Crónicas administrativistas

La recuperación de la paga extraordinaria de los funcionarios: parte, tarde y mal

dineroNavidad suena a alegría, luz y color, pero también a algo mas terrenal como la paga extraordinaria. En el caso de los funcionarios la paga extraordinaria de 2012 sigue coleando judicial y administrativamente hasta el punto de que la Disposición Adicional 12ª del Proyecto de  Ley de Presupuestos Generales del Estado parece facilitar la recuperación de la cuarta parte de la paga extraordinaria «escamoteada» al personal del sector público.

Sin embargo «no es oro todo lo que reluce» y las Píldoras del Conocimiento de la Fundación Internacional OCU (Portal de la Fundación), con su formato de breve y viva entrevista, me brindaron la posibilidad de opinar y situar en diez minutos el estado de la cuestión de la «controvertida» paga extra, que «podrá» recuperarse al estilo castizo: «parte, tarde y mal».

paga

Por su parte, José Antonio Ruiz Sainz-Aja nos aclara el problema de la declaración tributaria de la paga extraordinaria en caso de aquéllos afortunados que la recuperaron como pago suplementario en nómina (por sentencia, acto de reconocimiento unilateral de la Administración) en este estupendo post del Blog espublico.

Y si alguien siente interés por profundizar en las curiosidades jurídicas de las nóminas que todo funcionario debería saber, aquí rescato mi viejo post al respecto.

También Antonio Arias (fiscalizacion.es) nos aclara con idéntico formato de entrevista viva, las exigencias de contabilidad para las Administraciones Públicas, azuzadas por Eurostat (Oficina Estadística de la Comisión) y como las prácticas del pasado de financiación de contratos por las Administraciones Públicas traen consecuencias para las generaciones futuras.

 

4 comments on “La recuperación de la paga extraordinaria de los funcionarios: parte, tarde y mal

  1. javier grandio

    Trabajo en una universidad pública que, por sí misma, cumple la LOEPSF. Sin embargo, a pesar de su «autonomía financiera», la universidad forma parte a efectos SEC del subsector Comunidad Autónoma, que, en mi caso, no cumple la LOEPSF.

    ¿Según la disposición comentada en el -como siempre- atinado post/video de Sevach, debo o no cobrar en 2015 el dichoso 24,04% de la paga extra diciembre de 2012 suprimida?.

    Felices Fiestas.

    • Buena pregunta, Javier. Aunque sería difícil explicarle a la Unión Europea que los «hijos» ( Universidades) son mayores de edad y no son culpables de los pecados de los padres creo que nadie impedirá que una Universidad cumplidora pueda reconocer el pago a sus empleados, una vez removido el obstáculo legal para su reconocimiento. A disfrutarlo con salud… Un cordial saludo

  2. En efecto, de los datos qui recabados no me cabe duda de que ese 24% de la paga extra debe ser cobrado, y parece ser que será junto con la nomina de enero.

  3. RAUL GARCIA ALVAREZ

    Me encanta este formato; sobre todo porque se ven a dos personas hablando de algo que saben y dominan.
    Desde hace mucho tiempo me sobran las legiones de periodistas que opinan de todo sin saber o dominar el asunto del que tratan.
    gracias por esta gran idea

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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