Sobre los abogados

Veinte buenas razones para ejercer como abogado administrativista

Al menos hay veinte razones para especializarse como abogado en Derecho Administrativo

 En su día abordé lo que titulé «Veinte razones para NO ejercer como abogado administrativista» . Como me comprometí, y me recuerdan frecuentemente los lectores, aquí expongo las razones para ejercer en tal disciplina. Una vez leídos los alegatos a favor y en contra, queda Visto para Sentencia, y el lector, recién graduado en Derecho o colegiado como abogado, tendrá que decidir. Aquí van telegráficamente las razones a favor.

1. El número de clientes potenciales es inmenso.

No todo el mundo se divorcia ni tiene un conflicto laboral, ni le embargan o sufre un accidente. En cambio la Administración como decían nuestros clásicos «te acompaña desde la cuna a la sepultura» ( del certificado de nacimiento al de defunción) y la vida está repleta de reglamentos, solicitudes, permisos de conducir, expropiaciones, impuestos, subvenciones, servicios públicos locales usados,etc. Y por simple frecuencia estadística, tanto va el cántaro del ciudadano a la fuente de la Administración, que alguna vez se rompe, y ahí estará alerta el abogado administrativista para recomponerlo.

2. Formación accesible y asequible 

Para el éxito como abogado no basta con ser graduado sino que hay que estar alerta a las novedades legislativas, jurisprudenciales y doctrinales. Sin bajar la guardia, lo cierto es que el Derecho Administrativo cuenta con puertas abiertas a estar al día de forma sencilla y económica.

 En primer lugar, se cuenta con la oferta de numerosos cursos y actividades de formación desde las propias Administraciones Públicas, unos limitados a funcionarios y otros abiertos a todo tipo de profesionales.

En segundo lugar, las fuentes bibliográficas y legislativas suelen estar disponibles en las propias páginas web de las Administraciones, además de indicar órganos y trámites, e incluso buzones de consultas y quejas. No está mal que el enemigo ponga los pertrechos de defensa a nuestra disposición. Un ejemplo singular es la oferta de  Códigos Electrónicos actualizados gratuitos para su descarga desde la web de la Agencia Estatal BOE que divulgamos en un anterior post.

 Y en tercer lugar, por alguna extraña razón, el universo de los Blogs jurídicos, con información actualizada y gratuita, cuenta con numerosos planetas sobre Derecho Público, como muestra nuestro  Directorio Temático de Blogs Jurídicos españoles

3. Nobleza de la labor

El Derecho Administrativo participa de la grandeza de las causas justas ( como  las Cruzadas medievales o las ONG). El mundo se vuelve tan complejo y tan intervencionista la Administración que se necesitan más abogados administrativistas, no menos. Hay algo Quijotesco y gratificante en ser David frente a Goliat, y luchar por una mejor Administración.

4.  Amplio menú a elegir

El Derecho Administrativo ofrece al estudioso la belleza y libertad de la inmensidad ( como el salvaje Amazonas ofrece belleza y diversidad de flora y fauna, de Administraciones y fuentes normativas).

A la hora de ejercer la abogacía, la disciplina es inmensa en cuanto a optar por una u otro área de preferencia ( turístico, urbanístico, responsabilidad sanitaria,función pública, expropiación, telecomunicaciones, defensa,etc). El carácter inabarcable y proteico del Derecho Sectorial se vuelve ventaja en cuanto permite especializarse en campos predilectos, donde se manejen normas, institutos o técnicas donde el abogado se encuentre mas cómodo. Además permite adentrarse en filones de Disciplinas conexas, como el Derecho Constitucional o el Derecho Comunitario.

Y si no importa la materia sino la cantidad, el Derecho administrativo ofrece  yacimientos de complejidad modesta pero con flujo abundante de litigios: extranjería, tráfico e impuestos.

5. Proyección social

En la práctica forense del abogado administrativista como es un campo especializado, suelen conocerse entre sí, y conocer  a los letrados públicos (lógicamente, tal conocimiento y contacto es inversamente proporcional al tamaño de la localidad donde ejercen). Es indudable que ese contacto y cortesía implícita, facilita o al menos, no obstaculiza, el éxito forense, tanto si se está en la misma trinchera de ataque como de defensa.ser abogado en tiempos dificiles

Como es una disciplina que afecta a todos, esta especialidad aumenta el círculo social. Se incrementa la aproximación de conocidos, vecinos y otras faunas al asalto de la consulta, a poder ser gratuita. Nunca falta un prójimo al asalto de la opinión jurídica ( ya me ocupé de la figura de los «gorrones jurídicos» en otro post).

Incluso, los padres del flamante abogado administrativista estarán orgullosos pues su hijo es abogado de una especialidad que debe ser muy buena pues les resulta laborioso explicarlo cuando les preguntan sus vecinos y amigos.

6. Benevolencia  con los errores

Los clientes al tomar conocimiento del litigio perdido ante una poderosa administración son mas comprensivos e indulgentes con el abogado vencido. A veces el abogado administrativista «lucha contra los elementos» (Felipe II dixit) y el cliente lo sabe, y es capaz de comprender la derrota, debida muchas veces no a la mayor o menor destreza del abogado sino a que las reglas del juego están establecidas por la parte y plagadas de prerrogativas al servicio del interés público.

7. Distanciamiento emocional

Los litigios administrativos en su mayor parte cobijan intereses económicos ( o al menos monetarizables, ej.expropiaciones, contratos, sanciones,etc) lo que rebaja el nivel de apasionamiento o emocional del cliente y objetiviza la cuestión litigiosa ( a diferencia de herencias, disputas vecinales, conflictos con el jefe,etc, en los que la sensibilidad del cliente está a flor de piel con las consiguientes interferencias en la deseable serenidad de la labor del abogado).

8. Novedades: nuevos problemas, nuevos clientes.

 El Derecho Administrativo es cambiante y vertiginoso. Si las leyes cambian, quiere decir que el escenario preexistente de derechos y deberes cambia, con lo que cada paso del legislador (estatal, autonómico o reglamentista local) es fuente de posibles litigios para interpretarla o defender posiciones afectadas por el cambio.

El dinamismo del Derecho Administrativo impide la consolidación de jurisprudencia, lo que también contribuye a que los asuntos sean mas discutibles que por ejemplo, en materia de arrendamientos civiles, donde casi todo está jurídicamente zanjado.

Además aunque corren tiempos en que nos encontramos con lo que califiqué como un Derecho travestido por la crisis económica, esta coyuntura crítica se vuelve oportunidad para los abogados administrativistas pues la imaginación de la Administración para sobrevivir, recaudar, cambiar reglas o decisiones extremas, provoca impacto en intereses y derechos, con el consiguiente afloramiento de litigios.

9. Creatividad

 Imaginación y argumentación son dotes valiosísimas en la vida y en toda disciplina jurídica, aunque creo que en Derecho Administrativo se revalorizan. En efecto, los litigios en Derecho Administrativo, aunque muchos tienen una base fáctica de discusión (ej. si se cometió o no la infracción) casi siempre se solapa u opera autónomamente la motivación jurídica, y además con mayor amplitud que en los litigios de otras ramas :P.ej. cuestiones como competencia, procedimiento, publicación, etc… son propias de este tipo de litigios, y ya se sabe, se guerrea mejor cuantas mas armas pueden usarse.exito del abogado

10. Placer saludable 

Es divertido ejercer en este campo. Aunque las decepciones no faltan, cuando se gana algún litigio se produce una íntima satisfacción de sacudir los cimientos del sistema.

Además, permítaseme relajar el tono para comentar que esta disciplina permite luchar contra el alzheimer y otras enfermedades neurológicas pues obliga a estar al día en mil frentes de producción de normas, de aplicación, de prácticas administrativas. Obliga a leer la prensa y conocer las tendencias de cargos públicos, las nuevas ocurrencias de la Administración.

11. Picos, palas y azadones

Si se ejerce del lado de la Administración, como letrado público, la satisfacción crece ya que el cliente no tiene rostro y la Administración es un patrono cómodo ( facilita los medios y paga al letrado, sin que este note el constante » aliento sobre la nuca»). Además no es precisa la colegiación que en cambio debe asumir el administrativista particular.

 Y si se ejerce como letrado de particular frente a la Administración, la complejidad del mundo publico dispensa de explicar al cliente detalladamente partidas y cobros. Ya Quevedo nos enseñó que el español valora más lo  no comprende.

12. No aburre

Aburre la monotonía y la previsibilidad. Sin embargo, el Derecho Administrativo es un mutante. Cambian las leyes, cambian las líneas jurisprudenciales, el Tribunal Constitucional cambia las reglas del juego y si no un Decreto-Ley.

Junto a ello, la belleza de la complejidad. Se obtiene mas satisfacción jugando al ajedrez, y ganando, que al tres en raya.

Y es que siempre hay espacio para el asombro del profesional, como expuse en los Quince momentos de perplejidad del abogado.

13. No se agota el trabajo

Siempre habrá trabajo, pues siempre habrá autoridades y políticos torpes, ignorantes, clientelares o al borde de la prevaricación por ese sutil cambio en la condición humana cuando «toca» el poder. Y es que pese a los inquietantes efectos de la crisis económica sobre la Justicia,  parafraseando a Otto Mayer podríamos decir que «la crisis económica pasa, y el Derecho Administrativo permanece».

14. El enemigo ayuda

La propia Administración que dicta el acto administrativo a combatir, nos indica el pie de recursos a utilizar con su plazo, y además si no lo hace le perjudica. Al menos es una ventaja inédita en los litigios civiles o mercantiles donde el abogado tiene que  que reaccionar frente a la actuación de hecho provocadora del conflicto con su propia ciencia y experiencia. Además, no es frecuente, pero hay letrados públicos que no se «creen» lo que defienden, por tener atribuida la defensa de intereses no ajustados a la legalidad, y obran en consecuencia ( defienden el allanamiento antes las autoridades, se limitan a una defensa puramente formal y de bajo perfil,etc).

15. Popularidad

El abogado del mundo contencioso puede paladear cierta popularidad. El impacto de una sentencia importante contra la Administración suele tener reflejo en la prensa o los restantes medios de comunicación, lo que siempre puede convertirse en reclamo de mas clientes.

16. Casi todo es defendible

La complejidad del Derecho Administrativo y la disparidad de situaciones siempre permite confirmarle al cliente la viabilidad de embarcarse a un litigio. Siempre hay algún fundamento jurídico para oyar la tesis del cliente. Es difícil que no exista un flanco por donde hincarle el diente y que ofrezca posibilidades ( no es lo mismo que probabilidades). Otra cosa es que se gane.derecho administrativo

17. Confort intelectual

Los litigios administrativos revisten un plus de reto intelectual y pesquisa que hace sentir cómodos a los amantes de bibliotecas, lecturas y arqueología, pues hay que bucear en el expediente, en los autos administrativos y encontrar el «hilo que lleve al ovillo». Nada de sota, caballo y rey. Todo un sudoku. 

18.  Panes y peces

  Los procesos administrativos pueden multiplicarse y ser «tres en uno». Un procedimiento cautelar para suspender la actuación, un procedimiento principal para debatirlo, y un procedimiento para luchar sobre la ejecución. O sea, se estudia, lucha y se justifica el cobro por tres batallas de una misma guerra. 

Además a veces se impugna la actuación presunta y luego se acumula la resolución expresa, o se acumula la acción indemnizatoria ( o se reserva). En fin, que una vez abierta la caja de los truenos administrativos, el abogado administrativista debe ponerse en zafarrancho de combate.

19. Elegir campo de batalla

Los procesos administrativos permiten en ciertos ámbitos (personal, sanciones) elegir el fuero jurisdiccional. O sea mas comodidad para cliente y para abogado, además de abrir las puertas al «forum shopping» o sea a elegir órgano judicial donde se den praxis judiciales favorables a las tesis, algo no infrecuente en un ámbito marcado por la dispersión.

20. Los honorarios

Las minutas de los procesos administrativos suelen ser mas elevadas que las de otros ámbitos ( con carácter general), con el añadido del cobro por asesorar y/o realizar el recurso administrativo o requerimiento en esta vía. Es cierto que las tasas judiciales y la limitación de las costas en caso de vencer a la Administración han supuesto un serio recorte, pero creo que menor que en otras especialidades.

Me apresuro a advertir que estas veinte razones se apoyan en criterios generales y que por supuesto, cada afirmación cuenta con su excepción, pero creo que el toque impresionista y rápido que las inspira ofrece utilidad para mostrar el panorama del ejercicio profesional en esta especialidad.

En fin, que si alguien tenía recelo hacia el ejercicio como abogado administrativista que recuerde aquello de besar al sapo para que se convierta en príncipe. Si se estudia y domina el Derecho Administrativo y sus vericuetos, se puede llegar a adorarle. Y para ello como enseñaba Confucio: «hasta la mas larga caminata se inicia con un pequeño paso». Suerte amigos.

SUGERENCIA.- Para una visión integral del Derecho administrativo me permito sugerir la lectura de mi pentalogía, fruto de 35 años de experiencia académica y forense, que abordan de forma original cinco ángulos jurídicos de la disciplina: Cómo es su esencia, qué contenido tiene y cómo se defiende ante los Tribunales.

20 comments on “Veinte buenas razones para ejercer como abogado administrativista

  1. Buena entrada, por comentar alguna:

    Punto 7. Distanciamiento emocional, estando hace años en la escuela de práctica jurídica nos comentaba un letrado especialista en familia que ya no podía ir a la misma playa los domingos porque aunque no había móviles, le había pasado ya en dos ocasiones, que a algún cliente no le había dejado su expareja los niños como le correspondía en fin de semana, y ni corto ni perezoso se coge el coche, se hace 100 kilómetros y comienza la caza por las dos o tres playas que todo el mundo sabía solía visitar. Cuando le encuentra empieza a bramar y bracear poseído por algún espíritu maligno, hasta que el letrado resignado sale del agua para comentarle que nada se podía hacer hasta el lunes. Esto no es fácil que ocurra en contencioso, donde la licencia, la productividad o la sanción pueden esperar otro día.

    Punto 16.- Casi todo es defendible, se puede mutar en casi todo se puede convertir en indefendible. La gente acude a los despachos habitualmente tarde, cuando la vía administrativa está finiquitada o muy avanzada, y los errores en ella pasan factura, porque el repertorio de excepciones procesales en contencioso es amplia, siendo tan importante la forma como el fondo, pero la gente no entiende lo que es acto firme y consentido, extemporaneidad, o falta de agotamiento de la vía administrativa, sólo ve su razón de fondo y la injusticia de la desestimación. Ahora bien, cuando el letrado pretenda buscar un resquicio para entrar y se lo denieguen tendrá seguramente que cargar con el pecado original, porque la gente no tiende a reconocer los propios errores cuando existe un tercero que puede hacer de piñata.

    Punto 20.- Honorarios, no sabría decir si hay grandes diferencias con otras jurisdicciones, lo que sí se nota es que después de informar convenientemente al cliente sobre el riesgo de las costas y su alcance, especialmente ante la imposibilidad de vaticinar si habrá codemandados en procesos competitivos, se caen del recurso aunque tengan una postura muy defendible, eso es una realidad que veo todas las semanas, y la variación en entrada de asuntos en algunos juzgados unipersonales que conozco del año 2012 al 2013 es una caída cercana al 60%, que se dice pronto. Esa sangría creo que no es extrapolable al social o civil (menos todavía al penal que es otro mundo). 2014 parece que repunta respecto a 2013.

    Saludos para todos.

  2. Flavia

    Seguramente la humildad de nuestro estimado Sevach le impida poner este enlace, por eso lo hago yo: http://www.lawyerpress.com/news/2014_04/1504_14_001.html

  3. Lo del «forum shopping» creo que merece un post propio y más desarrollado, pues tiene su interés ¡Qué post más positivo, Sevach!

  4. El punto 7 es muy importante, hay otros ambitos que suponen un verdadero strees emocional, al menos a algunos.

  5. Ni neu

    Estoy de acuerdo con lo del descenso a causa de las tasas, si bien en la materia que llevo, Función Pública se ha reducido más del 60%, y el otro día en la Sala me dijeron que ellos también están preocupados dado el descenso producido.

  6. En ocasiones algunos abogados, no especialmente formados en la materia, se aprovechan de sus clientes, sobre todo en la vía administrativa, donde a veces es mejor ir solo que mal acompañado. Hay abogados que alargan y alargan los procedimientos, con el único fin de generar documentos y tramites que engorden su minuta. Son la excepción, afortunadamente.

    • De todo habrá en la viña del señor no digo que no, pero al menos en lo que veo alrededor el problema viene dado muchas veces por retrasar el momento en que se llega al abogado indicado, y ello por varios motivos, entre los que destacaría dos:

      1.- Como el abogado no es preceptivo, me ahorro esos cuartos, y además como en España todo el mundo sabe de todo, además de fútbol, tomando los chatos y junto a una buena tapa de callos resuelvo esto con los amigos y conocidos, como bien puedo resolver la alineación del Madrid para esta noche, inventar una buena pila de hidrógeno para el coche del futuro o arreglar la crisis de Ucrania. El problema es que entre esos vapores espirituosos surgen ideas realmente brillantes como… No cojas la notificación que sólo la cogen los tontos, así nada pueden hacer contra tí, y va el hombre y la rechaza, porque su amigo Jesús le aseguró que eso le había dicho su primo Manuel, que tenía un tío abogado o juez. Esto pasa y el ejemplo es real, como que finalmente el apremio llega por vía ejecutiva, momento en que visita al abogado.

      2.- El ciudadano «lleva los papeles» a alguien de su confianza, sea gestor, asesor, consultor…, persona a la que suele a consultar los trámites ordinarios, renta, multa de tráfico, problema con el recibo de agua…, y éste por no perder el cliente o por facturar alguna cantidad añadida más, se mete a cualquier cosa. Si esta persona no tiene a su vez algún profesional de referencia en la materia, y muchos no lo tienen, al menos no en todo, puede pasar cualquier cosa. Ahora bien, con la resolución definitiva en vía administrativa, condenando a muerte al reo, le dirá al cliente que ya ha finalizado con sus obligaciones y más no puede hacer. Ahora tiene que buscar un abogado que será el que tendrá que llevar el asunto a juicio, que por cierto está ganado, porque no puede ser de otra manera.

      Añadiría que para el común de las gentes, sin conocimientos en derecho enfrentar un problema serio como un expediente de reposición de la legalidad urbanística, un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, la impugnación del proceso selectivo que ha superado después de no poco sufrimiento, una inspección tributaria… es un tema muy serio en el que navegar sólo es mucho más peligroso de lo que parecer en principio.

      Saludos.

      • Estoy de acuerdo contigo. Ya he dicho que son la excepción, pero como consecuencia de la crisis lo cierto es que estos casos de mala praxis se hacen notar cada vez más. Y también hay procedimientos administrativos, como los que comentas, en los que no solo es muy aconsejable hacer uso de abogado sino de uno especialista en derecho administrativo. En mi ciudad, por ejemplo, no hay muchos. Cuestiones de procedimiento que a funcionarios nos pueden parecer cotidianas, como prescriciones, caducidades o suspensiones de plazo, no son fáciles de entender por letrados sin experiencia en el Administrativo.

      • Cierto

  7. Jesús

    Punto 14. El enemigo ayuda. Disculpas por la extensión, pero ya puesto me he ido animando.

    El Letrado funcionario público, amen de su deber de defender lo mejor que pueda a la parte que representa, y de que tendrá su ética personal, también en cuanto funcionario público tiene entre sus principios éticos (incorporados expresamente a una norma básica, art. 53 EBEP), el respeto al ordenamiento jurídico, la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos, deberes de objetividad, imparcialidad, buena fe…

    Por todo ello deben defender ante los órganos competentes el allanamiento cuando estén convencidos de la ilegalidad de la actuación de la Administración, pero, salvo error por mi parte, en el caso de las entidades locales no está definido legalmente el cauce procedimental para ello. Lo mismo ocurre con la transacción, o la conciliación preceptiva en lo laboral, cuando podrían resultar muy útiles para todas las partes y, al fin, para el interés público, que siempre consistirá en el triunfo de la legalidad, a favor de quien sea.

    En caso del denostado, con razón, silencio administrativo resulta, paradójicamente, mucho más fácil para la Administración reconocer su error y resolviendo, como debe, fuera de plazo, dar satisfacción extraprocesal al ciudadano, pero en el caso de actos en los que se han desestimado expresamente los recursos administrativos (firmes en vía administrativa) ¿cómo se articula un allanamiento?

    Para el Estado sí hay un procedimiento (art. 7 Ley 52/1997), pero en las entidades locales no acabo de verlo, más allá de que por supuesto la decisión corresponderá al órgano local competente. ¿No será previamente necesario declarar la nulidad del acto mediante el procedimiento (revisión de oficio si la nulidad es de pleno derecho, declaración de lesividad e impugnación ante la jurisdicción contencioso-admva. si fuese anulable) oportuno? ¿Basta un informe previo del Letrado?

    La previa anulación del acto firme en vía administrativa resulta más bien engorroso, largo y poco práctico (¿mejor lo de la defensa formal?), pero el mero informe y la decisión de Alcalde o Pleno es probable que, cuando ello supusiese reconocimiento de derechos económicos, encuentre los justificados reparos del Interventor, o del propio Tribunal de Cuentas, pues ¿por qué un informe jurídico puede reabrir un cauce ya cerrado por la legislación administrativa? ¿quien puede garantizar que el asunto se habría perdido de haberse seguido adelante?

    Sobre la defensa formal y de bajo perfil, siendo inevitable que la falta de convicción en la justicia de la posición propia se refleje en el trabajo del letrado, creo que debe ir precedida, y sólo así estaría justificada, por el trámite del art. 54.2 LJCA. Esto es, cuando una vez que el Letrado ha comunicado formalmente a la Administración sus serias dudas, se decide por ésta «sostenella y no enmendalla». Si que es cierto que la posición de la Administración quedaría muy debilitada, vista la suspensión, ante el Juez o Tribunal (razón por la que tal trámite es, creo, muy poco usado), pero así se ajusta el deber ético de defender la legalidad con el deber procesal de defender a la Administración.

    En definitiva, recién formulada, entre tantas, la reforma local, no hubiera venido mal algo de claridad sobre esta cuestión. Si bien, visto lo visto en esas reformas…

    • Beatriz García-Montiel

      En Tenerife existe una «Sala» transaccional para llegar a acuerdos. Que cunda el ejemplo!

  8. Hoy en día los Abogados tienen un papel en el que principalmente asesoran, esta asesoramiento viene de un conocimiento de la profesión que están especializados y por la experiencia de años de trabajo, todas estas características hacen posible la prevención de problemas que pueden ocurrir en el futuro producto de una mala decisión de tu empresa.

  9. Pingback: De administrativistas, civilistas y percebeiros | Contencioso.es

  10. Pingback: Recobrar la autoestima tras perder un litigio   | Contencioso.es

  11. Pingback: Lo que realmente ama un abogado - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

  12. Margarita

    Buenas tardes: Me encanta su blog, es genial. Tengo varias cuestiones y espero que usted pueda darme su parecer:

    Soy una estudiante del Máster de Acceso, después de explorar distintas disciplinas: Laboral, Mercantil… he descubierto el Derecho Administrativo y me apasiona. Me gustaría ser abogada especializada en Derecho Administrativo, pero mi entorno siempre me aconseja que no me dedique a ello, debido al alto porcentaje de pleitos que gana la Administración.
    ¿Que me aconseja?
    ¿Afecta mucho a un abogado/despacho el nº de pleitos perdidos/ganados respecto a la confianza de los clientes?
    ¿Como evaluar la viabilidad de embarcarse en un pleito contencioso y/o los ulteriores recursos?

    He estado mirando masters en la materia, y me ha llamado la atención uno pero es genérico, desde su punto de vista ¿es mejor uno genérico o especializado?

    ¿Vería factible abrir un despacho solo dedicado al Derecho Administrativo?

    Un saludo.

  13. Pingback: Dilemas del administrativista ante la Justicia administrativa delaJusticia.com El rincón jurídico de José R. Chaves

  14. Estupendo artículo Sevach, como habitualmente. Sirve ademas de cierta catarsis para sobrellevar la soledad del administrativista, que muchas veces no es entendido, incluso por colegas de profesión. En efecto, corren tiempos díficiles y coincido en que las costas lastran los pleitos, y si a eso unimos que la Administración con sus recursos ilimitados lo recurre todo, porque «no le cuesta», pues mucho más complicado todavía. Creo que también habría que apuntar que el acceso al recurso de casación en esta vía es complicadísimo, conviertiéndose en un muro difícil de soslayar.

Gracias por comentar con el fin de mejorar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde delaJusticia.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo