Crónicas administrativistas

Burocracia absurda de acceso a Gibraltar: ¿Libro de Familia para los menores?

El pasado miércoles por avatares del destino y disfrutando de permiso laboral, Sevach se dispuso una soleada mañana a visitar Gibraltar. Tras una larga cola de vehículos, al llegar a la aduana de entrada, el guardia civil que le tocó en suerte examinó el interior del monovolumen y tras serle mostrados los dos DNI de los adultos, así como el Libro de familia numerosa referido a los pequeños hijos de aquéllos, recibió una respuesta tan correcta como enérgica: “Ese documento no es válido. Si no me presentan el Libro de Familia no pueden pasar”. En ese instante, Sevach intentó explicarle calmosamente que el Libro de Familia Numerosa exhibido era un documento oficial auténtico que incluía fotografías y sellos oficiales, y que por los datos constatados acreditaba filiación e identidad. El agente tenía su lección bien aprendida y nos dijo como argumento de peso que “lo siento, no es válido y además tampoco se lo aceptarían los agentes gibraltareños”. Así pues, dadas las circunstancias (no parece que una luna de miel deba verse empañada por una discusión aduanera, bajo 35º y con dos menores expectantes), Sevach cumplió lo ordenado. Como se suele decir, lo acató aunque no lo compartía. Lo anecdótico es que al día siguiente tuvo lugar un conflicto diplomático entre España y Gibraltar, pero juro que fue por completo ajeno a este incidente. Lo preocupante es una sencilla reflexión en clave jurídica improvisada sobre el desatino. Veamos.

No conozco la normativa aduanera ni la que regula el Libro de Familia, ni perderé tiempo en buscarla aunque si algún lector me lo explica, lo agradeceré. Sin embargo, de modo lapidario ahí van mis reflexiones:

1º El Libro de Familia Numerosa expedido por la Comunidad Autónoma de Asturias es un documento oficial que acredita las identidades de los cabezas de familia y de sus vástagos. Y para su expedición es requisito imprescindible la presentación del Libro de Familia. No es aceptable que la autoridad pública aduanera, a los puros efectos de facilitar el paso, no lo de por válido y eficaz para acreditar la identidad de los menores.

2ª No hace falta ser un fino jurista para percatarse de que un “Libro de Familia” acredita unas circunstancias y que un “Libro de Familia Numerosa” acredita esas mismas circunstancias pero con el añadido de detallar un número de vástagos superior.

3º Las Autoridades que pueden ponerse exigentes con la documentación identificativa exigible serán las autoridades del Estado o del peñón de acceso, pero por lo que se refiere a las autoridades españolas, deberían dar por válida la documentación oficial de su propio Estado.

4º Y ya puestos a exigirlos, en pleno Siglo XXI, lo lógico sería que en el pórtico de la Aduana, o antes del inicio de las largas colas, un sencillo cartel indique los requisitos de documentación e indique igualmente la cita de la Orden, Real Decreto o normativa que ampara su exigencia.

5º En cuanto a eficacia, el Libro de Familia Numerosa no sólo acredita la relación de parentesco entre varias personas sino que incorpora fotografías, dato esencial para comprobar la correspondencia de la identidad documentada con los menores que visitan Gibraltar, así como con los adultos. En cambio, con el Libro de Familia – sin foto sellada alguna- puede transitar cualquier menor de edad, sea o no real su identidad. O sea, un trámite absurdo.

6º En la práctica, no deja de ser chocante que se vigile la identidad de los menores cuando los malvados adultos pretenden “esconderlos” en una peña de 2,5 km cuadrados cuadrados. Además, bajo la misma clave lúdica, si se supone que no pueden acceder quienes son tan desaprensivos que pretenden “pasar de matute” a quienes no son sus hijos, ¿no sería mejor detenerlos que dejarles que intenten el acceso por otra vía?.

Pero en fin, lo que importa es que gracias a tan “meritoria actuación policial» que deja la Operación Goldfinger en pañales, y que impidió el peligroso acceso de una pareja bonachona con dos niños de 18 y 29 meses y un monovolumen repleto de cachivaches, Sevach pudo comprobar que al lado del paso fronterizo, y no era un espejismo, estaban…¡dos elefantes!. Y es que el Circo Berlín iba a tener una actuación por la tarde, y los dos paquidermos por el calor habían sido situados en una explanada, pero lo mas llamativo era que la única empalizaba que impedía el paso era un cordel finísimo en cuatro palos. La familia de Sevach y otros curiosos pudieron acercarse sin problema alguno y comprobar que los elefantes no abandonaban el centro del cuadrilátero. Entonces Sevach recordó que si  los elefantes de pequeños le ponen como barrera un cable fino eléctrico y reciben una sacudida, cuando son adultos jamás se acercarán al mismo cable aunque no tenga corriente. Y así por siempre.

Y lo cuento, porque entonces comprendí que tal vez la exigencia inexcusable del Libro de Familia responde a que la guardia civil de antiguo –no desde Utrecht, claro, ya que el Duque de Ahumada es más moderno- ha venido exigiendo ese mismo documento para los menores que acceden al Peñón, y pese a las coordenadas normativas de un Estado autonómico y el significado intrínseco de un Libro de Familia Numerosa, y aunque no exista ningún peligro por no pedir el imprescindible Libro de Familia, seguirán pidiendo inflexiblemente tal documento por los siglos de los siglos…

21 comments on “Burocracia absurda de acceso a Gibraltar: ¿Libro de Familia para los menores?

  1. FuncJM

    Cuando se trata de controlar flujos continuos y masivos de personas, lo mejor que se puede hacer y, además son las instrucciones que se reciben, es simplificar al máximo el número de documentos a manejar, con independencia de que SIEMPRE se puede aportar uno alternativo, oficial y, si cabe, más válido que el reglamentario. Los guardias civiles, los funcionarios de atención al público se encuentran diariamente con una casuística que, en no pocas ocasiones, son incapaces de resolver con la premura y atino que cada caso requiere. Aprendí hace tiempo que cuando voy a una oficina pública o viajo, pienso en lo que de forma obligada y casi única me van a pedir, lo echo en una bolsa y: que pidan. Sevach, analizar la igualmente oficialidad de otro documento alternativo en el contexto del tema que nos trae hoy, es baldío, créeme.
    No hace mucho, con ocasión de unas dietas, envié al departamento de personal una liquidación con los gastos y lo firmé con el certificado digital (absolutamente legal, novedoso y casi obligado según la vigente ley 11/2007 de administración electrónica). La respuesta no se hizo esperar: «Me tienes que enviar un fax, de adelanto, y firmarlo con bolígrafo de toda la vida, meterlo en un sobre, ponerle un sello y enviarlo a la dirección que ya conoces». Ese día tenía el cuerpo de «J» y empecé a polemizar, no durante mucho tiempo, ya que el funcionario de habilitación supo rápido que tecla pulsar: «Oye, tú quieres cobrar las dietas, pues mándalo como te he dicho». Ahí se zanjó el asunto.

  2. yeyutus

    El famoso libro de familia numerosa… Para que no me pasase lo que a Sevach, hace tiempo fui a la Comisaría a obtner DNI, para toda la familia, 2 adultos y 3 menores, (uno de los menores con obligacion ya de portar dni), La amable funcionaria tramita todos, y a la hora del pago, obviamente pido el descuento que la LEY aplica a toda tasa publica en beneficio del famoso libro. Respuesta de la amable funcionaria, No es vd, el primero que pide el famoso descuento sobre la tasa, probablemente tenga razon, pero nuestras instrucciones no contemplan dicho beneficio, y nadie va ir a un contencioso administrativo por tal riducla cantidad. Pido hoja de Reclamaciones, que curso, y pago la tasa oficial, como no recibo respuesta, recurso contra el acto, no hay respuesta, carta al defensor del Pueblo que admite a tramite la queja y pide explicaciones, pero se ve que a él tampoco se las dan. y por Ultimo carta al Sr. Ministro, que por impreso contesta todo lo bondadose que ha sido el gobierno con las familias numerosas e indica que si es valido el descuento frente a una compañía aerea particular con vuelo nacional, si para un Organismos Autonomo, si para las Comunidades Autonomas, si para la Universidad,pero para lo que es, el Estado Central en concreto el Ministerio del Interior no esta previsto. Usease, descuento si pero cuando lo hagan otros terceros, si lo tiene que hacer el estado central nanai.
    Alguien debiera ir a un contencioso reclamando la reduccion de la tasa, apenas es un 20% de una cantidad pequeñea. Por lo menos se veran obligados a cambiar la norma si no la quieren aplicar.

  3. Daniel

    Tengo una duda. ¿El libro de familia numerosa expedido por Asturias tiene alguna validez fuera de Asturias?
    Lo digo porque mi mujer ha descubierto que los cursos laborales y sus certificados expedidos en su comunidad autónoma de origen no le sirven para nada en el resto de España.
    Ya que alguien, o algunos, en su profunda sabiduría, diseñaron a finales de los 70 una España convertida en 17 «micro-pseudoestados», quizás no deberíamos extrañarnos que un documento expedido por una comunidad del Norte de España no tenga el menor valor legal en el Sur.
    No me parece cuestión de formalismos del Guardia Civil, ni de requisitos en Aduana.
    Es simplemente la maravillosa disgregación administrativa imperante en España, que hace que lo válido en una región no valga para nada fuera de ella.
    (Nota: no comento para nada los requisitos de lengua para alcanzar ciertos empleos en ciertas regiones de España, útilísimos para parcelar España en guetos lingüisticos)

    • sevach

      La legislación sobre familia numerosa atribuye unos beneficios a quien acredite tal condición y lo certifique la Comunidad Autónoma. Sin embargo, lo relevante del caso no es tanto que se tenga o no la condición de familia numerosa, puesto que no se exhibe para un derecho inherente a tal condición, sino sencillamente para acreditar identidad y filiación, extremos constatados y declarados en documento oficial. Un saludo

  4. peterlove

    ¡Qué nos vamos a contar! Yo estoy esperando una VPO desde hace casi 4 años (acabada y lista hace 3 meses), y estoy empujando y rezando para que nos la entreguen antes de final de año, para no perder la desgravación por adquisición de vivienda habitual (a ver qué lumbreras dijo que ganar más de 24000 euros era ser rico).

    Vivimos en el «Vuelva usted mañana» de Larra. Burrocracia imperatrix mundi!

  5. Una pequeña puntualización. El motivo por el que la policía es quisquillosa en la salida de menores es que se dan supuestos de secuestros de menores, en algunos casos por los propios padres que han perdido la custodia. Por eso, se cierran en banda con el Libro de familia, ya que puede que ese libro no lo tengas porque lo ha retirado el juzgado (como el DNI o el pasaporte) o porque legalmente lo tiene el otro progenitor (y no quiere dártelo). Ten en cuenta que también el carnet de conducir es un documento oficial con un montón de datos, y sin embargo, no sustituye al DNI o pasaporte a muchos efectos (como subirte a un avión o entrar en Gibraltar). Estoy de acuerdo en que muchas veces la Administración es un poco toca …, y que pocas cosas hay más peligrosas que un funcionario disfrutando de su minúscula cuota de poder, pero en este caso puede que tengan razón.

    • Alvarox@hotmail.com

      Pues Borja, yo creo que la «retirada del libro de famlia» o la «retención por la pareja» no impide que la custodia de los menores o el disfrute de su compañía esté en manos del otro, y por tanto, razón de más para justificar la filiación con otro documento. Además, el Libro de familia no es como «el permiso de conducir» que se retira, sino que es un elemento de constancia de un hecho: filiación y unidad familiar. No es quien, un guardia civil para examinar la vigencia o no, y vicisitudes procesales o civiles de parejas, sino que debe limitarse a constatar el vínculo entre menor y progenitor. Saludos.

    • Álvaro, quizás me he expresado mal. Lo que quería decir es que GC probablemente deba pedir obligatoriamente el libro de familia, y no le sirva otro documento identificativo, como el carnet de familia numerosa (que parece que en Asturias se llama libro de familia numerosa, pero no es el libro de familia). Igual que los mayores deben presentar el DNI para entrar en Gibraltar y no pueden entrar con el carnet de conducir, que sólo identifica a determinados efectos, como votar; es más, ante el Notario hace sólo unos meses que vale como identificación.
      El problema no es que el blogger no pueda sacar a sus hijos de España, es que hay determinada gente que no los puede sacar, y por eso se controla. De igual manera te piden la documentación para salir, no porque tú quizás no tengas limitadas tus salidas, pero hay otras gentes que si las tienen.
      En mi experiencia, tanto como menor como como mayor acompañante, los pasos de menores por las fronteras siempre han sido problemáticos. Por esa línea iban mis comentarios.

    • Me parece muy loable e interesante esa práctica de la policía de fronteras pero que rematen la faena y, al que no presente el libro de familia y trate de colar a sus vástagos menores con un vulgar libro de familia numerosa, que lo incorporen al correspondiente registro policial de «padres introductores de menores de matute» (o Registro P.I.M.M.)

  6. Ni secuestros de menores ni nada. Yo creo que conociendo el estatus económico de su progenitor pretendieron controlar a los menores potenciales blanqueadores de capitales y defraudadores fiscales. Me parece correcta la actuación preventiva.

    • sevach

      ¡¡ Muy bueno!! Ja, ja,ja…. el enemigo público número uno, jurista y bloguero, se escapa de las redes de la ley…

  7. Juan Jo

    BUROCRACIA AL DENTE

    Si libre de prevenciones
    la linde ansías pasar
    no elijas de vacaciones
    el Peñón de Gibraltar.

    Si aún así optas por ir,
    y familia has de llevar
    has el libro de exibir,
    prohibido sin él viajar.

    Les apercibe el dicente
    que si me enmiendan la plana
    vuelven al día siguiente.

    Vuelvan ustedes mañana
    con el libro pertinente
    si cruzar quieren la aduana.

    ¡Qué ha de importar el motivo!
    No vayan contra corriente
    y hagan lo que yo les digo.

    18 de octubre de 2010

  8. nunca se me hubiera ocurrido presentar el libro de familia numerosa, la verdad es que aquí en Cataluña había más ventajas presentando el Carnet del SuperTres, y que lo del libro de familia numerosa era como anecdótico.
    parece natural la no aceptación de documentos similares al Libro de Familia. La exigencia de presentación de un documento concreto, sin variables, también hace que el trabajo de esas personas sea mejor, pues atienden a un gran número de personas cada día.

  9. Cincinnatus

    Estimado Sebas:
    Parafraseando al ‘Generalísimo’, lo peor no es que seas español sino que no hicieses valer tus derechos de ciudadano de la Unión Europea, tanto para salir de España como para entrar en otro país o colonia, sujeta también al Derecho de la Unión Europea. ¡En el castigo está la penitencia! Lo lamento por los otros tres ciudadanos de la Unión que iban contigo a la Roca, o sea, ‘on the rocks’.
    Espero que en otra ocasión no te olvides de que eres ciudadano de la Unión: hubieses podido invocar la Directiva correspondiente, con su efecto directo, o, si esto era poco, hubieses podido citar el Tratado de la Unión Europea y el vigente Tratado de Funcionamiento de la Unión, tal como lo interpreta el Tribunal de Justicia.

    ¡Qué lástima que haya tantos euroescépticos a un lado y otro de lo que queda de fronteras!

    • Gibraltar -como todo el Reino Unido, no es cosa del alcalde de La Línea- no es parte del tratado de Schengen (¿se escribe así?). Vamos que puedes entrar libremente -libertad de circulación de personas- pero previa identificación.

  10. Daniel

    Con toda mi estima al bloguero, pero pienso que la opinión del Guardia Civil es correcta.
    Un documento oficial expedido por Asturias (aunque su contenido se base en la identidad -previamente acreditada por el Registro civil o el DNI o el Libro de Familia emitido por el Reino de España-) no es válido ni para identificar, ni siquiera para acreditar la condición de «familia numerosa», fuera de Asturias.
    Da igual cual fuera la finalidad al exhibir dicho documento. No es válido fuera de la Comunidad autónoma que la expidió.
    Al menos así me lo parece, a menos que el Gobierno del Reino de España haya aprobado alguna norma (o las Cortes)por el que se homologe ese documento para todo el ámbito del territorio español. Pero no sé si existe esa norma homologadora.
    Igual me equivoco, pero yo -que trabajo para el mismo Ministerio que ese Guardia Civil- ni me molestaría en examinar un «documento oficial» válido únicamente en Asturias. Haría lo mismo que ese agente. Y lo haría porque es mi deber.
    Hay unos documentos tasados para efectuar un trámite concreto, pasar una frontera, y existe el deber de mostrar uno de esos. Sin duda, ese guardia tiene una instrucción por escrito que le señala lo que es válido para identificar en frontera.
    Yo no sé que haría un guardia fronterizo inglés. Pero mi impresión es que el agente inglés reaccionaría igual que el guardia civil ante ese libro de familia. Tampoco le valdría de nada.
    Y no es cuestión de burocracia.
    Me sorprende que algún opinante no entienda la labor de los funcionarios al exigir el cumplimiento de unos requisitos concretos, los estipulados normalmente por sus superiores.

    • sevach

      Estimado Daniel: Agradezco de veras tu punto de vista, que es muy respetable, y ya sabes que mi foro no es dogmático. Sin embargo, quiero recordarte lo que dispone literalmente la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas:
      “Artículo 5. Reconocimiento de la condición de familia numerosa.
      1. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el título oficial establecido al efecto, que será otorgado cuando concurran los requisitos establecidos en esta Ley, a petición de cualquiera de los ascendientes, tutor, acogedor, guardador, u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal.
      2. Corresponde a la comunidad autónoma de residencia del solicitante la competencia para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como para la expedición y renovación del título que acredita dicha condición y categoría. A los efectos de esta Ley, este título tendrá validez en todo el territorio nacional sin necesidad de acto alguno de reconocimiento. El contenido mínimo e indispensable para asegurar su eficacia se determinará en el desarrollo reglamentario de esta Ley.”

      O sea, la Comunidad Autónoma expide el título y las demás y el Estado lo dan por válido. No limita territorialmente su eficacia. Es cierto que indica “a los efectos de esta Ley” pero no es menos cierto: A) Que nadie en este foro ha indicado norma alguna que para el tránsito en aduanas o hacia Gibraltar imponga como único medio de prueba el Libro de Familia; B) Que según el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil los documentos públicos harán prueba de la existencia del documento y de los hechos documentados (cosa diferente de su eficacia específica), dependiendo de su naturaleza si tal prueba es plena o fehaciente.

      Y en todo caso, claro que se entienden las normas, y estoy seguro que el guardia civil no actúa por capricho, pero me parece que lo mínimo es indicar en algún sitio los requisitos de acceso y su amparo normativo.

      Un cordial saludo,

  11. Yo tenía el libro de familia y me dijeron que necesitaba el D.N.I. o el pasaporte de los menores (íbamos los dos padres de los niños y fue hace dos semanas).

  12. Carlos

    DNI o pasaporte… Tan difícil es llevarlo?

    Tu libro de familia no vale para entrar en un país

    • Carlos: El problema no era llevar DNI, que lo llevábamos los padres. El problema era acreditar que mis dos hijos eran míos puesto que tenían 1 y 3 años – sin DNI- y sobre todo porque no era acreditarlo «para entrar» ante las autoridades de Gibraltar, era «para salir» de España ante funcionarios españoles. Además la duda del policía era por ser el Libro de Familia – insisto oficial y sellado, con foto general- «autonómico» y no un documento estatal. Pero bueno, basta con informarse y todo quedó en una anécdota. Gracias

  13. Pues yo acabo de intentar pasar a Gibraltar y como tengo el dni del niño caducado le he enseñado el libro de familia y me ha dicho que eso no es válido, que no podemos entrar

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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