De Jueces y la Justicia

Ultima vuelta de tuerca a la politización de la Justicia mediante Ley Orgánica

juez politico
Por gentileza de un agudo comentarista, que llamaremos Alfonso -el Jurista Solitario-, y acogiendo sus palabras, me percato de otro regalillo de la recientísima Ley Orgánica 1/2009, que como toda reforma global, corta y recorta leyes a machete y aprovecha para introducir normas “de rondón”, sin decir una palabra en la Exposición de Motivos, sin relación alguna con la materia regulada y con el mayor sigilo, para no alertar a nadie. En la Ley Orgánica 1/2009 hay varias de estas normas “clandestinas”, y muy llamativa resulta la modificación del art. 351 f) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para incluir en la muy beneficiosa situación de servicios especiales a los jueces o magistrados que “presten servicio en el Ministerio de Justicia en virtud de nombramiento por Real Decreto o en las Consejerías de Justicia, o asimiladas, de las Comunidades Autónomas, en virtud de nombramiento por Decreto, en cargos que tengan rango inferior al de Ministro o Consejero de Comunidad Autónoma”, cargos políticos que –anteriormente- quedaban en situación de excedencia voluntaria. ¡Así se despolitiza la Justicia!. Esta reforma se complementa con una transitoria (añadida a la DT 8ª LOPJ), que aplica retroactivamente tan favorable reforma legal, computando “como servicios efectivos en la Carrera Judicial el tiempo que hayan permanecido en dicha excedencia voluntaria”. Toma ya.

1. Lo curioso es que estamos ante una contrarreforma de la reforma, ya que la redacción anterior penalizaba al juez que se iba a la política con la excelencia voluntaria ( o sea, sin reserva de puesto de trabajo y sin computar tales años políticos a efectos de trienios judiciales), y en la redacción actual se incentiva al juez a los experimentos en cargos políticos a sabiendas de que la situación de «Servicios Especiales» es el salvoconducto que le permitirá retornar a la función judicial, en puesto de mismo destino y categoría, y computando como experiencia judicial la cosechada en la política.

En fin, que conociendo el paño, posiblemente esa reforma estaba pensando en solucionar casos concretos, pero también abre un escenario curioso, pues basta con que la Comunidad Autónoma diseñe el organigrama de su Consejería con competencias en materia de justicia para «hacer un hueco» al juez o magistrado de su apetencia; ello sin olvidar que en algunos jueces con vocación agotada ( o con vocación política latente) el «caramelo» del poder autonómico sin perder el «cuartel de invierno» de la Justicia, puede ser un Ferrero-Rocher: una tentación.

Gran razón tiene Alfonso al citar al profesor Sosa Wagner cuando afirmó que la mayor manifestación de Poder posible en nuestra sociedad es tener tu propia “Disposición adicional”. Pues bien, ya hay un juez excedente que la tiene, y además retroactiva. Van leyes do quieren… jueces…¿o no era así?

2. Al hilo de esta subrepticia politización de la Justicia, y sin perder de vista la actualidad, no puede menos Sevach de hacerse eco de las fuertes declaraciones del exmagistrado del Tribunal Constitucional, D. Vicente Gimeno Sendra, Catedrático de Derecho Procesal que según la recientísima crónica periodística se ha convertido en azote de los jueces políticos. Oigamos el relato literal del reportero:

El ex presidente del Tribunal Constitucional no ahorró esfuerzos en criticar los modos que se exhiben en la Audiencia Nacional al referirse de «manipulación» en el reparto de los asuntos judiciales, la imposición de fianzas «exorbitantes», los autos de prisión para «arrancar confesiones» o autorizaciones de entrada y registros «copiadas de las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción». Incluso cuestionó la eficacia que ha demostrado a lo largo del tiempo en la persecución de los delitos económicos, porque «no se han visto los resultados». Así aludió a causas como el asunto Fininvest que tras lustros en instrucción concluyó con una absolución.
Vicente Gimeno aseguró que los magistrados de la Audiencia Nacional «más que jueces estrella son jueces políticos».

3. No va Sevach a comentar estas declaraciones, que se ceban en la vertiente penal de la Audiencia Nacional, y que son llamativas por venir de donde vienen, pero sí va a puntualizar que si algunos jueces merecen la etiqueta de «políticos» son evidentemente los magistrados del Tribunal Constitucional, por su forma de designación (parlamentaria y gubernativa), por sus retribuciones ( jugosas y abundantes), por los asuntos sometidos ( no en vano se califica al Tribunal Constitucional de «legislador negativo» porque no solo interpreta la norma sino que la crea al rechazar las lecturas inconstitucionales), y por su trayectoria reciente ( donde su calendario de resolución no responde ni a la prioridad temporal ni a la importancia objetiva). Ello sin olvidar el tránsito cada vez mas frecuente de las admisibles «sentencias interpretativas» (desestiman un recurso de inconstitucionalidad supeditando la interpretación de la Ley a un concreto sentido) hacia las calificadas por el Catedrático Santiago Muñoz Machado de «sentencias manipulativas» (desestiman o estiman un recurso de inconstitucionalidad supliendo la voluntad del constituyente por derroteros silenciados e incluso no soñados por éste).

4. Claro que hay judicialización de la política (porque para cosechar votos en las elecciones políticas suman las victorias o derrotas judiciales del gobierno o de los partidos políticos) y claro que hay politización de la Justicia ( pues el Consejo General del Poder Judicial tiene notorio perfil ideológico y ello incide en las arengas, instrucciones y órdenes que se dan a «la tropa»), pero todo ello discurre al margen de la callada y personal labor de los jueces, mas o menos certera, pero alejada de toda contienda política. Así, por mucho que se hable de politización, es una dolencia que afecta siempre a los mismos que además son pocos e identificados.

A juicio de Sevach, hay una docena de Jueces políticos ( los del Tribunal Constitucional), un centenar de Jueces que resuelven jurídicamente asuntos políticos o con potencial carga política ( los del Tribunal Supremo), cuatro mil Jueces que resuelven jurídicamente asuntos jurídicos ( todos los demás), y » jueces» que no resuelven jurídicamente asuntos políticos ( los periodistas ).

5. En todo caso, parafraseando el estribillo de la canción, «cuando la política entra por la puerta, la justicia sale por la ventana». Ahora bien, la «política» o «politización» que se atribuye a la Justicia tiene al menos cinco sentidos.

La «politización» entendida como característica del Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno de los jueces que no realiza funciones jurisdiccionales.

La «politización» entendida como característica de algunos jueces que, al servicio de sus ambiciones personales, amplifican mediáticamente sus instrucciones o sentencias.

La «politización» entendida como coartada del litigante vencido que descalifica al juez.

La «politización» entendida como imagen de jueces con soberbia mal administrada.

Y por último, la «politización» concebida como influencia de la ideología del juez sobre el razonamiento de sus sentencias o el sentido del fallo.

Pues bien, cuando se habla de «politización» de la Justicia, hay que precisar en qué sentido lo utilizamos, y teniendo presente que malo es generalizar e injusto con la inmensa mayoría de jueces. Es fácil en una conversación de bar o en una tertulia televisiva calificar a los jueces de politizados, a los funcionarios de vagos, a los sacerdotes de reprimidos, a los internautas de saqueadores de la propiedad intelectual y a los cineastas españoles de chapuceros. Se trata de generalizaciones falsas y odiosas pero de gran peligro porque contribuyen a crear un estado de opinión erróneo.

6. En definitiva, si se confunde independencia con egolatría, si se confunde protección del poder judicial con corporativismo, si se confunde la toga con una armadura, mal irá el poder judicial. Pero si periodistas, políticos y ciudadanos criticamos al juez cuando no nos convence, o cuando no resuelve a favor de nuestros intereses, mal irá la Sociedad. Los jueces son humanos y como tales, los hay prudentes e imprudentes, estrictos y flexibles, sensibles e impasibles, certeros o falibles…y no podemos pedir que todos sean esfinges impasibles porque en la práctica nadie quiere un robot sino un ser humano con rostro y sentido común. Y hablamos de la justicia de la parroquia, no de la de la Catedral; hablamos de la Justicia del día a día, de la que recibe el ciudadano de a pie, y no del tira y afloja judicial sobre la edad de un pirata, ni del circo mediático ante juicios penales de sensibilidad masiva, ni de las instrucciones penales por corrupción que se van desinflando progresivamente…

P.D. Como nota graciosa de los monstruos que produce el desconocimiento del Legislador (¿ o de los parlamentarios legisladores?) de su hermano el Poder Judicial, no deja de ser curioso lo que «literalmente» dispone el art.87.3 del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/07:

» En este sentido, las Administraciones Públicas velarán para que no haya menoscabo en el derecho a la carrera profesional de los funcionarios públicos que hayan sido nombrados altos cargos, miembros del Poder Judicial o de otros órganos constitucionales o estatutarios o que hayan sido elegidos Alcaldes, retribuidos y con dedicación exclusiva, Presidentes de Diputaciones o de Cabildos o Consejos Insulares, Diputados o Senadores de las Cortes Generales y miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Como mínimo, estos funcionarios recibirán el mismo tratamiento en la consolidación del grado y conjunto de complementos que el que se establezca para quienes hayan sido Directores Generales y otros cargos superiores de la correspondiente Administración Pública.»

El gazapo radica en la confusión del legislador, no corregida como error, entre «miembros del Poder Judicial» (todos los jueces y magistrados) y «miembros del Consejo General del Poder Judicial» (sólo los que forman parte del órgano de gobierno). En términos paladinos y en lectura literal y apresurada, un juez o magistrado que, (hastiado de su labor, para jubilarse u otro motivo personal) retornase a su condición de funcionario tendría derecho al codiciado complemento de Alto cargo. ¡¡Para mondarse!!

0 comments on “Ultima vuelta de tuerca a la politización de la Justicia mediante Ley Orgánica

  1. Sandra

    Muy buen análisis Sevach. Si quieres saber de otro gazapo más, pásate por justicia.impacial Esta reforma ha dejado contentos a todos.

  2. La nueva Ley de la Oficina Judicial y la normativa procesal que la acompaña tiene mucha tela que cortar. Además del gazapo que Sevach ha descubierto (habría que hacer un concurso de gazapos a ver quien encuentra más en estas normas), existe otro no menos importante: Se modifica la DA 1ª del Estatuto del Ministerio Fiscal acabando así como la supletoriedad de la LOPJ al régimen administrativo de los fiscales y profundizando en la separación de carreras.

    Hay otra clase de politización que es más terrible de las que relaciona Sevach: la de las asociaciones. Las asociaciones de jueces (sobre todo dos de ellas) y las de fiscales (sobre todo dos de ellas) canalizan muchas veces la influencia de los partidos políticos en la justicia. El CGPJ es una expresión de ello: la consecuencia es que se fomenta entre jueces y fiscales esa sintonía: produce beneficios profesionales. Algunos -muy valisosos sin duda- jamás habrían ascendido en sus carreras profesionales tan rápido sin ese componente. Y eso tiene un efecto terrible en la imagen de la Justicia ya que vemos en TSJs, en APs, o en el mismo TS personas que han desempeñado cargos importantes por influencia directa de los partidos políticos a través de sus asociaciones afines. Y lo peor es que a veces, no es un efecto que se limite a la imagen de la Justicia, sino a la Justicia misma. Un saludo, Sevach

  3. sed Lex

    ¿Y de qué sirve el reconocomiento como tal en la carrera profesional si no hay carrera? Quiero decir que salvo el “experimento” de Asturias, en ningún otro sitio salvo para los sanitarios [y ojo, solo para los estatutarios, aunque la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, incluya su propia Disposición Adicional para que la tuvieran desarrollada todos ellos antes de final de 2007], se ha desarrollado lo de la carrera profesional…

    Por cierto, que dándole vueltas a aquello que decías sobre que tradicionalmente el Orden Social era pro-operario y el Contencioso pro-interés público, o sea, pro-administración, y así, en el caso de los empleados públicos, “pro-empresario”, me llamaba la atención las recientes sentencias de los TTSSJJ de Asturias, en que la sala de lo Contencioso –en pleno- era la que reconocía la anulabilidad de dicho experimento sobre la carrera en una acrobacia jurídica y la de lo Social –también en pleno para no ser menos- la que lo declaraba nulo, aunque fuera de su competencia, y saltándose el principio de igualdad, les negaba el complemento a los empleados públicos “operarios”. Ya estaba yo gritando ¡anatema! ¡blasfemia! ¿dónde se ha visto semejante comportamiento? Hasta que caí en la cuenta… En el fondo a la Administración del Principado no le interesa –políticamente hablando- que esto se anule, así que anulándolo un poquito nada más, doy la oportunidad de subsanación mientras se soluciona el recurso de casación [ese que en ningún caso es admisible, por tratarse de cuestión de personal que no afecta a creación de plazas de funcionarios ni a separación definitiva]… O sea, otra vez pro-administración. Y luego se dice que la Justicia no está politizada…

    En fin, gracias a Dios excepciones hay –alguna bastante próxima- , y mientras haya un justo en Sodoma habrá que respetar la ciudad de la Justicia…

    En cuanto al tema, pienso que los jueces son personas, como tal tienen su ideología, y consciente o inconscientemente la descargarán en sus sentencias, pues como “pesadores” en la balanza de la Justicia no podrán evitar cargar más un plato u otro según su propio rasero de medir. Esto no estaría mal del todo si estuviera dentro de lo ponderado y las tendencias políticas de los jueces dieran unas de cal y otras de arena [que no suele ser el caso]. El problema surge cuando el poder que se pone en sus manos se utiliza como ariete para defender o atacar una determinada línea política; y sobre todo cuando se entra en connivencia con esa línea política para engordar en algún pesebre y medrar a costa de los justiciables, cuestión que con normas como esta cada vez es más descarada. Entonces la Justicia se torna la mayor inmundicia posible.

    ¡Allá conciencias! Aunque algunos la tienen bien limpia…

    …porque nunca la usaron…

  4. Buen artículo Sevach. Gracias.

  5. Mármol

    Desde hace bastante tiempo te tengo entre mis favoritos porque me gustan tus exposiciones y a veces hasta me he atrevido a participar.

    Muchas gracias por tu tiempo, porque gracias a ello muchos estamos conociendo temas que nos pasarían desapercibidos de otro modo.

    En esta partitocracia en que nos hemos colocado con el demérito y la desvergüenza de todos, siempre salen ganando los que no tienen escrúpulos y se sirven de los puestos para «garantizarse» las lentejas, aunque eso sí, con buenas palabritas. La pena, porque en algún momento tendrán que cumplirla, es que esas palabritas quedan escritas y no se las lleva el viento.

    Reitero mi agradecimiento.

    Saludos

    • Mi agradecimiento es para vosotros, que con vuestra participación enriquecéis el foro. Un cordial saludo

  6. vestidita de rosita

    El legislador vuelve a olvidarse de los Ayuntamientos. Resulta paradojico que la reforma del 351,f, LOPJ, contemple la situación de servicios especiales únicamente para los jueces que pasen a ocupar cargos politicos en el Estado o en las Comunidades Autónomas. Se olvida de lo más importante, del nudo gordiano en el que radica la mayor parte de la conflicitividad administrativa: los ayuntamientos.

    Me imagino un Ayuntamiento en el que el JEFE DE LOS SERVICIOS JURIDICOS fuera un Magistrado (designado a dedo por un Alcalde y por ello supuestamente politizado), o en el que el JEFE DE URBANISMO fuera un Magistrado ( igualmente designado a dedo y politizado) o en el que el JEFE DE CONTRATACION, fuere otro Magistrado…….esa hipotética administración ¿seria mejor o peor que la que tenemos?…..¿los ayuntamientos tendrian el mismo número de contenciosos o menos?……¿el interés público estaria mejor o peor servido?…..¿la corrupción camparia tan impunemente o los gestores políticos actuarian de otra forma?….

    Y si esos Magistrados, depués de tener una experiencia en los Ayuntamientos, pudieran regresar a sus puestos de origen en la ADmisntración de Justicia ¿tendrián un mayor o menor conocimiento de la realidad municipal?…….

    A mi entender, y muy a pesar de la supuesta politización, la movilidad entre administraciones SERIA MUY MUY POSITIVA, y produciria un enriquecimiento muy positivo para ambas partes: para los Ayuntamientos y para la carrera judicial.

    Sin embargo, el 351,f de la LOPJ, lo ha obviado, porque sólo admite la movilidad respecto al Estado y a las Comunidades Autonomas, justo donde menos enriquecimiento puede haber.

  7. Contencioso

    Cada vez que se legisla sobre este tipo de cosas, no sé por qué me viene a la cabeza la proverbial frase popular de «la zorra suelta en el gallinero»

    Qué país …

  8. AlfonsoPC

    Aquí están los «beneficiarios»:

    http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/26/pdfs/BOE-A-2009-18829.pdf

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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