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Leña al mono judicial: La sentencia de La Manada

thm_ein-wenig-zufriedener-klaegerLa sentencia sobre el caso da ‘La Manada’ con penas de nueve años de prisión a los cinco jóvenes sevillanos por un delito continuado de abuso sexual en los Sanfermines de 2016 ha provocado un tumulto de opiniones críticas en las redes sociales, unido a tertulianos que saben de todo.  El Ministerio fiscal pedía para los acusados 22 años y 10 meses de prisión por agresión sexual, y  los jueces han condenado a menos de la mitad, por delito de abuso sexual pero no de violación.

Creo que la libertad de opinión y el derecho de crítica de las decisiones judiciales amparan cualquier posición, pero también la mía que se sustenta en algo tan sencillo como recordar algunas cosas elementales…

  • La definición de lo que es delito de violación o delito de abuso sexual es lo que ha querido el legislador según la voluntad parlamentaria de nuestros representantes. No se definen los delitos según la opinión de cada cual ya que la diferencia entre homicidio y asesinato o entre abuso sexual y violación, por ejemplo, es sutil y técnica.
  • Cuando el legislador y la jurisprudencia marcan un escenario de reglas jurídicas, el juez está sometido a la Ley, y sin espacio para interpretaciones que rompan la letra de la ley. No hay lugar para la conciencia del juez ni para la opinión de sus vecinos.
  • La ley penal está sometida a la hora de castigar a un férreo principio de legalidad que impide aplicaciones extensivas, analógicas o cambiantes según el sentir social. Por tanto, si existen dudas o incertidumbre sobre si procede castigar por delito de abuso sexual o delito de violación, la balanza de la Justicia ha de inclinarse por el de menor fuste. Así lo ha querido la Constitución según la interpretación del Tribunal Constitucional y de la jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos humanos.
  • small_printLa apreciación de lo que realmente ocurrió, de la valoración de la conducta de agresores y agredida, si existió o no resistencia, si se trató de una conducta con matices de uno u otros, es una altísima responsabilidad que debe hacerse, porque la Ley así lo ha querido, por una Sala formada por jueces imparciales, quienes tienen disponibles todo el material probatorio, las actuaciones policiales, videos, testimonios y pruebas circunstanciales. Si no hiciesen falta pruebas ni valorarlas, bien podría ponerse al sentencia al día siguiente de la detención por la propia policía según la reacción popular.
  • Es realmente difícil declarar probados hechos que tienen que ser tejidos como un tapiz con hilos a partir de gestos, conductas e impresiones, actos previos y posteriores, y esa difícil labor explica que puedan existir discrepancias en la Sala que lleven a un voto discrepante respecto de otros. Pero precisamente el sistema judicial ha querido que casos complejos penales por su relevancia, se sustancien por órganos colegiados, donde puedan personas con experiencia y especializados, hablar y debatir con libertad sobre el valor de las pruebas. Es más, creo que las 371 páginas de la sentencia de referencia con hechos y argumentaciones jurídicas (más de la mitad de la sentencia dedicada al voto particular), son algo más serio que una opinión rápida de café sobre un titular periodístico.

En suma, puede opinarse libremente sobre cualquier sentencia apoyado en la información parcial, sesgada o ideológica que se ofrezca, pero sin perder de vista que la sentencia se apoya en toda la información disponible, bajo un examen completo y objetivo, y escuchando tesis y pruebas de todas las partes, a cargo de personal especializado e imparcial.

Bajo mi opinión personal, forjada con lo que los medios de comunicación me ofrecen, los agresores son unos miserables, que han cometido un hecho repugnante, que merecen todo mi desprecio por su conducta, frivolidad y atropello del derecho más elemental de una persona, que es su libertad sexual. Ahora bien, bajo la perspectiva jurídica debo aceptar que la sentencia se ha dictado según ha querido la Constitución y mis Leyes, o sea, según lo democráticamente marcado y por jueces independientes.

Pero si alguien quiere que las sentencias se pongan por aclamación, por votos en redes sociales, o que los delitos cambien de castigo según la moda o lo políticamente correcto, pues me parece que no ha entendido nada del valioso regalo que es vivir en un Estado de Derecho.

Mediation ResolutionY es que en un Estado de derecho hay errores judiciales y para eso está la larguísima cadena de recursos, como frente a esta sentencia.

Pero también hay errores del legislador que ha fijado esas leyes con esos castigos y no otros.

Y cómo no, también hay errores humanos, de muchos que a través de las redes sociales o desde micrófonos se lanzan a criticar sentencias y confundir churras con merinas, para más inri políticos o intelectuales y demagogos de todo pelaje, pero que además son los mismos que parecen ignorar que el telón de fondo de ese despreciable acto es un pésimo contexto de educación de adolescencia que ha propiciado que algunos jóvenes como esos canallas, consideren que todo vale, que la noche y el alcohol o drogas es el pasaporte a la felicidad, y que el aturdimiento de «la marcha» autoriza para atropellar los derechos de los demás, para agredir y romper. Son los que califiqué de hijos del botellón y del whatsapp. Ese es el problema frente al  que tendrían políticos y redes sociales que reaccionar para que nuestro legislador reoriente el gravísimo problema de educación que afecta, no a todos los jóvenes, pero sí a un grupo significativo que confunden felicidad con egoísmo y atropello de los derechos de los demás y desprecio de lo que es de todos.

mono pinesaPero que nadie dude tampoco que matar al mensajero judicial es un error pues una sentencia no es injusta si nos parece injusta según el ruido y gritos que podamos hacer. Lo será si su lógica interna o técnica jurídica es errada, o si va contra valores esenciales. Y si va contra valores esenciales, critiquemos al legislador que no supo captarlos.

¿Acaso queremos que nosotros y nuestra familia sean juzgados según leyes que se vayan reescribiendo por el juez que nos toque en suerte según el ruido mediático y social?.

Como decía Umberto Eco en un artículo:

Hoy día el primer recurso del acusado no es probar su inocencia y preguntar respetuosamente en qué pruebas se basa la acusación, sino empapelar al guardián, ya sea un guardia urbano o el presidente del Tribunal de Casación.(…) Si te acusan los jueces los deslegitimas a ellos, pero si te acusan los carabinieri deslegitimas a los carabinieri.

Me temo que ahora se da un paso más adelante, pues ya no es el acusado el que critica al juez, sino los propios políticos, los periodistas y los ciudadanos acodados en la barra del bar. Los fiscales son Twitter y Facebook, y la norma penal ni siquiera son las leyes naturales, sino las leyes de la masa social y de lo políticamente correcto. Triste.

En fin, ya tuve ocasión de pronunciarme en público sobre los juicios paralelos a los que califiqué significativamente de juicios perpendiculares.

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198 comments on “Leña al mono judicial: La sentencia de La Manada

  1. María D. García

    Buenísimo, lo suscribo íntegramente

  2. pilara112

    «Es realmente difícil declarar probados hechos que tienen que ser tejidos como un tapiz con hilos a partir de gestos, conductas e impresiones, actos previos y posteriores, y esa difícil labor explica que puedan existir discrepancias en la Sala que lleven a un voto discrepante respecto de otros»
    Me pregunto en qué momento de la carrera judicial, y con qué metodología aceptada por la comunidad científica, se estudia la expresividad de un rostro o el lenguaje corporal para deducir si una muchacha rodeada por cinco, no voy a llamar señores, está sufriendo o no y cómo se interpreta su silencio
    Si los susseñorías no tenían instrumentos psicológicos, conductuales para realizar tal interpretación..¿no hubiera sido más lógico recurrir a un perito?
    ¿A qué se le llama intimidación?
    En una ocasión me encontré en un ascensor con dos sujetos.Me dijeron..»dame tu dinero», no solo les abrí el bolso sino que me quité todos los anillos que llevaba.Uno de ellos, curiosamente, que normalmente no salía porque estaba pequeño, salió con toda facilidad. Lo hice con el deseo de que se fueran cuanto antes y «mi deseo» en ese momento era el de haber tenido incluso un poco más de dinero en el bolso.
    ¿Hubiera podido deducirse consentimiento con el robo?
    Este voto particular, en este caso de la manada, hubiera podido ser del tipo…»no puedo inferir que hubiera o no consentimiento, de donde..»in dubio, pro reo», pero el suseñoría se ha explayado…prefiero no repetirlo. No voy a decir que me parece una auténtica vergüenza,no lo voy a decir porque no puedo. Lo que sí puedo decir es que yo, personalmente, me siento profundamente avergonzada

    • paracaidismo

      La sentencia no establece que hubo consentimiento, la sentencia condena a 9 años de prisión precisamente porque no lo hubo (por matar a alguien te pueden caer 10 años)

    • Alejandro

      Debe de haber leído más bien poco de la sentencia aún queriendo dar la impresión de que es docta en la materia ya que precisamente la sentencia condena por abusos sexuales al referir que no hay consentimiento. De haberse considerado que lo había no hubiesen sido condenandos.

      • Anónimo

        No habla sólo del consentimiento, si no del concepto de intimidación

      • Crítica el voto particular de casi 200 páginas, a lo mejor has leído tú poco de lo que escribe ella Alejandro

    • Suscribo integramente

    • Dreyfuss Zola de La Constitución Méndez

      Lo de tu ascensor no parecía un contrato de donación. En el caso de la manada la declaración de la víctima es una súplica para que los absuelvan, que dos jueces no han sabido entender: que no dijo nada y que su silencio podía ser interpretado por los hombres tanto cono que quería, como que no. Recientemente sus abogados la han forzado prácticamente a recurrir. Estos han explicado que no quería. Ni los hechos que rodean la supuesta violación, ni la actitud de la víctima permiten quebrar la presunción de inocencia. La bochornosa toma de las calles por el fascismo morado ha impedido que dos magistrados fallasen independientemente. Ha habido un juicio “perpendicular” (excelente apreciación), que ha impedido un juicio justo. Que se lo cuenten a Zola y a Dreyfus

    • Veo que su explicacion adolece de una parte de lo sucedido.

      Lo que no nos explica aqui la sra. pilara es que a esos dos se los encontro a las tantas durante la fiesta del pueblo y les dejo acompañarla hasta su casa compartiendo con ellos la chachara, habiendoles dicho los tales que su oficio es robar, ante lo cual ella no se inmuto e incluso la motivo a dar algo mas, etc. etc.

      Hubiera podido deducirse consentimiento con el robo?. Nuestros amigos juristas ya lo diran.

      Tambien hace sentir verguenza mezclar asuntos que no tienen nada en comun.

      Pero la calle es la calle y ahora, el pasalo manda. Pues nada, a pasarlo bien.

    • = No voy a decir que me parece una auténtica vergüenza,no lo voy a decir porque no puedo. Lo que sí puedo decir es que yo, personalmente, me siento profundamente avergonzada =.

      Sra. pilara en un juicio esta frase gana el caso.

    • Parece que, de repente, todo el mundo se ha convertido en magistrado. No olvidemos lo fundamental: las leyes salen del parlamento y las sentencias, de jueces y magistrados. Ahora sí queremos legislar en caliente. Hace no mucho, con ocasión del asesinato de un niño en Almería, o de una joven en Galicia, nadie quería legislar en caliente. ¿doble vara de medir? ¿hipocresía social? ¿demagogia oportunista? Cuidado con estas cosas, que las carga el diablo.

    • Letivi

      La manada femenina de Valencia que la prensa, feministas y políticos mantienen en secreto.
      Hace 5 años se liaron con un chico y después presentaron denuncia por violación para sacarle 10 mil euros. Condenado a 20 años.
      Dos años más tarde confiesan a una amiga que la denuncia es falsa, están grabadas.
      El enlace esta por todo internet, aquí lo dejo por si interesa.
      https://www.youtube.com/watch?v=I0-voHkJQn8
      Seguramente el chaval estará cumpliendo sus 20 añitos de cárcel.

  3. Alfon Atela

    Llevas razón, Sevach. Y de hecho con quien yo no estoy de acuerdo es con el legislador, no con los jueces. Hoy en día la protección a la mujer debe suponer que si no quiere sexo, forzarla CON O SIN VIOLENCIA o intimidación debe ser viloación. Luego, habrá concurso con amenazas o con lesiones en su caso, pero hay que eliminar del código penal la distinción entre abuso y violación. No es no, y lo contrario a no debe ser a mi juicio violación. No puedes ser que la alternativa a la violación sea que la víctima se arriesgue a lo que le pasó a Nagore Lafarga también en Pamplona: resistirse y ser asesinada.
    El legislador lo está haciendo muy mal.
    Por último, yo también disculpo a la plebe. Se le ha trasladado el mensaje de que, por ejemplo, silbar al himno es violencia, pero que cinco tiparrones agarren a una muchacha ebria no es intimidación. ¿Qué queremos que piensen?.
    Y repito que estoy contigo en lo que expones.

  4. Anónimo

    Desde que se hizo pública la sentencia he escuchado muchísimas barbaridades y éste es uno de los mejores artículos que he leído. Como abogada me indigna que todo el mundo hablé sin saber que detrás de una sentencia hay una gran preparación en Derecho y ahora parece que todo el mundo lo ha estudiado sin tener el más mínimo conocimiento del sistema judicial. Un saludo

  5. Millón de gracias.
    Solo un apunte: hablas de la sentencia. Pero desde las pp 133 y ss. Aprox es voto particular.
    Quizá precísalo.
    Llama la atención la divergencia en el relato fáctico de sentencia y votos…
    Lo que evidencia la complejidad del caso.

  6. Sofía

    Siendo cierto cuanto dices, me sigue resultando difícil digerir que en el relato de hechos probados conste que «la denunciante está agazapada , acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando ; estas imágenes evidencian que la denunciante estaba atemorizada y sometida de esta forma a la voluntad de los procesados» y posteriormente, en la calificación jurídica se entienda que no hay intimidación, y por tanto hay un consentimiento viciado y delito de abuso sexual.

    Obviamente las pruebas, su análisis y valoración no sólo les corresponde únicamente a estos jueces, sino que los demás no tenemos elementos para una «sana crítica» del relato de hechos.

    Pero en cuanto a su calificación jurídica, una vez aceptados los hechos probados… entiendo que sí está sujeta a crítica. Aunque sea sólo por la estupefacción causada.

  7. Carbeif

    Ayer fue un día triste para el estado de derecho, y no precisamente por culpa de los magistrados navarros quienes, creo, han cumplido fielmente su labor constitucional en un asunto envenenado, sino por los opinantes, tertulianos, insignes políticos y especialmente medios de comunicación que olvidan,como muy bien dices , lo que es vivir en un estado de derecho. Siguiente etapa el caso Alsasua

    • Anónimo

      El Estado de Derecho es precisamente el que respeta la libertad de expresión. Los jueces no son infalibles y sí susceptibles de crítica. No nos pasemos.

  8. Gracias, JR. Ni más, ni menos. Difíciles tiempos aquellos en los que hay que explicar lo obvio…

  9. Excelente y admirable como todos sus comentarios!!!!

  10. Anónimo

    No se puede expresar mejor. Lástima que opiniones tan valiosas no tengan el mismo eco que otras, pues haría reflexionar a más de uno antes de decir una frivolidad.Gracias.

  11. alegret

    Por fin, una opinión serena, coherente y equilibrada

  12. Virginia Ruiz Sánchez

    Brillante. Ésta es la misma opinión y con los mismos fundamentos que llevo defendiendo desde hace mucho tiempo.
    Reconforta saber que hay gente (y además autorizada, como es su caso) que tienen y defienden otra línea de pensamiento, y además de una manera tan clara, escrupulosa y respetuosa a la vez.

  13. Avocat

    Sensato, elemental y acertado en todo lo que dice, pero son tiempos en que todo ese razonamiento es “como echar de comer margaritas a los guarros”, un desperdicio.

    Todo lo que estamos viviendo en los últimos años está destrozando no solo el sistema legal sino el político y social, centrifugando opiniones a los márgenes, y me temo que por cada lado (y no soy en absoluto equidistante entre los bárbaros y los sensatos) va a sacar a amplios sectores de lo que veníamos llamando democracia representativa. ¿Hacia donde? Ni idea, pero no pinta bien.

  14. Sin palabras… absolutamente un acierto en este artículo, con todas las comas y puntos incluidos

  15. Anónimo

    Este caso evidencia el desprestigio de la justicia. Y como bien apuntas ello es responsabilidad de los jueces, pero no solo, el resto de poderes tambien tienen algo que ver, pues sin Ley no hay pena. Esa evidencia es un desastre. En fin otro dia triste para los que amamos la justicia, como bien superior que es.

  16. Togada

    De acuerdo con su opinión, pero también sería deseable que los jueces y magistrados se esmerasen en las redacciones de sus sentencias, y el voto particular, adolece de la más mínima sensibilidad hacia la denunciante.
    Las sentencias se han de basar en hechos probados y no en opiniones personales, en Derecho penal, al final es lo que interpreta el juzgador.

  17. Anónimo

    Totalmente de acuerdo, desde hace tiempo y cada vez con más despreocupación la masa juzga, legisla y opina convirtiendo esas opiniones en verdades absolutas alejadas de la realidad del Estado de Derecho.

  18. Lo comparto. Magnífico post.Gracias

  19. Justa esa fue mi interpretación de lo que está ocurriendo, obviamente mucho más simplificada pues mi capacidad intelectual, lamentablemente, no está a la altura de la del autor.
    Lo comenté con un amigo abogado y sólo con él, por que me da miedo ejercer mi derecho a la libertad de expresión y que la masa me condene a mi también por mis opiniones, estamos cerca de que eso ocurra.
    Y para mi también «los agresores son unos miserables, que han cometido un hecho repugnante, que merecen todo mi desprecio por su conducta, frivolidad y atropello del derecho mas elemental de una persona, que es su libertad sexual.» y alguna barbaridad más que se me ocurre.

    • Estoy de acuerdo con la primera frase del entrecomillado: “los agresores son unos miserables, que han cometido un hecho repugnante, que merecen todo mi desprecio por su conducta, frivolidad ..

      Pero no estoy seguro de lo que sigue «y atropello del derecho mas elemental de una persona, que es su libertad sexual.” Sin leer la sentencia y con lo sabido por la prensa no tengo claro la actitud de la joven, luego que mediara atropello.
      Al parecer antes de entrar en el patio varios de esos energúmenos avisaron a amigos, por whatsap, que iban a cepillarse entre todos a una joven. ¿Alguien avisa antes por la red la comisión de un delito? ¿Medió aceptación previa?
      En el caso de los futbolistas del Arandina la menor pasó a una amiga imágenes del encuentro sexual con dos jugadores, acompañadas de un mensaje de vanagloria por lo habido. La amiga lo lanzó a otras y cuando se hizo viral (creo que cuando lo supo la madre) la menor acudió a denunciar violación. ¿Es comprensible que una violada pase el vídeo de la violación a una amiga, con jactancia por los hechos, y luego acuda a comisaría calificando de delitos aquellos hechos antaño objeto de admiración?
      Quizás nos falte considerar una especie de costumbre que ha calado, muy profundamente, en los últimos tiempos: me refiero al sexo en grupo. Una práctica que antes estaba reservada a una minoría social, con alto poder adquisitivo, y que ahora se ha ampliado a otros sectores sociales. Incluso el tradicional sexo entre dos también ha perdido su discreción secular, y ahora muchas son grabadas, publicadas y compartidas, con total desprecio a la intimidad.
      Esto último hace que la labor de calificación jurídica de las conductas sea endemoniada .

  20. Anónimo

    Mejor y más claro no se puede decir.

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