Corrupción y corruptelas De lo penal

Acoso y derribo de Alcaldes e interventores prevaricadores

corruptos    Hace poco coincidí en un corrillo con ocasión de unas jornadas jurídicas, con un Alcalde (» de cuyo nombre, no me quiero acordar»), quien comentaba con aspavientos la dificultad hoy día para ser Alcalde porque “los interventores tienen mucho poder”, “gobiernan ellos y no nosotros”, etc.    Me limité a intervenir comentando que “mas que poder, los interventores tienen responsabilidad, que no es lo mismo”, y como me miraba con aspecto sorprendido ( o no entendía, o no quería entender) le aclaré algo así como: “ Vamos. En una piscina el salvavidas no tiene poder, tiene responsabilidad, porque tiene el deber de garantizar que nadie se ahoga en la piscina; no está por capricho, ni es dueño de salvar o no a las personas. Y a ningún usuario de la piscina se le ocurriría quejarse por exceso de celo del salvavidas ni criticarle por tener mucho poder, cuando cumple su labor”.

El Alcalde cambió de perspectiva: “ También nosotros cumplimos nuestra responsabilidad de gobernar, pero no nos dejan por formalismos”. Y tuve que darle un banderillazo: “ Son las mismas leyes, las que le dan poder como Alcalde y la responsabilidad al Interventor; cada uno en su sitio; y detrás de cada formalidad que se salta, pese a que la Ley las manda, hay alguien que sufre”. Entonces, un concejal (o tiralevitas, a juzga por como rondaba al Alcalde) terció: “ Pero nadie ha elegido al interventor y el Alcalde es elegido democráticamente”. Ahí ya salté a la yugular: “El mismo pueblo que le ha elegido como Alcalde es el que ha elegido a quienes aprueban las leyes para controlarle y quienes quieren que el Interventor lo haga. No es difícil de entender, y que yo sepa, quien jura un cargo, afirma conocer la Constitución y su compromiso de cumplirla”.

  Menos mal, que pudimos irnos cada mochuelo a su olivo porque aquello no pintaba bien.

En fin, me vino a la mente porque la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 1 de Julio de 2015 (rec. 2284/2014) aborda un supuesto propio de la época de las vacas gordas administrativas cuando se cumplía el triángulo del diablo: un concejal ambicioso, un interventor sin escrúpulos y un particular avispado.

 
1.El caso zanjado consistía en el alcalde y dos concejales de su equipo de gobierno que, durante varios años, adjudicaron contratos para la elaboración de proyectos técnicos a favor de un solo arquitecto por importe de 776.552 euros. Las adjudicaciones eran burdas: directamente al amiguete; sin determinación del objeto del contrato, fijación del precio o el informe sobre la posibilidad de su ejecución por parte de los técnicos municipales. Además se les dio el tratamiento de contrato menor, limitado a supuestos en que el precio era inferior a los 12.020 euros, pese a exceder ese límite cuantitativo. Además se acudía al fraccionamiento del contrato en cantidades que no rebasaban ese límite, constitutivo de objetiva ilegalidad. La omisión del procedimiento legalmente establecido ha sido considerada una de las razones que pueden dar lugar a la calificación delictiva de los hechos.
 

2.La sentencia comienza precisando el delito de prevaricación:

interventores La jurisprudencia ha señalado en numerosas ocasiones que, para apreciar la existencia de un delito de prevaricación será necesario, en primer lugar, una resolución dictada por autoridad o funcionario en asunto administrativo; en segundo lugar que sea objetivamente contraria al Derecho, es decir, ilegal; en tercer lugar, que esa contradicción con el derecho o ilegalidad, que puede manifestarse en la falta absoluta de competencia, en la omisión de trámites esenciales del procedimiento o en el propio contenido sustancial de la resolución, sea de tal entidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico-jurídica mínimamente razonable; en cuarto lugar, que ocasione un resultado materialmente injusto, y en quinto lugar, que la resolución sea dictada con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario, y con el conocimiento de actuar en contra del derecho ( SSTS 49/2010 de 4 de febrero ,1160/2011 de 8 de noviembre , 502/2012 de 8 de junio , 743/2013 de 11 de octubre , 1021/2013 de 26 de noviembre , 773/2014 de 28 de octubre ó 259/2015 de 30 de abril , entre otras).

 

3. Especialmente relevante es que el Supremo confirma la complicidad del interventor que incumplió su obligación de denunciar la anomalía contractual a través de los correspondientes reparos la situación.

Las funciones del Interventor están reguladas por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.El artículo 214, relativo al ámbito de aplicación y modalidades de ejercicio de la función interventora, señala en su apartado 1: La función interventora tendrá por objeto fiscalizar todos los actos de las entidades locales y de sus organismos autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquéllos se deriven, y la recaudación, inversión y aplicación, en general, de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso .El ejercicio de la expresada función comprenderá: a) «La intervención crítica o previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos de valores».

Como ya hemos señalado la forma de contratación del Sr. Olegario fue contraria a la legalidad y, aunque el recurrente carecía de capacidad para declarar la nulidad de los contratos, tenía la obligación legal de formular reparos «en los casos de omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales» (artículo 216.2). El reparo hubiera posibilitado un pronunciamiento al respecto del Alcalde (articulo 216.1 de la L. Reguladora de las Haciendas Locales). No olvidemos que la condena del recurrente lo es a título de cómplice.

Como razonó el Tribunal sentenciador, si bien el artículo 219.1 contempla algunas excepciones a esa obligación fiscalizadora, entre otros cuando se trata de «contratos menores», en el presente caso la cuantía de la contratación excedía de la que marca techo a esta modalidad. Además, como puso de relieve el dictamen emitido por el Interventor Territorial de la Intervención Regional de Murcia, Sr. Bienvenido (folios 2960 y ss) en ninguno de los documentos que se aportaron para expedir los documentos contables del presupuesto de gastos (fundamentalmente RC y ADOP) hacían referencia a que se estuviera tramitando un contrato menor.(…)

En consecuencia, el juicio de inferencia expresado por el Tribunal sentenciador sobre el que concluyó que el recurrente omitió sus obligaciones de control al autorizar los pagos a sabiendas de que los contratos que los amparaban habían obviado la legislación vigente y se habían producido de forma reiterada e irregular en el caso del Sr. Olegario , y consciente de que así coadyuvaba al ilícito proceder de los acusados, se ajusta a las reglas de la lógica y a las máximas de la experiencia, sin incurrir en arbitrariedad, por lo que no se aprecia vulneración del derecho a la presunción de inocencia que el motivo denuncia y que, por ello, va a ser desestimado.”

 

Lo relevante del caso es la obligación legal de formular reparos cuando se omiten “requisitos o trámites esenciales”, y además nótese como el Supremo, por un lado, desplaza la carga de la prueba de la actuación correcta al interventor, y como el veredicto final se ampara en las máximas de experiencia de los jueces para apreciar la culpabilidad del interventor ( o sea, en el «sentido común de la toga»).

Young man in handcuffs
Young man in handcuffs

Y en consecuencia el Interventor “pillado con el carrito de los helados” fue condenado como “cómplice del citado delito continuado de prevaricación , a la pena de inhabilitación especial por seis años y seis meses, con privación definitiva del cargo de interventor y de los honores que le sean anejos, así como la incapacidad de obtenerlo durante el tiempo de la condena”.

 

4. Finalmente, se condena también al arquitecto que presentó los proyectos y resultó beneficiado, con lo que la sentencia confirma que un sujeto no funcionario pueda participar en el delito de prevaricación administrativa, pero lo que me llama la atención es la frescura con que la Sala rechaza la clásica objeción del arquitecto aduciendo la presunción de inocencia ( “ Yo no sabía que era ilegal”); contesta la Sala:

2 Cualquier profesional conoce que la contratación administrativa «ad personam», sin control previo y sin ni siquiera concreción del precio es irregular.

 

En fin, confiemos que estas y otras sentencias sirvan de aviso de navegantes y que no vuelvan a repetirse los períodos del “tu tira, que libras”, y que cuando nos comenten la noticia del Alcalde, el arquitecto y el interventor… nos suene al título de una película de Esteso y Pajares, y no a la crónica negra de la democracia.

Quizá no puedan eliminarse los prevaricadores en todas las esferas del poder público, porque la maldad vive aletargada si no se le da ocasión, y por eso  las normas jurídicas tienen que ser rigurosas para quitar a los desaprensivos la tentación o la coartada.

También es justo señalar que las ovejas negras son la excepción del rebaño, y que no faltan casos en que la actitud responsable del Interventor ha provocado la vendetta y hostigamiento del Alcalde como comenté en otro post anterior titulado en «secretarios e interventores al paredón «.

27 comments on “Acoso y derribo de Alcaldes e interventores prevaricadores

  1. Muy bueno.

  2. Fernando Jabonero

    Bueno, pues supongo que en sus competencias se podrá argumentar lo mismo sobre el Secretario Municipal
    Respecto del coloquial «pillado con el carrito de los helados» me toca agregar que en miles de ayuntamientos los Secretarios CERTIFICAN como Arquitecto Municipal a quien ni figura en el Plantilla/RPT.

    ¿Qué responsabilidad tiene aquí el Secretario?

  3. Menos mal que la sangre no llegó al río. Lo peor de todo es que algunos Ayuntamientos son pequeños reinos de Taifas en los que todo vale y quien no esté conmigo está contra mi.

    Gracias por tan edificante entrada.

    • Fernando Jabonero

      Los Ayuntamientos, con la impagable connivencia del Secretario en favor de «su» alcalde, contribuye a consolidar un Estado de Hecho durante lustros.
      Por ejemplo, en Illana, Guadalajara, se han otorgado más de 1000 licencias de chalets con informes de falsos arquitectos municipales.

  4. Tomás

    Como Secretario «compartí» trabajo en un Ayuntamiento durante unos años con un Secretario-Interventor nombrado provisionalmente como Interventor -así estuvo años, y aún sigue, aunque ahora acumula Ayuntamientos-. Un tipo totalmente tóxico, manipulador, prevaricador y servil, que a todo decía sí, y que a todos les lanzaba los balones: la «culpa» de no certificar una obra no finalizada como si estuviera finalizada era del aparejador municipal; la «culpa» de no falsear una Resolución de Alcaldía que se emitió en fecha distinta pero que había que incluir como si se hubiera dictado en la fecha que el Alcalde quería era, desde luego, del Secretario»; … Todos la tenían, y tienen, menos él. Pero todas esas recomendaciones y sugerencias, y recetas diversas que iba dispensando al «staff» político, eran desde luego verbales. Luego él, en letra muy pequeñita, iba poniendo a todo «observaciones», hasta por las cosas más nimias, dejando miles de advertencias y salvedades por doquier.

    Con el tiempo, percibí claramente su modo de proceder:
    1) Echar las culpas y hablar mal de los demás (y curiosamente, era él quien incumplía los horarios, trabajaba 3 ó 4 días sólo por semana en el Ayto, no asistía nunca a los órganos colegiados, sólo cuando podía figurar bien trajeado, etc).
    2) Decir a todo sí y «meterse» en el ámbito de los demás: en lo jurídico, en lo técnico, etc., siempre para quitar puntos al resto de funcionarios y empleados municipales.
    3) Magníficas relaciones con el Alcalde, ir a comer a su casa los fines de semana, asistir a todos los saraos, ferias y fiestas locales, incluso acompañado de su pareja, etc.
    4) Dejar de todo observaciones y advertencias muy en pequeñito. O sea, al político le dice que tranquilo, que para adelante, que cómo no va a hacer lo que él desea, porque los habilitados nacionales y resto de empleados municipales están «para buscar soluciones» (aunque para ello se tenga que falsificar documentos públicos, etc.), pero luego él, a escondidas, y sin decir nada a nadie, iba dejando notitas en los expedientes para salvar su responsabilidad llegado el caso…

    • Fernando Jabonero

      Por lo que veo son legión los que proceden de tal modo. ¡Se creen el Visir del sultanato local y prevarican más que respiran!

  5. Como siempre extraordinario.
    No se qué hubiera dado por estar presente y observar la escena. Me imagino la cara del susodicho y del bufón de la corte.
    Está expresión incluida en la sentencia comentada «y con el conocimiento de actuar en contra del derecho» es la puerta por la que se escapan muchos piratas que utilizan lo público para enriquecerse.
    Un saludo.

    • Fernando Jabonero

      Hola, Lera. Les da igual. Hace una semana tuve una agarrada con uno que por todo argumento para justificar su permanente prevaricación alegó -ya ves, me he hecho al lenguaje legalista- que su alcalde estaba muy capacitado «porque era el diputado de bomberos de la Diputación de Guadalajara-

  6. Iñaki

    Esta conversación me recuerda a un amigo, secretario de un pequeño ayuntamiento que cuando le llevaba la contraria al alcalde le tenía que enseñar el artículo de la ley en cuestión y ante esto el regidor le contestaba “pues compra libros que recoja lo que yo digo”.

  7. Contencioso

    Lo de creerse autorizados a todo por haber sido elegidos es trágico por el desconocimiento y aún mas por lo habitual en la España de la incultura democrática. La democracia es, en su esencia, el gobierno de la mayoría con respeto a la minoría. Ese respeto se logra precisamente gracias al marco legal que todos aceptan como límite del terreno de juego común y que garantiza que el márgen de la mayoría puede molestar, pero nunca aplastar y aniquilar a la minoría. Creerse que la elección mayoritaria les dá derecho a hacer lo que les venga en gana olvidando el marco legal que garantiza el mínimo de respeto al que no les eligió, es de lo mas fascista e ignorante que pueda existir. Como en un ejemplo exagerado pero por ello mas evidente, Hitler creyendo que la mayoría simple de los que le votaron le autorizaba a quemar a los judíos que no le votaron.

  8. Fernando Jabonero

    Hitler no es que creyera nada, pues sólo creía en sus delirios. Usurpar la democracia era su programa «oculto» y una vez en el poder lo último que se le podía pasar por la cabeza era dejarlo.

    El 25 de septiembre elevé una moción al Pleno del Ayuntamiento de Pastrana para que dejaran de intervenir falsos arquitectos municipales. El grupo mayoritario votó en contra, es decir a favor de mantener la ilegalidad. Y el Secretario nada informó ni alegó ante esa patentes usurpación de funciones públicas.

    Otra moción: que el alcalde y el alguacil dejen de usar los coches municipales para servicio privado. Lo mismo.

    En fin, que al menos en Pastrana la ilegalidad es crónica y a ella sirve el Secretario Municipal -al menos le obliga la norma penal a denunciar ilegalidades como esas-

  9. Enrique

    ¡Pobres recurrentes!
    ¡Cachis! Les ha faltado en el equipo (o fuera de él como as en la manga) un peso pesado de esos que mueven hilos «más arriba» para salirse de rositas.
    Bueno, a fin de cuentas la inhabilitación acaba pasando, no supone cárcel ni devolver dinero alguno salvo las migajas que suponen costas, y las fechorías se pueden seguir haciendo en otros ámbitos.
    ¡Venga, ánimo y a hacer buenas amistades que estamos en España!

  10. Como siempre magnífica entrada, aunque esta vez me afecte directamente como funcionario. Has abido reflejar la realidad cotidiana en los Ayuntamientos, Diputaciones y otros entes locales que pueblan nuestra tierra. Todos sabemos que cuando no comulgas con la opinión de un alcalde, o teniente de alcalde, o incluso un concejal, te ves sometido a una gran presión, y el soportarla, siempre en soledad, solo te toca a tí. Comprendo que haya compañeros que sufran, incluso que intenten minimizar el daño, pero lo que no comprendo es que sucumban sin denunciar el hecho ni formular informes.
    He visto cómo se doblaba el sueldo para que el interventor no formulara, o pagar productividades para que el secretario no compareciera a un tribunal.
    También a secretarios ausentes permanentemente del ayuntamiento sustituidos por A1 más complacientes, pero eso sí cobrando un sueldo íntegro de nivel 30.
    Lo que no he visto es convocar todas las plazas vacantes ni que las autoridades autonómicas o estatales arropen al funcionario íntegro.

  11. Estico

    Al hilo de lo que reflejas en este post, recomiendo el documental «Corrupción: organismo nocivo» sobre lo que sucede en numerosas corporaciones locales. La triste realidad es que estas cosas son más frecuentes de lo que los ciudadanos imaginan. Yo tampoco era consciente hasta hace poco, cuando buscando información para defender un asunto de un familiar, comencé a leer las actas de los Plenos del ayuntamiento del pueblo en que nací y del que emigraron mis padres a finales de los sesenta. Pues resulta que se me ha distorsionado la imagen infantil que conservaba a raíz del caso (y eso no lo perdono: «toíto te lo consiento menos…»).

    Tengo que decir que, aunque me llamo Estico, soy católica, y también que, aunque no practico, me ha salido instintivamente el gesto de santiguarme varias veces. Y me he preguntado acto seguido ¿he leído lo que creo que he leído? Las actas son un rollo de leer, lo comprendo, (donde esté un buen blog, jurídico o de otra índole) pero ¿algún paisano habrá probado a hacerlo? Están en la web del Consistorio al lado de los anuncios municipales sobre excursiones organizadas, cuchipandas festivas con degustación de platos tradicionales y caldos de la tierra, concierto de canción española en el pabellón municipal, etc. (estamos que lo tiramos).

    Aguien ha dicho recientemente que los políticos deberían pasar una suerte de MIR antes de dedicarse a tan importante y trascendental función.

    PD: Viva mi pueblo! (pero que no vivan por más tiempo las cosas que, al parecer, no han cambiado y que yo, inocente, creía que sí). Me ha quedao un poco extenso esto, maestro Sevach, pero me has dao pie y yo…

  12. Mientras no se modifique la actual relación de dependencia orgánica de los llamados funcionarios de habilitación estatal o nacional (según épocas), así como su régimen retributivo y de provisión de sus puestos de trabajo, creo que el problema comentado por Sevach seguirá manifestándose con cierta frecuencia.
    Algo se hizo con la reciente modificación de la ley de régimen local en lo que a la intervención se refiere, pero lo estimo insuficiente y motivado por la presión puntual del estado de las cuentas públicas, no por una auténtica convicción de fortalecer nuestro Estado de Derecho.

  13. Si el concejal Fernando Jabonero considera que el secretario de su pueblo o algún otro secretario están cometiendo actos delictivos lo que tiene que hacer es denunciarlos cuanto antes donde proceda, pero lo que es inadmisible son los comentarios que vierte en este foro hacia los secretarios en general. Un mínimo de respeto, el mismo se retrata…., y luego son los políticos los que no les gusta que les digan que son todos iguales…

    • Fernando Jabonero

      A ver. Casi todas las aportaciones apoyan que existen comportamientos ilegales.
      Yo cuento mi experiencia y no hablo de los secretarios en general. No. Tengo dos buenos amigos como secretarios y un interventor muy conocido que me apoya.
      Los números hablan por sí solos: en Castilla la Mancha hay más de 600 ayuntamientos -los ha cotejado una alta funcionaria de la Junta de Comunidades llamando uno a uno- en los que los secretarios avalan que falsos funcionarios hagan de arquitecto municipal, sin serlo. En Cataluña hay unos 850 ayuntamientos y esto me lo ha confirmado la Direcció General de Administració Local de Vía Laiteana 26. En Madrid unos 100, que tiene publicados el Colegio de Arquitectos de Madrid en una hoja Excel en su web. En la Comunidad Valenciana, unos 390.
      Esos secretarios tienen la obligación de denunciarlo a la fiscalía pues su posición en el ayuntamiento les obliga sin disculpa. Si no es fiable que yo lo diga, traspongo el art. 262 de la LECrim: «Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio, si se tratare de un delito flagrante.»
      Pues bien, no lo denuncian pero sí dan curso a los expedientes urbanísticos respaldando con su firma que el que informa técnicamente es ARQUITECTO MUNICIPAL.
      En fin, para qué seguir.
      En cuanto a «Un mínimo de respeto, el mismo se retrata… » no voy a entrar al trapo pues los selfies me parecen horrendos como tu comentario. Si lo que expongo no te convence de que hay un verdadero lodazal de corrupción municipal será tu problema.
      Por cierto, que ya he conseguido que algún Ayuntamiento cubra reglamentariamente la plaza de Arquitecto municipal -antes tenía una honorífica que informó más de 400 licencias que por cierto era honorífica en tres ayuntamientos-

      • Eso es otra cosa Fernando, si lees tus comentarios anteriores si generalizaste… Por supuesto que hay un lodazal de corrupción, eso creo que no lo niega nadie, pero precisamente son los secretarios y los interventores los que dentro de sus posibilidades están enfrentándose a eso y siendo expedientados por ello. Si supieras la cantidad de informes desfavorables que quedan en los expedientes y nadie lee…. la obligación de denunciar de un funcionario no es por cualquier ilegalidad que se refleje en un informe (como que el arquitecto no sea funcionario) sino por un delito que es bien distinto y tiene que estar muy claro de lo que se acusa… los habilitados nacionales no son fiscales, no se puede confundir eso, para ese control hay muchos otros órganos que no funcionan (oposición, fiscalía, delegación del gobierno, tribunal de cuentas, etc…) y no hay voluntad política de que funcionen para acabar con la corrupción…. Si conoces bien a ese interventor sabrás también el precio personal que ha pagado por su lucha contra la corrupción y lo desamparado que esta… no muchos habilitados nacionales pueden permitirse ese coste personal si no hay un mínimo de protección o amparo del sistema… Coincido en tu crítica pero no a quien responsabilizas de ello…

      • Fernando Jabonero

        De nuevo, a ver. Esto es un foro en el que uno no está obligado al rigor que exige un escrito elevado a cualquier instancia. Si se exigiera, moriría Internet -y sobre todo los accionistas de WhatsApp, Facebook, Twitter y en general los de todas las redes sociales-

        Me preocupa y rechazo lo que dices de la no obligación de denunciar al falso arquitecto municipal pues concurren al menos usurpación de funciones públicas y posiblemente malversación y hasta falsedad -del secretario, que con su firma avala como ARQUITECTO MUNICIPAL a quien no lo es en cualquiera de las licencias que informa ese okupa funcionarial-

      • No puedo opinar porque no conozco el caso, no se como están contratados, pero si hay alguna ilegalidad seguro que constará en los informes internos, lo de denunciarlo o no es otra cosa, dependerá del criterio o experiencia de cada uno, no se puedo pronunciarme sin conocer a fondo esos casos…

      • Fernando Jabonero

        No es preciso que te pronuncies. Sólo te informo.
        Ya están, gracias a mí, detrás del «problema» la Junta de Comunidades y el Colegio de Arquitectos.
        En su momento trascenderá.
        Me ha bastado llamar a algunos ayuntamientos, sin tan siquiera presentar escrito, para que les echaran y proceder a crear, convocar y cubrir la plaza de Arquitecto Municipal. En concreto, en la provincia de Guadalajara y creo que pronto en la de Toledo -Yuncos, por ejemplo-.

      • José Luis

        No se puede generalizar de esta manera.

  14. Javier

    Brillante, como es costumbre en ti.
    Respecto del fondo, en mi opinión, creo que no podremos agradecer suficientemente el gran favor que han hecho los secretarios de ayuntamiento y los interventores honrados y profesionales a nuestro país, estoy convencido que sin ellos España se hubiera hundido totalmente en la bancarrota.
    En los tiempos del frenesí, cuándo los políticos pedía prestado para poder robar más…sólo los secretarios e interventores abnegados dieron la cara para defender la legalidad y frenar en la medida de lo posible la avaricia de los políticos.

  15. Ramiro

    Con la reforma de la administración local en 1985, «reinando» Felipe González, la jefatura de personal se residenció en los Alcaldes y Presidentes de las Corporaciones, cuando antes había estado en manos del Secretario, que pasó a ser un empleado más. Distinguido, pero empleado.
    Creo que allí empezó la debacle.
    Por otra parte, un 70 ó un 80% de la «plantilla» de secretarios, sobre todo en los ayuntamientos pequeños, que asumen la doble función de secretario e interventor, son INTERINOS, con lo cual si le llevan la contraria al Alcalde (perdón, he querido decir al cacique de turno), duran menos que un caramelo en la puerta de un colegio…
    Las propias comunidades autónomas, a las que se transfirió la competencia en esta materia, tampoco han ayudado nada, pues los Alcaldes nombran y cesan a los secretarios que les da la gana, pues la comunidad se limita a firmar lo que le piden, aunque sea nombrar a su sobrino (tonto) a su querida (que en su descargo hay que decir que está muy buena).
    Yo hice un postgrado de administración local, y obtuve un diploma para ser «una secretaria interventora». Me ofrecieron dos ayuntamientos, cuyos nombres no voy a decir por caridad cristiana:
    – En el primero de ellos el Alcalde «propietario» (y digo o de propietario pues lleva más de 20 años en el cargo, únicamente me quería para figurar, pues realmente llevaba «la empresa» una chica del pueblo, pero como no tenía una de las titulaciones exigidas legalmente (creo que era diplomada en empresariales), no podía figurar como secretaria-interventora.
    El alcalde me propuso que me pagaría una mierda, pero que, a cambio, podía dedicarme a ejercer la abogacía, y bastaría con ir a los Plenos, y poco más… Obviamente le mandé a la m… Pensé que si estaba liado con la secretaria, pero como no me dejo verla, vamos que no llegué a conocerla personalmente, no se si realmente estaba para mojar…el pan.
    – En el segundo (y último), la alcaldesa era una analfabeta de armas tomar. ¡Con decir que la anterior secretaria-interventora interina se había ido por piernas a otro pueblo, supongo que con tal de no tener que aguantarla!
    Había un auxiliar administrativo, que curiosamente no sabía escribir a máquina, ni a ordenador (¿cómo «sacaría» la plaza?), pero que, a cambio, era muy mañoso organizando las fiestas, con lo cual y según la alcaldesa, me iba a liberar de mucho trabajo. (Aunque por lo visto tenía que hacer yo mismo de auxiliar administrativo).
    Tras decirle que había sido fiscal sustituto, yo creo que la señora se asustó, pues mientras iba con el coche de vuelta a mi casa, me llamó la funcionaria del servicio correspondiente de la DGA (tomado por el PAR, un partido cancerígeno aragonés, una auténtica máquina de -presuntas- comisiones y chanchullos), para decirme que no le había «gustado» a la Alcaldesa, y que le había pedido que le mandasen más gente. Supongo que me vio con mucho carácter, y pensó que no iba a ser manejable.
    Yo creo que se preocupó por lo de ex fiscal, y debió de penar que iba a denunciarla a las primeras de cambio. Y no iba descaminada la panadera…
    En resumen, un auténtico cachondeo, para reírse, si no fuera para llorar.

  16. bruixaveriada

    Pues ala, a picar…. porque me estaba resistiendo…. Estoy muy de acuerdo con el primer y segundo párrafos de Ramiro y creo que tiene toda la razón. Lo que me pregunto es como hay gente que todavía se presenta a las oposiciones a Secretario de Ayuntamiento,…. debe ser porque hay mucho paro porque en algunos casos es como trabajar para pagar los ansiolíticos… y algún caso también he conocido.

    Y es que mientras no se pongan serios en la comunidad autónoma, o en el estado, no tienen sentido los secretarios porque no lo tienen fácil para cumplir su función… y que no me hablen de la autonomía local que, en el fondo, es una perpetuación del caciquismo en muchos casos.

    Por cierto, mi mayor admiración para con el autor del blog, no sé cómo puede estar tan al día!

  17. Pingback: No toda nulidad de pleno derecho conlleva delito de prevaricación - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

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