Opinando

La cita previa ante la Administración : un virus jurídico que se extiende

Al hilo de la crisis del coronavirus hemos asumido un nuevo escenario de relaciones de la Administración con los ciudadanos, a distancia y con preferencia electrónica y a poder ser con tele-trabajo y con tele-presencia ciudadana.

Sin embargo, en dos semanas sucesivas, he vivido personalmente dos experiencias que me han provocado una seria reflexión.

La primera experiencia tuvo lugar la semana pasada en que tenía que realizar una sencilla gestión ante la Agencia Tributaria (personarme para identificarme en una gestión, o sea, una labor mecánica y de duración máxima de dos minutos) y me tropecé a la puerta con un guarda jurado que amablemente, armado con una lista, impedía el acceso a todo el que no contase con cita previa. Informaba que se solicitase a través de la web de la entidad. Algunos se quejaban airadamente porque les vencían plazos, y que era misión imposible obtener la cita, pero el guarda no les franqueó el paso. En mi caso, tomé nota y acudí presuroso a la web, consiguiendo tras una laberíntica labor, la cita online para cuatro días después.

La segunda experiencia, tuvo lugar ayer pues acudí a la Delegación del Gobierno para presentar un escrito en el Registro General (algo sencillo pero cuya constancia plena me interesaba, sin riesgos por acudir a Correos u otros cauces, y de duración máxima de otros dos minutos). Nuevamente la escena se repitió. En este caso un policía nacional a la puerta, amablemente me informó de la necesidad de cita previa, aunque solo fuese para presentar escritos en el Registro y me indicó la web donde debía intentarlo. Acudí a la web y me salieron pantallazos diciéndome reiteradamente “En estos momentos no es posible su gestión. Vuelva a intentarlo”.

 

Poderosas reflexiones me invadieron, que me atrevo a compartir.

 

1.La reflexión sobre si queremos una Administración plenamente automatizada, telemática y robótica. Si realmente podemos prescindir del rostro y voz de un funcionario que nos escuche. He constatado la impotencia de los ciudadanos sin tener a la vista a alguien con quien hablar, alguien a quien explicar que no se tiene cita previa porque no ha sido posible obtener esa cita previa. Pero no, no hay nadie dispuesto asomarse fuera del bunker público para ayudar, ni por tanto ante quien quejarse. De hecho, para quejarse habría que solicitar cita previa.

Advertiré que no soy ningún troglodita, sino que soy un paladín de la tecnología, pero creo que junto a la figura del “habilitado” para ayudar a la presentación telemática, debería existir la figura del “confesor público en cuerpo mortal” para escuchar quejas y sugerencias, cuando la desesperación invade al ciudadano a la puerta de las oficinas públicas.

2.También me sorprende que se haya aprovechado la pandemia para imponer la cita previa para la mera presentación de escritos en los registros estatales y autonómicos, ante los colosos de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Veamos. Por lo que yo recuerdo, en relación con los Registros, antes de la pandemia, existía un flujo natural de personas que se autorregulaba, como en las carnicerías. No entiendo que no exista cita previa ya en los grandes establecimientos privados y sí exista en las Administraciones públicas en uno de sus servicios más esenciales: el registro. O sea, la boca de entrada de solicitudes y recursos, y que es la garantía del cumplimiento de los plazos.

3.Además me llama la atención la falta de amparo legal para imponer al ciudadano esa “cita previa” cuando se trata de acceder a los Registros de solicitudes y comunicaciones. Creo sinceramente que estamos ante una “vía de hecho” altamente discutible pues compromete los derechos de los particulares para el acceso al procedimiento administrativo y recursos; podrá decirse que hay otros cauces alternativos, y es cierto, pero mientras exista la brecha digital en la sociedad, y mientras el legislador contemple una puerta principal (el Registro General) no hay razón para obligar a utilizar las puertas de emergencia (Correos, etcétera).

4.Además, los plazos son los que son, y están disponibles hasta el último minuto para el particular. Lo que no puede ser es que alguien vea una convocatoria de subvenciones u oposiciones, u otro trámite, y por razones personales o mercantiles ( o porque se entera el último día de plazo) intente presentar su escrito el último día de plazo y le digan que solicite “cita previa” y cuando la solicita por ordenador se la ofrecen una semana después de vencer el plazo. Si se difiere o aplaza la Cita previa, debería ampliarse el plazo; no se entiende que deba soportar el particular los problemas técnicos de su web o insuficiencia de personal para atender los registros.

5.Creo personalmente que la “cita previa” es muy práctica en la ITV del vehículo, para evitar enojosas esperas, o cuando se acude como paciente a la sanidad pública, por ejemplo, pero cuando se trata de presentar escritos ante la Administración en que el trámite de registro dura escasos minutos, no creo que deba pretextarse ninguna pandemia para aplicar la cita previa. Si no existe estado de alarma, si tales medidas no se aplican en los establecimientos privados ni en las sociedades públicas…¿por qué aplicarlo en los registros de la Administración?

El resultado es que hemos convertido a guardas jurados y policías nacionales en “funcionarios informadores sin soluciones” y que dejamos al particular sumido en la perplejidad y el laberinto para conseguir superar las barreras electrónicas y conseguir la cita previa.

6.En las últimas décadas lo fácil era presentar escritos en los Registros, y lo difícil conseguir vencer el silencio administrativo, y lo realmente difícil era conseguir que la Administración diese la razón. Ahora parece que también es difícil presentar escritos en los Registros. Ni siquiera la Administración da alegría o facilidades aquí.

Además en la década postconstitucional se suprimieron las “ventanillas” y se acabó con la opacidad de las autoridades y funcionarios (pasando éstos a tener que identificarse) y además se puso fin a tener que solicitar cita para ver al Jefe de negociado; eran tiempos en que se quería conseguir cercanía de la Administración, quitar fosos y alambradas y dar facilidades. Curiosamente, la Administración electrónica unida a la cita previa está abriendo un abismo entre un sector de la población y la Administración. No es que la Administración electrónica permita la Cita Previa, sino que la Cita Previa impone el uso de la Administración electrónica, que es algo muy distinto.

7. Voy a dejar clara mi posición personal, que podrá tildarse por algunos de primitiva, aunque yo prefiero calificarla de “humanista”:

  • Nada que objetar a la Cita Previa cuando el particular quiere usarla, o cuando existen situaciones de masificación de sujetos con idénticos trámites.
  • En cambio, me opongo a la Cita Previa impuesta cuando se trata de acceder a los Registros para presentar solicitudes, comunicaciones o recursos, y cuando el particular no quiere, no puede o no sabe usar el cauce electrónico.
  • También me opongo con vehemencia a que no exista una persona física con rostro que sea capaz al menos de escuchar al ciudadano quejoso. Si el derecho a la respuesta pública es importante, también lo es el derecho a quejarse y desahogarse.

En fin, creo que habrá que aplicar la legítima defensa, o al menos tomárselo con humor, y promover la iniciativa pública legislativa para disponer que la inspección de hacienda, laboral o de otro sector, solo podrá personarse para levantar acta si cuenta con “cita previa” informando al ciudadano.

8. Sé que no he convencido a nadie, y alguno pensará que no ha aparecido en este post el derecho administrativo, pero me he desahogado y además recuerdo que hay un derecho administrativo invisible, el que regula la presencia, la queja y el servicio que no recibe el ciudadano y que vuela bajo el radar de las normas. También importa.

128 comments on “La cita previa ante la Administración : un virus jurídico que se extiende

  1. Qué razón.

    De un lazo 2 dias de Plazo me quedan. ¿Cita previa? 15 dias. Opción online: No funciona, no emite error, que me baje la versión 1,2,3,4…todas obsoletas. Aún así reconfiguro el equipo 4 horas. Tres ordenadores, windows 10, Ubuntú, Windows 7 , android, 4 navegadores simultáneaos por equipo.

    Bueno, consigo meter una por registro. Vuelvo a hacer lo mismo y ¡no funciona!

    Increible.

    Gracias por el post, me sentía solo en esto. Venía buscando como configurar el Certificado Digital. Qué siempre me había funcionado hasta hace poco más de dos meses.

  2. Anónimo

    Es sencillamente vergonzoso explotar las citas previas en los registros por la fatalidad del coronavirus. Las citas en la Administración son para asuntos puntuales; no para registrar documentos. ¿Remisión a la web y e-administración? Olvidan la brecha digital para muchos ciudadanos que no reciben internet, el hecho de que las personas físicas aún no están obligadas a relacionarse electrónicamente y, lo más importante, que no existe norma alguna en que apoyar esa cita previa obligatoria. Y eso por no hablar de la actual situación de los servicios de salud primaria que vienen atendiendo, al menos en Cantabria, con cita telefónica (cuando pueden coger el teléfono, claro), sin olvidar la de todos aquellos empleados públicos a quienes se ha permitido ni trabajar en servicios esenciales ni teletrabajar, que tampoco han estado en ERTEs (no previstos para este personal) ni con permisos recuperables; pero que han venido cobrando su sueldo íntegro.En fin, esto de la citas previas en Registros es un nuevo despropósito en el suma y sigue, aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid.

  3. Anónimo

    La Administración ha olvidado que la razón de ser del Derecho es la persona, a la cual ella está obligada a servir.
    Los principios de economía, eficacia, …, cuando no etiquetas como servicio público, distraen del fin último del Derecho.
    La Administración electrónica se reduce a velar por el confort de los llamados a servir, y no de los que esperan ser servidos -administrados, ciudadanos, individuos, personas-.
    Salvo que se admita de hecho las castas, olvidan que todos somos personas y, como dice el dicho «arrieros somos y en el camino nos encontraremos»..

  4. gawstar

    Muchos de los que somos responsables de registros o de CIC (centros de información al ciudadano) hemos realizado sugerencias en contra de esto,especialmente en lo que atañe a los registros, por la propia naturaleza del registro, pero desgraciadamente no se nos ha hecho caso. Esto es un error por varias cosas

    -Hay requerimientos de subsanación de la administración que otorgan un plazo inferior al necesario para obtener cita previa (en nuestro caso, MEFP es superior a 3 semanas)
    -Al pedir citas con tanta antelación, tenemos días en que hay un 50% de inasistencia
    -La presentación a través del REC desde casa es muy cómodo, pero no es aplicable para el 100% de los casos
    a) Tiene una limitación de tamaño en cuanto al número de megas, con lo que si se presenta documentación muy luminosa, hay que fraccionar el asiento registrla,y no todo el mundo lo hace bien
    b) Al ser un ciudadano y no el funcionario el que adjunta la documentación, no queda constancia que el documento anexado sea original, o esté maliciosamente manipulado, con lo que es susceptible de requerimiento de cotejo por la unidad funcional competente.

    En cualquier caso, la protesta en foros es humanamente comprensible y( yo lo hago siempre que puedo), aunque administrativamente ineficiente. Animo, a quienes esto les suponga un perjuicio, presenten una queja administrativa, por cualquiera de los canales contemplados en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. Esto nos dará argumentos a quienes gestionamos estos órganos, a que desde los gabinetes oportunos nos empiecen a prestar atención. Y ojo que no estoy diciendo que se suprima la cita al 100%, sino que se regule con mayor precisión.

  5. Si esas sensaciones no agradables las tiene un nacional; imagínese como será en el caso de los no nacionales. Ah!. El panorama es más turbio en asuntos de extranjería y produce impotencia e inseguridad.

  6. Pedro Joaquín Navarro Redondo

    A mi admirado, altamente considerado y excelente humanista excmo Sr. «D. Sevach»: lo expuesto por Vd sobre la CITA PREVIA en la Administración Pública durante la etapa del COVID es un hecho incontestable, tal real, vivido también sufrido por mí en un caso similar, que lo suscrito total y absolutamente. Ese problema, que queda bien descrito aquí, ha tenido muchas y variadas respuestas desde muchos puntos de vista de otras tantas personas que plasman aquí su pensar.

    Dado que el MAESTRO SEVACH, a muchos de nosotros, nos ilustra con ese brillante don que posee de iluminar en esas oscuras zonas de la Administración Pública después de sus magnificas y magistrales exposiciones nos permite y abre un «espacio» para comentar » CON EL FIN DE MEJORAR » pero, ya que no he logrado, en alguno de los comentarios llegar a comprender si se ha tenido en cuenta su propósito.
    En fín – y me lo aplico a mi mismo- y me pregunto a su vez ¿cuál es mi PROPUESTA y ACCIÓN concreta para «intentar» MEJORAR el funcionamiento o disfuncionamiento de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA? Lo mínimo, creo yo, es dejar constancia fehaciente del hecho mediante la presentación de la correspondiente QUEJA. Y alguien….responderá -con bastante acierto- ¡para lo que sirven!. A lo cual replico…entonces me aplico para resolver el dilema…es mejor «llorar en casa»( que nadie te observa) ó hacerlo público dejando rastro y constancia.
    En conclusión, a mi modesto parecer, FALTA PARTICIPATIVA Y CONCIENCIA ciudadana con IMPLICACIÓN PERSONAL: dejar constancia del HECHO con la presentación de QUEJAS.
    Gracias Gran Humanista Maestro. Es un gran lujo contar con Vos.

    NOTA: El Derecho Administrativo Mínimo, adquirido.

  7. Javier López Carreto

    Pienso que la mayoría de las consideraciones sobre el tema que José Ramón ha descrito las podemos suscribir todos nosotros. Me gustaría aportar alguna pequeña consideración:
    1.- Una parte fundamental de nuestro trabajo como funcionarios públicos es facilitar todo lo posible la relación ciudadano-administración (aparte de funcionarios, también somos ciudadanos)
    2.- Amparándose en el terrible escenario generado por la Covid (no me refiero aquí a los afectados por el virus que escapa del presente tema y que, aunque a distancia, he llegado a conocer al ser sanitarios la mitad de mi familia) bajo el paraguas de unas medidas necesarias para contener la pandemia, los poderes públicos han colado «de matute» serias limitaciones de derechos que no debieron ser afectados por la emergencia sanitaria. Sobre este tema, ya ha hablado en varios post nuestro ilustre magistrado y hay poco que añadir.

    3.- Determinados ámbitos administrativos (AEAT, por poner un ejemplo que a todos nos suena) han utilizado este hecho para incrementar aún más sus actuaciones que lindan, en muchas ocasiones, con un absoluto desprecio de la legalidad. Creo que todos somos conscientes del abuso de la inversión de la carga de la prueba. Ya sabemos que ante Hacienda todos somos culpables mientras no demostremos lo contrario. No quiero aportar más ejemplos porque creo que todos conocemos bastantes y sería reiterativo.

    4.- Como en todos los colectivos, también entre los funcionarios públicos tenemos nuestros «garbanzos negros» que han aprovechado la situación para ennegrecerse aún más. Lo que es cierto y verdad es que la inmensa mayoría de nuestro colectivo se ha intentado comportar, como siempre, de forma digna y, en muchos casos, ejemplar, pero… como algunos comentarios han dejado claro la autoridad competente (no militar como decía el felizmente olvidado coronel Tejero) de origen político o no entiende o no quiere entender el significado de la función pública. Es elemental que funcionarios independientes pueden perturbar alguna ensoñación disparatada (como construir una pista de esquí en un pueblo en el que nieva poco algunas veces al año, por no citar la que a todos nos viene a la mente)
    5.- El futuro es digital o no será. Estamos en la fase más delicada que es el cambio de paradigma y, es muy normal, que se produzcan disfunciones y problemas. Como la legislación primigenia sobre administración electrónica está a punto de poderse incluir entre los incunables de las bibliotecas, creo firmemente que SÍ hay una gran brecha digital, pero no tanto entre las personas aún mayores que yo, sino en el cerebro de nuestros responsables políticos que han tenido muchos años para poder solventar los problemas que se preveían por parte de funcionarios capacitados. Creo que todos sabemos que el día a día de nuestros dirigentes no les permite tener tiempo para centrarse en los problemas importantes, ya que tienen que centrarse en los urgentes que, al parecer, son os que dan votos.
    6.- Para terminar, una nota optimista. La institución en la que trabajo y que no menciono por discreción, aunque José Ramón y los que me podáis conocer sabéis cual es, lleva más de 15 años con una implementación sería y ordenada de las TIC, más de 10 años con sistemas de teletrabajo (yo estoy en ello desde el principio) y, salvo las incidencias normales en estas circunstancias, hemos seguido funcionando casi al 100 % desde nuestras casas. Por cierto, nuestro Registro no requiere de cita previa, aunque se aconseja solicitarla telefónicamente, para evitar que la gente tenga que hacer cola, pero no tenemos a ningún pobre segurata (palabro cariñoso) evitando que un ciudadano pueda registrar su documentación, aunque no tenga cita previa telefónica.

    • Esther

      Coincido en tu exposición al 100%.La AE es el futuro y las TIC funcionan, pero por desgracia, lamentablemente los funcionarios dependemos de los políticos y éstos nos utilizan a su antojo para en este caso, tal y como está pasando con la implantación de la AE,y las TIC, que a juzgar por todo lo leído en este interesante post, bien podrían ser calificadas como de «una verdadera acción de riesgo y de éxito incierto», y nosotros los funcionarios como los condenados a muerte, que pronunciaron antes de morir: «ave imperator/caesar, morituri te salutant!». Claro que por aquél entonces, Claudio les pudo contestar «Aut non», o no, y es que vuelvo al principio, todo dependerá de las cabezas pensantes de los políticos que nos gobiernen.

  8. Ya que todos somos ciudadanos «maltratados» por la Administración Pública, creo que deberíamos poder denunciar el abuso de la Administración ante los órganos competentes…. pero seguro que también tenemos que pedir cita previa. Hemos llegado al mayor sin-sentido. Los administrados estamos absolutamente indefensos ante este abuso absoluto de autoridad ¡¡¡ Enhorabuena por el escrito ¡¡¡

  9. Anónimo

    Bravo, no se puede explicar mejor; si acaso, jurando como un carretero y poniendo el acento en lo más triste: se aprovecha la pandemia como excusa para vaguear aún más en el sector público. Una vergüenza.

  10. Genaro

    El artículo no tiene desperdicio. Exacto, veraz, sereno. Es incomprensible que no se alcen voces para censurar el procedimiento de la cita previa, o al menos para regularlo. Pero lo cierto es que las cosas van a peor y los ciudadanos empezamos a estar hartos de este abuso.
    Gracias

  11. Juan Jose Martínez

    Creo que la actuación de las Administraciones Publicas exigiendo cita previa está pidiendo a gritos un recurso contencioso administrativo. No se puede someter a condición el acceso de los ciudadanos a una Administración.

    ¿JR,alguna idea de como enfocarlo?

  12. Hoy 17 de marzo de 2021 en un registro en Badajoz, en atención a la dependencia, dan cita para el 12 de abril. Por suerte de este mismo. Es indignante.

  13. Baltasar Rancho

    La cita previa para la presentación de escritos, recursos, solicitudes y comunicaciones en los Registros de la Administración es una INVENCIÓN ILEGAL de la propia Administración. La excusa que ponen es que es para «evitar aglomeraciones» y más teniendo en cuenta la situación de pandemia. Sin embargo, la realidad es que NO SÓLO exigen cita previa, sino que LIMITAN LA CANTIDAD DE ESCRITOS que se pueden presentar en cada cita previa (2 o 3, depende de la Administración), lo que demuestra que la excusa alegada NO ES CIERTA. Lo único que pretenden es que los ciudadanos NO PRESENTEN RECLAMACIONES contra los actos de la Administración y así «campar a sus anchas» en cuanto a sanciones administrativas se refiere.
    Antes un ciudadano (y legalmente ahora también) podía presentar el número de escritos, recursos, solicitudes, etc que desease aunque fuese en nombre de otras personas que por imposibilidad física, laboral o de otro tipo no podían acudir personalmente a los registros públicos en horario de atención al público. En la actualidad alguna Administración ha comenzado a exigir, para presentar escritos en el registro, fotocopia del DNI y autorización del quien suscribe el escrito y exhibición del DNI de quien presenta el escrito. ESPERPÉNTICO (D. José María se quedó corto hace 100 años).
    El incumplimiento manifiesto por parte de la Administración de los derechos recogidos (entre otras normativas) en los artículos 13.e), 16.4.d), 20.1, 28.3 y 75.3 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debería dar lugar a responsabilidades de los funcionarios que ha puesto en práctica actuaciones que suponen obstáculos y cortapisas para el ejercicio de los derechos de los ciudadanos y el cumplimiento de sus obligaciones (obstáculos para presentar escritos, recursos, solicitudes, etc. con la exigencia de cita previa y limitación de número de escritos a presentar e impedimentos para cumplir las obligaciones al no poder presentar los escritos en plazo).
    La pérdida de DERECHOS y LIBERTADES de los ciudadanos ha ido en aumento progresivo en los últimos años y durante la pandemia se ha acentuado hasta extremos insospechados. La transformación de España (Estado de Derecho, democrático y con Libertades civiles avanzadas) en una «República Bananera» con cada vez más tintes totalitarios es un hecho, pues estos enormes recortes a los derechos y libertades de los ciudadanos va a ser muy difícil que se puedan eliminar, salvo que los ciudadanos comencemos a presentar reclamaciones y quejas por escrito contra los funcionarios (aunque no tengan la culpa y los responsables sean sus superiores), llegando incluso ante los tribunales de justicia en aquellos casos más graves.
    Podría extenderme mucho más, ya que llevo 30 años peleando con las Administraciones Públicas en defensa de los ciudadanos, pero daría para 3 o 4 libros y no es cuestión (bastante largo ha quedado ya el comentario)..

  14. Anónimo

    Creo que Rafael pone el dedo en la llaga del tema de la cita previa. La Administración no puede negar el derecho a la «buena administración», a una Administración que resuelva sus problemas, independientemente de la vía que ELIJA EL CIUDADANO. Debe ser el ciudadano, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, el que pueda elegiar de qué forma quiere que la atienda la Administración. No puede obviarse tampoco la generación de brechas digitales entre los que tenemos internet, recursos y preparación y los que no tienen. Estamos creando una sociedad dual, donde se abundan las diferentes entre los ciudadanos. Creo que el tema es ESTRATÉGICO, no coyuntural causado por la Pandemia actual. Soy partidario de exigir el derecho a la Administración presencial para atender las demandas de los ciudadanos, especialmente con el tema del registro dedocumentos. Finalmente soy partidario de exigir la responsabilidad patrimonial de la Administración por deficiente funcionamiento del servicio público en casos de desatención, o tardanza o pérdida de derechos, caducidades de trámites, pérdidas de plazos preclusivos, etc. etc. etc.
    Viva la Administración electrónico o digital, pero viva antes los derechos de los ciudadanos a una Administración servicial y a una buena Administración, a garantizar todos los derechos, incluidos los digitales.

  15. antonio ruiz joyanes

    La inconstitucional declaración del estado de alarma, restringió ilegalmente el derecho constitucional a circular libremente por el territorio nacional, establecido en el artº 19 de la que algunos dicen que es la Constitución Española, menos los que tienen que aplicarla y defenderla, y al pairo del bichejo chino (¡¡provocado a nivel mundial, en un pis pas, por un murciélago, según dijeron eminentes cerebros chinos!!), además de otras muchas medidas ilegales, la Administración aprovechó para sacarse de la manga la ilegal cita previa para poder cruzar la puerta de cualquier organismo público, con el absurdo y analfabeto argumento que era por motivos del bichejo.

  16. antonio ruiz joyanes

    El «ijnorante» (con “g” somos los demás) que impuso la ilegal norma, pretendía con la cita previa impedir la contaminación de los sufridos empleados públicos. Y me pregunto yo, ¿y permitiendo la entrada de uno en uno, no se conseguía el mismo resultado? ¿o es que la complicada llamada telefónica inmunizaba al visitante?
    El sabihondo que impuso la cita previa ha olvidado que, una vez finalizado el inconstitucional estado de alarma, han dejado de aplicarse las medidas dictadas en la ilegal declaración.

  17. sicolara

    Aparte de que la «cita previa» es una redundancia como vocablo, pues con cita llegaría ya que no existen citas posteriores, y por tanto se solicita «una cita para…» y no «una cita previa para…»
    Es una fatalidad que a día de hoy, casi dos años después de este artículo y con la situación de la pandemaia más normalizada y con posibilidades de que así sea en los ambitos administrativos, siga implantado ste sistema de acudir con cita a todo, como si no bastase con obtener la cita en la maquina de turnos al llegar a la oficina correspondiente, como antes del 2020.
    ¿Es esto un avance? No creo. Es una forma cómoda de retrasar y aminorar los trabajos, y tener al funcionariado más relajado que nunca. Solo hay que ver las oficinas prácticamente vacias de usuarios y las citas dándose a días o semanas. Si no reclamamos, esto irá a peor, seguramente.

    • Anónimo

      Me siguen sorprendiendo los comentarios cuando al final terminan generalizando sobre los funcionarios.
      En primer lugar sobre el comentario de «ijnorante», la cita previa no fue una medida ex professo para la situación de pandemia por el coronavirus, ya existía anteriormente.
      Sobre el comentario de sicolara, se puede estar de acuerdo en que efectivamente la denominación de cita previa es un pleonasmo, pues según nuestro DRAE, la definición de cita es:  “Reunión o encuentro entre dos o más personas, previamente acordado”. Por tanto, y al tratarse ya de un encuentro pactado con anterioridad, es decir, al llevar intrínseca esta información en su significado, el uso del adjetivo previa en la expresión cita previa sería inadecuado. Por lo expuesto, no estaría nada mal mal proponer un cambio de denominación y que pasara a denominarse de otra manera. Por ejemplo: CITA ELECTRÓNICA PRESENCIAL o CITA TELEFÓNICA. Ya que aunque muchos ciudadanos se resistan a ser atendidos de esta manera, debido a la implantación de la Administración electrónica, no queda otra elección que cambiar conductas, y aprender de las TICs,e intentar entre todos, GOBIERNO y CIUDADANOS salvar la brecha digital.
      Con el RD 203/2021 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos, hemos conseguido , o mejor dicho, estamos consiguiendo el desarrollo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público. En la medida que el ciudadano necesite ser asistido y no dispongan de medios electrónicos adecuados, existen funcionarios habilitados para ello. La Ley 39/2015, establece en su artículo 12.2 en el segundo párrafo que si las personas interesadas no disponen de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por el personal funcionario mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado
      para ello. Las personas interesadas deberán identificarse ante el personal funcionario y presar su consentimiento
      expreso para esta actuación. Así como , el artículo 12.3 señala que la Administración General del Estado mantendrá actualizado un registro en el que constarán los funcionarios habilitados. Este registro, denominado Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado (RFH-AGE), conforme al artículo 31.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, será gestionado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
      Los funcionarios dependemos de la normativa, y de los que la legislan. Independientemente del color del gobierno de turno y entre nuestro principios está el de servir con objetividad al interés general, consagrado en el art.103 de nuestra Carta Magna.
      Les pido , una vez más, que dejen de generalizar con la actuación de los funcionarios, ya que sin nosotros Uds. no tendrían los Servicios Públicos que tienen, Sanidad, Policias, Bomberos, Educación, Servicios Sociales.
      Y ante el mal funcionamiento de algún servicio público, en lugar de criticar ,aporten soluciones. Las leyes son modificables, y los políticos cada x años también.

    • ESTHER

      Me siguen sorprendiendo los comentarios cuando al final terminan generalizando sobre los funcionarios.
      En primer lugar sobre el comentario de «ijnorante», la cita previa no fue una medida ex professo para la situación de pandemia por el coronavirus, ya existía anteriormente.
      Sobre el comentario de sicolara, se puede estar de acuerdo en que efectivamente la denominación de cita previa es un pleonasmo, pues según nuestro DRAE, la definición de cita es:  “Reunión o encuentro entre dos o más personas, previamente acordado”. Por tanto, y al tratarse ya de un encuentro pactado con anterioridad, es decir, al llevar intrínseca esta información en su significado, el uso del adjetivo previa en la expresión cita previa sería inadecuado. Por lo expuesto, no estaría nada mal mal proponer un cambio de denominación y que pasara a denominarse de otra manera. Por ejemplo: CITA ELECTRÓNICA PRESENCIAL o CITA TELEFÓNICA. Ya que aunque muchos ciudadanos se resistan a ser atendidos de esta manera, debido a la implantación de la Administración electrónica, no queda otra elección que cambiar conductas, y aprender de las TICs,e intentar entre todos, GOBIERNO y CIUDADANOS salvar la brecha digital.
      Con el RD 203/2021 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos, hemos conseguido , o mejor dicho, estamos consiguiendo el desarrollo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público. En la medida que el ciudadano necesite ser asistido y no dispongan de medios electrónicos adecuados, existen funcionarios habilitados para ello. La Ley 39/2015, establece en su artículo 12.2 en el segundo párrafo que si las personas interesadas no disponen de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por el personal funcionario mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado
      para ello. Las personas interesadas deberán identificarse ante el personal funcionario y presar su consentimiento
      expreso para esta actuación. Así como , el artículo 12.3 señala que la Administración General del Estado mantendrá actualizado un registro en el que constarán los funcionarios habilitados. Este registro, denominado Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado (RFH-AGE), conforme al artículo 31.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, será gestionado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
      Los funcionarios dependemos de la normativa, y de los que la legislan. Independientemente del color del gobierno de turno y entre nuestro principios está el de servir con objetividad al interés general, consagrado en el art.103 de nuestra Carta Magna.
      Les pido , una vez más, que dejen de generalizar con la actuación de los funcionarios, ya que sin nosotros Uds. no tendrían los Servicios Públicos que tienen, Sanidad, Policias, Bomberos, Educación, Servicios Sociales.
      Y ante el mal funcionamiento de algún servicio público, en lugar de criticar ,aporten soluciones. Las leyes son modificables, y los políticos cada x años también.

  18. ESTHER

    Me siguen sorprendiendo los comentarios cuando al final terminan generalizando sobre los funcionarios.
    En primer lugar sobre el comentario de «ijnorante», la cita previa no fue una medida ex professo para la situación de pandemia por el coronavirus, ya existía anteriormente.
    Sobre el comentario de sicolara, se puede estar de acuerdo en que efectivamente la denominación de cita previa es un pleonasmo, pues según nuestro DRAE, la definición de cita es:  “Reunión o encuentro entre dos o más personas, previamente acordado”. Por tanto, y al tratarse ya de un encuentro pactado con anterioridad, es decir, al llevar intrínseca esta información en su significado, el uso del adjetivo previa en la expresión cita previa sería inadecuado. Por lo expuesto, no estaría nada mal mal proponer un cambio de denominación y que pasara a denominarse de otra manera. Por ejemplo: CITA ELECTRÓNICA PRESENCIAL o CITA TELEFÓNICA. Ya que aunque muchos ciudadanos se resistan a ser atendidos de esta manera, debido a la implantación de la Administración electrónica, no queda otra elección que cambiar conductas, y aprender de las TICs,e intentar entre todos, GOBIERNO y CIUDADANOS salvar la brecha digital.
    Con el RD 203/2021 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos, hemos conseguido , o mejor dicho, estamos consiguiendo el desarrollo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público. En la medida que el ciudadano necesite ser asistido y no dispongan de medios electrónicos adecuados, existen funcionarios habilitados para ello. La Ley 39/2015, establece en su artículo 12.2 en el segundo párrafo que si las personas interesadas no disponen de los medios electrónicos necesarios, su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por el personal funcionario mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado
    para ello. Las personas interesadas deberán identificarse ante el personal funcionario y presar su consentimiento
    expreso para esta actuación. Así como , el artículo 12.3 señala que la Administración General del Estado mantendrá actualizado un registro en el que constarán los funcionarios habilitados. Este registro, denominado Registro de Funcionarios Habilitados de la Administración General del Estado (RFH-AGE), conforme al artículo 31.2 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, será gestionado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
    Los funcionarios dependemos de la normativa, y de los que la legislan. Independientemente del color del gobierno de turno y entre nuestro principios está el de servir con objetividad al interés general, consagrado en el art.103 de nuestra Carta Magna.
    Les pido , una vez más, que dejen de generalizar con la actuación de los funcionarios, ya que sin nosotros Uds. no tendrían los Servicios Públicos que tienen, Sanidad, Policias, Bomberos, Educación, Servicios Sociales.
    Y ante el mal funcionamiento de algún servicio público, en lugar de criticar ,aporten soluciones. Las leyes son modificables, y los políticos cada x años también.

  19. Juan Rodríguez

    Toda la razón..como usuarios y dueños que somos todos de la administración queremos ser atendido por cualquier cause incluido que nos atiendan en todo momento y circunstancias…por lo visto se olvidan quienes somos excepto cada cuatro años y es de verguenza

  20. Pingback: La cita previa o vuelva usted mañana - Canarios en el Mundo

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