De Jueces y la Justicia

Un caso de amnesia: la difamación de Cebrián hacia el juez Rodríguez

 

recordar cebrian El texto íntegro del artículo de Juan Luis Cebrián en que critica despiadadamente al juez Ricardo Rodríguez en el diario El País del pasado domingo, está divulgado en su integridad por la red, pero Sevach no desea analizar el fondo de la cuestión ( si el periodismo digital ha de gozar de protección equivalente a los medios de comunicación clásicos)  sino única y exclusivamente el exceso de ácido cínico vertido en la crítica altamente ofensiva y personalizada al juez, como cómoda vía para crucificar su sentencia.

I.  Veamos los párrafos repletos de hiel:

« El juez de lo Penal de Madrid Ricardo Rodríguez produjo en las vísperas de Navidad, con la inestimable ayuda de la fiscal Pilar Joga, un bodrio intelectual en forma de sentencia, cuya pésima calidad nos permite interrogarnos sobre los criterios aplicados en su día para que accediera a magistrado desde su cargo de secretario judicial.

(…) La argumentación, revestida de la oscura dignidad de un lenguaje incomprensible, como acostumbran a hacer los malos médicos y los jueces torpes, es tan peregrina que sorprende que nadie pueda basarse en ella para decretar penas de privación de libertad.

No han sido pocas las voces que se han alzado en protesta por tan aberrantes hechos, entre ellas las de algunos representantes políticos que han aludido a que su discrepancia -o su silencio, como en el caso del PP, culpable y víctima a la vez de la corrupción desvelada-, se expresaba desde el respeto. Pero ni desde el punto de vista legal, ni desde el político, ni desde el gramatical, merece el texto firmado por el señor Rodríguez respeto alguno.

(…) Por último, como académico, no puedo sino lamentar el manoseo que hace del diccionario el juez Rodríguez, cuya impericia en el uso del idioma le impediría ocupar plaza de redactor en ningún medio, incluidos, mal que le pese, los de Internet.

(…) Por eso mismo, es necesario desvelar públicamente los excesos y estupideces que se cometan. La irrupción de la política en la justicia, mezclada con las manías, los errores y las carencias de algunos de sus miembros, así como la tendencia a judicializar los conflictos ideológicos, provoca situaciones tan curiosas como que un magistrado relevante por sus servicios a la comunidad se vea investigado por querer enjuiciar los crímenes de la dictadura franquista, mientras algunos jueces mediocres siguen campando por sus predios a la hora de imponer su particular criterio acerca del ejercicio de la libertad.»

II.  Ante esta lapidación en toda regla, Sevach se pregunta si Cebrián padece un ataque de amnesia, en el sentido afirmado por Maquiavelo de que la amnesia es la coartada de los malvados

1º ¿Ha olvidado Cebrián que un juez es un ser humano, y que los seres humanos se equivocan?, ¿acaso ha olvidado que el mayor avance de nuestro tiempo es la tolerancia, sin que nadie pueda arrogarse el papel de inquisidor infalible?

2º ¿ Ha olvidado Cebrián que el juez criticado tiene una familia y que los ataques han de dirigirse a la labor profesional pero nunca cargarlo de injurias denigrantes?

3º ¿ Ha olvidado Cebrián que estudió periodismo pero no cursó Licenciatura en Derecho para atreverse a juzgar en términos jurídicos la calidad, contenido y labor judicial?

4º ¿ Ha olvidado Cebrián que además de defender la libertad de expresión debería recordar que la independencia judicial está en la Constitución para evitar las presiones mediáticas y de gurus venidos a menos, entre otras?.

5º  ¿ Ha olvidado Cebrián cuando critica que el actual Juez procediese de la condición de Secretario Judicial, que la actual primera Vicepresidenta del Gobierno siguió idéntico y respetabilísimo itinerario judicial?. ¿ Ha olvidado Cebrián que su acceso a la Real Academia de la Lengua no es precisamente un ejemplo de méritos en el dominio del castellano sino un retiro dorado por los servicios prestados?

6º ¿ Ha olvidado Cebrián que estamos en un Estado de Derecho, donde hay medios de impugnación de las resoluciones judiciales, segundas instancias con Tribunal Constitucional incluido, resultando prematura su acerada crítica ya que la sentencia no es firme y las algaradas mediáticas son contraproducentes?

7º  ¿ Ha olvidado Cebrián que con arreglo al principio acusatorio, el juez no hubiera dictado la sentencia criticada, con lo que la responsabilidad de fiscalía y juez sería en todo caso compartida, pese a lo cual no son repartidos sus epítetos por igual?, ¿ Ha olvidado Cebrián que tanto fiscal como juez han servido a su oficio de forma razonada y motivada, lo que no impide la crítica sana, pero sí las críticas venenosas y desproporcionadas?.

8º  ¿ Ha olvidado Cebrián que la utilización como altavoz de  un periódico de prestigio en sus desatinos lo convierte en un muro de graffiti, una pared de urinario público, o balde para diarreas expresivas?, ¿ Ha olvidado que resulta facilísimo para sus enemigos percatarse que si cualquier periodista en su periódico local incluyese sus mismas palabras sería enérgicamente reprendido por el Consejo General del Poder Judicial y por otras instancias de  la “corte de lo políticamente correcto”?.

9º ¿ Ha olvidado Cebrián que siempre tuvo un aire o apariencia de elegancia y mesura con las instituciones, y que se ha evaporado de un plumazo por su evidente convicción de que difamar vehementemente a los jueces da resultado?, ¿Acaso se olvida de que las sentencias hay que criticarlas en lo criticable, duelan donde duelan, y olvidando el clásico “sólo me parece justo, lo que me da gusto?.

10º ¿Acaso todo es mas sencillo y Cebrián ha olvidado su úlcera, o sus delirios de Quijote tardío, y alguien debería recordarle que las sentencias son molinos que manejan leyes y no gigantes que amenacen imperios?

Así y todo, quizás Cebrián no es tan desmemoriado. Quizás es un deslenguado doloso. Quizás bajo ese vitriólico editorial descansa un objetivo subliminal encaminado a presionar a los Tribunales de revisión para que la sentencia en cuestión no resulte indemne del recurso de apelación. Quizás hay una Justicia de los Jueces y una Justicia de los Medios de comunicación, y se abrirá un pulso entre ellas.

III. Así y todo, dada la naturaleza de este blog, me limitaré a citar como el Tribunal Constitucional interpreta los límites de la libertad de expresión de los abogados en sus escritos procesales cuando se desvían al insulto a los jueces, cuyos confines me parecen coincidentes con los de quien, sirviéndose de la libertad de expresión en la prensa se adentran a la descalificación personal del juez. Así, afirma el  Auto 395/2006, de 8 de noviembre de 2006

Según hemos dicho, el derecho a la libertad de expresión no cubre el insulto ni la descalificación gratuita, y ello ni siquiera en el supuesto de que los mismos se hayan vertido por un abogado en el ejercicio de la defensa de una parte ante los Tribunales. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que declara que el derecho a la libertad de expresión protege no sólo la sustancia de las ideas e informaciones expresadas, sino también el modo en que ello se hace, ha rechazado expresamente que la libertad de expresión del abogado haya de ser ilimitada (STEDH de 21 de marzo de 2002, asunto Nikula contra Finlandia, parágrafos 46 y 49). Ni aún en relación con los derechos fundamentales del art. 24 CE la libertad de expresión del abogado ampara, pues, el desconocimiento del mínimo respeto debido a las demás partes presentes en el procedimiento, y a la autoridad e imparcialidad del Poder Judicial.

O sea, critíquese ferozmente la sentencia, y critíquese al juez si es necesario para apoyar la argumentación, pero si no gusta el plato cocinado por el chef, quejémonos a la Dirección, pero no utilicemos la prensa para calificarle de torpe, ilegítimo, aberrante, peregrino o estúpido. Y eso sí, no olvidemos, primero, que no se puede juzgar a un cocinero con amplia trayectoria culinaria y sin queja, por un plato no cocinado al gusto de un comensal que se cree portavoz de la guía Michelín; segundo, que no se puede juzgar a un cocinero por un solo plato, si este es complicado y novedoso (caso de Internet a la luz de los derechos clásicos); tercero, que no se puede juzgar a gritos en el comedor la labor de un cocinero, sin que éste pueda defenderse y responder de igual modo, pues el propietario se ha cuidado mucho de imponerle prudencia y templanza frente a las críticas pues está en juego todo el restaurante ( la justicia).

IV. En fin, volviendo al mundo práctico, lamenta Sevach que nuestros dignísimos académicos de la lengua tengan que compartir pupitre con alguien que merecería le asignasen la Sección de lenguaje chabacano. Y ya que tanto le gusta a Cebrián citar al Presidente del Congreso (» Manda huevos») bien está recordarle la reciente frase del Rey : ¿ Por qué no te callas?.

0 comments on “Un caso de amnesia: la difamación de Cebrián hacia el juez Rodríguez

  1. Estimado amigo Sevach:
    Añadiría a tus admoniciones en forma de interrogantes al ínclito señor Cebrián los siguientes:
    1)¿Olvida el señor Cebrián que él fue un alto cargo bajo el régimen franquista (precisamente en el último gobierno del generalísimo el señor Cebrián era responsable del contenido que emitían los informativos del régimen?
    2) ¿Olvida el señor Cebrián que en el año 1974 cuando creían que Franco agonizaba en el hospital por una flebitis el flamante responsable de informativos (léase Cebrián) elaboró una semblanza tan absolutamente panegírica del general que dos personas (con nombres y apellidos) tuvieron que rebajar el entusiasmo del hoy alto responsable de PRISA?
    3) ¿Olvida el señor Cebrián que su ingreso en la Academia no obedece a meritos propios, sino a un pacto en las más altas esferas para compensar la entrada de Luis María Anson en el organismo? Y ello por no hablar de su discurso de ingreso, donde tuvo la osadía de compararse con Jovellanos (en concreto, comparó la «persecución» que él decía sufrir por entonces con la que tuvo que sufrir en sus carnes el ilustrado asturiano).
    Nada me extraña en el señor Cebrián esta vuelta al año 1974. Todas las personas de determinada edad tienden a rememorar sus hazañas de juventud. El señor Cebrián no desea más que revivir su gloriosa época de jefe de los informativos, donde pontificaba y manejaba la información a su antojo.
    Y, ya se sabe. Como dijo en su día cierto personaje, alto dirigente de cierto partido y que ostentó la cartera de trabajo durante la segunda república, con la democracia mientras nos beneficie y cuando no…..fuera de ella.

    • Estoy muy de acuerdo con Sevach en su crítica por esos comentarios personalistas que acertadamente criticaba del artículo del Sr. Cebrian, aunque a él también se le escape alguno.

      Sinceramente creo el contenido de la sentencia debería ser lo único importante. Últimamente se tiende a criticar los decorados, los actores, sin entrar en la obra como si eso fuera suficiente para descalificar el contenido de la obra.

      Por eso también digo que la respuesta que da William sigue la línea del Sr. Cebrian, entra directamente en opiniones personales, comentarios sobre política pasado y presente, pero en todo se alejan de si ha sido o no acertada la solución dada por el Juez.

      Saludos,

  2. Comparto con William sus apreciaciones y voy mas allá. En la última década la prensa parece haber entrado en los Tribunales como voz a considerar. La influencia mediática es inmensa en los grandes juicios, o en aquéllos que el juez se ve obligado a sopesar si prevalece el Derecho sobre la moda imperante. Mejor el Sr.Cebrián volvía a las catacumbas y sentirse feliz de haber llegado a donde llegó, en vez de convertirse en el nuevo Mesías de la Justicia.

  3. Contencioso

    Es curioso que en este tema, que es punto de encuentro absoluto entre abogados y jueces, no se concite una acción mas drástica desde las altas esferas (Presidencia de los abogados, presidencia del CGPJ) contra quienes sacan los pies del tiesto de esta manera. Y digo que es punto de encuentro, porque aunque aparentemente esto vá solo con el juez, la realidad es que el abogado que sostiene una u otra pretensión vé gravemente perjudicado su derecho a un juicio justo cuando el juez es acosado mediáticamente para que falle en uno u otro sentido. Bastante tienen los letrados con rezar para que el juez acierte por en el fondo por sus conocimientos jurídicos, acierte en los hechos por su capacidad y experiencia en valorar la prueba, y acierte en lo humano ante las miles de variables que influyen en cualquier persona, como para encima tener que contar con una campaña de presión sobre él que lo haga todo aún mas dificil.

    Saludos

  4. El problema radica en la terrible vanidad de los que van de políticamente correctos, ejemplares de moralidad y justicia.
    Todos conocemos sentencias dictadas por jueces que no compartimos. Precisamente por esa razón existe la posibilidad de recurrir. También sabemos que hay abogados que trabajan mejor que otros…
    Los medios de comunicación españoles se han creido intocables desde hace tantos años, que no pueden entender cómo no se les da la razón.
    Por otra parte, es más práctico utilizar como abogado el medio de comunicación que el gran bufete que les lleva los asuntos. A ver qué Juez se atreve a meterse con ellos!. Si dictas una sentencia en mi contra, carga con las consecuencias…porque todos tenemos muertos en el armario.
    El gran problema es que hay mucha gente, tanto en los Juzgados como en instituciones que deben poner el control en las actividades de estos tipos, que no se atreven: Cultura, Industria, Competencia, Partidos Políticos, etc…..

  5. fideitor

    Dice el Juez en la página 24 de su sentencia, trabajosamente criticada por intereses corporativistas, (cuando ya se extiende sobre la posible existencia de causas de exención o atenuación de la responsabilidad criminal):

    “en la conducta de los acusados concurre una causa de justificación, la de obrar en el ejercicio de un derecho [el de libertad de información, añado yo para mejor comprensión], pero tal justificación no puede considerarse como completa al no ser necesaria la información facilitada, absolutamente necesaria, para la difusión de la noticia; sí para su confección, pero no -se reitera- para su difusión -o en el caso, y al menos, su cesión para su publicación en los términos examinados-, con las consecuencias penologicas que se recogerán”.

    Y ya anteriormente el juez se extiende con diversa jurisprudencia para explicar por qué no era totalmente imprescindible identificar con nombres y apellidos a los 78 afiliados irregularmente.

    En consecuencia, la sentencia establece que la información era relevante y de interés y que no es penable el acceso a la lista de afiliados irregulares. Se podría haber dado la información sobre los afiliados irregulares, PERO NO PUBLICAR UN LISTADO DE PERSONAS AFILIADAS AL PP (porque son datos reservados de carácter ideológico y están especialmente protegidos por la Constitución. En el encabezamiento de la sentencia aparecen los nombres de la acusacíon particular -que son algunos de los famosos 78-; ¿nos aporta algo saber quiénes son? Pues no.

  6. AlfonsoPC

    Es que para todo -incluso para poner a parir una sentencia- hay que saber y tener estilo. Por ejemplo, en el mismo periódico, Javier Pradera, extremadamente crítico, sin necesidad de insultar a nadie ni de maltratar la gramática, como hace el agresivo ejecutivo de PRISA. Por algo don Ramón del Valle-Inclán decía: «tengo la honra de no ser académico». Si levantara la cabeza y viera a quienes habitan la antaño docta casa …

    http://www.elpais.com/articulo/espana/Sostenerla/enmendarla/elpepiopi/20100113elpepinac_15/Tes/

  7. sed Lex

    Como ya dije alguna vez, tanta unanimidad en un foro no puede ser buena, así que asumiré –otra vez- el papel de abogado del diablo.

    Vale que tal vez Juan Luis Cebrián se pasa en los calificativos (o en este caso “descalificativos”) al juez, y que probablemente lo que se busque es meter algún tipo de presión al tribunal de apelación. [Por cierto, que los descalificativos sobre él tampoco son precisamente escasos en esta entrada y en las opiniones previas].

    Y sí, las dos cosas son censurables.
    Pero quizá lo que está en juego aquí es la constitución de la prensa como CUARTO PODER, que aunque no lo es desde el punto de vista legal, sin duda lo es desde el punto de vista práctico, y si no que se lo pregunten a Berlusconi. [Igualmente hay un quinto poder: el económico, aunque posiblemente sea el único y verdadero poder.] En otras palabras de consonancia taurina, que don Juan Luis ha acusado el puyazo y ha entrado al trapo. O en términos ajedrecísticos, para quién le guste más, que cada uno ha movido su pieza.

    De esta forma la sentencia constituiría una INJERENCIA del poder judicial en el periodístico (o en este caso mediático en sentido amplio, ya que se trataba de internet), igual que el poder judicial se encuentra ahora con una injerencia en su campo por parte de este cuarto poder.
    Si estos “poderes” son igualmente dignos de protección o no es otra cuestión sobre la que también podríamos discutir.

    En fin, que quizá en el fondo todo se trata de una “asquerosa” lucha de poder y tan censurable es utilizar el uno contra el otro, como el otro contra el uno [en el caso de que así hubiera sido], cuando la defensa de la otra parte es claramente desigual; sobre todo cuando detrás puede haber fines espurios, en este caso políticos, que podrían ser admisibles en el poder mediático, pero nunca en el judicial. Por ello, en los casos que exista esta duda, hay que extremar los cuidados en el trato de estos temas,no llevándolos nunca a extremos, para que no “atufen” más de lo que por sí ya lo hacen.

  8. Maximilien Robespierre

    No he encontrado faltas ortográficas en la sentencia. Creo que Cebrián no la ha leido bien.
    Es perfecto castellano, otra cosa es su contenido jurídico. Sobre decisiones judiciales que vamos a decir… unas si … otras no… Ah pero a mi que no me toque

  9. alegret

    Lo siento, pero falto yo. Y como siempre de agitador y rábula oficioso de este magnífico blog.
    No seré yo quien reinvindique la figura del desaliñado y poderoso académico, cuyos méritos se contraen -al margen de perpetrar una de las mas infumables novelas de la literatura contemporánea española. «la rusa» de la que fui incapaz de pasar de la octava página- al apadrinamiento del «Dios» Polanco, quien por cierto tenía y tiene (Sus sucesores) en nómina a media Academia.

    Dicho lo cual, me parece que ese artículo -interesado y demagogo- está cargado de razón. Aqui no estamos en un supuesto de error vencible o invencible del juez o de una apreciación más o menos acertada, basada en Derecho. La resolución criticada es un insulto a la inteligencia, a la justicia y al sentido común; es una sentencia cuya argumentación es grosera, irreflexiva y atrabiliaria.

    A mí parecer -y me mojo- es tan deficiente, burda y sesgada que no hace necesaria la apreciación del elemento subjetivo del injusto del tipo «a sabiendas» para calificarla de directamente prevaricadora.

    Como me lea el insigne y pluripensionado Bacigalupo me pone una medalla.

    Ah, y para los que comparan los artículos jurídicos de Cebrián con los de Javier Pradera -otro que tal baila- sólo le recuerdo que es archisabido que al Sr. Pradera se los redacta su más que amigo, el magistrado D. Clemente Auger.

    Empiezo el año haciendo amigos.

    Alegret.

    • Alegret: Puedo comprender que discrepes del razonamiento y conclusiones de la sentencia del juez Rodríguez, pero de ahi a calificarla como «prevaricación» me parece excesivo e injusto. Primero, porque no olvidemos que la sentencia se dicta bajo el presupuesto y acusación del fiscal, o sea, estariamos ante un supuesto improbable estadísticamente de contubernio para prevaricar.
      Segundo, nadie ( ni siquiera Cebrián) se ha atrevido a tan grueso epíteto, y mira que tiene enemigos con prejuicios el juez Rodríguez.
      Y Tercero, la sentencia está razonada y se mueve en un terreno por explorar ( el alcance del concepto de medios de comunicación en relación a internet) ya que el legislador, pese al imparable avance de la tecnología, ha preferido no regular esta cuestión y dejar que afronten o marquen el rumbo los jueces caso a caso. Si la ley lo hubiera dejado claro, no habría pleito ni discusión.
      En definitiva, que puede decirse que la sentencia resulta cuestionable pero jamás prevaricadora.

  10. No me sorprende el artículo de Cebrián, acompañado de editoriales de El País, y de otras piezas (algo más defendibles desde el punto de vista jurídico), de Javier Pradera. No olvidemos que el grupo Prisa, en horas bajas últimamente, tiene un poderoso grupo de apoyo en las carreras judicial y fiscal. Recordemos que en su día, dicho grupo, con el fallecido Polanco a la cabeza, consiguió que el Tribunal Supremo condenara por prevaricación a Gómez de Liano. Más concretamente, los que firmaron la condena, fueron García Ancos ( que fue alto cargo en los gobiernos de Felipe González), y Bacigalupo, que entró en la carrera judicial por la puerta del CGPJ y procedente de Argentina, más concretamente gracias a los votos de los vocales socialistas. Cabe recordar que el TEDDHH dio la razón a Gómez de Liano. En cuanto a la condena a los periodistas de la SER, vista la gloria pasada, que un Magistrado desconocido, un tal Rodríguez, condene a dos periodistas de la SER, es un gravísimo pecado. Quizás la sentencia de instancia sea errónea y anulada, pero lo que no procede es el matonismo exhibido por los de PRISA.

    Por cierto, como funcionario del Principado, exijo a quien corresponda, que recupere el oremus y sea posible volver a consultar este blog desde los ordenadores del Principado, si es que la imposibilidad de conectarse estos días deriva de la intención de alguien, y si es un error, que se solvente.

  11. Como periodista una de las cosas que más me espantan es que la relación tan manifiesta que existen en España entre los medios de comunicación y los partidos políticos. Ya no existe línea de separación que marque límites a la objetividad y a la independencia. Se ha perdido la sensatez, se han dejado los medios en manos de empresarios sin escrúpulos y se ha contaminado la esencia del periodismo. Y con todo esto, incluyendo a Cebrián, se hace un flaco favor a la profesión.
    En fin, cada día tengo más claro que tenemos lo que nos merecemos.
    Como siempre sobresaliente Sr. Sevach.

  12. alegret

    Me resulta muy curioso que todos los palos se los lleve el desaseado Cebrián y nunca se haya hecho mención a las impresentables y numerosísimas presiones a los jueces y a la justicia dirigidas desde el periódico del dueño de la pileta ilegal de Mallorca, entre otros, a lo largo de mas de 25 años.
    Que quieres que te diga, hace falta mas imparcialidad, distanciamiento ideológico y objetividad. Si hay que dar, se les da a todos.
    Y por cierto, me ratifico en el «grueso epíteto», como de modo eufemístico te refieres, a mi calificación de resolución objetivamente prevaricadora.
    Alegret.

    • Alvaro

      Me convencen mas los argumentos de Sevach sobre la ausencia de prevaricación que tu «ausencia de argumentos» para acusar al juez Rodríguez de la misma. Creo que tienes muchos prejuicios y pocos argumentos. Creo que ese juez «metió la pata» pero no es un «delincuente» y hay mucha diferencia, y por eso, hay que cuidar la lengua.

  13. alegret

    Título del editorial de «El Mundo» de hoy, 15 de enero de 2010 (pag.3): «EL SÍNDROME DE ESTOCOLMO LLEGA A LOS JUECES CATALANES»

    Me gustaría un post al respecto, que no sólo de cebrianes y prisas vive el hombre.

  14. Alegret, ¿ no te das cuenta de que existe eso que se llama derecho a la libertad de expresión? Ya se sabe que los progres lleváis fatal eso de que se os critique, pero por favor, mantengamos la compostura. Digo yo que Sevach escribirá de lo que quiera, y si tienes tanto interés en criticar a Pedro J. y a El Mundo, móntate tu blog, y critícalos lo que quieras.

  15. Este es el editorial que refiere Alegret:

    «UNA RECIENTE resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña supone un giro espectacular respecto a su propia doctrina que, en tres sentencias anteriores, establecía que la Generalitat tenía que preguntar obligatoriamente a los padres en sus formularios la lengua habitual del alumno, «a fin de poder hacer efectivo su derecho a recibir en aquélla la primera enseñanza».

    El Supremo había ratificado este criterio en una sentencia de diciembre de 2008, en la que no sólo reconocía a los padres el derecho a elegir lengua vehicular en los formularios sino que además instaba a la Generalitat a garantizar la educación en el idioma marcado por los padres en la casilla.

    Respondiendo al recurso de dos padres que reclamaron que sus hijos recibieran la enseñanza en español, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dice ahora que «el sistema de casilla vino apuntado como una posibilidad tendente a hacer efectivo el derecho concernido» pero «no se determinó aquella precisa forma como la única que debía permitir el ejercicio de ese derecho».

    Dicho esto, avala el actual modelo de preinscripción para los alumnos de tres a siete años en el que se pregunta a los padres las lenguas que «entiende» su hijo, sin garantizar que la enseñanza que vayan a recibir sea en español.

    Los magistrados del Tribunal convalidan esta fórmula, claramente contradictoria con el derecho a elegir lengua vehicular, argumentando que el actual sistema escolar presta asistencia individualizada a los alumnos castellanohablantes para que «puedan integrarse en el grupo que emplea el catalán». Así pues, y según la peculiar lógica de los magistrados que firman esta sentencia, la finalidad del sistema escolar es que los alumnos que hablan en castellano puedan acabar estudiando y expresándose en catalán, pero nunca al revés.

    El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera «un tanto desaforada» la denuncia de quienes sostienen que sus hijos son discriminados al prestárseles esa atención individualizada en una clase donde el resto habla exclusivamente en catalán. Nadie les pedía a los magistrados esta valoración que les delata, pero es que además tienen el cinismo de subrayar que la Constitución no reconoce la prerrogativa de los ciudadanos a ser educados en castellano, ya que este derecho «se ejerce en el marco de un sistema educativo en que los poderes públicos determinan los currículos de los distintos niveles, etapas y ciclos». Y subrayan a continuación que «el modelo de conjunción lingüística que inspira la ley 7/1983 del Parlamento de Cataluña es constitucionalmente legítimo en cuanto responde a un propósito de cohesión e integración social». Este razonamiento del Tribunal es orwelliano porque parte de que para estar integrado en Cataluña hay que estudiar en catalán. Si se habla o se aprende en castellano, se rompe la cohesión social a pesar de que el artículo 3 de la Constitución proclama que el español es la lengua oficial del Estado.

    No hay por donde coger esta sentencia, que va a ser recurrida por Convivencia Cívica, que la ha calificado de «disparate». Se quedan cortos, pues lo que denota es un auténtico síndrome de Estocolmo judicial. Esperemos que el Tribunal Supremo sea consecuente con la doctrina establecida en su fallo de 2008 en el que, en contra de lo que afirma ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, concluía que el derecho a elegir lengua vehicular «no es algo ilusorio sino real» y que, por tanto, tiene que ser materializado en la práctica.»

    Es una opinión del periódico El Mundo, discrepante de una sentencia, pero no cae en la chabacanería de Cebrián. No desciende al insulto, a la denigración personal, eso que tanto gusta a los de PRISA. Si usas para comarar este editorial y el artículos cebrianesco, acertarás tanto como el que compara un huevo con una castaña.

  16. alegret

    Qué quieres que te diga JF. Cuando me llaman «progre» pues como que no me doy por aludido. Esas expresiones -como otras generalizadas- se descalifican y descalifican per se a quien las profiere.
    Puedo hablar de «prevaricación» como otros hablan de «intrusismo» – proceder con reproche penal, no lo olvides-. Pero no se me ocurre llamar a nadie «facha» en este blog, entre otras cosas, porque Sevach me merece todo el respeto.

    alegret.

  17. Te pido disculpas si te ofende lo de progre. En cualquier caso, es difícil hablar de prevaricación de un Magistrado, cuando su criterio es el mismo que el del Ministerio Fiscal. El que he dado es un dato indiciario de que en este caso no hay prevaricación.Lo que sí es claro es que los ataques recibidos por el Magistrado por parte de Cebrián, son un 95% personales, y un 5% jurídicos. Un artículos desde las tripas, algo habitual en ese personaje.

    Considero de interés que se conozca la respuesta de Juan José Güemes, Consejero del Gobierno de Madrid, al artículo de Javier Pradera. Se trata de la parte afectada por la conducta de los periodistas de la SER, los afiliados del PP de Villaviciosa de Odón. Su comentario es el siguiente:

    http://blogs.ppmadrid.es/juanjoseguemes/2010/01/14/%E2%80%9Csostenerla-y-no-enmendarla%E2%80%9D/

    «El País publicó ayer un articulo de Javier Pradera titulado “Sostenerla y no enmendarla”, sobre la sentencia que condena a dos altos directivos de la Cadena Ser por publicar los nombres y otros datos personales de afiliados al Partido Popular. En dicho articulo, Pradera manipula el contenido de dicha resolución judicial y confunde deliberadamente el sentido de la misma. Aquí tenéis la réplica:

    1. Afirma Javier Pradera que existe una “consolidada jurisprudencia constitucional que reconoce la prevalencia del derecho de los ciudadanos a una información veraz sobre los asuntos de interés público”. Siendo esto cierto, aunque con matices en función de los casos concretos, no lo es menos que lo que nunca han dicho el Tribunal Constitucional ni el Tribunal Supremo es que el derecho a la información justifique la comisión de delitos tipificados en el Código Penal.

    2.Dice Javier Pradera en su artículo que“paradójicamente, la sentencia reconoce, en cambio, la veracidad de la información difundida en junio de 2003, primero a través de los micrófonos de la SER y después por la Web de la Cadena Ser, sobre 78 afiliaciones irregulares (no ajustadas a los procedimientos estatutarios) en la agrupación del PP de Villaviciosa de Odón…”

    Si se lee detenidamente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid se podrá comprobar que tal afirmación es simplemente falsa. El Juez penal está juzgando unos hechos como constitutivos de un delito de revelación de secretos sancionados por el artículo 197 del Código Penal, y no entra en valorar la veracidad de la información porque ese no es su cometido.

    Lo que sí se considera como HECHO PROBADO en la página 4 de la Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, es que los acusados “el día 17 de junio de 2.003, en calidad de director y subdirector respectivamente de la cadena de radio Cadena Ser, cedieron a la sociedad Ser.com los nombres, apellidos y afiliación al Partido Popular de setenta y ocho (78) ciudadanos de la localidad de Villaviciosa de Odón (Madrid)…. tal lista de afiliados con los datos personales con los datos personales citados era de uso exclusivo del Partido Popular y carecían los acusados de la necesaria autorización de las personas afectadas para proceder a su publicación”.

    Este es el único hecho probado en la sentencia, Sr. Pradera, y reto a que me cite la página, párrafo y línea donde el Juez se pronuncia sobre la veracidad de la información difundida por la SER respecto a las que denomina “afiliaciones irregulares”.

    3. Continua el Sr. Pradera en su artículo argumentando que “ningún periodista podrá dormir cuando recuerde la cantidad de veces que ha bordeado los abismos del delito por dar el nombre de los parlamentarios y concejales populares o de sus delegados a los congresos y convenciones nacionales, regionales y municipales, publicar los organismos de sus cargos internos y las listas de sus candidatos externos a mil y una elecciones e ilustrar fotográficamente las reportajes sobre mítines y manifestaciones”.

    El Sr. Pradera confunde malintencionadamente a los lectores, porque la sentencia que critica no se refiere a cargos públicos electos o a personas que ejercen públicamente responsabilidades dentro de un partido político. No. La sentencia sanciona la cesión y revelación de datos protegidos por la ley de 78 militantes de base del Partido Popular sin su previo consentimiento.

    4. Lo que olvida deliberadamente mencionar en su artículo el Sr. Pradera es que la defensa de los dos periodistas en este juicio descansa fundamentalmente en argumentar que la Cadena Ser es algo totalmente distinto de la página Web de la Cadena Ser y que fue esta última y no la radio, la que publicó el listado de los militantes del PP de Villaviciosa de Odón sin su consentimiento previo.

    Es decir, que los responsables fueron los de la Cadena SER.com y no los de la Cadena SER. Posteriormente, en la fase de instrucción, sí que tuvieron que reconocer que ordenaron la publicación de los listados con los datos personales de los afiliados en Cadena Ser.com (página 18 de la sentencia).

    5. En definitiva, no estamos ante una condena a unos periodistas por informar u opinar sino por revelar datos que por su especial sensibilidad tienen la mayor protección por parte del ordenamiento jurídico. Como bien dice la sentencia en su página 23, apoyada por jurisprudencia del Tribunal Supremo, “lo noticiable no era la afiliación de determinadas personas revelando sus datos (nombre, apellidos e, incluso, domicilio) …»

  18. alegret

    En absoluto me ofende lo de «progre» JF. Todo lo contario estoy orgullosísimo de que me consideres así. Ademas de que no ofende quien quiere, sino quien puede.
    Lo que quiero decir es que este tipo de descalificaciones devalúan el debate y nos situan al nivel de «La Noria». Y no se trata de eso.

    Por cierto, el tal Güemes al que citas ¿no es el yerno del aprendiz de Soprano, Fabra?. Seriedad, por favor.

    Y no voy a contestar más. No soy un troll ni me gustan los trolles.

  19. Pues para no gustarte La Noria, veo que respondes de manera muy similar a los Sopena, las Raholas, etc. Ante un comentario fundamentado y razonada como el del Sr. Güemes, respondes con alusiones a sus familiares e insultos personasl. Vamos, igualito que Cebrián. Si es que, efectivamente, Dios les cría, y ellos se juntan!

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