Actualidad Buenas prácticas Libros del fin de semana Transparencia

Leyes de corrupción y la lucha por la ejemplaridad pública

Con el resultado de las inminentes elecciones se producirá el reenganche así como la renovación de los políticos a los mandos de los gobiernos estatal y autonómicos. Se pondrá a prueba no solo su capacidad de liderar y dirigir la cosa pública sino también su honradez ante los ciudadanos porque no olvidemos como nos recuerda una conocida película que “La corrupción nunca duerme”.

En ese escenario, acaba de publicarse un libro de ensayo ameno, sencillo y esperanzador, titulado Leyes de la Corrupción y Ejemplaridad Pública (Ed. Amarante, 2019) obra del erudito académico y doctor José Antonio Fernández Asenjo, prologada por Ricardo Rivero Ortega, Rector de la Universidad de Salamanca y Catedrático de Derecho administrativo.

La obra acomete una visión del fenómeno de la corrupción pública bajo la única perspectiva que creo podrá ser acorralada, la de los valores y la conciencia de las personas. Un paseo magnífico por una realidad incómoda. Veamos

El autor,  que actúa como un atento guía por el museo de la corrupción pública, tras indicarnos su origen y efectos, nos muestra los valores que deben cultivarse: la cultura de limpieza en la administración persiguiendo el buen hacer y buena imagen institucional; la lealtad institucional entre administraciones para evitar que los desaprensivos aprovechen los flancos abiertos; la austeridad o gasto dentro las posibilidades reales; y recuperar la ética institucional en lugar de la ciega parcelación de cometidos técnicos entre los múltiples órganos de control (Tribunal de Cuentas, Defensor del Pueblo, Abogacía del Estado, Inspección de Hacienda, Consejo de Estado…).

También se ocupa de los modelos de la buena y mala autoridad, del buen y mal funcionario, sin perder el optimismo y sin dejar de rendir tributo al funcionario discreto y servicial en un contexto que no ayuda a serlo.

El texto está anclado en casos reales, desde los remotos (Filesa, Fondos, Roldán, etc) hasta los recientes (Palau, Gürtel, ERE, etc). Tampoco faltan las anécdotas, por ejemplo, la queja de Miguel de Unamuno de haberse visto postergado para una plaza pese a su apabullante curriculum,derrotado por la mera fe de bautismo de su competidor.

Y como no, infinidad de oportunísimas citas; por ejemplo, la aguda percepción del historiador Polibio: “no hay testigo tan terrible ni acusador tan potente como la conciencia que mora en el seno de cada hombre”, o la lúcida de Barak Obama, “en democracia, el cargo mas importante es el de ciudadano”)

La moraleja, que deberíamos interiorizar todos, y particularmente los políticos, es que las bombas de racimo con leyes, coacciones y castigos que se anuncian como males del infierno para los infractores poseen poca fuerza disuasoria para los profesionales de la corrupción, debiendo actuarse mejor sobre la conciencia de las personas que sobre su libertad o bienes; mejor incidir en su mentalidad y educación para promover la ejemplaridad natural. Cita el autor el caso de Finlandia donde no se ha acudido a la hiperregulación legislativa y cuyas normas antifraude no han sido reformadas en casi un siglo, pero se ha puesto el acento en la profesionalización de la burocracia, en el consenso político y una administración abierta y participativa.

En esta línea me viene a la mente el diagnóstico del sociólogo francés Michel Crozier y expresado lúcidamente en el título de su obra “No se cambia la sociedad por decreto” (1984).

Una gran obra, como es de esperar en quien obtuvo el Premio Extraordinario de Doctorado con su monumental tesis “Aspectos jurídicos y económicos de la corrupción” además de Premio del Tribunal de Cuentas Europeo para la investigación en auditoría del Sector Público 2010.

Ahora nos ofrece esta versión ligera, bajo la perspectiva ética del fenómeno de la corrupción, con edición de calidad y formato cuidado, que consigue que el lector lleve una lectura pausada y esperanzadora.

En suma, un ameno, razonado y riguroso alegato para combatir la corrupción desde la defensa de valores en toda la extensión, con ideas finales o retos, en torno a recomendar que los gobiernos recuperen la costumbre de decir la verdad, que el legislativo aplique la tolerancia cero contra la huida del Derecho administrativo, que administraciones y funcionarios luchen por la dignidad de su alta función, y que la sociedad civil salude con orgullo las buenas prácticas, la buen administración y la transparencia. Una buena lectura con buenas ideas en tiempos no tan buenos.

Por mi parte, aprovecho para comentar que tuve oportunidad de hablar el pasado jueves en la Universidad de Salamanca sobre Corrupción y Transparencia, tema que siempre me preocupa del que me ocupé en anterior post, en el III Congreso Internacional para combatir la corrupción y por el control público, donde aproveché para ofrecer mi visión de las luces y sombras del fenómeno y donde concluía con la licencia humorística de esta viñeta:

11 comments on “Leyes de corrupción y la lucha por la ejemplaridad pública

  1. Francisco Cacharro

    Interesante reseña, habrá que leer ese ensayo. Aunque, de entrada, mi opinión es que la educación, la apelación a la conciencia y los códigos éticos no sirven de gran cosa: no dudo de que la mayoría de ciudadanos, políticos y funcionarios que no se corrompen obedezcan a su conciencia, pero siempre habrá una minoría (con frecuencia inmensa, y en todo caso más que suficiente) refractaria a esos valores y con la conciencia lo bastante elástica como para corromperse a la menor oportunidad.
    Por otra parte, tampoco creo que el Código Penal sea la solución: sospecho que esa norma sólo la cumplen, mayormente, los que no necesitarían de su existencia. El ser humano tiene una enorme capacidad para asumir riesgos (en gran medida, fruto de nuestra capacidad de autoengaño), y el corrupto asume el riesgo penal sin vacilar, por duras que sean las sanciones. Ni que decir tiene, hay que sancionar ciertas conductas. Pero no creo que ello evite que tales conductas se produzcan.
    La solución, en mi opinión, está más en el Derecho dministrativo que en ninguna otra parte. Tenemos un sistema que, en gran medida, es una coladera para las malas prácticas: leyes infestadas de conceptos jurídicos indeterminados, que reconocen al poder político la capacidad discrecional de tomar decisiones de enorme impacto económico (váse el urbanismo y la legislación medioambiental), irregularidades varias que se consienten sin consecuencias jurídicas reales (véas el silencio administrativo) procedimientos mal diseñados que no garantizan nada, y, en el caso de la Administración local, una politización absurda de decisiones burocráticas… Creo que un diseño más riguroso de los procedimientos, una reducción drástica de la discrecionalidad admiistrativa y de la indeterminación de ciertos conceptos jurídicos y una reducción igualmente drástica del poder de inmisión de las administraciones en las actividades económicas harían más contra la corrupción que los códigos éticos y penales…
    Pero, ya digo: habrá que leer el ensayo del profesor Fernández Asenjo para opinar con mayor fundamento.

    • Fernando

      Usted dice: «…una reducción drástica del poder de ‘inmisión (¿intromisión?) de las administraciones en las actividades económicas harían más contra la corrupción que los códigos éticos y penales…».
      No sé si se refiere concretamente a la Administración de Justicia u a otras excluyendo a ésta. En todo caso si no hubiese un control de las actividades económicas y de las empresas, sociedades, etcétera por aquélla y otras instituciones, organismos y entidades públicas me temo que esto sería ‘Sodoma y Gomorra’. El poder económico, en la sombra o a la luz, y sus grupos de presión o ‘lobbies’ poderosos harían y desharían a su total antojo.
      El problema de la corrupción tiene un origen sociocultural con unas raíces profundas que en ciertas Civilizaciones y Culturas se remontan a muchos siglos o incluso a su origen. Entonces acabar con ella es extremadamente difícil especialmente cuando quienes las perpetran no reciben su castigo, yéndose de rositas, lo reciben de forma ocasional y aleatoria o bien reciben una sanción muy mermada o de escaso peso disuasorio. Esto consigue que el corrupto reincida con frecuencia confiando en salir nuevamente impune y airoso, y por ello servirá de ejemplo para otros y/o conseguirá que se le unan otros pues no haber recibido castigo o haberlo recibido en una cantidad asimilable o simplemente haciendo creer que recibirlo es cuestión de suerte, mala, es todo ello una invitación a la corrupción y a corromper a otros.
      Así esforzarse en educar en valores es primordial pero debe acompañarse de instituciones con medios humanos, materiales y recursos suficientes con los que puedan luchar contra la corrupción y los corruptos de manera eficiente, eficaz impidiendo cualquier ‘vía de escape’ e imponiendo, siguiendo la ley, sanciones o penas proporcionales y proporcionadas pero suficientemente disuasorias.
      Por último, los controles y quienes están facultados para llevarlos a cabo también a su vez deben ser vigilados o supervisados y eventualmente sancionados, de modo que el ‘circulo’ de control y lucha contra la corrupción se cierre.

      • Francisco Cacharro

        Tiene usted razón, debería haber escrito «intromisión». Evidentemente, me refiero a la intromisión de las administraciones públicas territoriales en la actividad económica.

        No, no creo que si hubiese una menor intervención del poder político en la actividad económica esto fuese Sodoma o Gomorra. Y no lo creo por dos razones. la primera, porque en los países con más libertad económica la corrupción es menor; y la segunda, porque su propio razonamiento desvela el error que le lleva a esa conclusión.

        En efecto, dice usted que si hubiese menor intromisión de los poderes públicos en la actividad económica los poderes económicos, en la luz y en la sombra, a través de sus grupos de presión y lobbies harían y desharían a su antojo. El razonamiento es contradictorio: y es que precisamente el hecho de que ese hacer o deshacer haya de verificarse a través de lobbies o grupos de presión demuestra que dichas prácticas requieren del concurso del poder político. Un lobby o un grupo de presión sirven para eso: para mover la voluntad del poder político en una dirección determinada. Ahora bien: si el poder político deja de tener poder de decisión al respecto, la acción del lobby pierde su objeto.

        Precisamente por eso es tan peligroso que el poder político intervenga excesivamente en asuntos económicos: porque en ese caso el poder económico buscará la manera de torcer su voluntad en su favor. Pero si el poder político no puede decidir, entonces al poder económico no le quedará otra que competir en el mercado…

        Dicho en otros términos: don Amancio Ortega no tiene capacidad para obligarme a comprar una de las camisas que fabrica; pero un ayuntamiento, si restringe artificialmente la oferta de suelo edificable, sí tiene capacidad para obligarme a limitar mis opciones de compra de suelo a los pocos terrenos que gozan de esa condición (naturalmente, a precios estratosféricos…). A eso, resumiendo mucho, me refiero en mi comentario.

    • Tengo un criterio similar al señalado, pues el ejemplo de las máximas autoridades son contrarias a la ética y a la integridad con una serie de acciones que se observan desde la poca o ninguna accesibilidad, las faltas relacionadas con la seguridad, el transito, los autos con vidrios obscuros y caravanas de motocicletas y la policía «custodiando» a quienes son nuestros representantes elegidos y pagados por todos, desde allí comienza y la situación sigue hacia abajo con similares intenciones.

  2. elSumario, Andreu Roselló

    Por si no lo hubiera visto le citan a usted Sr. Chavez en el Confidencial. Se trata de un artículo «quien pierde paga, cada vez menos gente litiga contra la administración».
    Para quien lo quiera leer:
    https://www.elconfidencial.com/espana/2019-02-16/costas-judiciales-contencioso-administrativo_1828498/

  3. Pingback: Leyes de corrupción y la lucha por la ejemplaridad pública | leonsano

  4. Fernando

    Sin querer hacer un debate con el señor Francisco Cacharro en un blog de Justicia de lo Contencioso Administrativo, me temo que estamos utilizando términos distintos, administraciones y poderes, porque en ningún momento me he referido al poder político, sino a las Administraciones públicas que efectivamente suelen ser dirigidas por políticos o personas nombradas por éstos, para bien o para mal.
    Naturalmente que las ‘puertas giratorias’ por las que políticos entran a formar parte de Consejos de administración de empresas, de entidades financieras, etc. existieron y existen y ello es motivo para que todos queramos que desaparezcan o sean rigurosamente supervisadas por ser sospechosas de nacer por una ‘contraprestación por favores pasados’ a grupos de presión de los poderes económicos. Aquí quien está legitimada para realizar la vigilancia es una administración pública, la de Justicia que investigará, si hay indicios de délito, los tráficos de influencia, la facilitación de información privilegiada, la irregularidad o ilegalidad de las contrataciones públicas, etc. Esto es sólo un ejemplo de a que me refería cuando hablaba de imtromisión (o control) de las administraciones públicas en la actividad económica.
    También está el control político sobre los políticos y el poder político, en general, y cómo su acción correctora puede impedir o moderar la influencia de los lobbies sobre ellos, o la de intervención e intromisión de los políticos sobre la actividad económica – este control, en mi opinión, es menos fiable que el control judicial.
    Si es esto a lo que usted, me parece entender, se refiere cuando dice que no debiera haber ingerencias o intromisión del poder político en la actividad económica, no es que esté en absoluto desacuerdo pero con muchas matizaciones que darían para un debate en otro ‘contexto’ y no es éste el adecuado.
    Le pido disculpas señor Chaves por abusar de su apartado de comentarios; en todo caso estoy de acuerdo con usted sobre educar en valores contra la corrupción. Y por último, agradecer que nos informe de un nuevo libro que seguro es interesantísimo y de actualidad (aunque sospecho que hace un poco de publicidad en-cubierta….¡qué bendita publicidad, por cierto, hacerla sobre libros!).

  5. José Antonio Esperón Lázaro

    Participo de la idea de que una solución podría estar en el Derecho Administrativo. El problema, desde mi punto de vista y desde mi experiencia profesional en la fiscalización de la contratación pública, es que la tendencia creciente en ese ámbito es la de incrementar la diversidad y la complejidad de los procedimientos, a la par que la de un crecimiento desmesurado los conceptos jurídicos indeterminados. Pero el problema no es solo nuestro, sino que nos viene impuesto por la Unión Europea y sus infumables directivas reguladoras de la contratación pública, repletas de conceptos, no sólo indeterminados, sino apenas inteligibles en nuestra tradición jurídica. ¿Qué teníamos ya un problema con la introducción de esos «otros» criterios de adjudicación de contratos, denominados «subjetivos»? Pues ahora tenemos muchos más. Antes el contrato administrativo era un instrumento jurídico del que la Administración se valía para adquirir los bienes y/o servicios que necesitaba contra un precio. Ahora, sinceramente, yo ya no sé ni lo que es, al haberse convertido en un instrumento de políticas sociales, medioambientales y laborales. Y en este «totum revolutum» ¿quiénes saldrán ganado y quienes perdiendo?. Pues, en mi humilde opinión, desde luego que el control y la fiscalización de la contratación saldrán perdiendo pues es imposible que quienes lo llevamos a cabo seamos expertos, además de en Derecho y Economía, en Medio Ambiente, Relaciones Laborales, Igualdad de Género, Ética empresarial, Regulación de mercados, etc.

    Otras posibles soluciones estarían en una profunda revisión de la estructura, composición, funciones y competencias de los órganos de control (Tribunal de Cuentas y/o instituciones análogas autonómicas, Intervenciones) y del estatuto del personal a su servicio, garantizándose su inamovilidad, premisa necesaria para su independencia, y una carrera profesional reglada y objetiva.

  6. La frase «The most important political office is that of the private citizen.» no es de Obama, sino del Juez Louis Dembitz Brandeis. Parece que Obama dice en su libro que fue una frase que Brandeis «me dijo una vez». Y yo me pregunto, ¿cómo pudo decirle eso el Juez Brandeis (1856-1941) a Obama (1961-…)?

    • Erratum: la frase «me dijo una vez» en el libro de Obama en español es una mala traducción del traductor de dicho libro. En el libro en inglés de Obama original pone “Thanks,” I said. As he walked away, I was reminded of something Justice Louis Brandeis once said: that in a democracy, the most important office is the office of citizen.
      Esto es: la frase sí es de Brandeis, pero no «que se lo dijera a Obama», sino que «una vez dijo»

Responder a FernandoCancelar respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde delaJusticia.com

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo