De Jueces y la Justicia

Viagra procesal contra la impotencia penal

Estos días el que fuere Director General de la Guardia Civil, Luis Roldán, salía de la cárcel mientras el dinero esquilmado sigue evaporado. También asistimos a la instrucción de procesos de corrupción donde los imputados hábilmente intentan escamotear sus tinglados y borrar las huellas de su rapiña. Y hace dos semanas, ante la estrategia de despiste utilizada por los presuntos culpables de la desaparición de la sevillana Marta del Castillo (considerando la palabra presunto una fórmula de cortesía procesal), un particular ofreció un millón de euros por una pista fiable para dar con su paradero.

Estas situaciones demuestran la impotencia del Estado para arrancar una confesión de quienes se encierran en el mutismo estratégico, enrocados en su derecho a no declarar, lo que pone en cuestión la eficacia de la política criminal.

1. En el sistema estadounidense que nos muestran los telefilmes, la fiscalía negocia abiertamente con los cómplices o encubridores para conseguir la condena de los autores, o para encontrar pruebas sólidas del delito. La ley americana permite al fiscal abordar estas negociaciones con los letrados de los implicados con gran margen de libertad, ofreciendo inmunidades o rebajas de penas, y sin intervención del magistrado para no afectar a su imparcialidad. No deja de ser asombroso como el televidente español contempla con naturalidad la serie CSI o la Ley de los Angeles, y sorprendentemente no reclame un sistema similar en el ámbito español.

Podrá decirse que nuestra tradición jurídica no es esa, pero si fuera cuestión de tradición, seguiríamos aplicando la tortura medieval a los sospechosos. Podrá decirse que negociar con alguno de los implicados supone indultar de facto a quienes colaboran denunciando a sus compañeros, pero siempre será mejor la condena de unos pocos que la absolución de todos. Y podrá decirse que con este sistema el derecho a un juicio justo queda comprometido, pero siempre será mejor, parafraseando el dicho tradicional, un mal arreglo que un largo e incierto pleito.

2.  Hemos de recordar que la Ley de Defensa de la Competencia del año 2007 contempla el llamado “procedimiento de clemencia” que básicamente consiste en que si varias empresas adoptan acuerdos para perjudicar a los consumidores o a otros empresarios, cuando la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia realiza la investigación de tal infracción, podrán los implicados salvar su responsabilidad si delatan y aportan pruebas contra los restantes. Este incentivo al chivatazo pretende evitar el efecto de que los pactos de silencio entre los acusados puedan saldarse con la absolución judicial por falta de pruebas.

3. En el ámbito penal español, tienen éxito los juicios rápidos que contemplan que el imputado lleve a cabo el reconocimiento de culpabilidad y se conforme con una pena reducida, acarreando el fin del procedimiento sin vista oral y con sentencia firme, evitándose el cortejo de pruebas y apelaciones. Además, el Código Penal de 1995 implantó la figura del arrepentido en el ámbito del narcotráfico, que si colabora activamente con las autoridades en la persecución penal, obtiene generosos beneficios penales.

Sin embargo, hay casos en que ni los policías ni los jueces están en condiciones de doblegar el silencio de los presuntos culpables o de conseguir su captura, o averiguar el paradero del botín o de la víctima, o de descifrar las tramas de corrupción pública, ante una especie de omertá o silencio estratégico de los implicados, sabiamente administrado por sus hábiles letrados.

4. Quizás es hora de dar un paso adelante y plantear reformas procesales para evitar sistemas sonrojantes de impunidad y recochineo.  Contra la impotencia del Derecho penal nada mejor que el viagra de una buena reforma de la ley de enjuiciamiento criminal.

Es sabido que negociar la pena con los delincuentes puede hacer peligrar el derecho constitucional a no declarar contra sí mismo, y además provoca una discriminación en relación con el imputado no delator. Sin embargo, la urgencia de contar con medios que proporcionen información para evitar mayores estragos puede justificar una legislación avanzada.

Lo que no puede aceptarse es que en el caso de Marta del Castillo, unos delincuentes sin escrúpulos, cruce de niñatos y demonios, jueguen al ratón y al gato con la policía, con la opinión pública, con los jueces, y lo que es peor, con los padres de una víctima inocente. Si nada cambia en la legislación procesal y penal española, la situación podrá repetirse, y se propiciarán las bolsas de gratificaciones por las pistas sobre el paradero del cuerpo del delito o para localizar el culpable. Y quizás eso abra el paso a los cazarecompensas, y lo que es peor, acaso la escalada desemboque en la figura de los justicieros, esto es, de quienes se toman la justicia por su mano, al estilo del personaje cinematográfico de Paul Kersey, encarnado por Charles Bronson, en que un pacífico arquitecto, ante la muerte a manos de unos pandilleros de su hija y la violación de su mujer, se compra un arma y patrulla las calles eliminando a los malos, provocando legiones de imitadores.

5.  Sin embargo, este argumento de película no debiera inspirar la vida real.  El “ojo por ojo, diente por diente” es una cuestión superada y propia de la etapa de troglodita. Pero si rechazamos el sistema de incentivos a la delación de los arrepentidos o encubridores, sólo nos queda esperar a que se desarrolle la investigación que hace unas semanas anunciaron los científicos de la Universidad de Londres, consistente en el logro de comprobar con un escáner aplicado al cerebro si una persona miente o dice la verdad, como ya comenté en un post anterior.

Claro que una vez abierto este melón que permita averiguar científicamente quien miente y quien no, habría que ver si los ciudadanos permitirían que tal invento se extendiese a verificar la veracidad de las declaraciones de hacienda o de las declaraciones de fidelidad a la pareja, y además tampoco los políticos estarían interesados en someterse a tal escáner pues ellos podrían quedarse sin trabajo y los electores sin candidatos.

P.D. Este post fue publicado en versión mas dulce en El Diario la Nueva España del pasado sábado, 27 de Marzo de 2010.

0 comments on “Viagra procesal contra la impotencia penal

  1. peterlove

    A pesar de no ser juez/magistrado (y, consecuentemente, no conocer el funcionamiento de juzgados y tribunales), creo que estas reformas son necesarias.

    Por otro lado, no creo que sean injustas, porque generalmente tirará de la manta el menos culpable de todos, que preferirá tirar de la manta para no cargarse muertos que no le corresponden o, conociendo nuestra idiosincrasia, el más culpable, para quitarse él el pufo y dejárselo a otro.

    Por cierto, aún fuera de materia, también considero que la Ley de Enjuiciamiento Civil debería cambiar su artículo 671, para adaptar la figura del «pago por dación», y así que los bancos cierren la hipoteca con el valor de la casa (eso les obligaría a hacer bien su trabajo).

    • Contencioso

      La crisis de crédito y la burbuja de la vivienda se hubieran evitado fácilmente con una de las pocas cosas de las que el poder central (Estado) aún controla. Reformando dos artículos de la Ley Hipotecaria y Código Civil.

      El primero, para establecer que no serán válidas las hipotecas a mas de 10 años.

      El segundo, para limitar la responsabilidad del deudor al bien hipotecado.

      Con esas dos líneas hubiera bastado para que los bancos hubieran hecho bien su trabajo, la vivienda fuera asequible, y sobre todo, no se hipotecara una generación entera con lo que no podrá pagar. Hasta que la generación de los ahora hipotecados no muera y en sus herencias a beneficio de inventario se pierdan los brutales créditos con terribles intereses moratorios, no estará el país en condiciones de remontar el vuelo. Porque, no lo olvidemos, incluso mejorando de fortuna dentro de cinco años dificl es que alguien pueda pagar lo que debía aumentado en un 25% anual de interés moratorio durante los años que no pudo pagar. Si ya antes tuvo que hipotecarse a 30 años para menos deuda …

  2. Contencioso

    Aunque no creo que el sistema americano sea precisamente un ejemplo, la verdad es que en España tenemos un brutal empacho de garantías, producto hasta cierto punto lógico de la ley del péndulo que rige en esta sociedad y de haber pasado de una dictadura a una democracia sin tener prácticamente cultura ni tradición democrática anteriores (Salvo las que acabaron como el rosario de la aurora). Pero sí creo que hay cosas del sistema americano que se podrían copiar, y al hilo de lo que estudias en este post, señalo por ejemplo el derecho a no declarar. Si el acusado en el sistema anglosajón no quiere declarar, no tiene por qué hacerlo, pero si declara, entonces debe decir la verdad como un testigo cualquiera. Si miente no recuerdo si comete un delito autónomo o simplemente se agrava su pena, pero es bastante disuasorio en los casos como el de la desgraciada Marta del Castillo para, al menos, evitar el despilfarro de medios y sobre todo el desgaste emocional terrible para los familiares de la víctima.

    En todo caso, a mí personalmente me aterroriza del sistema americano -y de los juicios rápidos españoles actuales- el drama del inocente condenado. Ante la duda, la regla en toda democracia y estado de derecho moderno que se precie, debe ser que mas valen cien culpables en libertad que un inocente encarcelado. No puedo imaginar siquiera el horror de quien se vé injustamente encarcelado, el daño tan terrible que se le hace, y su sufrimiento moral (Mas que el físico aún).

    Además, y habiendo en mis tiempos actuado como juez de instrucción con los famosos juicios rápidos, tengo que decir que su resultado práctico es absurdo, porque la conformidad llega ya en un momento en que la instrucción está agotada (No se gana nada en ahorro de trámites de instrucción) y la culpabilidad del interesado tan evidente que hubiera sido condenado igualmente en un breve juicio oral. Si al menos se produjera entre fiscal e imputado tras la declaración en comisaría y a la vista por el letrado del contenido del atestado, sería lógico, pero para lo que se gana ahora realmente no merece la pena, ya que acabarán desfilando pro el juzgado testigos, perjudicados, peritos, etc, de igual forma. Por otra parte, la negociación solo tiene lugar cuando el Fiscal lo vé muy claro, y eso no es negociar, es regalar al acusado una rebaja en la pena por evitarse un trámite (el juicio oral), y no para asegurar el ius puniendi en casos de dificil prueba pero certeza investigadora de la culpabilidad.

    En fin, esperemos que llegue de una vez la reforma que pase la instrucción al Fiscal, y si fuera posible la eliminación de la acusación particular y popular como en Alemania y la mayoría de países mas avanzados, pues mejor y mas simple todavía.

    Saludos

  3. Buenos días, a mí no me agradan estas prácticas que se relatan, «legislación avanzada» para unos, pero para otros puede que «degradada».

    No creo que sea una pieza básica de los cimientos del Estado de Derecho esto de premiar a delincuentes forzando arrepentimientos(chivatazos)en pos de destruir la presunción de inocencia. Estas prácticas nos acercan a otros regímenes..

    Se trata de generalizar el mal menor para evitar situaciones que creo que son puntuales, pero que la notoriedad mediática nos distorsiona. Ocurre un poco igual que con las campañas de endurecimiento de la ley del menor, que se suceden curiosamente cuando el dolor está más cercano.Las excepciones son más llamativas que la regla que suelen confirman

    • Alvaro

      No veo nada malo en implantar el sistema americano. Al fin y al cabo es el sistema judicial con mayor campo de personas e intereses del mundo y resulta eficaz. Lo que no puede admitirse es un sistema procesal con altas tasas de impunidad porque los delincuentes están cómodos con su silencio ( y con el silencio de todos los peldaños de su organización).
      De hecho, España importa delincuentes y bandas organizadas por lo escurridizo de la culpa con buenos abogados; por algo será.
      La «reforma procesal» no degrada siempre que se inspire en sistemas democráticos. Lo que sí degrada y parece propio de país bananero es saber que los delincuentes entran por una puerta y salen antes de la condena por vericuetos procesales. Saludos.

  4. pabloiseguro

    Un país, España, con muy poca delincuencia ha de copiar el sistema legal de un país con estratosféricos índices de delincuencia tanto común como de guante blanco ¿y eso por qué?

    • sevach

      Pues Pablo, porque creo que nadie hay tan malo que no tenga algo bueno, y porque lo auténticamente preocupante es no cambiar nada cuando el sistema falla, como el caso del sistema penal español. Habrá que aprender de la experiencia ajena, venga de donde venga, y obrar en consecuencia.

  5. pabloiseguro

    Tenemos el Código Penal más aflictivo de toda Europa. Más presos que ningún otro país de Europa. El discurso pro endurecimiento del Código Penal es típico de gobiernos que no gobiernan. La afirmación coactiva de valores. No sirve, además, para nada. En el caso que mencionas lo que ha fallado es ¿por qué estos jóvenes han matado a esta persona? La reacción a posteriori no es otra cosa que venganza irracional, el mal ya está hecho. Lo mismo hacemos cuando se inunda media España, recogemos el agua y no arreglamos absolutamente nada para que la próxima vez que llueva todo se inunde otra vez. El sistema penal, su existencia, aquí o en Australia, es una auténtica desgracia y un gran fracaso de la especie humana.

    El sistema penal americano es un auténtico desastre. Es un pozo sin fondo. En la actualidad más de 7 millones de personas están en prisión o libertad provisional. Todo esto se paga con dinero público y beneficia a una serie de empresas externas que viven de la industria carcelaria. Sus penas son durísimas: three strikes and you are out, tres crimenes y perpetua. Si estás desempleado, eres drogadicto y cometes un crimen, te puede caer perpetua. Se prima la confensión y el trapicheo frente a la presunción de inocencia. Se vulnera el principio de legalidad y el de igualdad. Los ricos pueden eludir la cárcel pagando jugosas indemnizaciones. Los grandes criminales no pisan los juzgados. El crimen está en aumento continúo. Sucesivas generaciones de criminólogos estudian el fenómeno del crimen en USA.

    Las leyes procesales españolas no fallan más allá de algunas notificaciones dobles (Auto de apertura juicio oral) abuso de los actos de comunicación practicados en forma personal, garantismo excesivo etc. Lo que falla son los medios.

  6. Contencioso, yo espero que NUNCA llegue el día en que la instrucción penal la realice el Fiscal. No hay más que ver como buena parte de los fiscales de este santo país, son perezosos y conformistas.

    Por otra parte, la eliminación de la acusación particular y popular es otro despropósito: no se puede tolerar que, ante hechos de gran alcance social y una evidencia clara de delito, el fiscal pida el sobreseimiento libre y la acusación particular y popular luche contra viento y marea para encausar a unos delincuentes. Es más, propondría que se ampliase mucho más la legitimación activa para acusar, pues así nos va, que los funcionarios más chorizos, más prevaricadores y más falsarios quedan impunes en la vía administrativa, amparados por papá Estado y sus arcas…entonces sólo queda la vía penal.

    En definitiva, lo verdaderamente democrático no es confiar en que una persona, falible, parcial y susceptible de ser corrompida (comprada) se encargue de algo tan sumamente importante como es decidir qué es delito y qué no, sino ampliar los sujetos que pueden ser parte en el proceso penal, para que haya más opiniones, más pruebas y más transparencia.

    • Contencioso

      Bueno, pues si te parece que somos aquí mas democráticos que los alemanes, austríacos, suecos, finlandeses, etc, y que ellos no lo son «verdaderamente», no tengo nada mas que añadir. Es el viejo complejo español: llegamnos los últimos a todo, pero una vez ahí, les vamos a dar lecciones a los demás.

      Saludos

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