De urbanismo y medio ambiente

Memoria y amnesia de los planes urbanísticos

importacniaLa Memoria que se incorpora a los Planes urbanísticos constituye la fundamentación, justificación o explicación del modelo urbanístico adoptado. Sin Memoria o con memoria hueca, el Plan urbanístico es puro voluntarismo y queda lastrado de invalidez. De ahí que no sea un requisito formal, que con el plagio puro y duro de otros planeamientos de otras órbitas, o con el “corta y pega” pueda cumplimentarse.

La Memoria es el desarrollo de la idea que anima al poder gubernativo para establecer un modelo o solución urbanística, que se enriquece con alegaciones, objeciones y reclamaciones.

En suma se trata de una modalidad de “informe” en cuanto encierra razones y criterios que sustentan la decisión. Por eso el plan aquejado de “amnesia”, desmemoriado, estará lastrado de invalidez, y el plan que tenga memoria, quedará vinculado por esos “recuerdos” que figuran descritos como antecedente y fundamento del plan.

Sobre la funcionalidad y alcance de la Memoria en urbanismo se ha escrito mucho y bien en la red, pero ahora quiero sencillamente traer a colación por los siempre didácticos comentarios de Mercedes Fuertes, Catedrática de Derecho Administrativo de la Universidad de León, el célebre caso de la Memoria vinculante, que suele recordar a sus alumnos para demostrarles que el Derecho y la realidad, la vida y la estética, urbanismo y movimientos vecinales, a veces cabalgan juntos.

captura-de-pantalla-2016-11-06-a-las-22-06-36La noticia está en la hemeroteca  del diario ABC del día 2 de Mayo de 1991, habla por sí misma y no tiene desperdicio. También resulta espléndida la crónica del Diario El País con detalles de pasillos judiciales y doctrina, en 1997.

Cuenta los antecedentes de la primera sentencia del Supremo que alzó en vinculante la existencia de la Memoria de los planes urbanísticos, la Sentencia de 16 de Junio de 1977. Dicha sentencia, consideró vinculante la Memoria de un Plan Parcial en cuanto incorporaba el compromiso de que se hacía una urbanización para realojar a los chabolistas (precisión incorporada por la Asociación vecinal), lo que comportó que el Ayuntamiento de Madrid fuese obligado por sentencia a materializar el sueño de los antiguos chabolistas para retornar a su barrio renovado. Y por ello, en gratitud y plasmación del hito jurídico-urbanístico, una plaza de Orcasitas recibió la curiosa denominación de “Plaza de la Memoria Vinculante” (como dato curioso en dicho barrio está también la calle de la Expropiación). Un bonito ejemplo de como un suceso jurisprudencial “hace ciudad” e historia.

Eso me recuerda que en mi juventud tuve ocasión de pasear por Londres, donde existía una visita guiada por la ruta de Jack el Destripador, como también en Los Ángeles existe la ruta por las tumbas de los actores famosos o en Viena por los palacios. Quizá no estaría de más una ruta para alumnos de Derecho urbanístico en Madrid con parada y explicación de viales, plazas, estadios, Museos y zonas verdes, su generación y conflictos de intereses. Quizá unas imágenes valen mas que mil palabras de libros de derecho administrativo. Además dicen los neurólogos que lo que se ve tiene mas fuerza vinculante en la memoria que lo que se lee.

5 comments on “Memoria y amnesia de los planes urbanísticos

  1. Y que poca dedicación y atención se le presta a veces, tanto por la administración como por los tribunales, al contenido de la memoria justificativa del planeamiento, cuando debe ser el instrumento esencial para conocer la motivación de las decisiones. Ocurre, además, que la memoria que finalmente se incorpora al documento aprobado definitivamente es la misma que se unía al documento de aprobación inicial, pese a que durante la tramitación (trámite de información pública, informes sectoriales y decisiones de la administración urbanística autonómica) se modifican importantes determinaciones del plan aprobado inicialmente.

  2. jose luis ezquerro

    muy acertado, una visita guiada por el desarrollo urbanístico de nuestros pueblos y ciudades ayudaría muchísimo a entender el urbanismo. Cómo se han plasmado los planes parciales sobre el terreno, las actuaciones singulares mediante convenios urbanísticos, los costes de la reparcelación y urbanización y su reparto entre los propietarios, las formas de actuación urbanística y sus riesgos, los olvidos medioambientales, la falta de atención al ruido, las dotaciones y los servicios olvidados, los cambios de uso, los equipamientos inexistentes, las zonas verdes ocupadas, etc…

  3. MANUEL

    Interesante y didáctico asunto. La Memoria Justificativa de un Plan General es el elemento primordial que justifica su contenido. En el capítulo de Normas siempre habrá que reseñar que en caso de conflicto entre los diferentes capítulos prevalecerá el criterio de la Memoria Justificativa. Hay que tener en cuenta que una simple línea a escala 1:5000 puede equivaler a 5 metros, es decir, los planos siempre deberán estar supeditados a esa memoria. ¿Pero qué decir acerca del Estudio Económico Financiero del PG o su Plan de Etapas o de los Planes Especiales de Protección de los C.Históricos o los Estudios Ambientales….Estratégicos….(para quién)? Mi conclusión es que los PG solo han servido para financiar campañas electorales…. en el mejor de los casos. Si los justicieros, en vez de centrarse en los defectos formales de una demanda urbanística se centraran en esa Memoria Justificativa otro gallo nos cantaría.

    Creo que si se exigiera que en cada escritura de compra-venta de vivienda nueva, se reseñara el desglose por conceptos del coste de esa vivienda…por ejemplo, que el comprador pueda saber que paga una media de 15.000 €/vivienda por la transformación y conducción del suministro de energía eléctrica a su casa….o que ha pagado al ayuntamiento, un coste del 10% de lo que le ha costado esa vivienda, para parques jardines y colegios…..como así figura en la Memoria Justificativa….las demandas a las eléctricas por uso de una red que no han pagado o a los ayuntamientos que no realizan las dotaciones prometidas y pagadas por el COMPRADOR de la vivienda no por el promotor, serían cuantiosas…..

    Aunque para qué perder el tiempo, el dinero, y la vida, poniendo una demanda….si el justiciero de turno, al cabo de muchos años, le dará la razón siempre a la Administración Pública…¡Hay que hacer méritos para ascender en el escalafón! Al fin al cabo ellos no entienden de urbanismo….

  4. Muy interesante entrada.

    Como también lo sería conocer cuál fue el escrito de contestación del Ayuntamiento de Madrid tratando de justificar que tenía ganas de realojar a los chabolistas, pero que se las aguantaba.

  5. Pingback: Cambio de paradigma del urbanismo : Reflexión y foro imprescindibles delaJusticia.com El rincón jurídico de José R. Chaves

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