esos embutidos, quesitos, lechazo, las chuletillas de cordero, todo rico-rico-rico. Si no conoces las bodegas de Pobladura, yo no me iría de la zona sin pasar por allí.

  5. angeld

    Ese «ocultar» de lo magos no tiene nada que ver con la «ilusión» o la «propiedad», sino con el lucro, porque para poder realizar esas maravillas hay que pasar por caja, dejando a un lado a todos esos que no quieren pasar por el corporativismo mágico.

    Me parece muy bien que se desvelen los trucos, para que la gente que lo desee pueda aprender, pero no creo que afecte en nada a los espectáculos. Es como si al publicar una receta un cocinero pidiera dinero por las pérdidas que le produce, cuando cobra por el producto final, y el mago por el espectáculo.

  6. A mi me parece excelente que se revele el engaño… Pero no hablo propiamente de revelar los trucos de magia más populares, hablo de de descubrir a esos magos que reciben los impuestos del pueblo y luego, como por arte de magia, los desaparecen sin saber quien los tomoo donde quedaron… Mientras el pueblo pasa hambre y necesidad…

    El mejor truco podría ser convertir impuestos en beneficiosos reales para los seres humanos…

  7. Quizás en Derecho debería aplicarse alguna variante del primer teorema de incompletitud de Godel, que vendría a expresar que ningún sistema de representación de ideas de mínima complejidad puede ser a la vez completo y consistente. Las definiciones matemáticas de ‘completo’ y ‘consistente’ están en la wikipedia y pueden aplicarse análogamente al Derecho (ejercicio que se deja para el lector). Es decir, el Derecho no puede protegerlo ni conceptualizarlo todo, punto. Intentarlo sólo conducirá a contradicciones como las que Godel encontró en los Principia Mathematica, que pretendían ser la obra definitiva de matemática moderna del S. XX. Dicho esto, quiero añadir que me gusta la magia y que es imposible impedir la transmisión de trucos sencillos porque todos los magos, aficionados o no, conocen muchos trucos: cuando se saben un par de técnicas básicas es fácil deducir el 80% de muchísimos números, aunque por mucho que yo sepa cómo hace algo Arnaud Chevier o Juan Tamariz, una cosa es saberlo y otra es hacerlo con su fluidez sobrehumana; Tamariz ganó el primer premio mundial de cartomagia de París en 1973 con un número lleno de su típico gracejo y aparente tontorronería, que dura unos 15 minutos y que, según él tardó 8 años en dominar. Es decir, por mucho que se sepa el truco, lo extraordinario es apreciar la ejecución con gente de este nivel, porque el truco no se ‘ve’ a pesar de estar encima de él; vamos, nos da los mismo (o a mí al menos me lo da) que nos engañen, siempre que se haga con estilo 🙂

  8. Pingback: La magia del derecho y la máquina de la verdad – delaJusticia.com

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