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Resolviendo la paradoja del caso judicial de Protágoras

Según el escritor latino Aulo Gelio, el sofista Protágoras de Abdera (490-411 a. C.) admitió  como alumno de oratoria forense a un tal Evatlo, un estudiante pobre, con la condición de que le pagaría la mitad del dinero al acceder a sus clases y la otra mitad cuando acabase sus estudios y ganara «tras defender y ganar algún pleito».  Cuando finalizó sus estudios, Evatlo se dedico a la venta de mercaderías con lo que no celebraba ningún pleito y así evitaba pagar al profesor.

Protágoras, cansado de esperar, demandó a Evatlo, y esté contestó del siguiente modo:

– Si ganas este pleito, yo no habré ganado ningún caso, por lo que según lo pactado,no tendré que pagarte; pero si el pleito lo gano yo, entonces, en cumplimiento de la sentencia, tampoco tendré que pagarte.

A lo que Protágoras replicó:

– Ni hablar. Si yo gano el pleito, tendrás que pagarme en cumplimiento de la sentencia; pero si el litigio lo ganas tú, ya habrás ganado tu primer caso y entonces, según el acuerdo, tendrás igualmente que pagarme.

Veamos mi opinión si tuviese lugar este hipotético pleito con arreglo al derecho español vigente. Y por favor, ruego se vea como un entretenimiento con la naturales licencias, sencillamente para demostrar lo que vale la estrategia de un abogado y las posibilidades que da el derecho procesal en buenas manos.

1.De entrada, el pago se ha aplazado con una condición suspensiva: «Cuando defienda y gane algún pleito«. Por tanto si no se cumple la condición de que Evatlo gane algún pleito, no nace el derecho de Protágoras. Por eso, tras alegar y quedar el pleito concluso y visto para sentencia, el juez debería resolver con los alegatos y pruebas traídos al pleito, sin considerar la incidencia del efecto de esta inmediata sentencia sobre ese mismo pleito. O sea, cosa juzgada.

2.Ahora bien, en derecho es importante no dar los pleitos por perdidos y si hay un título jurídico sólido del contrario buscar puntos débiles que ataquen su validez o eficacia.

Por eso, en el mundo jurídico, un buen abogado posiblemente ganaría defendiendo a Protágoras porque invocaría el enriquecimiento injusto de Evatlo, que había percibido unas enseñanzas y no había pagado. Además quizá podría invocar el Código civil; de un lado, el artículo 1256: “La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes” y de otro, la consecuencia, el art.115: “Cuando el cumplimiento de la condición dependa de la exclusiva voluntad del deudor, la obligación condicional será nula» (aunque Evetlio opondría que esa condición no dependía de «exclusiva voluntad» sino del incierto desenlace de un pleito, pero en tal caso Protágoras aduciría que la decisión de acudir o no a los tribunales sí depende de la exclusiva voluntad de Evatlo).

3. Es más si Protágoras lo perdiese inicialmente, le bastaría apelar o  recurrir porque entonces para resolver la apelación o casación ya se habría cumplido la condición de haber ganado «algún pleito» (la primera instancia) y por tanto debería estimarse el recurso de apelación en favor de Protágoras y cobrar lo debido.

4. Así y todo, si siguiésemos la línea lúdica del razonamiento, un excelente abogado – mejor que bueno-   aconsejaría a Protágoras una de estas vías:

A) O demandar a Evatlo por una supuesta deuda de una dracma más (un céntimo de euro al cambio) y tras perderlo, plantear un segundo pleito para cobrar las clases porque ya se habría cumplido la condición de que Evatlo ganase «algún pleito».

B) O demandar a Evatlo por los honorarios debidos incrementados en una dracma para que la sentencia sea estimatoria parcial, con lo que tendría derecho a cobrar lo justo pues se habría cumplido la condición ya que Evatlo no fue vencido plenamente en el pleito ( no tuvo que pagar esa dracma).

5. Y si Protágoras acudiese a un abogado pícaro, pues este podría aconsejar a Protágoras que fuese a la tienda de Evatlo y le comprase o llevase unos artículos sin pagárselos por el importe de lo debido. Si Evatlo demandase a Protágoras para cobrar el precio, éste aduciría la compensación de deudas. Si ganase Protágoras, habría cobrado en especie. Si ganase Evatlo, Protágoras le devolvería la mercancía pero ya tendría cumplida la condición para poder cobrar sus honorarios.

En definitiva, habrá que coincidir con Protágoras en que el razonamiento y la oratoria permiten:   “convertir los argumentos más débiles en sólidos y fuertes”.

NOTA.- En esta línea de acertijos, por si alguien quiere continuar con el relajo mental :

Los divertidos atajos de la jerga administrativa

Jeroglíficos jurídicos: la sonrisa de la inteligencia

Prueba de agudeza jurídica para reír o llorar

24 comments on “Resolviendo la paradoja del caso judicial de Protágoras

  1. Anónimo

    Se da por hecho de que sí Protágoras demandase a Evatlo, éste actuaría como abogado en su propia defensa y, por tanto, de ganar, ganaría se primer juicio como abogado, pero podría no ser así. Encargar la defensa a otro de manera que, de ganar Evatlo, no tendría que pagarle ya que no habría ganado su primer juicio como abogado, y de perder, como todavía no había ejercido como abogado, podría declararse insolvente. No quedan muy claros los términos del contrato

    • ¡ muy bueno!

    • Pero en tal caso Evatlo tendría que pagar a su abogado. Conclusión: lo mejor es enemigo de lo bueno.

      • pilara112

        No está claro, podría ser un intercambio , un favor.

      • Evatlo es muy listo y no tiene nada a su nombre, se acogería a la justicia gratuita, aprovechando el tirón se declara insolvente. Lo que da lugar a decir que el pobre Prótagonar está…

  2. Aurora

    Genial el artículo y genial el comentario de encargar el caso a otro.

    • Joaquín

      Queda la posibilidad de que protagoras venda la deuda a una de esas empresas de «recuperación de activos», que freíra a evatlo a llamadas, lo breará cartas amenazadoras y lo amedrentará con correos electrónicos agresivos. Quizá hasta lo incluyan en algún listado o registro de morosos, lo que impedirá que acceda a financiación bancaria y arruinará su negocio comercial. Ventajas de la época pre-LOPD.

  3. Anónimo

    Gratificante y ay, la vida misma

    • Walter Eduardo Cantos

      Si Protagora unirse acordado con Evatlo, una, clase dada, una clase pagada no estaría sujeta al resultado, por lo tanto no habría pleito.

  4. Jesús

    Enhorabuena por el artículo y por los comentarios subsiguientes!!!
    En mi opinión, la condición suspensiva principal es “que el pobre alumno acabase sus estudios y ganara” (hecho futuro e incierto). La condición suspensiva secundaria y circunstancial es “tras defender y ganar” (que es nula de pleno derecho si depende exclusivamente de la voluntad del deudor). Para analizar la condición suspensiva principal hay que interpretar el sentido de las palabras atendiendo fundamentalmente al contexto, al espíritu y a la finalidad de las mismas (que Evatlo “pague la otra mitad cuando deje de ser pobre”). Evatlo debe pagar en todo caso ya que la deuda es cierta, líquida y exigible en el momento en que deja de ser pobre.
    Aunque también cabría defender lo contrario en el Areópago griego…
    Lo único que está claro es que de un callejón sin salida, la única salida es el propio callejón…
    Saludos!

  5. Jaboleno

    El Arconte inadmitiría la demanda por Providencia sucintamente motivada, no susceptible de recurso. Protágoras, sofista de fina retórica se quedaría con cara de tonto, y Evatlo, aventajado “vivillo”, sin duda crearía la escuela cuya evolución se aprecia plenamente consolidada en nuestros días. 😉

  6. FELIPE

    Si fuera Evatlo alegaría, a través de abogado (para evitar tener por cumplida la condición del contrato) a ser posible de oficio (para eludir, en su caso, el pago de las costas), que el acuerdo, en lo afectante al pago del resto, atenta al derecho constitucional a la libre elección de profesión u oficio (art. 35 CE) por lo sería contrario a la ley y, por tanto, no obligatorio (el art. 1255 CC), circunstancia que ignoraba a la hora de suscribirlo, pero que había aprendido de las clases de Protágoras.

    Añadiría que si Protágoras era empresario de la enseñanza, Evelio tenía la condición de consumidor en situación de especial vulnerabilidad (por ser pobre). Por lo que, antes de contratar, debió de haber sido informado de forma clara, comprensible y adaptada a sus circunstancias sobre las condiciones jurídicas y económicas del contrato y las cargas que implicaba. Comoquiera que, en lo afectante al precio restante y su forma de pago, no se le advirtió que, antes de poder actuar en juicio y ejercitar cualquier defensa para pagar el resto, tenía que darse de alta en el Colegio profesional y en Hacienda, realizar cursos de capacitación (en los que, es de presumir, estuviera implicado el propio Protágoras, que según Platon había ganado con el comercio educativo más dinero que todo el reunido por Fidias y 10 escultores más) y abonar, claro, importantes cantidades por todo ello, tal estipulación adolecería de falta de transparencia y sería nula por abusiva y contraria a la normativa de consumidores, pues implicaba una carga adicional desproporcionada y muy gravosa para Evelio.

    Y si fuera Protágoras iría al abogado pícaro pues su pilla solución es la más práctica y directa, da a Evatlo de su misma medicina y le traslada la iniciativa y el riesgo de demandar.

  7. sed Lex

    Me temo que la realidad supera una vez más a la ficción. Evatlo en realidad no encontró trabajo como abogado y por eso se dedica al comercio, y todo porque Protágoras le creó unas falsas expectativas que le hicieron adquirir una deuda. Y lo del comercio está sobrevalorado, en realidad trabajaba en un Mc Donald’s.

    En Estados Unidos le demandarían por ello…¿O ya lo hicieron? :
    https://elpais.com/internacional/2013/04/11/actualidad/1365692337_988176.html

  8. elSumario, Andreu Roselló

    El caso es claro. El Maestro Protágoras tenía que haber contratado a un abogado para que le redactara el contrato. Por lo que estoy aprendiendo (de sus estimados comentarios en este blog) la buena fe no es buena compañera. Y cuanto más pillo mejor.
    Y, en base a lo que yo espero y quisiera que fuera la justicia, entiendo que Protágoras tiene que recibir la mitad restante de las clases. Solo me queda la duda de que Evatlo evadiera tal responsabilidad al invocar la clausula «de ganar algún pleito». Y si no tiene que pagar porque no ganan ningún pleito, pobres clientes. Pero aún en este caso podría darse la circunstancia de que Evatlo, aún perdiendo los pleitos, sí que cobró por sus servicios y obtuvo ingresos con los que satisfacer la deuda de las clases de Protágoras.
    En cuanto a estimar ampararse en que no ejerce de abogado, la justicia en la que creo, tal y como se plantea el caso, entiendo que debería ser clara para el caso y se debería obligar a Evalto liquidar la deuda con Protágoras. La carga de la prueba debería de ser clara a los ojos del administrador de justicia. Evalto decidió asistir a clases de oratoria lo cual indica su predisposición por la abogacía. No fue de aprendiz a un taller de tejeduría, o a una zapatería, o a una tintorería, asistió a oratoria, lo cual indicaba a Protágoras su interés por la abogacía, por tanto una carga contundente. Pero es que además, en el caso de no ejercer como abogado, por los motivos que fuera, y el ejemplo es que se dedicaba a la venta de mercancías, es de suponer que era retribuido por esta actividad, con lo cual disponía de ingresos con los que hacer frente a la deuda.
    Por una justicia justa.

    • Con todos mis respetos
      El caso es claro, pero en sentido contrario

      1.- La materialización del contrato es una decisión de Protágoras.
      Protágoras tiene la carga de la prueba en la relación profesional-consumidor, por lo tanto es exigible como prueba para Elvatio esre contrato escrito.

      2.- No necesariamente Protágoras debe recibir el pago ya que según el contrato, inapelable por aceptación de las partes, no se ha cumplimentado el hecho in facto que da a lugar la obligación.
      Más aún, prefiero que la justicia sea de esta manera.

      3.- En otros países que no es España, el derecho a un abogado a cobrar, es un derecho renunciable, por lo tanto Elvatio no se enriquece, sino que ejerce el derecho de forma gratuita, por ejemplo, por devoción o filantroía.
      Tampoco el contrato determina que el pago, deba realizarse por los ingresos de costas, sino solamente por ««tras defender y ganar algún pleito»».
      A esto se agregan las condiciones contractuales.
      Primero que Elvatio «defienda» el pleito, por lo tanto no es válido que lo gane otro abogado:
      Segundo que Elvatio proceda a «defender» y no a «demandar», ya que si demanda, no cumple la condición resolutoria.
      Tercero Además debe ganar el pleito. Esto puede ser un argumento poco sólido porque en realidad el que gana el la persona representada por el abogado y no el abogado en si, dessde el momento que el abogado no actú por su cueta (Código Deontológico de Abogados Españoles y Eropeo y la interpretación del artículo 467.2 del Código Penal)

      4.-La carga de la prueba recae sobre Protagoras, debido a que en la relación profesional-consumidor, es el «profesional» Protágoras y en este caso, puede considerarse que Protágoras es el profesional.
      Es muy difícil.
      Así que hay que agregar la evidente diferencia de armas entre Protágoras como profesor y Elvatio, debido a que Elvatio no ha tenido otro profesor que marque diferencias a su favor.
      Elvatio conoce menos de Derecho que Portágoras.

      5.- Elvatio asistio con interés al estudio de la abogacía, pero es evidente que, no conforme con su estudio se dedicó al negocio mercantil.
      Además Elvatio declara que no pudo hacer otra cosa ya que las enseñanzas de Protágoras no le han servido de nada, motivo por el cual se decidió por otra actividad.
      Sin embargo, Protágoras puede alegar que es un reconocdio profesor de derecho y presenta testimonios de que sus alumnos son abogados de primera línea.
      Pero Elvatio alega que fue estafado por Protágoras desde el momento que vio que su capacidad intelectual no servía para el ejecicio del derecho, por lo tanto, se tuvo que dedicar «obligadamente» al comercio ya que no encontraba otra salida.
      Y agrega que Protágoras, habiéndose declarado a si mismo un excelente profesor, dado su conocimiento en la materia, debía advertido a Elvatio de que era incapaz de ser abogado y que por lo tanto, debía dejar esta escuela.
      Elvatio aprovecha esta postura para declarar que Protágoras lo ha estafado y que le ha cobrado la mitad de los estudios, cuando debía haberlos interrumpido.
      Protágoras es un estafador que se ha abusado de Elvatio desde le momento que sabía que no servía como abogado, sino que solamente sería un simple mercader, por su falta de conocimiento que Protágoras no puede eludir en su calidad de excelente profesional.

      6.- Elvatio no ejerce de abogado porque prefiere el comercio, sino que se da cuenta que no ha aprendido nada de la escuela de Protágoras y por lo tanto, no tiene la capacidad de ejercer el derecho.
      Si Elvatio declara que era su única opción ser mercader, luego de evaluar otras opciones, particularmente la de ser abogado, la estafa de Protágoras es evidente y debe pagar los daños morales.
      Reclamaría daños y perjuicios, ya que reclamar daños solamente sería una estrategia de un perfecto abogado ya que el daño moral, a diferencia del perjucio, es incuantificable. (juriprudencias de todo tipo).
      Así que esto, demostraría ser un buen abogado, lo que destruye su argumento inicial

  9. MCRUIZ

    La anécdota procede del Viejo Oligarca. Sus protagonistas eran Córax y Tirias y, en esa anécdota, se sitúa el origen de la retórica. El Viejo Oligarca señalaba además que el tribunal aplazó la sentencia indefinidamente y nunca la llegó a dictar.

  10. Si Evatlo gana, debería pagar a Protágoras -salvo como indican algunos si le pasa su defensa a algún compañero-. Pero es que si gana en su propia defensa y representación, aún así se llevaría las costas.

    ¡Vamos Evatlo!

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  12. Miguel Rivas España 20/05/2019
    «Si Evatlo gana, (…) si le pasa su defensa a algún compañero (…).(…) aún así se llevaría las costas»

    Con todo respeto
    1.- La condición de Elvatio es ganar el juicio: No importa si es o no es en su condición de abogado, que se infiere pero no es la realidad contractual.
    No es el abogado quien ganó el pleito. El abogado fue un instrumento necesario de la defensa, pero no es el titular de la defensa..
    Ergo, Elvatio ganó la demanda.
    2,. Las costa no consiste en ganar un juicio. Se ve en casos, por ejemplo de insolvencia que las costas son a cargo de Elvatio.
    Muchas gracias..

  13. sed Lex -17/05/2019

    Me temo que la realidad supera una vez más a la ficción. Evatlo en realidad no encontró trabajo como abogado y por eso se dedica al comercio, y todo porque Protágoras le creó unas falsas expectativas que le hicieron adquirir una deuda. Y lo del comercio está sobrevalorado, en realidad trabajaba en un Mc Donald’s.

    En Estados Unidos le demandarían por ello…¿O ya lo hicieron? :
    https://elpais.com/internacional/2013/04/11/actualidad/1365692337_988176.html

    1.- En EEUU Elvatio hubiese podido convencer al Jurado de que ha sido estafado por Protagorar, pero siendo el defensor de Protágoras, hubiese convencido al Jugzado, aporyado en el derecho Sajón, de que no se debe analizar la actitud de Elvatio y su capacidad de comprensión, apredizaje, intencion osterior a lo contractual, sino, solamente me limitaría al hecho factico de que Protágoras, hizo un contrato qu Elvatio ha aceptado y eso es suficiente en el derecho Sajón, por encima de las consecuencias ue se entienden expresamente entendias por las partes.

    Igualmente, no es cuestión de la propia defensa, sino en la elección de quienes compnen el patíbulo, buscando por un lado, gente que ha sido estafada por los resultados de su enseñanza o se tiene mayor cantida de universitarios que se han hecho millonarios gracias a sus conocimientos.

    No es el Juez el que decide, sino lo es el patíbulos en el contexto legal del asunto

  14. FELIPE – 16/05/2019

    Si fuera Evatlo alegaría, a través de abogado (para evitar tener por cumplida la condición del contrato) a ser posible de oficio (para eludir, en su caso, el pago de las costas), que el acuerdo, en lo afectante al pago del resto, atenta al derecho constitucional a la libre elección de profesión u oficio (art. 35 CE) por lo sería contrario a la ley y, por tanto, no obligatorio (el art. 1255 CC), circunstancia que ignoraba a la hora de suscribirlo, pero que había aprendido de las clases de Protágoras.

    Añadiría que si Protágoras era empresario de la enseñanza, Evelio tenía la condición de consumidor en situación de especial vulnerabilidad (por ser pobre). Por lo que, antes de contratar, debió de haber sido informado de forma clara, comprensible y adaptada a sus circunstancias sobre las condiciones jurídicas y económicas del contrato y las cargas que implicaba. Comoquiera que, en lo afectante al precio restante y su forma de pago, no se le advirtió que, antes de poder actuar en juicio y ejercitar cualquier defensa para pagar el resto, tenía que darse de alta en el Colegio profesional y en Hacienda, realizar cursos de capacitación (en los que, es de presumir, estuviera implicado el propio Protágoras, que según Platon había ganado con el comercio educativo más dinero que todo el reunido por Fidias y 10 escultores más) y abonar, claro, importantes cantidades por todo ello, tal estipulación adolecería de falta de transparencia y sería nula por abusiva y contraria a la normativa de consumidores, pues implicaba una carga adicional desproporcionada y muy gravosa para Evelio.

    Y si fuera Protágoras iría al abogado pícaro pues su pilla solución es la más práctica y directa, da a Evatlo de su misma medicina y le traslada la iniciativa y el riesgo de demandar..

    Con todos mis respetos
    1.- El pago de las costas es decisión del Juez y si este lo estima como «sin costas» por lo tanto no significa que nadie haya ganado.
    Más simple, la estimación de cosas puede o no ser consecuencia de quien gana.
    Agregado a que sea de oficio, existen numerosos casos, principalmente bancarios, donde una victoria parcial puede poner en costas a la misma entidad bancaria.

    2.- Si, la adventencia de las cláusulas abusivas del contrato, que deben ser examinadas de «oficio» por el Juez Nacional (Jurisprudencia abultada del TSJE y nacional, quien evidentemente dará cuenta de esto.
    Además debe equlibrar la relación profesional consumidor a favor del consumidor que es Elvatio.
    Si, además. teniendo Protágoras la carga de la prueba tiene que demostrar que cada una del las cláusulas fueron negociadas individualmente y que el contrato no haya sido preredactado, que además no contengan cláusulas que actúen en detrimento del derecho sin contraprestación alguna por parte de Protágoras.
    Protágoras elude la contraprestación de forma evidente desde el momento que pretende eludir el derecho natural de Elvatio (Simil Jurisprudencia de Nürembarg de juicio a los jueces, acpetada por el dereho español en 1978)

    2 bis,. Protágoras debía haber detallado el desarrollo del contrato a travéz del tiempo, debr que tiene el profesional sobre el consumidor, y evidentemente, presentar la prueba de los hechos en una letra superior en tamaño a el milímetro y medio (Decreto Nro xxx, pero perdón, no googleo)

    3.- Si, el cambio del Evaltio es de su total elección in natura.

    4.- A Elvetio bajo ningún concepto debe escudarse en la «ignoracia» ya que estaría contradiciendo al artículo 6 del Código Civil en toda su expresión haya o no estudiado la ciencia del derecho.

    5.- Alta en el Colegio Profesional «maravilloso», imposibilito mediante un artilugio legal que Elvetio no pudiese cumplir el contrato, por lo tanto, es nulo por faltar a la buena fe y realizar un ejercicio antisocial del derecho.

    6.- El final es póstumo » según Platon había ganado con el comercio educativo más dinero que todo el reunido por Fidias y 10 escultores más) y abonar, claro, importantes cantidades por todo ello, tal estipulación adolecería de falta de transparencia y sería nula por abusiva y contraria a la normativa de consumidores, pues implicaba una carga adicional desproporcionada y muy gravosa para Evelio.»
    Sin embargo, Protágoras al en su defensa, puede aportar testigos ciertos de que esencialmente sus discipulos han ganado más dinero todavía.
    Pero, Protágoras comete el gran error de comenzar diciendo «Ni hablar. Si yo gano el pleito..» que dado su débil argumento, manifiesta en su declaración expontánea y voluntaria que sus posibilidades de ganar un pleito son superiore.
    Esta frase sola, no tiene valor alguno, pero si es un error de Protágoras al identificare como un gran experto en la materia.
    Por lo tanto, Elvetio, puede alegar que Protágoras evitó enseñar esta posición de ver las cosas a Elvetio con el fin de que Elvetio no pueda defender un «contrato bien conocido y pactado previamente».
    Protágoras elude voluntariamente enseñar a Elvetio los elementos necesarios para una defensa de un contrato ya conocido.
    Protágoras con esto, gane o pierda el contrato se enfrenta a una causa Penal.

  15. Con todo respeto
    Hay que añadir una cuestión secundaria y es que el hecho de ganar un pleito, no significa bajo ningún concepto que Elavio se vea enriquecido, ya que el pleito puede ser a título gratuito.
    Por lo tanto, el contrato realizado por Protágoras, serí aun contrato totalmente fuera de la ley, antisocial y con abuso de derecho ya que Protágoras tiene la maliciosa intención de cobrar aunque Elvatio no haya cobrado honorario alguno y mucho menos en la defensa de su causa.
    Por lo tanto si Elvatio pudiese demostrar que el contrato se encuentra fuera de la Ley, este sería nulo por naturaleza.

    Gracias por este espacio de expresión

  16. Por favor! Quien me responde está pregunta.
    Cuál de los dos hombres tiene razón?

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