Libros y Jornadas

La nueva Ley 39/2015 a fondo: Instituciones de Procedimiento Administrativo Común

interpretarCon la publicación en el BOE de las leyes siamesas, la Ley 39/15 de Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 40/2015 de Régimen del Sector Público, y su vigencia a corto plazo (2 de Octubre de 2016), y  tal y como expuse al comentar sus novedades, se confirma la afortunada afirmación de Von Kirschman de que un capricho de legislador tiraba a la basura bibliotecas enteras.

 

En efecto, pasarán a papeleras, trituradoras, librerías de lance o trasteros, infinidad de manuales, tratados y artículos que se empleaban en explicar su predecesora, la vieja Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común, al igual que pasó con los que analizaban su “abuela”, la lejana Ley de Procedimiento Administrativo Común de 1958.

 

Es cierto que la Ley 39/15, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común (PACA) se alza sobre los cimientos sólidos y bien conservados de sus antecesoras, como expuse en un reciente artículo en el número especial de Actualidad Administrativa (Núm. 2, Febrero 2016) dedicado a “La nueva Ley de Procedimiento Administrativo” y reiterado en el Boletín de la leydigital360, Administrativo, de 26 de Febrero de 2016, con un título que lo dice todo: “El procedimiento administrativo común de la Ley 39/2015: nuevos forjados sobre viejos cimientos”.

 

Pues bien, más allá de los artículos de urgencia y cuño impresionista, el genio de los administrativistas plasmado en Libros comentando la agonizante Ley 30/1992 renace cual ave Fénix en las nuevas obras de análisis de la PACA. Y hay nuevos hallazgos bibliográficos.

 

1. Así, la publicación en el BOE de la PACA provocó la sorpresa de la comunidad jurídica que veía hundirse el suelo del procedimiento administrativo bajo sus pies por otro que se ofrecía “con el cemento fresco”, irregular y de nueva técnica constructiva.

 

Pero también motivó el arranque de una actividad frenética de un gran número de profesionales del derecho administrativo para ofrecer al mercado sus obras completas y profundas sobre las implicaciones de las nuevas leyes. De ahí que grupos de personas afines o incluso algunos heroicos casos individuales acometieron tan ingente labor, por parte de profesores de derecho administrativo, abogados del estado, letrados públicos, funcionarios de habilitación nacional, jueces, etc. El trabajo de estos equipos, unas veces homogéneos y otras incorporando juristas de distinto origen profesional, fue espoleado por las editoriales jurídicas, legítimamente ávidas de dar respuesta a las demandas del mercado.

 

En paralelo, los cursos, seminarios y jornadas sobre el nuevo régimen legal se prodigaron con lo que las virtudes y defectos del sistema aforaron.

 

2. Pues bien me interesa ahora dar noticia de la obra en formato libro que considero que posiblemente es el primer Manual que comenta las novedades de la Ley 39/2015 mediante un análisis completo de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

 

IMG_6856 Esta obra “adelantada” en el sentido clásico del título que otorgaba la Corona española en el siglo XVI a quien encabezaba una expedición hacia nuevas tierras y le reconocía el honor de su gobierno, se titula “Instituciones de procedimiento administrativo común”, (subtitulada “Novedades de la Ley 39/2015) – Editorial Juruá, 2016).

 

3. Dicha obra cuenta con la dirección de tres profesores de derecho administrativo de la Universidad de Salamanca, Ricardo Rivero Ortega, María Dolores Calvo Sánchez y Marcos Fernando Pablo, y cuenta con triple mérito.

 

En primer lugar, su oportunidad por ser posiblemente la primera obra que se alumbra editorialmente con visión global y en formato libro del nuevo régimen. Ello teniendo en cuenta que la vigencia de la PACA, si ningún Decreto-Ley o cambio legal, lo remedia, será el próximo 2 de Octubre y bien está prepararse.

 

En segundo lugar, la técnica de trabajo, que no es fruto de la improvisación y la ocurrencia tras la publicación legal, sino que el equipo ha seguido la nueva Ley desde su gestación como anteproyecto y modificaciones, trabajando en la sombra y con la conjetura de su aprobación, que se ha visto confirmada.

 

En tercer lugar, es una obra que cuenta con solventes administrativistas que desde su condición de Catedráticos, Titulares, Ayudantes o Magistrados, analizan los distintos ángulos y aristas del nuevo procedimiento administrativo, bajo una perspectiva constructiva y con sana crítica.debate

 

4.  El resultado es una obra valiente y que, ante la evidente falta de jurisprudencia de la nueva ley (tiempo habrá para ello) se apoya en referencias doctrinales y de  la jurisprudencia consolidada bajo  la vieja ley, pero eso sí, sin resultar una obra plúmbea ni inútil, pues rezuma frescura y utilidad, y como no, respuestas.

 

No puedo menos de alegrarme de que mi querida Universidad de Salamanca, a través de sus profesores y bajo la batuta de Ricardo Rivero Ortega, Catedrático de Derecho Administrativo de aquélla, se haya posicionado en este lugar destacado de los análisis del nuevo régimen.

 

7 comments on “La nueva Ley 39/2015 a fondo: Instituciones de Procedimiento Administrativo Común

  1. José Luis

    Enhorabuena, ahora sólo hace falta que se la lean los jueces de instancia y, si ya de paso lo hiciera además algún funcionario, sería la repera. Perdón, estaba soñando despierto.

  2. Hombre Sevach, yo creo que la PACA y la LRSP no tiran a la basura bibliotecas enteras, de hecho no introduce grandes novedades sustantivas respecto de la LRJPAC 30/1992.

    • Ya ves, Angel, que mi artículo se titula «Forjados nuevos sobre cimientos viejos» lo que evoca como se pueden aprovechar parte de la bibliografía, pero personalmente me veo obligado a empujar al trastero numerosos manuales y artículos pues bien sabes que en materia de derecho administrativo, como en todo el derecho, hay que cuidar mucho la cita y aplicación del derecho vigente, no sea que por vivir anclados en el pasado nos atropelle la administración electrónica y tropecemos en nuestra profesión.
      Lo que es innegable es que no podrán borrarnos la herencia mental de tanto derecho administrativo sedimentado bajo viejas leyes y que aflorará antes o después, aunque cambie el derecho positivo.
      Un saludo cordial y gracias
      JR

    • Como siempre, totalmente de acuerdo contigo, eres un genio.

  3. Esperaba cual iba a ser la primera y valiente obra que viera la luz tras la PACA. Ávido estoy de su lectura que, sin duda, alentado pro sus palabras, me atrevo a, por lo menos, hojearla y si hay algo interesante, ojearla con mayor fruición, para, si me interesa su contenido (teniendo como base esta entrada), adquirirla en mi librería habitual para estos menesteres.
    El mejor de los deseos para sus autores y para ti por acercarnos a este nuevo texto.
    Saludos.

  4. Pingback: La nueva Ley 39/2015 a fondo: Instituciones de Procedimiento Administrativo Común – Iuslexblog

  5. KAROLINA GONZALEZ PAUTA

    Buenos días, soy una alumno de derecho y estoy interesada en estudiar más a fondo la Ley 39/2015 y sobre todo el archivo electrónico único. Le agradecería que me pudiera recomendar libros al respecto. Un saludo y gracias de antemano.

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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