Del sufrido consumidor

La burla impune de las grandes empresas a los consumidores y la justicia

Las grandes empresas de sectores masivos ( Bancos, Seguros, Telefonía, navegación aérea y eléctricas) juegan con los consumidores y la justicia con el as en la manga de que por pequeñas cuantías nadie se embarca en un costoso litigio. Los casos aislados en que la justicia da la razón a un consumidor son un mínimo coste frente al inmenso ingreso que suponen las prácticas que atropellan a los consumidores.

grandes empresas Ni todas las empresas son piratas ni todas salen impunes de las aguas judiciales. Sin embargo, hay empresas ( pongamos nombre a la bestia, Iberia u Orange, por ejemplo, aunque lo que diré puede predicarse de casi todas las empresas del ramo) que con independencia de la legislación de protección de los consumidores, y a sabiendas de que deben estimar una reclamación de los usuarios, si esta no supera el umbral próximo a los 1.500 euros , prefieren dar la callada por respuesta o una evasiva, pues sus estudios estadísticos y sociológicos les han llevado a dominar las «Cuatro reglas de la felonía empresarial» :

1ª) Pocos usuarios conocen sus derechos;

2ª) De los que conocen sus derechos, pocos reclaman por escrito y en plazo;

3ª) De los que reclaman por escrito y en plazo, si no se les atiende, muchos menos acudirán a los tribunales a ejercer su derecho pues nadie quiere anticipar gastos de tasas judiciales y abogado, por un pleito incierto y bajo la espada de Damocles de la condena en costas;

4ª) Y si alguno llega a formalizar la demanda, para evitar la publicidad negativa del litigio perdido, entonces y solo entonces, la empresa demandada se apresurará a hacer una “oferta que no pueda rechazar”, pero limitada a lo que bien podía haber reconocido en la primera reclamación, para que desista el atribulado demandante.

Para que nadie piense que estoy plasmando un delirio fruto de los calores del verano que empieza, expondré de donde nacen estas agridulces reflexiones, y comentaré su extensión a la Administración Pública.

1. Contaré un caso personal, real y demostrable. Iberia: retraso en vuelo familiar ( tres niños y dos adultos) desde Oviedo a Canarias, que obliga a pernoctar en el vuelo de ida en un Hotel de Barajas y a perder uno de los seis días vacacionales. Al regreso, formulo reclamación por doble vía ( desde la web de Iberia, que por cierto, se hace extremadamente laborioso, y por vía postal con acuse de recibo), y de forma expresa invoco normativa comunitaria junto con sentencias que declaran el derecho a indemnización en cuantía fija por cada pasajero cuyo vuelo se retrasa por causa imputable a la compañía.

 indemnizacion aereaLa primera respuesta de Iberia es una tomadura de pelo: contestan que si le mando los justificantes de las consumiciones de la noche en Barajas que me los pagarán. Vuelvo a enviar por fax con acuse de recibo una segunda reclamación aclarando, insistiendo mas bien en lo que estaba meridiano, que la normativa comunitaria y las sentencias son claras y dicen lo que dicen, y que existe un derecho incuestionable a indemnización por pasajero en cantidad fija según los kilómetros de distancia del vuelo retrasado; eso por no sugerirles que a nadie en su sano juicio se le ocurre con tres niños ir cosechando justificantes de meriendas por si tiene a bien Iberia un buen día pagarlo.

Pues bien, la segunda respuesta sigue siendo muy amable pero deja claro que “pasan” del cliente o de leer su reclamación, y me vuelven a decir sin ninguna explicación que gustosamente me pagarán los tickets de los gastos de la noche en Barajas ( me recordó el cuento de la infancia de la Buena Pipa: eterno).

Me subo por las paredes, y cuando bajo, solicito de un amigo abogado que plantee la demanda contra Iberia en mi nombre, y …¡Oh, milagro!, seis meses después, en la víspera del juicio oral su abogado propone pagar la cantidad inicialmente reclamada sin rechistar a cambio de dejar morirse el pleito sin sentencia condenatoria ( 5 personas X 250 euros= 1250 euros).

 Me pregunto por qué el personal de los aeropuertos no pone la misma diligencia en informar y reconocer derechos que la que pone en aplicar absurdos controles aéreos. Aquí el sistema de reclamaciones está al servicio de distraer al reclamante y que abandone su queja por agotamiento.

2. Dejaré para otro día un muy similar caso de Orange pues tras haber obtenido hace dos años una sentencia condenándola a devolverme lo pagado por un servicio de telefonía que no prestó, y con el deber de no importunarme, se ve que es una torre de Babel dedicada a seguir reclamando lo que no existe pese a la cosa juzgada en su contra. Mas escritos que no leen y solamente cuando les ha llegado la demanda se apuran a hacerme una oferta económica.

Ya me ocupé en su día de las tretas de las compañías de telefonía, y pese a los avances de la reciente Ley 3/2014, de 27 de Marzo, me temo que seguirá vigente  aquéllo de «quien conoce la ley, conoce la trampa» (¿o no es así?).

¿ A qué juegan estas empresas?. Esto no es serio, y es un atropello al consumidor.

3. El problema no es mi caso personal. Al menos tengo la fortuna de unas nociones de Derecho y mi ardor para luchar contra las injusticias flagrantes. Eso unido a la suerte de contar con un buen amigo abogado dispuesto a hacer de Don Quijote por un amigo y luchar frente a estos abusos.

El auténtico problema lo tienen los cientos de miles de consumidores y usuarios en relación con los servicios de cinco tipos de empresas sospechosas ( navegación aérea, telefonía y telecomunicaciones, seguros, bancos y eléctricas), aunque la lista puede ampliarse. De nada sirve que la legislación de consumo reconozca el derecho si la cultura corporativa y la estrategia empresarial pasa por una versión maliciosa del “silencio administrativo” reconvertido en “silencio empresarial”.

En esos casos, el atribulado ciudadano se siente como David contra Goliat, que además se ve empujado a tomar la iniciativa y gastar en la contienda.

4. Por eso, creo que mas allá de la valiosa tutela que ofrecen las Agencias de Protección de Consumidores, hay un ámbito de prácticas mercantiles donde debiera imperar una vigilancia administrativa feroz y ejemplar.

abuso de los consumidoresNo es admisible la impunidad que cosecha beneficios. Y no deseo generalizar pero algo me dice que de mi vuelo de Iberia, que iba lleno, debí ser el único que llegó a plantear la demanda judicial; y de mi demanda contra Orange por 200 euros, debí ser el único que se embarcó en litigo por ello. El acertijo es:¿quién se frota las manos con esta situación en que “la casa siempre gana”?

Y por qué la Administración no actúa, o la Ley no la apodera para cortar por lo sano con tan “insanas prácticas”.

5. Y ya que lanzo la pregunta, me brota la respuesta:¿ acaso la Administración tributaria, de tráfico u otra Administración con vocación sancionadora masiva, no juega también con el dato de que pocos van a a acudir a los tribunales por peccata minuta?. ¿Acaso para disuadir de impugnar sanciones no se emplea primero la «zanahoria» ( descuento jugoso si no se recurre) y luego el «palo» ( si recurre: lento y costoso)?

Esto es lo auténticamente preocupante. No están los tiempos para que los peces grandes se coman a los chicos pero tampoco para que las Administraciones abusen de su «posición procesal dominante». Algo tendrá que cambiar porque la justicia debe pronunciarse sobre argumentos y derechos, pero sin convertirse ni en un privilegio de algunos que pueden embarcarse en ello, ni en una «carta marcada»  para el «atropello calculado» por algunas Administraciones y grandes empresas.

18 comments on “La burla impune de las grandes empresas a los consumidores y la justicia

  1. Completamente de acuerdo. Yo tuve uno parecido con Canal Plus y los famosos 300 euros del aparato que te cargan mediante la emisión de un recibo unilateral por su parte. Abandoné porque no fui suficientemente tenaz. También yo hice de Don Quijote, pero en mi propio nombre es bastante complicado. Es aquella maldición eterna del «pleitos tengas…».
    Creo que la única defensa que tenemos es la divulgación: cuando todo el mundo sepa sus derechos y los ejerza, las compañías se moverán solas para evitar reclamaciones.
    Un cordial saludo

  2. Juan Pedro

    lo triste de todo esto es que la Administración actúa muchas veces de igual forma, y las recientes reformas (tasas y costas) hacen que prácticamente nadie reclame por menos de mil euros, lo que deja fuera de control jurisdiccional una gran parte de la actividad administrativa, especialmente la sancionadora.
    Y creo que la solución al problema de los abusos de las grandes compañías es que – como Usted apunta – sea la Administración las que las ponga firmes, a través de un eficaz sistema de protección al consumidor. Y que luego impugnen las sanciones estas si las consideran injustas.
    Sucede que no veo voluntad política alguna de hacerlo.

    saludos

  3. Mucius

    El tema de las grandes empresas prestadoras de servicios básicos (siguiendo las órdenes de la Eurocracia, de unos años acá se elude la denominación de «servicios públicos») es de traca: no hay competencia real entre ellas, sus tarifas se han disparado y su actuación es de absoluto desprecio a la Ley y al consumidor. En esa situación, solo alguien en las condiciones y con la valentía del autor del blog, puede ganarles alguna batalla; la inmensa mayoría de los consumidores ya hemos arrojado la toalla. Buenas noches.

  4. La actuación de las grandes empresas de los sectores que citas es descarada, y lamentablemente nuestras leyes procesales sólo contienen previsiones raquíticas para sancionarla: la previsión del art. 395 LEC (imposición de costas por concurrir mala fe), la del último párrafo del art. 243.2 (no aplicación del límite del tercio del principal que se prevé en el 394.3 cuando se aprecie temeridad en la sentencia), y del 32.5 (inclusión en tasación de costas de honorarios de abogado y derechos de procurador en demandas de cuantía inferior a 2000 € en caso de haberse apreciado temeridad en la sentencia). Y en gran medida, por ello actúan así las grandes compañías.
    Lo mismo cabe predicar de las Administraciones públicas, que en materia sancionadora resultan privilegiadas en la ley procesal contencioso-administrativa, y con la Ley de Tasas judiciales, la Ley General Tributaria, etc…
    Un país avanzado requiere medidas más duras para castigar los abusos con los consumidores y usuarios y con los administrados, esto es, con la parte más débil. Y parece que el legislador está por todo lo contrario.

  5. Es simpática la Agencia Tributaria cuando, para el mismo ejercicio que indulta a defraudadores gracias a una montaraz amnistía fiscal, reclama los recargos del 20% por declarar fuera de plazo a cientos de funcionarios municipales que cobraron sus nóminas con casi un año de retraso…¡¡Qué arte, Dios mío!!

  6. JavierGB

    xxxxxxxxx, 13 de noviembre de 2012

    A la atención de

    D. Antonio Vázquez Romero
    Presidente de IBERIA LAE, SA

    Muy señor mío:

    Me llamo JGB y mi DNI es el XX.XXX.XXX-X. Vivo en XXXXXXXXX, en la calle San XXXXXXXXXXXX ,(código postal XXXX), y mi número de teléfono es XXX XXX XXX.

    El pasado 1 de noviembre la compañía que usted dirige se hizo cargo del coste de mi desplazamiento, comida, cena, pernoctación y desayuno en el hotel Try Alameda (Avenida Logroño 100 – Madrid), y nuevo desplazamiento al aeropuerto de Barajas, por razón de haberme vendido con meses de antelación un billete confirmado y sin asiento en el vuelo directo MADRID-SAN JOSE DE COSTA RICA (IB 6313) del día 1 de noviembre. Asimismo, por dicho motivo su compañía me indemnizó con 600 euros.

    Lógicamente, su compañía me organizó -yo no pude objetar- un nuevo PLAN DE VUELO a San José de Costa Rica para el día dos de noviembre, según el siguiente itinerario:

    – MADRID-MEXICO (IB 6403) con salida a las 12:45 horas (hora española), con llegada prevista a las 18:30 horas (hora mexicana)

    – MEXICO-SAN JOSE (AM 0656) con salida a las 20:30 horas (hora mexicana)

    Viajé en el vuelo IB 6403 que llegó a México aproximadamente a la hora prevista, no sin bastante desasosiego durante todo el trayecto por no conocer dónde se encontraría mi maleta, que formalmente fue facturada para el vuelo IB 6313 Madrid-San José del día anterior.

    Una vez en el aeropuerto de México quedé absolutamente sorprendido al observar que debía cruzar el control de fronteras y pasaporte como un pasajero más, es decir, sin considerar que yo solo estaba en ese aeropuerto en situación de “tránsito” … mezclado en una muy larga cola de espera formada por alrededor de 400 pasajeros, que iban siendo atendidos “ahorita mismo” por 4 funcionarios no demasiado veloces … aspecto éste que su compañía, contratista principal del viaje y responsable de la organización del «plan de vuelo», tiene la obligación de conocer.

    Comencé la cola sobre las 18:55 horas (local mexicana) … y salí de ella aproximadamente a las 20:00 horas. A los cinco minutos tuve la agradable sorpresa de encontrar mi maleta en la cinta correspondiente, aunque la desagradable experiencia, con un par de ‘paradas’ más por parte de funcionarios aeroportuarios para requerirme el pasaporte mediante, de encontrarme con que el vuelo AM 0656 partía de una terminal distinta de la que me encontraba en ese momento, y a la que se debía acceder mediante un transfer interno.

    Corriendo mucho y con mucha sensación de impotencia, teniendo en cuenta que –no por mi culpa- ya había perdido un avión el día anterior en España, puede acceder al transfer, y llegar al mostrador de facturación del vuelo AM 0656 a las 20:16 horas … siéndome DENEGADO EL EMBARQUE porque ya era tarde …

    Impotente, muy cansado y cargado, tras horas pateando el aeropuerto de México buscando un mostrador u oficina de Iberia (que estaban cerrados hasta la mañana siguiente), pude acceder a un terminal de ordenador en el Hotel Hilton del propio aeropuerto, donde contraté el siguiente vuelo de México a San José de Costa Rica (LR 631) operado por TACA, que partía a las 6 a.m. del día 3 de noviembre.

    Afortunadamente para mí y mi esposa (que me estaba esperando en Costa Rica desde hacía 2 días), pude llegar a San José en el LR 631 a las 9:30 a.m. del día 3 de noviembre: eso sí, bastante cansado tras haber dormido solo 2 horas y media, con mucho nerviosismo, en el Hotel Hilton de México.
    Le adjunto copia de la factura del hotel por 2.651,51 pesos mexicanos (162,73 euros al cambio aplicado por mi banco), así como de la tarjeta de embarque en el vuelo LR 631 México-San José de Costa Rica operado por TACA, que me costó 441,28 euros.

    Aparte de que los gastos que justifico sean sufragados por la compañía que usted dirige, confío en recibir una disculpa de la misma, así como una nueva indemnización económica que, al menos simbólicamente, nos resarza a mí y a mi mujer de las intensas molestias causadas.

    Mi número de cuenta bancaria es XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX

    Reciba un cordial saludo.

    Respuesta de IBERIA: “T U R U R Ú»

  7. Asunta

    Completamente de acuerdo. Cualquier ciudadano que cumple con sus obligaciones y no se mete en líos necesariamente se ha visto envuelta en cobros injustificados y abusivos de Iberdrola, Movistar u otra telefonía (pero ésta y Vodafone se llevan la palma), alguna compañía de alquiler de coches y un par de contrataciones por internet (suscripciones a servicios que se renuevan sigilosamente, cancelaciones de lo contratado sin previo aviso, cambios en el objeto que has pagado, con el que te tienes que quedar sin rechistar, publicidad engañosa, que por ejemplo -y es un caso real-, te anuncia un seguro a todo riesgo del coche y, a la hora de la verdad, no cubre ruedas, ni retrovisores, ni lunas, ni la grúa…). Y ante estas situaciones, el ciudadano se ve completamente indefenso, pues no encuentra una instancia competente en la que reclamar (la atención telefónica es de risa; los blogs de atención al cliente están repletos de reclamaciones como la tuya, a las que los agentes de la compañía da unas respuestas muy educadas en la formas, pero de una desfachatez insultante en el fondo; los escritos que mandas por correo no se sabe si llegan y, por supuesto, no encuentran respuesta). Pues bien, ante esta situación, nadie en su sano juicio (salvo que sea magistrado…) decide plantear una demanda judicial, pues para empezar hay que pagar tasas y abogado, lo que muchas veces supera el importe de lo que nos han defraudado y aumenta el cabreo (con perdón) que ya llevamos encima. Porque esto es lo peor: la consciencia de que te están timando, de que tienes toda la razón, pero la compañía de turno va a abusar de su posición y no te la va a dar. Ante esto, la inactividad de la Administración clama al cielo. Ya es hora de que alguien haga algo, porque nos estamos convirtiendo en un país de timadores y tahúres. Y ya está bien!.

  8. Desgraciadamente es muy cierto lo que expone. Eso es una fuente de injusticia muy grande, pero que se produce en muchos más ámbitos. Por ejemplo, en el ámbito tributario, como bien dice, mucha gente humilde, aun cuando pueda tener sus razones para recurrir, no va a recurrir a los tribunales de justicia ante una cantidad relativamente pequeña, aunque se tenga una renta baja y lo pequeño pueda suponer mucho. Me atrevería a decir que es probable que no presenten ni una reclamación económico-administrativa. Sin embargo, quien dispone de recursos económicos y de todo tipo, como es el caso de las grandes empresas, es mucho más que probable que utilice todos los medios a su alcance, y en cada paso hay una probabilidad de que obtenga una factura menos onerosa. Es cierto que si los órganos de la Administración Tributaria o los Tribunales de Justicia les dan la razón en un caso determinado, sus razones tendrán; pero no es menos cierto que muchas personas humildes tienen en la práctica una cierta desprotección. Me pregunto cómo se podría paliar estas situaciones de desprotección y de desigualdad.
    Reciba un cordial saludo.

  9. Totalmente de acuerdo Sevach. Mucha propaganda y mucha tontería publicitaria, pero somos auténticos vasallos del tipo de compañías que citas. Tener que pleitear para que le reconozcan a uno que el sol sale por el Este debería conllevar, aparte de la condena específica, un castigo ejemplar para quienes tan alegremente se saltan a la torera los derechos de los consumidores. Pero está claro que es rentable estafar a las personitas. Y no parece que a nadie le importe demasiado. Nosotros, cuando lo sufrimos, rabiamos y nos desesperamos, pero la vida va tan rápida y la sensación de indefensión es tan absoluta que generalmente optamos por pasar página. Como mucho, nos cambiamos de compañía, un poco para mantener la ficción de que de alguna manera defendemos nuestros derechos, pero en el fondo sabemos que antes o después, en la nueva nos pasará algo similar, o le pasará a alguien que conocemos. Son todas iguales.
    Y lo de las Administraciones Públicas … peor aún. La triste realidad es que es lo coherente.

  10. Apunto una posible solución a atropellos como los que se comentan: reforma de las leyes procesales para introducir en ellas una condena en costas en cuantía fija y mínima para esos casos de, por ejemplo, 3000 €, y con independencia de la cantidad reclamada por principal.

  11. Hacen falta sentencias ejemplares para que estas empresas sepan que les sale caro burlarse de los ciudadanos; los jueces y fiscales tienen mucho que decir.
    Una vez puse una reclamación a Telefónica. La contestación la de siempre: sentimos decirle que no podemos hacer nada. Firmado, Sr. Sordo. Encima con cachondeo.
    Salud.

  12. Bueno, en tu caso aún has tenido suerte que te han pagado sin llegar a celebrar el juicio. Lo más normal es que haya que celebrarlo y, si la cuantía de la demanda lo permite, la empresa recurra. Es una política perfectamente estudiada, en línea con los puntos 1º a 3º que apuntas: es un aviso a los consumidores de que la reclamación no se va a solventar fácilmente si deciden ir a juicio, les va a costar tramitar el juicio, todos los recursos posibles y la ejecución de sentencia. Yo he llegado a tener que embargar las cuentas de una compañía aérea para cobrar una indemnización de 200 euros; aún conservo el listado de todas las cuentas corrientes que tenía abiertos en distintos bancos, con saldos millonarios. La solución debería ser introducir en el Derecho español las indemnizaciones punitivas que existen en el americano: al consumidor o asociación de consumidores que tenga la iniciativa de demandar por un abuso o incumplimiento típico, frecuente, se le premia con una cantidad elevada (extravagante, como en EEUU), que resulte disuasoria para la empresa.

  13. Enrique

    Como se ha dicho en anteriores comentarios, la burla más sangrante es la del Estado. Las empresas simplemente tratan a los consumidores siguiendo el ejemplo de la más grande, esa monstruosa macro-gestoría que en vez de facturar impone y cuyos clientes forzosos se denominan contribuyentes.

    Si lo pensamos es lógico pues los grandes empresaurios y los políticos se alternan y entremezclan. Que yo sepa la filantropía no se infunde en el alma por cambiar de diputado a consejero de energética, de banquero a ministro, etc.

  14. Peter Love

    Sevach, me recuerdas a Don Paco Martínez Soria (QEPD) en «Don erre que erre» 😀

    En telefonía, con la irrupción de los OMV (operadores móviles virtuales) y la facilidad de acceso a terminales smartphones baratos (Ebay o Amazon están llenos de ejemplos) hace que el oligopolio Vodafone-Orange-Movistar pierda cada vez más terreno. Muchos clientes que conozco estaban esperando el fin de la permanencia para «ajustar cuentas» con sus operadoras «de toda la vida». Tal vez por eso cada vez ponen permanencias más largas.

    Con las aerolíneas pasa algo parecido. La irrupción de las low cost independientes como Ryanair, Air Belin o Jetcost ha hecho que las de toda la vida se pongan la vida. Otras, como Air Europa, y su trato ejemplar al cliente (hablo en primera persona) le comen terreno por otro lado. No es casualidad que Iberia pierda cuota de mercado y dinero cada año.

    En general, habiendo capacidad de elección, las malas críticas que se hace a estas compañías es un tiro en el pie que se pegan. Internet permite compartir esta comunicación.

    Y, por último, y comentando el tema administrativo, hay de todo. En general creo que la administración actúa correctamente, pero casos abusivos habrá (especialmente en ayuntamientos pequeños y demás). En mi época de opositor recuerdo recurrir unas bases de una convocatoria porque el nivel de idioma cooficial que se pedía era totalmente desproporcionado a las funciones a desempeñar, nivel que está fijado por Decreto autonómico. Un recurso de 10 páginas que jamás fue contestado. Si fuese a juicio lo ganaría (era un acto administrativo contraviniendo un reglamento). En todo esto, ya se habrían celebrado las oposiciones y la persona a la que estaba reservada la plaza la habría sacado. Y yo habría aprobado en otro sitio. Lo dejé estar. Otra injusticia más, en este país de pandereta. Es lo que tiene que no haya hombres de honor.

  15. Daniel

    Totalmente de acuerdo con el autor. Los abusos de las compañias y de las Administraciones públicas frente al ciudadano son constantes, lo que conlleva una permanente baja calidad de funcionamiento de nuestro Estado de Derecho.
    Por citar un caso concreto. Un ciudadano reclama el acceso a sus datos personales ante la delegación regional de una entidad privada religiosa a la que perteneció: el Opus Dei. Un directivo de la delegación se dedica a enviarle, a título particular, simples notas mecanografiadas en cuartillas remitidas en sobres sin datos de remitente.
    El ciudadano reclama la tutela de la Agencia frente a la ausencia de respuesta de la entidad. Sorprendentemente, la Agencia se la niega. Recurre y la resolución de la Agencia reconoce que la entidad no responde y que debe facilitar el acceso. Pero el directivo pasa de la resolución y la incumple. Ante el incumplimiento, la Agencia no actúa.
    El ciudadano vuelve a pedir el acceso ante la misma delegación, y también frente a la sede nacional, transcurrido el año establecido por la ley. El directivo de la delegación ni responde. Otro directivo, el de la sede nacional, le envía un sobre sin datos de remitente y a título particular (no de la entidad). Al desconocer quien le remite una carta certificada (el sobre tiene en blanco los datos de remitente) el ciudadano devuelve la carta. La devolución, que el propio directivo causó, será usada como un hecho en contra del ciudadano por ese mismo directivo en la posterior reclamación de tutela.
    El ciudadano vuelve a pedir la tutela de la Agencia frente a la falta de respuesta de la delegación y de la sede nacional. La delegación copia las alegaciones de la sede nacional en donde el directivo de la sede nacional inventa una historia respecto a la devolución imputando mala fe al ciudadano. La Agencia en dos peculiares resoluciones, desestima tutelar el derecho de acceso del ciudadano.
    Finalmente, el ciudadano ejerce el derecho de cancelación de datos ante la Delegación. El directivo de la delegación que no respondió al acceso, le responde ahora que no se conservan datos por lo que no los cancela. Una vez más, el ciudadano, se ve obligado a reclamar la tutela de la Agencia, que le inadmite la reclamación y el posterior recurso de reposición.
    En un período de cuatro años, la Agencia ha desestimado o inadmitido, más de 12 reclamaciones o recursos de ciudadanos que ejercieron su derecho de acceso ante el Opus Dei y que siempre, recibieron la misma respuesta: «no se conservan datos» o bien no recibieron nada. En ese mismo período, el Opus Dei estaba recurriendo ante los tribunales del orden jurisdiccional contencioso la cancelación de datos de ex-miembros, sosteniendo que poseían los datos y no tenían porqué cancelarlos. Es decir, decía una cosa a los ciudadanos y a la Agencia y afirmaban lo contrario ante los tribunales.
    Al final, ese ciudadano, como no quiso renunciar a su derecho a la protección de datos de carácter personal (cree que vive en un Estado de Derecho donde todos deben someterse al ordenamiento jurídico), y dado que la Agencia se niega sistemáticamente a tutelarle, se ve obligado a recurrir ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.
    Conclusión-resumen: Prepotencia de los directivos de una entidad privada que pueden permitirse la burla frente a un ciudadano particular, porque el ente público que debería tutelar al ciudadano, no lo hará. Y no lo hará, porque esa entidad tiene muchos miembros que son personal de las Administraciones Públicas y de la de Justicia… y de la Agencia española de Protección de Datos.
    Así no puede funcionar un Estado.

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  18. FERNANDO GOMEZ MAYORDOMO

    Como habitualmente y desde que vengo leyendo sus artículos, con éste ud. da en el clavo y extiende los «abusos» que pretérita y futuriblemente vienen llevando a cabo las grandes (y a veces no tan grandes) empresas de determinados sectores al sector público (el más «popular» en cuanto a esos «presuntos abusos», seamos «políticamente» correctos por si acaso, desde luego es la DGT) en los que sobre los cimientos de leyes que han derivado progresivamente en el endurecimiento de las infracciones de circulación (siempre con el loable y bienintencionado fin de proteger la seguridad vial pero sin contemplar otras alternativas eventualmente más onerosas pero posiblemente más efectivas), han llegado a un estado de poder desde el que incluso presentando pruebas con las que cuanto menos se ponen muy seriamente en duda las que por dicho organismo presentan, te derivan a la jurisdicción en la que entre tasas y remuneraciones a profesionales, te sale más barato pagar la sanción incluso teniendo gran probabilidad de ganar el litigio y con ello se le obligue a la otra parte a pagar las costas y se obtenga la devolución del porcentaje de la tasa pagada.
    Al menos David pudo usar la onda contra Goliath, pero en el caso de los ciudadanos de a pie con dicha «onda» no causamos ni siquiera un moratón al gigante con lo que a pesar de los muchos David y sus gritos de impotencia no llegan a los oídos del gigante o llegan como murmullos inenteligibles para Goliath. Un saludo a ud. y a sus otros lectores críticos (más del grupo davidiano, quiero entender).

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