Truenos legales

Supervivientes de la avalancha legislativa

abusos en la ejecuciónAnte el incesante goteo de modificaciones legales, leyes de nuevo cuño y reglamentos a discreción, me preguntaba si tras superar varios temarios de oposiciones a cuerpos superiores me quedaba algún conocimiento memorizado útil tras el naufragio.

Para los que superamos el umbral de las oposiciones o se incorporaron al ejercicio de la abogacía en el pasado siglo (¿cómo suena, eh?), no queda ni el procedimiento administrativo (Ley 39/2015) ni la organización administrativa básica (Ley 40/2015), ni los contratos (R.D.L.3/2011), ni la responsabilidad patrimonial (Ley 40/2015), ni el jurisdiccional (L.O. 19/2003, Ley 37/2011 y LO 7/2015), ni el régimen tributario (ley 58/2003), ni las haciendas locales (R.D.L. 2/2004), ni las Universidades (LO 6/2001), ni la seguridad ciudadana (LO 4/2015), ni el régimen general de subvenciones (Ley 38/2003), ni la defensa de la competencia (Ley 15/2007), protección de consumidores y usuarios (R.D.L.1/2007), ni los dominios públicos especiales (Montes, Ley 43/2003, modificada por Ley 21/2015; Puertos, R.D.L.2/2011; Carreteras, Ley 37/2015; ni por supuesto la Administración electrónica que no existía ni se esperaba, ni el Estatuto de Empleados públicos (EBEP 2007), etc.

Suspiremos y luego respiremos lentamente, porque algo queda.

Veamos lo que nos queda tras la avalancha si removemos el lodo para rescatar algo. ¿Sobrevivirán las leyes?, ¿ Sobrevivirán los juristas?.

I. Aunque hay más, a bote pronto se me ocurren los siguientes supervivientes.

1. La vieja Ley del Suelo de 1976 gracias al blindaje de la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/97 que la “resucitó” y quedó como pieza de puzle para completar lo que las Comunidades autónomas silencien. El resultado de este escenario de coexistencia incómoda de legislación estatal y autonómica lo comenté como “Corrupción urbanística I” y como “Corrupción urbanística II”, que desembocaría en el Jaque mate a la corrupción urbanística.

2. La Ley de Expropiación Forzosa de 1954, elaborada por espléndidos administrativistas y que sobrevive, aunque intuyo que no se toca esa Ley no vaya a ser que se modifique el art.52 relativo a las expropiaciones de urgencia y que es el comodín que de excepción se ha convertido en regla. De hecho la última reforma fue un retroceso en las garantías.

3. El viejo Reglamento de Actividades molestas, nocivas e insalubres de 1961 que, salvo que sea desplazado por la legislación autonómica, mantiene su útil aplicación a establecimientos de todo pelaje, desde churrerías a minas (sin olvidar el enredo generado sobre su alcance tras la Directiva de Servicios).

4. La Ley de Bases de Régimen Local de 1985, que ha sufrido veinte modificaciones y el impacto de la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad, que se mantiene como un veterano de guerra, con cicatrices y cojeando.

5. El maltrecho Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de Junio de 1955 que tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 214/89 no puede sustituirse porque no hay cabeza humana capaz de determinar qué “espacio competencial” en materia de servicios corresponde a la Comunidad Autónoma y cual al Estado.

6. Una pléyade de reglamentos “en busca de amo” como perros asilvestrados (sin el collar de una Ley, despellejados por sentencia, se van con cualquiera, etc).

II. Podrá decirse aquel proverbio inspirado en el rey Salomón de que “no hay nada nuevo bajo el sol” y que las nuevas leyes son maquillajes de las viejas. leyes

Solamente me hago una pregunta: ¿todos los funcionarios que nos formamos bajo las viejas leyes, bajo un viejo paradigma, estamos preparados para seguir sirviendo a la Administración o al poder público?.

Se dirá que lo que vale es la experiencia atesorada, la intuición, las cicatrices de las heridas de guerra y la experiencia en Vietnam. Sí, pero lo cierto es que hay infinidad de nuevas normas, del máximo rango y bajo diferentes principios y que yo sepa, no hay manera humana ni divina de obligar a que se lean, estudien y apliquen con ilusión. En general, suele mirarse con displicencia y estudiar la nueva Ley cuando se plantea la necesidad o el caso.

III. Quizá hay que plantearse que  las leyes sobreviven… pero… ¿sobreviven a la avalancha los funcionarios? Viene al caso porque tuve ocasión de hablar con un alto funcionario que no llegaba a los cincuenta años y ante mi comentario de las novedades legislativas me espetó: “ Ya soy mayor para estudiar, y no voy a cambiar”. También recuerdo cierto juez, quien tampoco llegaba a los cincuenta, que sentía mucho que el BOE no se publicase en papel y que “no estaba para estos inventos”. Y como no, también conozco algunos abogados veteranos que piensan que para estudiar están los pasantes novicios y que ya están en otra guerra.

Cierto que estos son casos extremos y tan excepcionales que por eso lo reseño y es que, si bien corren malos tiempos para la lectura de artículos jurídicos, quien más quien menos, intentamos ponernos la día para que “no nos pille el toro”.

Creo que la formación actualizada va en el sueldo del funcionario y el juez, así como en los honorarios del abogado. Primero, formarse e informarse, y después aplicarle la experiencia e intuición. Son vertientes complementarias. Una sin la otra puede llevar al desastre.

Sin embargo, como decía Julio Camba “hay años en que uno no está para nada”.

libro jurisprudenciaNOTA DE SOCIEDAD.- El próximo viernes, día 30 de Octubre tendrá lugar la presentación de nuestro Diccionario Jurisprudencial del proceso contencioso-administrativo (La Ley-Wolters Kruger), en que los dos autores, la magistrada María Dolores Galindo Gil y el que os habla, nos esforzaremos en un acto ameno por hablar de la utilidad de la jurisprudencia, precedidos eso sí por las sabias (y breves) palabras de Federico López de la Riva (Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y magistrado excedente), Ana Caro Muñoz (Técnico de la Universidad Autónoma de Madrid), y Juan Manuel del Valle Pascual (abogado, letrado público y artista).

Esta presentación se realizará el próximo viernes a las siete de la tarde en la Librería Gaztambide, en Calle de Gaztambide número 6, Madrid.

Será un placer saludaros o incluso dedicar algún libro con mala caligrafía pero buenísima intención.

Os esperamos con la sonrisa puesta.

¡¡ EL ESPERADO DICCIONARIO JURISPRUDENCIAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO !!
¡¡ EL ESPERADO DICCIONARIO JURISPRUDENCIAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO !!

11 comments on “Supervivientes de la avalancha legislativa

  1. Jose Luis

    Buenos días, estupenda descripción de la estampa administrativa. Creo que la formación continua de los profesionales no sólo es deseable, sino que debiera ser obligatoria. En mi caso, el apetito inicial de devorar obras doctrinales pronto menguó a la vista del escaso predicamento que disfrutan en los Juzgados de Instancia, a pesar de mis esfuerzos, las rigurosas y actuales construcciones técnicas. A menudo te encuentras con los mismos sota, caballo y rey de siempre, ello cuando no prospera la alegación más absurda y a la desesperada de la otra parte en contra de los principios más elementales del Derecho. Esto último, afortunadamente, no es lo habitual, pero en mi experiencia me ha sucedido en más ocasiones de las que sería razonablemente de esperar, por mucho que luego las sentencias hayan sido revocadas (alguna no admitía recurso). Tampoco faltan las excepciones de Jueces que redactan sentencias con gran brillantez y que uno siempre guarda como algo valioso.
    Lo anterior viene a cuento porque los Letrados muchas veces nos encontramos demasiado apegados a lo útil no por deseo nuestro, sino por necesidad, pues al no ser intérpretes autorizados de la Ley, nuestros argumentos encuentran una valoración más bien secundaria si no tienen apoyo en alguna sentencia (no doctrina, pues se considera no sin cierta razón que la hay para todos los gustos), de manera que resulta más práctico buscar resoluciones donde se haya aplicado la solución que nosotros propugnamos sin que importe demasiado la argumentación (por no hablar de la afición de algunos al copia y pega). Y tampoco cabe duda de que leyendo jurisprudencia se aprende un montón.
    En cuanto a la adquisición de las obras, ya le leí en un post anterior al autor que siempre se podía repercutir su coste al cliente. Me temo que peca en este aspecto de optimista, desde luego no es una de las partidas que un Letrado puede incluír en tasaciones de costas (ni en las juras de cuentas ni en las condenas en costas), de hecho, éstas comprenden estrictamente honorarios judiciales, ni los extrajudiciales, ni siquiera los gastos ordinarios en que de manera obligada se ha debido incurrir y que el profesional no debería soportar en ningún caso por pequeños que sean siempre que los pueda acreditar, llegando a alcanzar en ocasiones cantidades considerables, por ejemplo, las desembolsadas en desplazamientos o en fotocopias en asuntos de gran volumen.

  2. Elijah Snow

    Interesante y formativo como siempre, Sevach.

    Solo quería hacer un par de apuntes para dos normas «supervivientes» que señalas:

    – Sobre la Ley de expropiación forzosa, no seré el que niegue el enorme valor que ha tenido, y lo ilustre de sus creadores. No obstante, otra valoración merecen los Jurados Provinciales de Expropiación. Soy capaz de votar al partido que lleve en su programa su eliminación y sustitución por un órgano administrativo normal, corriente y funcionarizado. Semejante esperpento ha producido avalanchas de pleitos que, de otra forma, se habrían solventado en vía administrativa. Y con una solución más justa, seguramente.

    – Respecto al reglamento de actividades nocivas, molestas e insalubres, solo puedo decir que lo que queda de la norma es apenas un caparazón vacío, puesto que la jurisprudencia ha trastocado su interpretación en tantísimas ocasiones (no siempre de forma armónica) que cualquier parecido con la letra inicial es pura casualidad. Para más inri, la revolución del derecho ambiental de los últimos 20 años no parece haber insuflado en el «normador» la más mínima intención de darle una capa de barniz que, sinceramente, necesita.

  3. ERNESTO LÓPEZ-PEÑA ORDÓÑEZ

    Ya lamento no estar en Madrid ese dia y poder conocerte personalmente.He estado en esa librería precisamente para hacerme con el libro que ahora presentais y que en aquellos momentos no les quedaba ejemplar para vender.Por cuestiones de «autodefensa»me he visto abocado a ejercer puntualmente la abogacía aparcada en mi vida por haberme buscado el sustento con otros menesteres o habilidades-aviación-pero he de reconocer un nuevo y cierto entusiasmo por el Derecho,en general,ahora que,ya madurito y prejubilado acudo a visionarlo para mis asuntos personales.Este blog, que duda cabe,contribuye y mucho a ese renacer y acercamiento.Ah!,y la toga…..que me queda muy «chula»….saludos y felicidades.

    • ramiro

      Un comentario, y no se lo tome a mal, pues yo me he defendido o auto defendido en muchas ocasiones: dicen que quien se lleva sus propios asuntos tiene a un tonto por cliente, y es muy posible que sea verdad.
      Normalmente te falta -nos falta- alejamiento del tema, sentido común, objetividad, imparcialidad, y todo ello hace que a veces veamos los árboles, pero no el bosque…
      En otras palabras, y aunque colaboremos con él, pues los hechos los conoceremos mejor por ejemplo, pero creo siempre es preferible acudir a un compañero que formule jurídicamente nuestras pretensiones.
      Todo ello salvo mejor criterio del Maestro Sevach, evidentemente.
      (Todo esto se lo comento tras haber visto a decenas a compañeros «a los que la toga les sentaba muy bien» hacer el ridículo en los estrados de los juzgados y tribunales…).

  4. Enrique

    No deja de ser curioso cómo permanecen también las clases por los siglos de los siglos. Sí, sí. Todavía hay clases, conserje (decía Galindo a Martínez en Atraco a las tres).

    Hoy los conserjes y muchos otros profesionales que prestan servicios públicos, incluso esenciales, están en empresas privadas o, con suerte, son personal laboral a lo sumo, aunque próximo a la externalización. ¡Qué se le va a hacer!

    Eso sí. Adaptación a los tiempos, por supuesto y en lo que haga falta para sus funciones; entendiendo por tales lo que vuesa merced de turno quiera, desee o apetezca aunque no figure en ningún sitio por escrito.

    Y si algún laboral, externo, becario, interino, temporal, sustituto, correturnos, etc. osa decir algo… ¡Al despido objetivo con él!

    El que está por debajo, tiene trabajo

  5. sed Lex

    El RAMINP, Sevach, está mas que superado en la mayor parte de casos; además de expresamente derogado, excepto en comunidades sin normativa ambiental donde «sigue siendo de aplicación», desde la Ley 17/2009 de Libre Acceso a Actividades de Servicio y su Ejercicio, y sobre todo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, ha quedado como un «muerto viviente»; a pesar de ello los ayuntamientos se han empeñado en que no, y siguen pidiendo informes a Sanidad y dando (o negando) «Licencias».

    Este país se mueve gracias a la inercia. Y menos mal, porque con tanto cambio, si no se iba todo al garete.

    La verdad es que cuesta mantenerse al día, sobre todo cuando el trabajo te supera y el «reciclaje» resulta efímero. Entre eso y el maremagnun normativo se impone la inseguridad jurīdica y la duda contínua, que la memoria nos va fallando y ya no sabes si era así antes o ahora. La normativa, sobre todo la europea, cada vez se llena de más conceptos jurídicos indeterminados y es más difícil de aplicar… Y los reglamentos cambian y se modifican todos los días con errores (horrores) en las traducciones y versiones consolidadas tardías y sin validez legal. O con remisión contínua de unos a otros y de estos a otros ya derogados y de sus actos de sustitución, como un bucle. O con «tochos» de más de 2000 páginas (gracias al buscador del pdf). Estudiarlo sin subrayarlo se hace difícil pero imprimirlo es inútil porque antes de encuadernarlo ya está corregido o modificado. Muchas veces hay que hacerse un croquis para no perderse en semejante galimatías…,

    Pero en esto de las normas, como se decía de la universidad española, «ni se puede, ni se debe, ni conviene aprender nada» que luego vas y quieres aplicarlo, y descubres que el principio de Legalidad en este país no se lo cree nadie, y menos cuánto más arriba en la jerarquía… También siempre se ha dicho que los obispos son los que menos fe en Dios tienen😉.

  6. sed Lex

    Sustitúyase maremagnun por maremágnum,… ¡Penita de corrector y de tabletas!

  7. ramiro

    Yo ya me estoy planteando volver a matricularme en primero del Grado de Derecho… ¡Espero que me convaliden alguna -seguramente pocas- asignaturas!
    Y ánimo a todos los compañeros Abogados a que hagan lo mismo.
    Lo bueno que tiene el Derecho es que, además de que no producimos nada tangible, nos damos de comer a nosotros mismos, a base de pleitos, y ahora volviendo a llenar las Facultades de Derecho (¿o debería de Desecho?) de futuros juristas reciclados, como los neumáticos recauchutados…
    ¡Qué pena de país dónde algunos iluminados, especialmente dos Abogadas del Estado, según dicen, piensan que el problema del INCUMPLIMIENTO DE LAS LEYES SE SOLUCIONA PROMULGANDO NUEVAS LEYES!
    O que se pretende hacer ver que se hacen CAMBIOS, SIN HACERLOS, por el expeditivo procedimiento de cambiar la legislación…, PARA QUE TODO SIGA IGUAL.

  8. Juan Diego

    Súmense a la avalancha legislativa los regalos que nos hace hoy sábado el BOE:

    – R. D. L. 5/2015: texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
    – R. D. L. 6/2015: texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
    – R. D. L. 7/2015: texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
    – R. D. L. 8/2015: texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    • ramiro

      Desde luego el PP se ha caracterizado por NO HACER LAS REFORMAS QUE ESPAÑA NECESITABA (supresión del Senado, posible integración del Constitución en el Supremo, reducción de ayuntamientos, desaparición de las diputaciones provinciales, etc.), pero hay que reconocerle QUE HAN CAMBIADO TODA LA LEGISLACIÓN EXISTENTE…
      Genio y figura hasta su hundimiento…, que esperemos no sea también el de España.
      Tal vez pronto tendremos que hablar de Ex España…

  9. Hammorabi

    No hay que ser licenciado del pasado siglo, para sentir el desface, yo soy recién licenciado, y eso de informar a a alguien a la ligera, lo hago con mucha cautela, mas que nada, por no meter la pata y quedarme mal luego.
    Un profesor decía: Antes, ser miembro de la Comisión General de Codificación enorgullecía a todo jurista veterano, pero hoy en día, los miembros de dicha Comisión ocultan su condición por vergüenza.

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