Corrupción y corruptelas

Tiempo de auditorías públicas

finCorren tiempos en que parece que el derecho público represivo se está despertando. No hace mucho, en tiempos de vacas gordas y bonanza económica, las administraciones públicas vivían plácidamente el sueño de los frívolos, pues solía confundirse el “interés general” con el “interés particular” del gobernante de turno; éste normalmente coincidía con aquél pero a veces no era así cuando algún desaprensivo descubría la posibilidad de aprovechar las holguras del sistema administrativo para lucrarse, traficar con influencias o practicar nepotismo, o incluso para actuar arbitrariamente, porque el político consideraba que tenía una especie de “derecho al error impune”. Lo triste era que contaban con la coartada de que los controles no funcionaban realmente de forma rápida ni eficaz e incluso algunos nos preguntábamos si el Estado de Derecho sería capaz de atajar la corrupción.

Pero veamos de donde venimos y hacia dónde parece que vamos.

No funcionaba la vía penal por múltiples causas: un legislador lento frente a delitos tecnológicamente avanzados; el laberíntico tinglado de garantías procesales: prescripciones, pruebas válidas, cadena de recursos infinita hasta el Constitucional, lentitud exasperante, instrucciones complejas, etc; un régimen de ejecución de condenas que bien por remisiones condicionales o indultos propiciaba la impunidad práctica; o unos delitos de prevaricación o malversación cuyo perfil restrictivo convertía las escasas instrucciones penales en “puertas giratorias” con mucho ruido y pocas nueces. Una situación que paradójicamente no reinaba en otros ordenamientos penales.

etiquetaTampoco funcionaba la vía contencioso-administrativa por otras causas: una visión del control en tránsito hacia la jurisdicción protectora pero con anclaje en la vieja jurisdicción revisora (temerosa de sustituir a la administración); un sistema de legitimación restrictiva, salvo los escasos supuestos de acción pública, que dejaba impunes infinidad de actos ilegales en materia de función pública, contratación o subvenciones porque los únicos con interés supuestamente “legítimo” para impugnarlo eran los beneficiados de la felonía; una alicorta concepción de las relaciones impugnatorias entre administraciones como acto hostil a evitar; un sistema de ejecución de sentencias estimatorias aquejado de incidentes de inejecución interminables cuando no burlados por el ejecutivo, e incluso con la complicidad del legislativo para forzar la imposibilidad legal de ejecución, etc.

Y el entramado legal era deficiente: un dinamismo legislativo atroz que dejaba sumido en la incertidumbre a autoridades, funcionarios, abogados y ciudadanos; un legislador pésimo, que como el juego de naipes de las siete y media, o no llegaba o se pasaba, y venía el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Justicia europeo censurándole cuando ya la ley había sembrado de actos la vida pública; y un legislador con mala puntería por su dificultad para deslindar la concurrencia de jurisdicciones, especialmente en materia de contratación, personal o económico-financiera, siendo especialmente sangrante el reparto de competencia cuando se tropezaban con un delito contable, o el caso paradigmático del alcance, en que la jurisdicción penal, la contenciosa, la contable y la propia administración han tirado del cobertor para su lado hasta dejarlo deshilachado y mal remendado.

Sin embargo, al amparo de la crisis económica el foco del control ha cambiado de objetivo y ganado en intensidad. La luz del control comienza a proyectarse y a dejar ver las miserias de la administración y dejando a los políticos al desnudo de sus corrupciones, corruptelas y despilfarros.

Junto a ello, se sitúa el desencanto ciudadano ante los políticos en general (siendo buena prueba la insólita dificultad para formar gobierno actualmente, que justificaría expulsar del templo del congreso a los fariseos de la política profesional).

En esas condiciones, reverdecen los controles de legalidad y particularmente los controles económicos, bajo el telón del fondo de esa valiosa palanca de control que es la Ley 19/2013, de Transparencia y Buen gobierno.

mazasLos controles de legalidad han ganado protagonismo, y la jurisdicción penal no sólo sigue cabreada por lo que la Sala Penal del Supremo calificó de “inoperancia de la disciplina administrativa” (Sentencia de 27 de noviembre de 2009, Caso Andratx), sino que tiene el gatillo fácil frente a autoridades corruptas y las condenas por prevaricación, malversación y otros delitos contra la administración están prodigándose.

La jurisdicción contencioso-administrativa, pese a la zancadilla procesal del ominoso régimen de vencimiento en las costas procesales (que provoca incertidumbre y entierra la tutela judicial efectiva) avanza con rapidez y pone orden con creciente número de sentencias invalidantes que ponen en su sitio las malas prácticas administrativas y a las autoridades sin escrúpulos.

En paralelo, el papel de secretarios e interventores en administraciones locales, y el papel de sus homólogos – secretarios técnicos, interventores, letrados públicos, etc – en el ámbito autonómico, institucional y estatal, ha crecido en respeto y protagonismo, de manera que el manual de la autoridad prudente del siglo XXI le lleva a apoyarse en ellos y no dar pasos en falso sin su conformidad y visado.

congresoEn esta línea, me complace recordar que el Congreso Nacional de Auditoría del Sector Público que organiza la fundación FIASEP tendrá lugar en su séptima edición del 16 al 19 de noviembre de 2016 en el campus de Toledo de la Universidad de Castilla – La Mancha (UCLM), corresponsable de la organización junto a la Intervención General de la Comunidad Autónoma anfitriona, evento en que han tenido la amabilidad de invitarme para verter ideas y debatir sobre las carencias y fuerzas del control público. El programa es ambicioso pero si resulta tan fructífero como en las ediciones anteriores, creo que será un evento de los que hacen época… en época de necesario control.

Del evento ya se hizo eco Antonio Arias en este post, y dejo constancia del mismo por si resulta de interés la participación abierta en el mismo de letrados, interventores, auditores y altos funcionarios interesados en mejorar la cosa pública (e incluso profesionales privados y autoridades públicas… ¿por qué no?), que no es la “cosa nostra” como algunos desaprensivos pensaban, sino la “casa de todos”. Y por eso, todo debate claro, vivo y riguroso sobre el control de la decisión y gasto público y el papel emergente de las auditorías, ha de ser bienvenido. Aquí está la web del evento con su programa, metodología e inscripciones.

13 comments on “Tiempo de auditorías públicas

  1. Juan Luis

    Discrepo respetuosamente.El papel de los secretarios e interventores, contrariamente a lo que se afirma, no solo no ha crecido en «respeto y protagonismo», sino que justamente al contrario, no ha hecho sino difuminarse, por influjo de las autoridades locales, celosos de controles por encima del origen democrático de su figura y con la no disimulada complicidad del legislador estatal. Hasta los jueces ignoran la eliminación sibilina de la «advertencia de ilegalidad» de la Ley de Régimen local de 1975. Por eso a los secretarios, los jueces de lo penal nos imputan constantemente ante cualquier trapisonda del político de turno… «¿por qué no informó usted…?». Sencillamente porque poco a poco se nos ha ido descafeinando y somos meros floreros del control que el Estado ha ido desatendiendo en las sucesivas reformas del régimen local. Sépalo todo el mundo: NO EXISTE NI LA OBLIGACIÓN Y EL RESPALDO LEGAL PARA ADVERTIR DE ILEGALIDAD , a ningún alcalde o concejal. Somos meras figuras decorativas, al igual que la intervención autonómica. Solo la Intervención del Estado sigue siendo algo serio.

  2. alopezma

    Por desgracia los Secretarios e Interventores de los Ayuntamientos, como hace unos días me indicó la partovoz del grupo municipal a pasado a la Oposición en las últimas elecciones, sobre el Secretario de su Ayuntamiento, le son fieles a los equipos de gobierno, sea del color que sea.

  3. CARLOS DE MIGUEL

    Joder JR!!!! ( la expresión es puramente castiza ) y de satisfacción por ese articuklo en el que tocas el tema que tiene en vilo desde hace 10 años..como ya te he explicado sucintamente: la corrupción administrativa del estado y de las instituciones adyacentes.

    En mi caso era el Ayto. de Burgos pero no nos confundamos : no siempre son los políticos quienes están al mando de la prevaricación. Siempre tienen que contar con algún leal funcionarios de carrera o de a dedo. Impepinable.

    Y en esto es donde quiero aportarte mi grano de arena a este blog de hoy, donde parece apuntas a politicos…y en eso te quedas corto. Ya lo siento pues de la corrupción o salimos con los funcionarios buenos o no salimos, pues no habrá puertas suficientes para tanto campo.

    Nos encanta tu blog por los directo que eres y por utilizar el lenguaje habitual y coloquial. Pero también por la denuncia que haces y defensa de lo que está bien y de lo que está mal. De aquí esta “confianza” que me tomo pero que con todo el ánimo constructivo, pues sale de mi experiencia directa en Burgos con los funcionarios del ayto, ( sin color político) y con los jueces de instrucción que parece les “cuesta y duele” reconocer las ovejas negritas funcionarios de la administración y poner en su sitio a estas ovejas para el que el resto se vea reconocida su buena labor. Si lo malo no se castiga a quien se castiga es a lo bueno: impepinable.

    Por aquí ha empezado esta cuesta abajo de corrupción de politicos y empresarios.Y por aquí debe empezar esta cuesta arriba que tu promueves con escritos como estos que les sirva a los jueces de reflexión sobre la imparcialidad que deben presidir sus sentencias, sean o no funcionarios, politicos o empresarios.!!! En cada asunto de corrupción me juego algo a que siempre hay dos o tres de estos grupos. Lo que quieras. Y en casi todos los procedimientos sólo uno o dos de estos tres grupos aparecen reflejados. Por ahí nos queda un trecho.

    Repito con ánimos positivo yo lo veo así. La semana del 8 al 15 de Agosto estaré en Asturias y Galicia… hacemos un café???

    Saludos,

    carlos

    _____

    • Pues sería un placer tomar un café, pero en Agosto estaré en la provincia de León.. Si pasas por allí…

  4. Poco tienen que hacer los humildes secretarios e interventores si la Justicia no controla la legalidad de la actuación administrativa.

    Y ese control debía proceder sobretodo de la jurisdicción contencioso-administrativa -que para eso está- y no de la penal -cuya función no es de control, sino de condena del delito.

    La clave se encuentra, a mi entender, en la jurisdicción contencioso-administrativa, que la clase política, a través del legislativo, se cuida muy mucho de evitar que funcione (la referencia de Sevach a las costas está en tal sentido muy bien traída).

    ¿Cómo es posible que el porcentaje desestimatorio de demandas contencioso-administrativas supere el 70% en el conjunto del Estado (estadísticas del CGPJ) y que luego lleguen tantos desafueros a los órganos de la Jurisdicción Penal?

    ¿Dónde se ha perdido el control de la legalidad?

    Y en estos tiempos supuestamente regeneracionistas no veo en los programas de ningún partido el interés por mejorar la jurisdicción contencioso-administrativa, siquiera sea volviendo al criterio de la imposición de costas por temeridad.

    Un abrazo a secretarios e interventores, casi siempre dejados al pie de los caballos.

  5. Juan Rafael

    Coincido totalmente con Carlos de Miguel, como funcionario de la administración local puedo asegurar que los políticos no podrian hacer nada sin los funcionarios de cuerpos estatales, ya sean accidentales o de carrera. He visto informes infames que no pasarian ningun control ni lógico ni de inteligencia mediana, por no decir de legalidad ni de oportunidad, pero como nadie los va a rucurrir, pues….
    Por suerte desde hace un tiempo «algunos» han decidido acudir a los Tribunales, en particular penales, que a pesar de sus carencias y desconocimiento de la «cosa» administrativa, y en muchas ocasiones de su falta de medios, estan poniendo algo de orden, aunque con un retraso insufrible y desmoralizador.
    La corrupción comienza cuando alguien firma en barbecho, o piensa que por hacer un favor no pasa nada, la adjudicación del contrato en un procedimiento restringido a un solo licitador, (aunque guarde las formas) y sigue firmando, hasta que la bola es tan grande que ya no es posible decir no.
    Demasiados funcionarios complacientes y más políticos convencidos de que su razón es sacrosanta porque proviene de las urnas, y que el procedimiento administrativo no es más que una traba burocrática para que no pueda gobernar, nos han llevado al descontrol actual.
    Como siempre me sorprendes JR.

  6. Juan Luis

    Hay funcionarios corruptos en España, por supuesto, pero afortunadamente, la corrupción no esta extendida en la función pública, como en otros países del tercer mundo. Entre otras cosas porque es tan difícil ser funcionario hoy en día en este país tan estatalizado, que pocos se arriesgan a ser descubiertos y perder la estabilidad económica, social y vital del funcionario. La corrupción surge más bien entre las relaciones de políticos y empresarios. Y además la corrupción no se instrumenta en documentos o expedientes administrativos (estos precisamente sirven para acreditar la falta de corrupción) es algo mucho más venenoso: la corrupción esta en el despilfarro, que no se controla con criterios de legalidad: el político corrupto compra o construye objetos o edificios innecesarios e insostenibles y ahí es donde se produce la corrupción. Una expediente puede ser inmaculado administrativamente y estar podrido de corrupción: el funcionario no es necesario para conseguir el objetivo de robar ese dinero público gastado en fines supuestamente «de interés general»… se trata de crear la necesidad, por ejemplo, de instalar desfibriladores por doquier, o de extender el AVE a todas partes y que se asuma públicamente su necesidad, para posteriormente comprarlos a alguien que ya esta en situación de ofrecerlo (como los porteros automáticos de «La Escopeta Nacional», vamos)

  7. Vicent Ferrer

    Buenos dias. Yo si que detecto que se presta más atención por el responsable político al informe de secretaría. Por otra parte, la facilidad con la que se ponen denuncias en la fiscalía que ésta traslada casi siempre al jugado, que a su vez tarda un año en llamarnos a declarar tiene también su parte buena: que aunque el informe no sea preceptivo, si intuimos que puede haber alguna responsabilidad penal podemos y debemos informar, aunque el acuerdo no requiera mayoría absoluta o la ley no diga específicamente que hace falta este informe.

    Desconozco si algún secretario ha sido imputado por informar en un expediente cuando no estaba obligado a ello, pero si que pasa que aunque no tengamos obligación de informar, cuando el asunto acaba en el juzgado de instrucción nos imputan también a los funcionarios.

    Creo que aunque no exista la advertencia de ilegalidad, si vemos que una propuesta de acuerdo está mal podemos y debemos informar aunque no estemos obligados a ello. Ganaremos tranquilidad nosotros y el político, que a la larga nos lo agradecerá.

    Ahora bien, esto va a repercutir en nuestra carrera futura. Los baremos específicos no suelen hacerse a medida para que los concursos los ganen los funcionarios especialmente estrictos. Aunque como en todo, hay excepciones. Y es verdad que la ley de racionalización ha reducido mucho el margen de intervención de los ayuntamientos.

  8. Javier L. Carreto

    Después de leer a JR y, sobre todo, los atinados comentarios de compañeros que tratan de practicar el control interno en su ámbito, quiero abundar en que en la mayoría de los casos de despilfarro de fondos públicos (como decís los juristas, presunta corrupción) el origen no está tanto en informes defectuosos, fallos de los mecanismos de control, connivencia de los funcionarios con el político «ungido» de turno, etc. (que también, porque de todo hay en la viña del señor) sino en lo que comentaba Juan Luis.
    Cuando se decide tomar la decisión política de construir un polideportivo con capacidad para 500 espectadores en un pueblo con 600 habitantes puede que todo el procedimiento siga la normativa de forma impecable, pero no parece que sea de aplicación lo que dice la CE en su Título I acerca de un uso eficiente de los fondos públicos. En muchas ocasiones los que nos dedicamos al control, sin poder olvidar el cumplimiento de la legalidad en el uso de aquellos (también recogido en la CE, en el Título IV) debemos poner el énfasis en el control de eficiencia. Desgraciadamente, no parece que la falta de eficiencia entre en el campo delictivo. Como es obvio, el responsable político de turno explicará ese despilfarro en aras al cumplimiento de la igualdad de todos los ciudadanos a la hora de poder practicar deporte.
    Esto sería un ejemplo de manual de mala gestión que es difícilmente atacable, hoy en día, desde el punto de vista de la responsabilidad (otra cosa es lo que decidan en las urnas unos ciudadanos, habitualmente, absolutamente desinformados sobre este tipo de actuaciones).
    Si en este ejemplo, el responsable político quiere «poner el cazo», siempre lo hará fuera de la gestión administrativa. Las circunstancias lo permiten a poco que los posibles licitadores quieran colaborar. Ya no hablemos cuando se trata de obras con proyectos infumables elaborados por el arquitecto «amigo» a través de un concurso de proyectos, etc. También en este caso se puede respetar perfectamente el principio de legalidad en las actuaciones administrativas y la «mordida» producirse fuera del circuito administrativo.
    Por último, quiero señalar como fuente de corruptelas (que pueden alcanzar cifras mareantes si se mantienen unos años) nuestro querido contrato menor, en el que las adjudicaciones a «amiguetes» a precios fuera de mercado, el fraccionamiento del objeto, tanto el cutre realizado con la misma empresa (ese no es complicado de controlar) como el que se realiza entre varias empresas que están íntimamente relacionadas (bastante más complejo de localizar) acompañado en numerosas ocasiones de una definición vaga del objeto del contrato que hace casi inviable verificar su cumplimiento real (pongo como ejemplo asistencias técnicas por falta de personal funcionario capacitado para realizar esas labores) nos lleva a una conclusión que vengo exponiendo en todos los foros. No sólo ha fallado en España una cultura de control y, desgraciadamente en ocasiones, nuestra propia capacitación personal, sino sobre todo los medios humanos preparados en número suficiente y el apoyo de la legislación a la difícil tarea del control.
    No sé si alguno conoce alguna sentencia condenatoria, en el orden jurisdiccional que sea, por uso ineficiente de fondos públicos. Yo no (aunque tampoco soy una rata de biblioteca) y, como ya sabéis, ese principio de eficiencia está en el Título I de la Constitución.

  9. Seguro que ya se ha dicho, lo primero mi enhorabuena por el análisis, tanto de los controles por la propia administración, que en demasiados casos es mero papel mojado o trámite y por el incomprensible por así decidirlo los legisladores de la administración de justicia, que tiene un peligro añadido y nos llevará antes que después al estado fallido.
    Y es que cuando la vía Contencioso Administrativa, no funciona, la penal, a la que acudes cuando ves que no tienes nada que hacer, ¿Qué queda? El Constitucional. Jajaja.
    Es tremendamente difícil al ciudadano accionar, es una mera anécdota que se remarca en los libros doctrinales para hacernos creer que estamos en un Estado de Derecho, pero cada vez veo que no es esto más que una quimera, de que sirve alegar si cualquier acto administrativo, por inverosímil que sean las afirmaciones que en el se dicen, y por contradictorio que sea con los documentos del expediente, goza de presunción de acierto y certeza, la cual no solo se expande a los hechos, aunque sean contradictorios, sino a todo el acto. Y es más, cuando pides una pericial el Tribunal se aparta.
    En cuanto a los Secretarios e Interventores, desde que son en su inmensa mayoría interinos, dependiendo su sustento del regidor de turno, no hay nada que hacer.
    ¿Como le vas a negar al ciudadano que si arregla por métodos poco ortodoxos llegará a una mejor solución?.
    ¿Que camino queda?¿Como solucionamos la controversia?¿Los juzgados son útiles?
    Como la presbicia y que no me gusta ponerme las gafas, me hace cometer muchos errores, pido disculpas a los que se sientan ofendidos.

  10. Ramiro

    José Ramón, ¿has tomado algún licor espiritual antes de escribir este artículo…?
    Siento mucho discrepar, pero en mi opinión lo único que reverdece en la corrupción, en todas partes.
    El problema de España no es que la casta o clase política sea corrupta, es que hoy en día ya somos todos corruptos, en mayor o menor grado, desde el cliente al que no le haces factura, hasta el que cobra por debajo de los honorarios orientativos de la profesión, incurriendo en competencia desleal, el concejal de festejos que le pide una comisión para él a la imprenta que va a editar el programa de fiestas, o el proveedor que te pregunta si quieres el suministro con Iva o sin Iva…
    Y cuándo en un país ma corupción está muy extendida, es general en todo el mundo, es decir ha habido una metástasis, ESE PAÍS NO TIENE SOLUCIÓN. Es el caso de Argentina, por ejemplo, donde todo el mundo es corrupto (y el que no lo es es porque no pude), o ESPAÑA, SIN IR MÁS LEJOS.
    Y respecto a los cuerpos de interventores, secretarios de administracfión loca, etc., la mayoría deberían ESTAR INVESTIGADOS, pues se han dedicado a mirar para otro lado, con tal de no ver los múltiples chanchullos. A cambio, eso sí, de incrementos salariales, horarios «mur relajados», cursos pagados con dinero público, etc.
    Vamos que se han corrrompido también.
    Un Estado dónde la principal ocupación de los altos cargos del Tribunal de Cuentas es enchufar en el mismo a sus familiares (más de 100, en los últimos años), es una m… de país.
    Siento ser tan agorero, pero es lo que hay.

    • Juan Luis

      Según su análisis,de nivel tertuliano, no hay nadie a salvo en esta Sodoma. No es así. Quiere usted «investigar», es decir,en la moderna terminología, «imputar» a secretarios e interventores por» mirar para otro lado»; vuelvo a repetir, porque hay que repetirlo muchas veces para que los jueces y la opinión pública se enteren, que los secretarios (no tanto los interventores que pueden y deben recurrir a la fórmula del «reparo», que,por otra parte, suele ser intrascendente en términos de consecuencias para el alcalde) ya no tenemos ni la obligación ni la potestad de ADVERTIR DE LA ILEGALIDAD, busque usted en la legislación (RD 1174/1987) para comprobar que se ha esfumado esa facultad o poder que es inseparable de la responsabilidad que se nos achaca. Es solo una de las medidas que el poder político ha adoptado a lo largo de los años para que el poder local (y autonómico) carezca de control,otras por ejemplo medidas legales corruptoras son los «baremos específicos», por los que el controlado elige directamente mediante una ficción a su «controlador». Cosa absurda donde las haya. La corrupción no se declara en los expedientes, se hace fuera del Ayuntamiento, y aunque los funcionarios sospechemos determinadas maniobras, sin pruebas no se puede denunciar a nadie. Y esas pruebas, como digo, no se dejan en los expedientes de secretarías ni de intervenciones. No son tan tontos ni los políticos ni los empresarios corruptos. Su genérica acusación indiscriminada es inútil e injusta. Es como el panteísmo, si todo es dios…en el fondo nada es dios.nada conviene más a los corruptos que qué se piense que todos somos iguales que ellos. «Etiam si omnes , ego non»

  11. Pingback: Tiempos tumultuosos para letrados, interventores y auditores  - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

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