Sobre los abogados

El gran dilema ético que comparten abogados y pescaderos

El abogado debe afrontar el dilema de ofrecer un escenario de victoria al cliente o por el contrario, una previsión fatalista. No es fácil cuando de ello depende el éxito económico de la actividad profesional.

abogado dudoso   El año se ha despedido mostrando la cara amarga de la profesión de abogado bajo el peso práctico de medidas de supuesta agilización procesal que encarecen el litigio.El dilema ético brota tras exponer el cliente su problema, momento en que el abogado se ve obligado a asesorarle sobre si hay que embarcarse en un pleito o si por el contrario hay que soportar la situación. Guerra o retirada.

  La decisión no es fácil y la tiene que adoptar el cliente pero el abogado debe asesorarle sobre las posibilidades razonables de victoria e incluso con suma prudencia exponerle un pronóstico orientativo, con indicación de las consecuencias de los escenarios posibles. Bien sea la posible derrota con imposición de costas y pérdida de tasas judiciales, unido al pago del acopio previo de pruebas documentales o pericias de parte. O bien, la posible victoria con recuperación de costas (quizás no todas). E incluso, cabe la victoria parcial ( con mayor o menor beneficio) o incluso pírrica ( ganar el pleito aun a costes desproporcionados).

   Y en todo caso, con la sentencia caliente en la mano,  tendrá que informar al cliente en ocasiones de que es punto y final al litigio, pero en otras de punto y seguido. Es decir, informarle de que se ha ganado o perdido la batalla pero no la guerra, pues puede haber recursos de apelación o casación, e incluso incidentes de ejecución que prolongarán la agonía por mucho tiempo.

 Este interesante tema se me ocurrió tras conversar con dos honrados y solventes abogados administrativistas que me confesaron por separado que de cada cuatro clientes que asomaban por el despacho, tres de ellos desistían del litigio tras exponerles el abogado con franqueza la realidad detallada de costes económicos hasta tener la solución definitiva, tanto si se ganaba como si se perdía (costes de pruebas previas, tasas, pericias, costas procesales,etc). En suma, a veces el «consentimiento informado» lleva al paciente a desistir de la cirugía y al cliente a desistir del litigio. Veamos con detalle las caras del problema ético para el abogado.

 1. En efecto, mas allá de los dilemas clásicos del  abogado ( ¿asunto de su especialidad?, ¿conflicto de intereses?, ¿cliente difícil?,etc), uno de los dilemas éticos del abogado mas comunes actualmente radica en su manera de afrontar el escenario de incertidumbre del desenlace propio de todo litigio.

  Será el talante y la explicación del abogado la que puede persuadir al cliente de «envainar la espada» o «desenvainarla y arremeter».  El abogado puede mostrar la botella medio llena o medio vacía. El dilema ético radica en cierto «conflicto de intereses subyacentes» ya que si se ofrece un escenario excesivamente optimista y con altas probabilidades de victoria, contará con un cliente que seguirá su consejo (como el paciente el del médico especializado) y su labor e ingresos profesionales se incrementarán.

En cambio si le ofrece un escenario pesimista y con altas posibilidades de derrota, el cliente pagará la consulta y el abogado no tendrá ocasión de afrontar un proceso ni cobrar por ello. Se estrecharán las manos y si te he visto no me acuerdo.

Algo así como el dilema del pescadero que en el mercado tiene que responder a la consabida pregunta de su cliente: ¿ son frescas las merluzas?,¿ están buenas?. Si le dice que no, se queda sin vender; si le dice que sí, se arriesga a que la decepción ulterior le haga perder un cliente, unido a su reputación de vendedor que saldrá lesionada.

 2. Así, el buen abogado debería:

a) Esforzarse en frenar la ofuscación y arrebato que normalmente anima a muchos clientes que están dispuestos a litigar «por el fuero mas que por el huevo» y exponerle que la Justicia es cosa distinta de la venganza, de la soberbia y de machacar al débil.

b) Rechazar el litigio si resulta manifiesto que no hay probabilidad mínima de victoria según el estado de la jurisprudencia y normativa aplicable.

c) Dejar fuera de su propia argumentación hacia el cliente, el dato de sus intereses económicos profesionales, y que alza un doble imperativo ético: si hay posibilidad de solución amistosa o extraprocesal habrá de postularla antes que ir directamente al litigio; y si el balance razonable de un pleito largo y costoso es económica ruinoso, tendrá que mostrárselo al cliente.

En suma, el abogado debe examinar desinteresadamente el litigio y ponerse en la situación del cliente, preguntándose qué haría él si tuviera que decidir por su propio interés si embarcarse o no en un litigio.abogacía egoísta

 3. Lo cierto es que el mayor error de un abogado novicio es asegurar al cliente que el pleito está ganado o perdido con seguridad puesto que hay tres factores de interferencia entre el derecho invocado por el abogado y la Justicia que tuercen el rumbo del destino que resultaría en una aséptica aplicación del Derecho positivo.

En primer lugar, la actividad procesal de la otra parte ( ¡ Cuántos pleitos con la razón en la mano se pierden por razones procesales».;!Cuántos pleitos sin la razón se ganan por razones procesales).

En segundo lugar, la sensibilidad y psicología forense del juez que toca en suerte ( o desgracia)  pues siempre hay un pequeño espacio para «el arbitrio judicial» ( que no es lo mismo que «arbitrariedad» judicial).

Y en tercer lugar, la jurisprudencia oscilante o sorpresiva que puede aflorar en el curso del litigio ( una Sentencia del propio órgano judicial donde se ventila el litigio, o del Tribunal Supremo o del Constitucional que «zanja» litigios similares, de manera que la situación dudosa al inicio del pleito se ha aclarado por este factor jurisprudencial externo).

4. El desenlace del litigio se ofrece así como una especie de «diana móvil».   Por tanto, lo más que puede pedirse a un abogado es que siga el principio filosófico y científico de «la navaja de Ockam»: hay que confiar en que lo mas simple, natural y probable será lo que lo que sucederá ( y no el desarrollo litigioso mas complejo, artificioso  o improbable). Y ello teniendo muy presente que en materia de litigios «la casa siempre gana» ( o sea, la Justicia con sus tasas). Eso me recuerda que en los litigios, como en la ruleta, se juega a ganar o perder (como apostar al «blanco» o «negro») al cincuenta por ciento, pero no todo el mundo sabe que la casa siempre se queda un margen ( en Europa el premio es 36 a uno, pese a jugarse 37 números), y en las ruletas americanas va mas allá pues no se juega en igualdad de probabilidades, al cincuenta por ciento, ya que el «Cero» es también para el Casino.

Y trasladando esta sencilla imagen de desequilibrio de posibilidades al mundo de los pleitos, nadie debe contar con que ganará todo en la mejor de las hipótesis pues siempre tendrá que pagar abogados y otros costes colaterales ( sin contar el «coste moral» de tiempo, energías e ilusiones y desilusiones). Por eso, el magistrado Holmes ( quien incluí entre los treinta mejores juristas de la historia) tenía razón cuando afirmaba que el Derecho es una labor de «pronóstico» de lo que el juez va a decidir. Exactamente el que fuere eminente juez del Tribunal Supremo americano afirmó en su conferencia «The path of the law» impartida en 1897 que los juristas y académicos pretendían que el derecho era «una deducción de principios de ética o de axiomas admitidos, que podían coincidir o no con las sentencias. Pero si adoptamos el punto de vista de nuestro amigo el hombre malo, encontraremos que a él no le preocupan dos cominos los axiomas o deducciones, sino que quiere saber lo que la corte de Massachusetts o de Egipto serían capaces de hacer en el caso. Y estoy bastante de su parte. Profecías sobre lo que las cortes judiciales en efecto harán, y nada mas pretencioso que eso, es lo que yo entiendo por Derecho».

5. En fin, cada abogado debe aplicar a su conciencia, mirarse al espejo y valorar la opinión que tiene de sí mismo ( y la que desea ofrecer a los demás) a la hora de exponerle al cliente con honradez la viabilidad y posibilidad de éxito. La inmensa mayoría de los abogados suelen poseer una vocación de Justicia y juego limpio, pero como en toda profesión, los piratas o los buques arrastreros hacen daño al mercado.abogado desleal

6. No puedo dejar de recordar el prejuicio latente en la anécdota del abogado que el día de la entrevista con el cliente tras exponerle durante una hora las mieles de la segura victoria,  le dice al finalizar la conversación según se levantan de forma rápida y susurrando: » Claro que siempre hay que contar con la posibilidad remota de que se pierda». Y así, tras recibir la sentencia desfavorable le grita al cliente «¡ Se lo advertí que esto iba a suceder!».

 

 

20 comments on “El gran dilema ético que comparten abogados y pescaderos

  1. El problema estriba es que el Derecho y su aplicación por el juez no es una ciencia exacta. Incluso hay casos que se ganan en un Comunidad autonoma y en otras no, pues la jurisprudencia es distinta.

    La pena de este nuestro pais, es que hay dispares criterios judiciales, lo que complica la situación del abogado para su cliente. Existen casos perdidos de antemano que se ganan, por «chanba» o por algun tipo
    de «incidente» y otros que se dan por ganados que se pierden por justo lo contrario.

    El abogado honrado debe «asesorar» a su cliente, como bien dice Sevach. El problema es que muchos de ellos, en la situación de crisis, y con bajo trabajo, ven un filón a esos criente incredulos que se hacen ilusiones.

    Hay muy pocos abogados como los descritos en el artículo, igual que hay muy pocos politicos honrados.

    Muy buena reflexión

  2. Pablo Soto Mirones

    Muy bien definidas me parecen por Sevach las causas de la duda existencial propia del abogado que creo que además son comunes –por extensión- como propias de cualquier especialista en derecho. De todos aquellos al menos que en cualquier momento han de defender intereses ajenos aunque no sean clientelares.

    Como complemento de los aspectos recogidos, yo añadiría únicamente un comentario acerca de la incidencia de la relatividad de la materia, que da lugar a menudo a situaciones sorprendentes.

    Así, como ejemplo, puedo contar el caso verídico -lo he contado varias veces y coloquialmente acudo a él a menudo- sucedido hace ya muchos años de un abogado que, habiendo conocido el nombre del ponente del Tribunal en un caso de Tasa de equivalencia, cogió a su cliente y se lo llevó de celebración sin dar tiempo a que se dictara sentencia. Tan seguro estaba de la identidad de sustancia entre los casos y del criterio del ponente. Pero hete aquí lo que son las cosas. Pasado un tiempo llegó la sentencia esperada y -precedida de una mas o menos larga justificación del cambio de criterio por parte del juez- resultó ser contraria a las pretensiones del referido cliente y un fuerte varapalo para el abogado, que había vendido la piel del oso antes de matarlo. Por cierto, el abogado no encontró reparos a las justas argumentaciones que motivaron el cambio incluso de la línea jurisprudencial preexistente en la materia, por lo que este quedaba realmente justificado.

    Y a partir de aquí, ¿alguien se imagina también la cara del abogado que por aquellas fechas no animó a su cliente a pleitear, estando ante un caso idéntico, ante la más que segura confianza de que el pleito se iba a perder por conocer de antemano la posición del juez?

    Es curioso, pero al final las cuestiones morales iniciales se diluyen. Por mor de la cruda realidad.

  3. Debería

    El buen juez no debería: ser conocido por su nombre; ser famoso, escribir sobre la ética de otros operadores jurídicos, demostrar q le sobra tiempo para escribir un blog, explicitar q su tiempo libre lo dedica a opinar en abierto en lugar de profundizar o escribir un tratado o ayudar a desatascar otros juzgados, un juez debería hacer con su tiempo libre lo que quiera pero no mostrarse humano, el poder q la sociedad le da es descomunal, debería parecer un Cesar, como la mujer del Cesar

    • sevach

      Pues creo que el » buen» juez debe recibir tal calificativo por sus sentencias; dos jueces del Tribunal Supremo americano tienen sendos blogs y a nadie se le ocurre cuestionar la calidad de su hacer como jueces. Y si el juez pone buenas sentencias, y tiene al día su trabajo, y además administra bien su tiempo libre para ofrecer lo poco que sepa, pues mejor. Los tiempos del juez esfinge han pasado. Ah, lo importante no es que la mujer del césar » parezca» honrada, sino que lo sea.
      Un saludo

  4. ab.lajir

    Hace ya tiempo –mucho, me parece–, hice un curso de práctica jurídica. Uno de los abogados que lo impartía me dejó esta enseñanza.
    Para ganar un pleito son necesarias tres cosas:
    1ª. Tener la razón
    2ª. Poderla demostrar
    3ª. Que te la den
    Ahora pienso que si te falla cualquiera de ellas, te hundes. Porque si, pese a fallar alguna, obtienes una victoria, más que victoria será «que no has perdido»; pero no que hayas ganado.

  5. Es una cuestión cada vez más compleja el tema del «consentimiento informado» antes de embarcarse en un contencioso, alguna otra reflexión a añadir:

    1.- El tema de las costas es uno de los grandes escollos, porque su importe, caso de no limitación en sentencia, puede superar con mucho al de las tasas judiciales y es un importe desconocido a priori, incluso pueden existir factores que dependan de terceros y eleven el riesgo de manera desproporcionada. Sería el caso, por poner un ejemplo, de un contencioso frente a las bases de una convocatoria, ¿cómo conocer si existirá el personamiento de codemandados, si lo harán bajo una misma representación, o con distintos letrados?, con el riesgo implícito de que la previsión de costas quede desfasado y puedan multiplicarse por dos, por cinco o por seis.
    La mayoría de la gente es cautelosa y se pone en el peor de los casos, con lo que es lógico que esto pese como una losa en el ánimo del recurrente.

    2.- Otra cuestión con la que también hay que saber lidiar como señala el post, es la ofuscación del cliente que puede obedecer a cuestiones subjetivas ajenas a cualquier realidad lógica o jurídica o en base a un sentimiento de injusticia más o menos razonable. Pongamos a un ciudadano que se hizo una humilde casita con sus propias manos hace cinco años y ahora se le incoa expediente de reposición de la legalidad urbanística, cuando alrededor florecen mansiones, o promociones de mucha mayor enjundia tan o más ilegales respecto a las que no pesa expediente alguno. Dos errores no hacen un acierto y escaso valor judicial tendrá esa discriminación en el trato, pero convenza usted al pobre hombre que no ve más que una sangrante injusticia, especialmente cuando lo puede perder todo.

    3.- Como bien decía un anterior post, el derecho no es una ciencia exacta, pero supuesto sangrante es el caso de existencia de diferente criterio en una misma plaza respecto a la misma cuestión en función del número de juzgado donde caiga el asunto, pongamos el caso de la adopción o no de medida cautelar en materia de tráfico. ¿cómo se le explica al cliente que si cae en uno gana con costas, y si cae en otro pierde con costas?, y es que elevando el importe de las apelaciones a 30.000 euros la unificación de doctrina se resiente, y esto a veces se convierte en una ruleta a rojo o negro.

    4.- Por último el rechazar un recurso cuando es inviable me parece de lo más lógico, pero también habría que agradecer a terceros que no los manden a compañeros cuando el asunto está podrido, me refiero a supuestos en los que el recurso es extemporáneo, no se agotó la vía administrativa…, y cuando el enfermo no tiene cura le comentan al cliente que no son expertos en la materia, pero que vayan a x o y, que ellos sí llevan esos temas y el tema está ganado, ganadísimo (para que así se estrelle otro)

    Saludos.

  6. Falta otro dato, es que cuando ganas con costas la administración no paga y de ella depende que te concedan por ej. una licencia,…

  7. Debería

    El buen juez continental no es el mismo buen juez que el anglosajòn. Los señores de la Supreme Court tienen blogs de calidad jurídica incuestionable y otros de sus aficiones personales. Pero no opinan como jueces en ejercicio. Y desde luego no opinan de otros operadores. Obviamente al juez bloguero todos le siguen y le agasajan pues adí le animan a desvelarse y como decía Holmes, el derecho es adivinar qué opinará el juzgador. Escriba Vs de proceso contencioso que lo hace muy bien, no se apoye en sus puñetas para las cosas que diga las reciban incautos o profanos o malvados como salidas de estrados.

    • sevach

      Creo que debo recordar que ni una sola línea de los casi mil post de Sevach invocan la condición de magistrado alguno, ni para robustecer opiniones ni para sentar criterio del foro. Claro que tampoco es para avergonzarse ni para la puerilidad de ocultarlo.

      Pero lo que desde luego es un derecho bien ganado por la experiencia como abogado, funcionario, profesor, escritor y letrado es el derecho a opinar lo que le place en la esfera jurídica, y con igual generosidad se brinda que se viertan comentarios y se opine.
      Cosa diferente es que la condición de juez (que no tiene que ocultarse, aunque insisto, tampoco se enarbola) no es obstáculo para llevar blog alguno ni impide que cada cual conocedor de tal situación le otorgue el valor que quiera.

      En suma, creo que estamos en tiempos de libertad y creo que opinar, bien o mal, es un derecho que da la experiencia. Y el argumento de autoridad o condición de juez queda fuera de la mesa, pues han de contrastarse argumentos y no personas.
      Y desde luego, y lo digo bien alto y claro, mi libertad de expresión no está al servicio de contentar a todos y lo respeto, así que insistiré en que solo pretendo: a) Crear un espacio de libertad: b) Informar y formar en lo posible; c) Formarme yo; y d) Entretener.
      Y a quien le guste, que lo lea, y a quien no pues que prescinda de ello, que la red es libre.

  8. Me gusta cómo contesta a Debería. Nunca me ha tocado como ponente, pero creo que sus reflexiones compartidas (leo su blog desde que lo conozco), no me permitirían adivinar el sentido del fallo. Yo le animo a seguir en su línea, su blog me resulta muy interesante.

  9. María Pérez Ramos

    Pues a mí sencillamente me ha encantado para «empezar» el año, y me siento identificada en mucho de lo que ha expuesto
    . Sí señor, la red es libre!

  10. argonnauta

    Jolines! hace un par de días se me presentó en mi despacho un posible cliente que me planteaba un asunto de responsabilidad extracontractual, por una caída en un parking, Las dudas y dilemas son los mismos que se narran en el post. Demandar, no demandar, posibilidades de ganar, costas, etc etc. Según mi punto de vista, la prudencia ha de presidir nuestra actuación, y no decirle al cliente lo que éste quiere escuchar; suelo concluir con una frase que viene a decirles, si encuentras un abogado que te garantiza que el pleito está ganado, no dudes en que sea él que te lleve el asunto. Mi honestidad personal hace que prefiera perder un posible cliente a dar falsas espectativas. Enhorabuena por tu blog Sevach, y feliz año nuevo!

  11. A quien se digna “ordenar” (más que “sugerir”, que se le ve la patita) “Escriba Vs de proceso contencioso…” advirtiendo sobre qué tiene que escribir el creador del blog yo le diría:

    1.- Poner inmediatamente detrás de esa orden un requiebro, galantería o lindeza como esa de “…que lo hace muy bien”, como queriendo contemporizar, condescender u obsequiar, no le honra. Más parece una muletilla habitual en quien quiere persuadir y busca que el otro afloje o se ablande que un reconocimiento serio.

    2.- Aquí, en esta particular y moderna relación sinalagmática que se da en este blog profesional, quienes deberían conocer sus límites (y no los conocen) son comentaristas que se extralimitan y quieren dar lecciones a quien tiene bien acreditada la condición natural y espontánea de “maestro”.

    3.- Haga el susodicho un blog y vea cuanto esfuerzo cuesta y lo que hay que tener para poder hacerlo, y, sobre todo, no suponga porque sí que si otros, por tener más capacidad natural y mejores dotes organizativas o por lo que sea, son capaces de sacarle más partido a su tiempo es porque abandonan el cumplimiento de sus obligaciones, porque a lo mejor con esto solo nos está descubriendo lo que quien lo dice haría (cree el ladrón que todos son de su condición). Gratuitamente, además, el mencionado está “prejuzgando”, con lo que demuestra que… ni serviría para juez, ni serviría para bloguero.

    4.- El espíritu poco democrático que manifiesta no le impide comentar en este blog, pero sí le impide ver con claridad cómo son las cosas. El exquisito cuidado puesto de manifiesto a través de todas sus entradas en rendir culto a la objetividad, y el respeto a cualquier opinión vertida con o sin fundamento suficiente, han presidido siempre las exposiciones temáticas y las respuestas a los comentarios las cuales, por lo demás, nos han servido a muchos ocasionalmente para sacar conclusiones u orientar dudas que nos han permitido avanzar en la resolución de problemas jurídicos complejos.
    5.- Este bloguero está permanentemente corriendo un riesgo que ya se ve que algunos no valoran. Tratar temas de actualidad, antes de que nadie se haya pronunciado sobre ellos y hacerlo habitualmente con profundidad, seriedad y –a mi juicio acierto, pues son muy pocas las veces que discrepo- requiere valentía y capacidad jurídica. Y no parece que eso sea demostrativo de que “así enseña sus cartas” y eso es negativo. Eso lo demuestra que este erróneo razonamiento se podría trasladar por similitud al momento de dictar sentencia, en el cual también se enseñan.

    6.- Y si además a veces las cuestiones son tratadas con un toque humorístico eso no desdice, ni desnaturaliza, ni rebaja el nivel de los comentarios. Ni, por supuesto, esto hace desmerecer el conjunto y afecta a la dignidad del autor. Esta queda a salvo además por el ingenio demostrado en los lances humorísticos que son acometidos por el autor con la misma garra y gracia que los puramente jurídicos.

    7.- Mostrarse humano no es mostrarse débil. El trasfondo de esta opinión me lleva a recordar el mensaje que se repite a menudo en elecciones celebradas más allá del atlántico en las que vale más decir mentiras con autoridad aparente que reconocer verdades con gesto compungido. Lo que ocurre es que este es otro campo. Aquí no se trata de vencer a otro en las elecciones, ganándose por el camino simpatías a costa de lo que sea. Aquí de lo que se trata es de lo que ha decidido hacer un ciudadano con su tiempo libre buscando un beneficio recíproco (como acaba de explicar) que no solo no perjudica a nadie sino que además beneficia a muchos.

    8.- La “auctoritas” se gana o se pierde de modo similar hoy a como se ganaba o perdía en la época de los romanos. El concepto parece ser que nació en el ámbito de la tutela y se acreditaba por un reconocimiento que nacía de bases morales. Quebrándose la ética de un ciudadano este perdía esa auctoritas que primero había ganado, pero no antes. Si esto no ocurría, quien la ostentaba estaba legitimado para dar sus opiniones que eran escuchadas y, por lo regular, atendidas, no porque fueran vinculantes, sino por la fuerza intrínseca nacida de una mente cualificada para verterlas.
    Por ello, me atrevería a decir que si el comentarista tiene algo “concreto” en contra del comportamiento moral del bloguero “debería” decirlo y los lectores entonces puede que le retiráramos la auctoritas. Si no, calle para siempre.

    9.- Me consta que SEVACH sabe defenderse personalmente, y así lo ha hecho. Pero no he podido resistir la tentación de decir libremente lo que opino.

    Termino diciendo que coincido con él en todas las apreciaciones contenidas en sus dos respuestas a los dos comentarios de quien se ha escudado en el anonimato para manifestar una opinión “personal” (lo cual es contradictorio en sí mismo: si tienes una opinión personal has de ser “persona” y tener identidad, en mi opinión).

    • sevach

      Pablo: Considero tu intervención como un Regalo de Reyes para el blog y para mi persona, así que te lo agradezco vivamente. Siempre he sonreído y reflexionado con tus oportunos comentarios en otros post, y aunque en este último estaría incurso en causa de recusación ( «interés personal») no puedo evitar aplaudirte.

  12. raposo

    ¿Está fresco el pescado? Evidentemente como dice Sevach, pocos se atreverán a ser sinceros. Por tanto, tal y como está montado el sistema, los abogados con menos escrúpulos pienso que serán los más exitosos.

  13. Es nuy diferente el derecho anglosajón, más independiente a veces(lobbies, Guantanamo…), pero ni mejor ni peor que otras cosas, en el derecho español los jueces opinan y emiten criterios para que se conozcan lo cual puede ser criticable, pero es licito y para los abogados ahorra esfuerzos, aunque uno a veces se pregunte si cada caso debe ser diferente y existe la posibilidad, a pesar de los criterios dictados, de que algún juez se convenza de otra cosa. En fin.

  14. Javier

    No recuerdo como caí en este blog. Lo que sí recuerdo es que tras leerlo lo añadí a mis favoritos. Desconocía si el autor era juez (continental o anglosajón), tampoco su edad o sexo. Sencillamente me sedujo no solo por los temas tratados (actualidad), y la calidad jurídica de sus análisis, sino también por la amenidad a la hora de exponerlos (es MI opinión). Por otra parte, también me sorprende su valentía al exponer sus razonados pensamientos sobre sentencias (aún calientes), actitudes, comportamientos, etc de los que extraer útiles aprendizajes, siempre emitidos con sumo respeto y educación. Cómo, me pregunto, interesar el desvanecimiento de estas voces. Más al contrario, ya que son escasas, arropémolas y protejámoslas.
    En fin, aunque mi aporte es totalmente superfluo, animo al autor a continuar en esta línea.

    • Javier, coincido contigo, la verdad es que los temas son muy interesantes, hay algún blog más por la red pero tampoco demasiados. Yo personalmente no se como funcionan, aparte de que aporreo el ordenador.

  15. López Lera

    En primer lugar Feliz Año, y espero y deseo MAESTRO que siga usted formando, de manera indirecta, buenos juristas, pese que alguno le……

    MAESTRO, usted es un fiel reflejo de lo que debería ser un Juez en este país, una persona que primero se forma, luego trabaja y se sigue formando, conoce la vida, la realidad social y después da el gran salto y accede a la Judicatura, y bajo mi modesta opinión, así debería ser para todo el que intenta acceder a la Judicatura, no puede ser que un joven con 26 años, en el mejor de los casos, comienza a juzgar a sus iguales, cuando todavía no sabe nada de la vida, si no me equivoco países de nuestro entorno establecen una edad minina par ser Juez, buscando lo indicado anteriormente, además del conocimiento de los libros, la formación universitaria de la vida.

    Aprovecho la ocasión para intentar provocar un post sobre la siguiente cuestión, si tiene usted a bien, MAESTRO.

    No se si usted habrá realizado una primera lectura del articulado de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Loca. En mi primera lectura me ha resultado chocante la nueva habilitación del artículo 92 de la Ley de Bases de Regimém Local, y su nueva redacción, muy distante al anterior derogado, sobre todo en el fondo.

    Me explico, en la antigua redacción del citado artículo cabía la posibilidad, por su ambigüedad, que funcionarios interinos ejercieran las funciones que la actual redacción del artículo sólo permite a los funcionarios de carrera, funciones de autoridad de manera directa o indirecta.

    En mi modesta opinión esta cuestión no es baladí, la nueva redacción debería provocar una hecatombe en muchas administraciones locales en las que hay un alto porcentaje de funcionarios interinos que hacen funciones reservadas, según el nuevo artículo, a funcionarios de carrera, un ejemplo claro, al menos, en las administraciones locales que yo más conozco, son los agentes de policía local interinos.

    Me pregunto: Todas la acciones de estos funcionarios desde la entraba en vigor del citado artículo, día 31 de diciembre, son nulas de pleno derecho?. Si la respuesta es afirmativa, sus nombramientos, mal llamados por muchos contratos, han sido anulados por Ley?. Y aunque es grave perder el trabajo por la aplicación de una Ley, más grave pueden ser que se han acusados de un presunto delito de usurpación de funciones desde la entra en vigor de dicha Ley?.

    Sin otro particular, a la espera de sus sabios consejos, un cordial saludo.

  16. Jose Luis Villar Ezcurra

    Si todos los jueces tuviesen la formación y ecuanimidad de SEVACH la probabilidad de perder o ganar una asunto en sede judicial podría ser evaluada por el Abogado de forma objetiva. Pero ..hete aquí que interviene un factor completamente distorsionante como es la formación del Juez, sus mayores o menores ganas por quitarse el asunto de encima y, lo que es más importante (en sede contencioso administrativa) su proclividad a dar la razón a la Administración en el «dubio». Y este factor resulta tremendamente difícil de evaluar y de trasmitir al cliente.

    Debido a ello, cuando veo que la razón del cliente no está clara, se lo advierto pero cuando veo que tiene razón lo más que puedo decirle es que tiene un porcentaje de ganar superior al 50 % porque no veo forma de orientarle de otra manera. En todo caso, muchas gracias por tus reflexiones SEVACH que siempre van cargadas de sabiduría …

    Habrías sido un magnífico abogado ¡¡¡ 😉Un cordial abrazo

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