La muerte de Dámaso Ruiz-Jarabo Colomer, abogado general del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea y exmagistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, deja huérfano al Derecho Comunitario. En efecto, a los sesenta años ha fallecido el que fuere, al decir de sus compañeros magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, el llamado a Presidir el Tribunal Supremo o a acceder a magistrado del Tribunal de Justicia Europeo. Ninguna de esas profecías se cumplió aunque por una ironía del destino fallece justo cuando se han eliminado todos los obstáculos para el Tratado de Lisboa, hacia esa Unión Europea efectiva por la que tanto luchó.

1. De sus numerosos artículos y libros, nos limitaremos a recordar el clásico y pionero: » El Juez nacional como juez comunitario» (Civitas, 1993) libro publicado en tiempos del aterrizaje del Ordenamiento Jurídico español en el Ordenamiento Comunitario y gracias a la obra de Dámaso pudimos familiarizarnos con las categorías comunitarias (Reglamento, Directiva, Decisión,etc.) y la función del juez ( cuestiones prejudiciales, primacía, efecto directo,etc.). Dicho Manual suponía preparar al juez para asumir los profundos cambios que suponía el Derecho Comunitario, y que representaba para el juez español algo así como el cambio del Concilio Vaticano II al pasar de decir misa en latín a oficiar en castellano.

2. Asimismo récordaremos que fue juez ad hoc del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dejándonos un delicioso artículo en la Revista de Instituciones Europeas,( nº 1,1990) explorando la protección de los Derechos humanos en la Comunidad Europea.

3. De su labor como Abogado General ante el Tribunal de Justicia europeo recordaremos que efectuó las conclusiones como Abogado General en el primer procedimiento judicial que tuvo oportunidad de dirimir la procedencia de imponer multas coercitivas a un Estado miembro por incumplimiento de sus obligaciones.¡ Imaginemos: la primera vez que la Comunidad Europea sancionaba a uno de sus hijos, Estados soberanos!

4. La recientísima sentencia C/192-98 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea de 12 de Noviembre de 2009 – o sea, del mismo día de su fallecimiento- asume, a modo de tributo póstumo, las conclusiones del abogado General, Sr.D. Ruiz-Jarabo Colomer en un asunto tan actual como el papel de la Administración y su reglamentación sobre el acceso de los operadores a las redes de comunicaciones electrónicas y su interconexión (interpretando con ocasión de una cuestión prejudicial finlandesa la famosa Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, de Acceso).

5. Finalmente, para demostrar la llaneza de Dámaso y que tenía los pies en la tierra, podemos recordar una entrevista en la Revista Al Volante, nº3, 1er semestre de este año, que incluía una entrevista sobre el carné por puntos y sanciones de tráfico, abordando un aspecto que en nuestro Derecho de Tráfico no se ha abordado seriamente ni planteado judicialmente: »
» es verdad que se acompaña de unas sanciones pecuniarias, quizás excesivamente elevadas, que, si bien cumplen el papel disuasorio de toda sanción, no pueden convertir la conducción en un medio para que las Administraciones públicas ingresen más dinero. En fin, creo que las sanciones pecuniarias no deberían ser tan elevadas, para no provocar discriminaciones en función de la diferente posición económica de los sancionados; es decir, a algunos una multa de 2 000 euros no les supondría ningún problema, porque la abonarían fácilmente, mientras que a otros casi los hundiría en la ruina y no podrían afrontarla de ninguna manera».

En definitiva, un jurista íntegro, con un amplio horizonte de miras, maestro de jueces y abogados en ese océano revuelto que es el Derecho Comunitario. Descanse en paz.

0 comments on “Dámaso Ruiz-Jarabo, in memoriam

  1. David Ordóñez Solís

    Gracias, estimado Sevach, por tu oportuno y acertado tributo a una gran persona y a un gran jurista.

    Ha sido una pérdida muy significativa para el Derecho, para el Derecho español y para el Derecho europeo.

    A mi modo de ver y teniendo en cuenta las horas bajas que esta viviendo la vida pública española, tendríamos que tener como ejemplo a una persona que, como Dámaso Ruiz-Jarabo, encarnó el tipo de juez que, sin lugar a dudas, cumple la misión que espera de él una sociedad democrática, abierta y decente.

    Asimismo, se trataba de una persona muy culta, imbuido de una cultura francesa especialmente exquisita y con una atención muy particular y cuidadosa al lenguaje escrito, al español judicial, que adornaba con un fino humor y una afición literaria excelsa. En Luxemburgo se hicieron concursos sobre las citas literarias de Dámaso Ruiz-Jarabo en sus Conclusiones relativas al Quijote, pero también a los escritores clásicos franceses, alemanes, ingleses, italianos, etc.

    Era, en definitiva, el jurista europeo por antonomasia y, precisamente por ello, un jurista cosmopolita pero apegado a sus raíces y a sus compañeros españoles. Los jueces españoles le debemos mucho, la sociedad española debe sentirse orgullosa de haber producido personas de esta talla y en la Unión Europea su contribución, personal y jurídica, dejará una impronta imborrable.

    Sólo nos queda, estimado compañero, seguir su ejemplo.

    David Ordóñez Solís

  2. Juan Manuel del Valle Pascual

    ADIOS

    Cuando se marcha un jurista
    queda el tiempo detenido,
    los relojes pierden horas
    y el viento ya no es suspiro.
    Lo sienten, y hasta sollozan
    las páginas de los libros.
    Se les escapa la vida
    y el Derecho, mortecino,
    engalana una carroza.
    Todo sabe a despedida
    de un sabor amargo y frio.

  3. alegret

    Creo que es de justicia decir que David Ordóñez Solís es uno de los mejores discípulos de Ruiz-Jarabo.

    Competentísimo, sensible, trabajador, cercano y experto conocedor del Derecho comunitario.
    Otro gallo nos cantaría si hubiera mas Magistrados como él.
    Y por cierto, si no me equivoco, no es juez «patanegra», lo cual provoca el recelo de algunos de sus mediocres colegas envidiosos de sus capacidades y de su «exposición mediática», como si eso fuera intrínsecamente malo.

    Para que luego digan de la sacrosanta oposición.

    • jarabo

      Alegret:

      Perdona que te corrija, pero mi primo Dámaso sí era Juez por Oposición.

      Por cierto, yo también, y tal y como es este pais, indudablemente, sin ser el mejor sistema del mundo, sí produce jueces que no han de agradecer su cargo a los partidos politicos. Lo cual ya es mucho.

      Piensa un poco, y no seas tan sectario.

  4. vestidita de rosita

    Un momento, por favor, a ver si alguien me explica esto:

    ¿qué es un juez o magistrado «pata negra»?

    • Ya sabes, Vestidita, que suele reservarse la expresión «pata negra» para los jueces de oposición frente a los jueces de turno de juristas de prestigio (al igual que se habla de Catedráticos de pata negra a los que ingresaron como tales por oposición antes de generalizarse el concurso tras la Ley de Reforma Universitaria de 1983).
      No parece expresión muy afortunada ya que el jamón de pata negra es el del cerdo montaraz, alimentado con bellota silvestre, por contraste con el cerdo doméstico y de granja, alimentado con pienso.
      En todo caso, no pasa de una licencia expresiva que, por lo que yo sé, entre jueces jamás se aplica.

  5. vestidita de rosita

    La España de clase primera y clase turística.

    Es lamentable pero por otra parte sirve para medir educaciones y talantes.

    Del mismo modo, los que estamos abajo del estrado reconocemos enseguida a los de clase primera y clase turística, porque entre otras razones, el Juez que se ha pasado 20 años abajo del estrado lleva la marca de la experiencia y entre otras cuestiones, jamás se le ocurrirá comenzar una Sentencia diciendo «…….este es un lamentable asunto», simplemente porque el abogado se haya equivocado.

    Probablemente, el denominado clase turística durante sus 20 años, se habrá equivocado alguna vez o muchas, muchsisimas.

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