Actualidad Procesal

¡ Son los hechos, estúpido !

El eslogan de la campaña de Clinton contra Bush era atacarle en el punto mas débil de su actuación, oculto por sus éxitos en política exterior y que afirmaba: ¡Es la economía, estúpido!.

Lo comento porque cuando se me pregunta por la labor mas difícil para un juez y para un abogado suelo afirmar, con respeto para el consultante, que “¡son los hechos, no el derecho!”.

Coincido así con la agudísima afirmación de Santiago Sentís Melendo, gran procesalista ya fallecido, que es citado por el sabio Lluis Muñoz Sabaté, en relación con la redacción de las sentencias:

No es el estudio de los hechos, sino las elucubraciones jurídicas, a veces verdaderos malabarismos, los que dan lugar a esas sentencias que ´forman época´y que, por lo general, sólo pueden recaer en las causas graves y complicadas. Y, ciertamente esas elucubraciones y el cientifismo de tales sentencias pueden llevar a pensar que lo difícil es el derecho y lo fácil y vulgar es el hecho, cuando en la realidad ocurre lo contrario: como nos dice un autor en muchísimos casos, el principio del derecho a aplicar a los hechos, cuando éstos han sido establecidos con certeza, no presenta dificultad, mientras que el descubrir y reconstruir los hechos, de modo que sean después aceptados por el juez o por el jurado, constituye el cometido más difícil.

Precisamente lo más difícil para el abogado y el juez es lo que no se estudia en la carrera de derecho ni en las oposiciones (y no me refiero a un puñado de preceptos sobre la prueba admisible y sus circunstancias, no). Además las bases de datos dan facilidades inmensas para localizar las normas, identificar la adecuada y hallar la interpretación acogida por la jurisprudencia, pero no hay Base de datos de hechos porque cada realidad es única y cada pleito distinto.

Considero que determinar los hechos en sentencia supone elegir como cierta una situación, suceso o escenario (algo propio de un cruce de la novelista Agatha Christie, el mentalista Antony Blake y la sensatez de Isaac Newton) pero para llegar a esa conclusión se impone al juez una labor de artesanía nada fácil.

El tejido y colores de partida son las pruebas que se vuelcan al proceso, testigos, peritos y documentales sustancialmente. No son todas las piezas del puzle pero son las que hay que usar.

La herramienta es la mente activa del juez, con su labor analítica, lógica y deductiva (sin olvidar las máximas de experiencia del juez).

Y todo ello debe coserse con hilo jurídico, sobre criterios de valorar las pruebas, a veces tasada, a veces según la sana crítica, otras según su procedencia.

El resultado es un cuadro que según el pintor o juez a veces será impresionista, otras cubista e incluso naïf (ingenuo), porque con la misma paleta de colores o pruebas, el pintor obtendrá distinto resultado, y lo que es mas sorprendente, cada cuadro impactará de distinta forma según el espectador, como las sentencias.

El problema es que por mucho esmero que se ponga en acertar con los hechos y por mucho que se declaren como probados y blindados con el ropaje de la cosa juzgada, nada impide que la realidad sea distinta. Pero eso no importa cuando se ha cerrado el libro de sentencias. Para ejemplo de la elasticidad de las verdades, el caso judicial que comenté ayer en mi blog vitalista titulado Montar pollos y vivir en sociedad.

En fin, el juez debe perseguir la verdad, pese a las normas procesales, pero es escurridiza. Nos queda la lucha porque las sentencias estén motivadas, tanto en cuanto a derecho como en cuanto a los hechos, y si hemos de aceptar la debilidad de la convicción de lo que pomposamente se califica en sentencia como hechos probados, hemos de confiar en el adagio italiano se non è vero, è ben trovato, o sea, en traducción libre, “si no es verdad, al menos que esté bien expuesto”.

TELÓN.- Ahí va un intento de demostrar que aunque los testigos y peritos de los litigios no siempre dicen la verdad, lo cierto es que los jueces y abogados son muy perspicaces, y capaces de adivinar quien miente.

Al final la justicia se convierte en una máquina de de la verdad, no infalible, y como me han pedido algunos lectores que lo vuelva a publicar aquí está la demostración con un truquito de magia:

Aquí está:

12 comments on “¡ Son los hechos, estúpido !

  1. Enrique Sánchez

    Aportada una pericial de parte que demuestra que la obra se terminó en 2004, propongo una pericial judicial convencido de que dirá lo mismo. Pienso que así convenceré al juez definitivamente. Pero las periciales judiciales las carga el diablo. Las pagas y te pueden salir rana.
    Acabo de renunciar a ella. Me dirá ahora el juez y la Administración que no probé cuando se acabó la obra, que no es suficiente la pericial de parte?

    Es duro esto.

  2. Roeland van Passel

    En relacion a estas pinceladas, merece la pena recordar que (en civil) el art. 429 LEC ofrece la posibilidad al juez señalar insuficiencia probatoria y dar oportunidad a las partes complementar la prueba propuesta. El esquema procesal de la Audencia Previa esta diseñada para esclarecer los hechos, de alli identificar hechos controvertidos y proponer prueba, pero la posibilidad de complementar estas propuestas por iniciativa del juez esta muy desaprovechada.

  3. JOSE LUIS VILLAR EZCURRA

    Gracias por tu acertado post José Ramón. Acabo de publicar otro en LinkedIn acerca de la confusión entre la presunción de validez de los actos administrativos y la «presunción» de veracidad de los mismos. Es muy frecuente que abogados y jueces confundan una y otra cosa. Un cordial abrazo

  4. pilara112

    Cuando un juez se interesa por los hechos probados, intenta impartir Justicia, cuando lo que más le preocupa son los procedimientos, las redacciones, las referencias con mayor o menor acierto a los fundamentos jurídicos…pretende otra cosa. Aleccionar al abogado, demostrar quién sabe más o impartir otro tipo de Justicia. ¿o no?

  5. pilara112

    Me ha gustado mucho el caso del muro y las gallinas.

  6. Fernando

    Ciertamente me complace su experta y aguda reflexión sobre los hechos, las pruebas documentales, periciales y testificales y el Derecho y los «hilos jurídicos», porque a mí ‘me viene ni que pintado’ – creo que se conoce el significado de la expresión.
    Pues sí, es difícil para todo el mundo distinguir y acertar con los hechos y la verdad, para los magistrados también; pero el juez dede dar una ‘respuesta’ valorando aquéllos y ‘amoldándolos’ a los patrones de la ley, lo cual es tarea titánica.
    Pero tan duro es o más para quien sabiendo que hay pruebas que le pueden ‘exonerar’ de la culpa, la infracción o el delito, el juez las rechace por, por ejemplo, supuestamente innecesarias según su criterio (se supone ‘tecnico’, no personal ni parcial o tendencioso). Y mas duro es que en el recurso de súplica, se te diga, porque la ley que regula la jurisdicción concreta así lo establece, que los magistrados que deben ‘supervisar’ los recursos y la sentencia, te digan que los jueces de instancia tuvieron todos los hechos, testigos, etcétera y que ellos no pueden y tampoco deben revisar esas pruebas testificales o periciales, sino sólo las documentales y que constan en autos. Con lo que la ‘supervisión’ es también parcial, y naturalmente podríamos hablar de corporativista, con el debido respeto, en tanto que no se ponen en tela de juicio los criterios y decisiones del juez y se da por sentado su actuación como acertada.
    Entiendo que no se puede estar dudando constantemente de esa sentencia, aquel juez, esa ley, etc porque a uno se le hayan ‘torcido las cosas’, y haya recibido una sentencia desde su parcial punto de vista injusta porque la Justicia no está para dar la razón a unos u otros, sino para que se valoren los hechos a la vista de la ley, pero si todos los hechos relacionados con el caso, no algunos.
    En definitiva, que tampoco quiero dar la impresión de que opino que los jueces lo hacen mal, muy al contrario, pero todos sabemos que, como a todos los profesionales les pasa, algunas veces no están acertados o sencillamente yerran (como lo puedo hacer o estar haciendo yo al opinar).

  7. Además, la tan extendida manía de insertar en los Hechos, impacientemente, valoraciones y fundamentos jurídicos (sin esperar al apartado correspondiente de la demanda), genera un totum revolutum que dificulta la obligación del demandado de admitirlos o negarlos (evitando, en lo contencioso-admvo., genéricas referencias a los que dimanan del expediente) y dificulta, en definitiva, la labor del juzgador.

  8. Es lo mismo en los contratos, hasta en los de compraventa. El descriptivo, los hechos suelen esconder los detalles diabólicos.

  9. Juan Carlos

    Y no olvidemos que siempre le queda al abogado la excusa de decirle al cliente que la Sentencia ya estaba dictada aunque el lo hizo muy bien, y le enseñará al cliente que la guapísima ayudante del mago ha deletreado mal la palabra «verdad» y se ha comido una letra porque el mazo de cartas tenía que tener el orden que recoge la Sentencia. Véase al respecto el vídeo de la audiencia mágica.
    Muy divertido el vídeo y como siempre muy instructivo el post. Gracias J.R.

    • Muy buena la justificación del abogado con referencia al truco, pero la ayudante no deletrea mal pues si el abogado hubiese prestado atención comprobaría que no deletrea mal la palabra verdad sino que domina la jerga jurídica y dice “veraz”, y que el mazo de cartas no está ordenado sino que “van las leyes do quieren los reyes”😊😊👍

  10. Juan Carlos

    Jejeje. Corrijo mi post. Era veraz y no verdad. La edad no perdona, me estoy volviendo un poco teniente

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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