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Reorientar el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público antes de que sea tarde

burocraCasualmente tras el último post dedicado a la corrupción y al Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público me llega un espléndido trabajo del Observatorio de Contratación Pública (ObCP) con propuestas de “modificaciones y mejora” al citado proyecto y suscrito el 30 de Enero de 2017 en que de forma clara, sencilla y razonada califica de “oportunidad para “rearmar” nuestro modelo de contratación pública desde la lógica de los principios de eficiencia, transparencia y buena administración”.

Para tal alta y noble meta, este dictamen efectúa unas consideraciones generales y medidas específicas que a mi juicio son totalmente atinadas y oportunas que no podemos pasar por alto si queremos realmente mejorar nuestra maltrecha institución contractual.

En particular me agrada especialmente, una de las vertientes en las que mayor hincapié he hecho desde hace años referida a la necesidad de ampliar la legitimación impugnatoria de manera que impere la acción pública en la contratación pública. Y ello porque con carácter general pienso que el muro de la legitimación ha perdido sentido con la imposición de la regla del vencimiento en materia de costas contencioso-administrativos (lo que frenaría los abusos, junto con una prudente aplicación de la doctrina de abuso de derecho por los jueces frente a acciones maliciosas). Además, en materia contractual como reacción a los excesos, impone a gritos la acción pública.

Esto es, combatir la corrupción requiere transparencia para saber qué se contrata y las condiciones, pero también mecanismos de reacción que eviten la impunidad de tropelías contractuales so pretexto de que carece de interés legítimo un tercero, cuando el interés en la buena administración y evitar la corrupción es de todos.

Y hasta aquí llega mi comentario porque creo que las propuestas para mejorar el Proyecto de Ley de contratos del Sector Público hay que dejarlas a los expertos mas consagrados, y opino que tanto José María Gimeno Feliú como José Antonio Moreno Molina, ambos Catedráticos de Derecho Administrativo de las Universidades de Zaragoza, y Castilla-La Mancha, respectivamente, se han ganado sobradamente el papel de orientar la contratación pública hacia el lugar de donde nunca debió salir. Aquí tenéis el estudio, donde ambos especialistas, contando con un buen equipo, ofrecen lo que deberían tener nuestros parlamentarios o asesores a la vista. Y es que ser diputado o senador no consiste en tragar lo que llega del ejecutivo, ni en intentar colar la enmienda que apoya el colega o partido. No. Ser parlamentario supone seriedad y rigor y evitar que por tercera vez la Ley de Contratos vuelva a fallar como las escopetas de feria.

Por eso, cuando se trata de aprobar una de las normas mas importantes del Derecho administrativo, cuando se trata de abordar la institución de la contratación pública que es la madre de todas las corrupciones, bueno será tener en cuenta las recomendaciones de los expertos, sobre todo cuando está expuesto de forma convincente e inmejorable en esta maravilla de informe de una veintena de páginas

Como dice la Biblia y el cancionero: “El que quiera oír, que oiga.”.

8 comments on “Reorientar el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público antes de que sea tarde

  1. Pingback: La corrupción ante el nuevo Proyecto de Ley de contratos del sector público - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

  2. Julio Planell Falcó

    ¡ Muy buen artículo! Gracias, siempre es ilustrativo leer las exposiciones del Magnifico Magistrado J.R.Chaves. Fdo.: Julio Planell Falcó, Abogado, Colegiado 2044 del ICACS

  3. José Luis Ezquerro

    Muy acertado el comentario. Estoy muy de acuerdo con la propuesta del ObCP. En Navarra se está también tramitando el proyecto de nueva Ley Foral de Contratos Públicos. Muchas de las cuestiones planteadas por el ObCP ya está recogidas, pero hay otras que habría que tener en cuenta.

  4. Pablo Carretero

    Reconozco que soy muy pesimista al respecto de que la nueva Ley resuelva los problemas estructurales que rodean a la contratación administrativa.
    Si como apunta el análisis hecho por el Observatorio, «el 10% del gasto en contrataciones públicas se desperdicia en corrupción y soborno», con el peso que tiene la contratación en nuestro PIB, nos enfrentamos a un trozo muy grande del pastel y no van a considerarse ninguna modificación sensata y claras que acotarían algo más el paisaje desolador y desolado que supone la contratación.
    Desde luego, si se tomaran en consideración las propuestas del Observatorio se avanzaría notablemente, pero la reforma ha de ser mucho más profunda: Código Penal (no solo la pena del Telediario), financiación de Partidos, reducción de la Administración…
    No creo que nadie pueda apreciar voluntad política en atajar el problema a pesar del hastío ciudadano.

  5. Reblogueó esto en IUSLEXBLOG. .

  6. Buenos días Sevach y felicidades por el artículo y también al ObCP por su trabajo

    En cuanto a lo que comentas sobre la acción pública es un «misterio» la razón por la cual no se ha extendido esa acción popular del art. 125 de la Constitución a materias tan importantes como la contratación pública porque es evidente que todos tenemos un interés en que no se desvíe o se despilfarre el dinero de todos.

    Esperemos que todas estas iniciativas sirvan para que en fase parlamentaria y a través de enmiendas se corrija el proyecto para que su redacción final sea acorde con lo que tanta gente brillante que trabaja y conoce a fondo la contratación pública ha ya manifestado porque será un bien para tod@s

    Buena semana

  7. Pero, ¿se puede esperar algo de esta gente? Pongo un ejemplo poco conocido: En mayo de 2005, la revista Interviú desvelaba que Federico Trillo se convertía en asesor jurídico de Prosegur, compañía de seguridad que facturó contratos millonarios a Defensa siendo él ministro. En su declaración de intereses de 16 de junio de 2004, ya como diputado en la oposición, especificaba “el ejercicio libre de la abogacía”. La relación laboral entre el ex ministro y Prosegur podía violar la Ley de Incompatibilidades, que impide durante dos años a los altos cargos trabajar con firmas que hayan facturado a sus departamentos. Entre 2000 y 2004, los años de Trillo en Defensa, Prosegur contrató con ese ministerio servicios por valor de 7,1 millones de euros. Durante la etapa de Trillo, Defensa intensificó la contratación de servicios con empresas privadas para suministrar al Ejército y sus instalaciones. La medida más llamativa fue la colocación de guardas jurados de la compañía VINSA –vinculada a la ONCE-, para custodiar la Academia Militar de Zaragoza.

    En todo caso, Señoría, de nuevo te reitero que, sin tí, este país sería mucho peor. Si tuvieran conciencia, tuya sería la voz.

  8. Buen Articulo Sevach !!! Grande como siempre. A mi lo que verdaderamente me gustaría que se regulase son los Tribunales Administrativos de contratos públicos, tanto en su funcionamiento y ordenamiento como en los órganos que son puestos en esa organización.
    De bien es sabido que, la única manera que tienes de impugnar una licitación o una adjudicación o unos pliegos es a través de estos órganos y que NO siempre, se ajustan a derecho en sus decisiones y que No siempre son objetivadas y se limitan a decir «no ha lugar» pero sin una fundamentación adecuada a dicha impugnación.

    Como bien decía un lector… si del pastel se llevan un 10% en «mordidas», y estas están protegidas como si de un derecho de autor fuera… complicado sea regular el TRLCSP… sin que la mano «política» hurgue en algún articulado.

    Gracias por el articulo como siempre.

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