Libros y Jornadas

Hablando de jurisprudencia con libertad

laberintoHoy el BOE nos regala la Ley de Carreteras (Ley 37/2015, de 26 de Septiembre) y la Ley sector ferroviario (Ley 38/2015, de 29 de Septiembre), y además de curiosa la celeridad en la publicación de estas leyes …¡ al día siguiente de su aprobación!, ayer le tocó a la Ley seguridad nacional (Ley 36/2015, de 28 de Septiembre), y «anteayer» tocó la reforma de la Ley General Tributaria ( Ley 34/2015, de 21 de Septiembre), y un mes antes la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 7/2015,de 21 de Julio). Y así sucesivamente, como en la canción infantil: » Como vieron que resistía…fueron a llamar a otro elefante».

El resultado es una inmensa renovación del Derecho Administrativo a golpe de Ley y Decreto-Ley, que afecta a cimientos, paredes y tejado. Y si se derogan las leyes, la jurisprudencia nacida a su amparo queda obsoleta o anacrónica. Sin embargo, en materia del proceso contencioso-administrativo el legislador parece obsesionado en reducir el número de litigios no por solventarlos sino mediante la disuasión que supone la regulación de  costas, tasas o el régimen de recursos de casación, por ejemplo. Afortunadamente, se consolidan las reglas del juego procesal contencioso-administrativo mediante la labor de la jurisprudencia.

Así y todo, el legislador procesal necesita de la jurisprudencia. Y el abogado, y el juez, y el profesor universitario, y todo el que no quiera sorpresas acechando en los recodos del proceso.  En unos casos porque la Ley no puede atrapar o predecir toda la casuística procesal que puede plantearse, y en otros porque no quiere regular cuestiones espinosas. Al final, completar esas lagunas y disipar esas ambigüedades procesales, queda en manos del juez solitario con la guía de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Podría decirse como cierto abogado con sarcasmo aquéllo de » Prefiero un legislador torpe que se exceda regulando que un juez sabio que intente completar las lagunas». No lo comparto pues aunque el legislador voraz da seguridad jurídica, el juez proporciona «equidad», ajustando la interpretación y aplicación de la Ley al caso concreto para evitar injusticias o perversiones normativas.

Y de ahí que me permita invitaros a asistir al acto de presentación del Libro Diccionario Jurisprudencial del Proceso Contencioso-Administrativo, en que sus autores, María Dolores Galindo Gil y José Ramón Chaves García, intentaremos ofrecer, junto con otros insignes invitados, unas pinceladas sobre el significado de la jurisprudencia en nuestro ámbito. El acto tendrá lugar el próximo viernes 2 de Octubre a las 13,00 horas  en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la plaza Galicia, en A Coruña, y la entrada es libre. O sea, una buena ocasión para asomarse a tan noble edificio, comentar el mundo de la jurisprudencia contenciosa de forma breve pero amena, y ultimar el acto con un vino de honor que siempre facilita el contacto vivo y cambio de impresiones.

 Así que, como la asistencia es libre, pues los interesados serán bienvenidos.palacio

 

8 comments on “Hablando de jurisprudencia con libertad

  1. Luz Aida Narvez Ocampo

    Buenos días, Con tantas reformas legislativas, y preparando oposiciones de justicia me pregunto: ¿cuál es el dominio que hay que tener sobre todas estas leyes, las nuevas y las antiguas? ¿hay que saberlas absolutamente todas? Yo lo veo imposible, ¿qué opina usted? Gracias

    LUZ A NARVAEZ

    Date: Wed, 30 Sep 2015 07:16:26 +0000 To: luzaidanarvaez@hotmail.com

  2. DiegoGómez

    Hola Sevach

    Gran libro, oro puro para el abogado que bien merece una presentación oficial con vino de honra. Salud!

    Buena semana a tod@s

  3. Presentación que seguro merecerá mucho la pena.

  4. Francisco Amorós Ibor

    Dices que «el juez proporciona “equidad”, ajustando la interpretación y aplicación de la Ley al caso concreto para evitar injusticias o perversiones normativas.» Lo comparto, es así, y por muchos años que siga siendo así. Una sentencia del Supremo del 24, dijo que el derecho no sirve para nada, si no sirve para hacer justicia.., ese es el tema. En cuanto al libro, mi enhorabuena. En cuanto supe que era cosa tuya, me hice con él, y ME GUSTA. Saludos
    Francisco Amorós Ibor

  5. Juan Manuel del Valle Pascual

    Leyes de Carreteras, Sector Ferroviario, Seguridad Nacional…Lógico, están preparados para salir corriendo de forma segura. Y más en serio, legislando lo que costará mucho deslegislar en gobiernos de coalición, que es lo que se augura.
    El actual es gobierno conservador y pretende dejar en conserva la legislación, encerrada en una lata, y también los presupuestos, para convertirlos en por-supuestos muy compuestos. Así, si tiene que pactar con otro partido lo hará desde una posición de fuerza, que remendar cuesta más que tejer de nuevas; pero si ha de ser la actual oposición quien ha de pactar un cambio legislativo, lo tendrá más difícil, pues si es duro el remiendo, más lo es el destejido y el des-remiendo.
    Vivimos los tiempos de estrambote de un gobierno en mayoría absoluta, lo que parece que no se vaya a volver a ver en bastante tiempo, después de ésta y anteriores experiencias, ambas de tan maniqueos resultados, pues, la verdad, han sido mayorías absolutistas, tanto la del PP, como las del PSOE. Y de financiación delictiva de partidos, de varios, de casi todos los que han gobernado.
    ¿Estamos despidiendo una era?¿Se está preparando un barbecho? Todo dependerá de lo quietos o inquietos que nos quedemos y «podemos» los «ciudadanos», o sea, de lo que sea capaz de reaccionar la sociedad ante unos poderes sin alma ni principios suficientes. Confiemos en la política -eso es la democracia- pero no nos durmamos sin vigilarla, que mira dónde nos ha llevado.

  6. Hola J. Ramón,

    ¿Teneis previsto grabar el acto para colgarlo posteriormente?
    Estaría muy bien si está permitido.

    Un saludo

  7. pilara112

    Hablando de todo un poco.Tratando con unos amigos abogados, yo no lo soy, un tema de posible cosa juzgada,me comentaba en el ámbito contencioso administrativo, la jurisprudencia del Supremo, ha dejado claro cuatro condiciones para que no deba de hablarse de causa juzgada. Identidad de sujetos, acto administrativo que se recurre, CAUSA PETENDI ¿se dice así?, y petición.
    ¿Han tratado este tema en algún blog? ¿Basta con que no coincida la causa petendi, es decir nueva argumentación con nuevas pruebas, para que pueda desecharse el concepto de cosa juzgada?

  8. Acabo de descubrir tu web. Magnífica. Te sigo desde Palma de Mallorca.

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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