Humor y Administracion

Demandas absurdas sobre el sol, el silencio o los bostezos de un hipopótamo

Es cierto que las demandas soportan todo. Que la autonomía de la voluntad es elástica. Que cada cual es libre de vender lo que le plazca si hay alguien que lo compre. Pero lo que me parece una osadía tremenda es aventurarse a demandar a una empresa digital (eBAY) por retirar el anuncio de venta de parcelas de sol a 1 euro el m2 (de 10.000 disponibles).

Me recuerda los pleitos insólitos de la serie Ally Mcbeal (donde por ejemplo, se litigaba por ejemplo el derecho de tres adultos a contraer matrimonio entre sí, por el despido de presentadora televisiva por su edad, o la denuncia a unos grandes almacenes por engañar a los niños haciéndoles creer en Papá Noel).

Es digno de aplauso el abogado que afronta tamaño reto, pero otro juicio merece el que insiste en apelar la sentencia desestimatoria del Juzgado de 1ª instancia que apreció temeridad en tal venta solar, y que llevó a la reciente sentencia de la Audiencia Provincial madrileña del pasado diciembre. Quizá tal pleito solo puede explicarse en términos de buscar la repercusión mediática, esto es, eso que está tan de moda, de “que hablen de mí, aunque sea bien”.

Veamos al Tribunal argumentar la evidencia y algunas reflexiones complementarias.

1. Escuchemos a la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid de 22 de Diciembre de 2016 (702/2016):

«En este sentido, resulta incuestionable que la venta de parcelas promovida por la actora suponía, en todo caso, una clara infracción de la obligación y de la prohibición reseñadas. Efectivamente, el SOL -que no es un planeta, sino una estrella- no puede ser objeto de ocupación y apropiación, ni física, ni jurídicamente. Físicamente, porque su naturaleza, composición y alta temperatura hacen absolutamente imposible cualquier potencial aproximación al mismo -a diferencia de lo que podría afirmarse respecto a los planetas que giran a su alrededor-. Y jurídicamente, porque así lo establece expresamente el artículo II del Tratado de 27 de enero de 1967 -Instrumento de adhesión de 27 de noviembre de 1968-.

Esta imposibilidad física y jurídica de apropiación -como exige el artículo 333 del Código Civil- determina, en primer término, que no pueda ser objeto de ocupación, conforme a lo prevenido por el artículo 610 del Código Civil; en segundo término, que tampoco pueda ser objeto de prescripción adquisitiva, conforme a lo prevenido por el artículo 1936 del mismo Código Sustantivo, al tratarse de UNA RES EXTRACOMERCIUM; y, finalmente, que tampoco pueda ser objeto de contrato alguno, conforme a lo establecido por el artículo 1271 del repetido Código Civil, al encontrarse fuera del comercio de los hombres

CUARTO.- Consecuentemente, resultando plenamente justificada la retirada del anuncio efectuada por la entidad demandada, es evidente que no cabe atribuir a ésta incumplimiento o contravención contractual alguna. Lo que determina, la inviabilidad de la pretensión indemnizatoria formulada en la demanda inicial y, por ende, la plena corrección de la sentencia apelada, por lo que debe confirmarse la misma, con desestimación del recurso de apelación interpuesto

2. En fin, vivir para ver.

Es mas la prensa se hizo eco de que la gallega había registrado el Sol en una notaría de Porriño (?), y en la misma clave, siguiendo el absurdo, algunos querían demandarla por los cánceres de piel.

Al menos tales parcelas solares tenían sus ventajas. Calefacción incorporada y vistas al sol. Nadie puede alegar vicios ocultos pues mas luz no puede haber. Claro que la parcela queda a las afueras, y lleva visitarla unos 8 minutos y 19 segundos (tiempo en recorrerla a la velocidad de la luz, así que no se libraría de multas por exceso de velocidad).

Hasta hace poco cuando quería ver productos extravagantes acudía al rastro local. Ahora un paseo por internet y todo el mundo vende lo que le plazca, por si alguien pica: desde la pelusa del ombligo hasta una cáscara de plátano conservada en hielo… Curiosamente en EEUU una web vende parcelas en la luna.

Pues nada, a vender el fondo oceánico (y con suplemento por si quiere luz de peces abisales), parcelas en las nubes (¡rápido, que se desvanecen!) o dientes de cocodrilos vivos (en autoservicio que asume el comprador).

Lo que deberían vender algunos es la estupidez que la naturaleza les ha dotado generosamente… Como decía mi admirado Albert Einstein: “Dos cosas son infinitas: la estupidez humana y el universo; y no estoy seguro de lo segundo”.

3. Pero ya que estamos en un foro jurídico, citaré el caso de la demanda planteada por el compositor John Cage (1912-1992) frente al grupo musical The Planets. La demanda tiene bemoles.

El músico en el año 1952 ofreció el siguiente concierto: entró al escenario, saludó al público, se sentó al piano, colocó sus manos sobre el teclado y miró la partitura; después bajó la tapa y salió. El título de la obra era “4,33”, o sea, el tiempo exacto que duró el concierto de esta pieza (más bien pantomima).

justi ciegaPues bien, el grupo musical The Planets dedicó una pista del disco Classical Graffiti a un minuto de silencio, y lo tituló “El silencio de un minuto”. ¡Y fue demandado por plagio! La demanda se solucionó con un acuerdo extrajudicial por el que Batt pagó a los herederos de Cage una cantidad de 150.000 euros.

O sea, si 4 minutos y 33 segundos de silencio valen 150.000 euros, podemos calcular que cada minuto de silencio vale unos 33.000 euros. Debemos esta tasación a la que califiqué de majadería de John Cage.

Así que seguro que algún abogado que reciba una desestimación presunta, por silencio administrativo, podrá ahora reclamar una indemnización por responsabilidad patrimonial por el silencio mediante una sencilla multiplicación.

Esa anécdota me recuerda aquella otra demanda en EEUU del titular de los derechos de propiedad intelectual del Libro de la Nada (que estaba en blanco) y que demandó al autor de Memorias de un amnésico (también en blanco). O sea, por plagio, aunque aquí el tribunal anduvo fino pues concluyó que “plagiar la nada” era “plagiar nada” y por tanto nada había que indemnizar. Si es que, como decía Oliver Holmes, el derecho es lógica.

Aunque como se atribuye al torero Lagartijo, cuando le dijeron que en las gradas de la plaza había un filósofo, Ortega y Gasset: “Hay gente pa tó”.

5. En fin, en nuestro planeta jurídico, ya hice en su día un inventario de las demandas más curiosas y extravagantes (¡reales!) del mundo jurídico-administrativo.

ATTENTIONNOTA.- El viernes, 10 de Marzo, a las 20,00 horas, en la C/ Calvo Sotelo, 7 (Hoy calle García Lorca, sede de La Nueva España), Club Prensa asturiana, tendrá lugar mi charla sobre Controles, errores y abusos en las oposiciones y concursos del empleo público (acceso libre)……………………………………………………………..

tribuna

                                     La charla se abrirá a debate y a su término estará disponible el libro Vademécum de oposiciones y concursos (Ed. Amarante, 2017), que podrá adquirirse allí mismo y gustoso los dedicaré a los interesados.

                                                                                  ¡¡ BIENVENIDOS !!

8 comments on “Demandas absurdas sobre el sol, el silencio o los bostezos de un hipopótamo

  1. Reblogueó esto en IUSLEXBLOG. .

  2. Pilar Pérez

    ¿Qué es registrar el sol en una notaría? ¿Registrar su propiedad? ¿Con qué título de propiedad y en qué registro de la propiedad se registra el sol? ¿Cómo se sabe que no está ya registrado en el registro de la propiedad de una pequeña ciudad de Manchuria?
    Y lo de las parcelas…¿qué es una parcela? ¿No requiere de un sustrato sólido? ¿Cómo se puede «parcelar» un cuerpo fluido-gaseoso como es el sol?
    Está claro que todo es surrealista, pero también un fraude porque alguien vende o alquila lo que no le pertenece y que además es invendible. Pero en este mundo nuestro, la gente vende y compra de todo: cremas de espárragos para poder prescindir de la quimioterapia y sin efectos secundarios, cremas antiarrugas de las que se comprueba su efecto al cabo de veinte años, adelgazantes, crecepelos y cajas de la felicidad.

  3. Pilar Pérez

    Por cierto, hablando de ventas. Mi hija de trece años, vino un día a casa con un carnet de identidad británico (en UK no hay carnet de identidad, como uds saben) y otro carnet de no se qué, también muy oficial. Los había comprado por internet, le habían estafado 200 euros (claro que no nos lo dijo y no sabemos cómo lo ahorró, preferí no mirar el monedero ya que normalmente no hace cosas de estas u una se le perdona a cualquiera). En ellos se había puesto 9 años. Ya tenía 22 (ya puestos…) y cuando me enteré del despropósito me confiesa que estaba pensando en un pasaporte que le pusiera 25, pero que valían más caros.
    Todo por internet y se paga en Correos contra reembolso. De esto hace ya unos años. También ya, como se podía elegir, se había puesto nombre de actriz de cine
    Ya le expliqué que podría ser delito utilizarlos y que mejor romperlos y a la basura. Le hacía muchísima ilusión hacerse grande.
    Se vende de todo

  4. Contencioso

    Puede parecer divertido al principio, pero cada uno de esos casos absurdos supuso una demora para el resto de gente que tenía algo de verdad importante. El abuso del servicio pùblico alcanza cotas ridículas en ocasiones, ahí están las urgencias de los hospitales llenas de gente con un catarro o los juzgados llenos de demandas muchas veces absurdas y sin visos de prosperabilidad. Pero en fin, hay mucha gente que tiene que comer de algo, aunque sea de generar trabajo innecesario a los demás. Saludos

  5. Iñaki Virgós

    ¿El sol es res semoviente?

  6. Hammurabi

    Es evidente que las cosas en sí no tienen ningún valor, sino el que les atribuye el ser humano, bajo criterios objetivos a veces, y subjetivos otras muchas veces,
    Las reliquias religiosas por ejemplo pueden ser muy veneradas y valoradas para los feligreses de una religión, mientras que para los otra, no pasaría de ser un mero deshecho, y esto se puede aplicar a otros muchos campos de la vida,
    Dicho lo cual, entiendo en el principio de la tutela judicial efectiva caben todas las pretensiones por muy extrañas que suenen, siempre que planteen desde la buena fe.

  7. Joaquín Noval

    Estimado José Ramón (aunque desconocido en persona, seguido desde hace tiempo en la red, lo que, creo, me da cierto «derecho» a tenerte estima): No es mi costumbre intervenir en blogs ajenos para puntualizar al autor, con el que se puede estar o no de acuerdo, pero al que en todo caso hay que agradecer su esfuerzo al compartir sus conocimientos. Pero me aventuro a hacerlo porque me ha picado la curiosidad y tenía unos minutos para «perderlos» en ello. Me refiero a la anécdota del «hay gente pa tó», que en el texto se atribuye a Lagartijo. Yo siempre lo había escuchado referido a Joselito El Gallo, pero he pensado que la atribución a un torero u otro depende de las latitudes donde uno escucha la anécdota y, después de todo, El Gallo era sevillano, como yo.
    Y como digo que hoy tenía tiempo, he buscado la biografía de Lagartijo y compruebo -en Wikipedia- que falleció en 1900 mientras que Ortega y Gasset no termina la carrera de Filosofía y Letras hasta 1904, por lo que parece evidente que no fue Lagartijo.
    Después he buscado la anécdota en San Google, quien me dice que se atribuye, además de a El Gallo, tanto a Lagartijo como a El Guerra: http://www.abc.es/cultura/toros/20141021/abci-sabes-donde-viene-frase-201410201734.html
    La atribución a El Guerra sí sería posible por las fechas, y además cuadraría con el ingenio y las frases lapidarias que se le atribuyen a este otro torero, también cordobés.
    De todos modos, poca importancia tiene. Tan sólo un divertimento para una mañana en que, aparte de leer esta entrada, he tenido unos minutos para aprender algo más.
    Muchas gracias por el blog. Un abrazo.

    • ¡ gracias, Joaquín, por tus pesquisas y aclaraciones!. Ya sabes que a veces el bloguero» toca de oído o memoria» y ambas van fallando con los años. Un saludo afectuoso

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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