Crónicas administrativistas Humor y Administracion

La crisis económica y jurídica en imágenes tragicómicas

La crisis económica hace bajar la guardia al poder en la calidad de las normas y alimenta un escenario de inseguridad jurídica. La inseguridad económica (¿contracción del gasto o expansión?,¿recortar o invertir?) acaba repercutiendo en inseguridad jurídica. El empresario recibe una nueva normativa laboral y tiene miedo de que no se trate de un regalo envenenado y que le estalle en las manos. El trabajador no sabe si llegará a fin de mes, ni como afrontar el goteo de costes ( tasas, IBI, luz y gas, etc). El funcionario no sabe si el mes que viene cobrará íntegra su paga o si será traslado forzosamente, o cambiadas sus condiciones de trabajo. El ciudadano desfavorecido ve perplejo como los gastos sociales y asistenciales van en retroceso.

En esta tesitura, haciendo de la necesidad virtud, ofrezco unas imágenes que nos explicarán la crisis de forma tragicómica, algunas de las cuales he tomado de una de las ingeniosas y divertidas webs del planeta (severlasalreves). Ahí va.

PRIMERO.- Las leyes inundaban los Boletines Oficiales, en unos casos para suspender derechos o servicios públicos, en otros para imponer restricciones de gasto público. Las palabras estelares son «tijeretazo», «decretado», «control», «responsabilidad»,etc… El problema es que si ya era difícil seguir el Derecho Administrativo,  y no digamos el Derecho Administrativo-Económico, las normas comienzan a formar un complejo puzzle, muy cuestionable en términos de claridad y eficacia.

Los Boletines Oficiales comienzan a recordar las instrucciones lapidarias, supuestamente claras del interior de los aviones, que prácticamente nadie examina y lo que es mas grave, que a nadie interesa. Por ejemplo,

SEGUNDO.- El recorte de gasto público estatal, autonómico y local apunta al estrangulamiento. Es cierto que hay muchísimo donde recortar pero da la sensación de que se recorta donde no sobra y no se recorta donde se despilfarra.

El escenario previsible es inquietante. Por ejemplo,

TERCERO.- La gente cuando pierde la confianza en las instituciones, en las autoridades, o en los políticos, busca salida a su libertad de expresión y derecho de queja. Las manifestaciones están a la vuelta de la esquina.

El problema es que la violencia genera violencia, y situaciones pintorescas. Por ejemplo,

CUARTO.- Si el Estado no da respuestas y no asegura aquello que la Constitución americana garantiza ( «el derecho a la búsqueda de la felicidad») está servida la  fuga de cerebros, de investigadores, de profesionales, de mano de obra, de inmigrantes.

Triste lo que refleja el sentir ciudadano. Por ejemplo,

QUINTO.-  La sensación mas agridulce es que los políticos de toda condición son pilotos desorientados, o no saben o no pueden o no quieren sacar al país de la crisis.

Quizás deberían ponerse señales prohibitivas de entrada de los políticos profesionales en la vida democrática, pues los ciudadanos somos como perrillos guiados por ellos.

Y por eso, no estaría de más la prohibición siguiente si a veces los ciudadanos nos sentimos perrillos ante quienes manejan los hilos políticos y financieros (¿ prohibe pasear al chucho o «hacerle algo» al chucho?).

SEXTO.- Lo cierto es que el español es muy sufrido, y su historia se repite mes a mes.

En fin, que escuchaba ayer al Ministro de Hacienda «tranquilizarrnos» disipando la posibilidad de «intervención´» comentando con imagen cinéfila que «los hombres de negro» no nos visitarían, y para mis adentros no puede menos de pensar que lo que necesitamos es la intervención de … ¡ los cazafantasmas!!… Que cada cual los identifique porque hay mucho donde escoger, de todo ámbito e ideología, y lo triste es que vivimos una situación en que se habla mucho y se sabe poco, hay mucho «profeta del día después», y el ciudadano ve patidifuso como se desmorona su fe en los gurus, en las instituciones, en la economía y en el Derecho.

0 comments on “La crisis económica y jurídica en imágenes tragicómicas

  1. Panóptico

    Sevach, por sobrar, sobra hasta el actual Presidente del Tribunal Supremo (Sr. Divar).

    No me extraña la imagen y lo peor valorada que sale en todos los rankigs «la justicia».

    Y eso que los ciudadanos de a pie no saben que este Excmo. Sr., no ha sido ni Ponente de una triste Sentencia en su larga vida judicial, ni que tampoco tiene categoría de «Magistrado del Tribunal Supremo».

    Cuando se lo explica hace un rato a un amigo, tomando unas cervecitas, se cree que le estoy vacilando, ya que resulta difícil de creer que después de llevar 40 años como Juez, no haya sido Ponente (no haya puesto una Sentencia en su vida) ni en los casos de la Sala de Conflictos de Jurisdicción y que ademas ocupe este cargo sin tener la categoría de «Magistrado del Supremo», mas raro aun.

    Quizás esto justifique el hecho de su firme «no dimisión» ya que «si le cesan» cual es su futuro inmediato. No he mirado el Escalafón, pero le quedara poco para los 70 y con este bagaje profesional, no sera de los que se le nombre «Emerito» y pasara a ser «Suplente» de donde (de la Audiencia Nacional) de que Sala o Sección, si que probablemente pasara de los 130.000 Euros/año a cobrar directamente los 2.523 Brutos con descuento del IRPF que por ser «soltero» y sin cargas familiares, en fin unos 1.800 Euros/mes.

    Ahora sus compañeros Vocales del CGPJ y la Interventora de este Órgano Constitucional (pese a sus mas que limitadas funciones, véanse los arts. 114 a 116 del Reglamento 1/1986 en el BOE del 22-04-1986) creo que también se han lucido, al permitir tanto despilfarro y abuso del cargo, cuando precisamente desde este puesto (el mas alto y el mas visto de toda la carrera judicial) si hay que dar algo, por lo menos algo que no cuesta nada, que es EJEMPLO, y después es cuando se puede tener «la conciencia tranquila».

    • Javier Fernández

      Acabo de comprobar, a través de la base de datos del CGPJ, la veracidad de tal afirmación. El Sr. Presidente del TS, nunca redactó una sola sentencia. Busqué luego en la base de datos de Aranzadi, hoy en manos extranjeras, en donde no figura ni una sola mención a este Ponente. (posiblemente porque no sé utlizar el buscardor??)
      Necesito que alguien me aclare cómo puede ser esto posible.

  2. Panóptico

    No hay nada que aclarar, los hechos, son los que son.
    Si el Sr. Divar no ha puesto en los últimos 2o años ninguna Sentencia como Ponente de un órgano colegiado es porque ha estado en organos unipersonales (Presidente de la Audiencia Nacional y ante en un Juzgado Central como el Juez Garzon por ejemplo) y su función jurisdiccional no era la de juzgar, solo la de instruir.
    El asunto por si solo, no tendría mas importancia.
    El problema es que si eso se une, a que no es Magistrado del Tribunal Supremo (no tiene esta categoría) y si ademas, sale en una rueda de prensa y como «autoridad politico-judicial» no aclara sus continuos y largos fines de semana a un sitio concreto (Marbella) y porque imputa dichos gastos al Presupuesto del Estado, resulta que cuando menos es «llamativo» utilizar fondos públicos para pagar gastos privados.
    Esta tarde conocemos, que la Sección de Admisión de la Sala Penal (5 Magistrados) del Tribunal Supremo eleva la decisión de admitir o no la querella que le ha interpuesto el Abogado Sr. Mazón Costa.
    Puestos a elucubrar, vamos a ir preparando el panorama que ahora se nos presenta.
    Opcion 1: Los 14 Magistrados de la Sala Penal del Supremo, que se reúnen el Miercoles, deciden la INADMISION de la Querella, por la vía del art. 313 Lecrim, mediante Auto que es apelable ante ……………
    Opcion 2: Los 14 Magistrados deciden la ADMISION de la misma y nombran Instructor al Magistrado MONTERDE, en este caso, cuando toque recurrir cualquier resolucion o bien finalmente se acuerde la Vista Oral ¿Quienes forman Sala?
    Estaran todos «contaminados» segun la doctrina del TEDH segun lo resuelto recientemente con las «recusaciones» en los procesos a Garzon ¿se aplicara el punto 2 del art. 61 LOPJ?
    Conclusion: Creo que estas preguntas ya se las han hecho los propios 14 Magistrados y la única solución viable desde el punto de vista procesal es INADMITIR, sino sera un «caos» desde el punto de vista procesal y la Sala Penal en pleno, es un órgano técnico-especializado, que habrá previsto lo que viene, es decir que valoraran ambas opciones.
    Rizando aun mas el rizo, que ocurre si ahora el Sr. Mazón en aplicación de la «doctrina de la Sala del 61 en los casos de las recusaciones de Garzón» presenta ahora «antes del pleno» una recusación, contra cualquiera de los 14 y eleva el asunto directamente a la Sala del 61, porque no sera tan difícil entre los 14 que haya alguno que pueda ser tachado de imparcial por su amistad/enemistad con el Sr. Divar.
    El tiempo nos lo dirá……………pero esta interesante el asunto.

Gracias por comentar con el fin de mejorar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde delaJusticia.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo