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Acertijo audaz para juristas inteligentes

Decía el juez Oliver Holmes en un conocido voto particular que “los casos difíciles hacen mal derecho” ya que su complejidad suele deberse a la influencia de factores emocionales, políticos o sociales que oscurecen el sereno juicio jurídico. Sin embargo, el mal derecho acecha a los casos difíciles y a los casos fáciles, porque raras veces se presenta una solución clara e inexcusable para un litigio.

Para ilustrarlo, bien está intentar afrontar la resolución de un caso jurídico de aparente simplicidad pero que demuestra la dificultad de juzgar, y que ejemplifica que Derecho y Justicia no siempre van juntos porque posiblemente existen varias soluciones correctas frente a un mismo conflicto, aunque ciertamente unas serán mejores que otras, según la perspectiva del juez, de la parte o de los valores.

En su día, ya sometí a los lectores el litigio más difícil del mundo, y hace meses expuse las enseñanzas del Mercader de Venecia a la luz del derecho, y ahora ofreceré un sencillísimo ejemplo, que me inspiró un relato que ofrece un librito de lance titulado El espejo de la justicia (Erich Barutlacht) que he cambiado, enriquecido y reconvertido en el planteamiento que expondré.

Veamos quien se atreve a dar la solución, o con la mejor solución.

Un joven enamorado le quiere entregar en la campiña un anillo con un diamante a su pareja, pero se le cae entre la hierba. No lo encuentran y tras irse, una vaca mordisquea la hierba y se lo traga. La vaca es llevada por el ganadero al matadero y el matarife se encuentra el anillo e el interior de la carne.

Tras conocerse el hecho, y el gran valor del anillo, se plantea el litigio entre quienes se creen con derecho de propiedad. Estos son los litigantes y sus razones:

El novio dice que es suyo. Él lo compró.

La novia, que ha roto con el novio, afirma que es suyo porque se lo regaló quien era su novio y se cayó al entregárselo.

El ganadero, que era dueño de la vaca, aduce que era suya y vendió su carne al matadero, pero no sus objetos de adorno interiores o exteriores, como el anillo y el cencerro (éste le fue devuelto).

El matarife afirma que tiene mejor derecho porque lo encontró troceando la carne con mayor afán que el que se le exigía trabajando, y si no hubiese hurgado en ella, se hubiesen tirado los despojos.

El dueño del matadero -jefe del matarife-, reclama su propiedad porque él compró el animal con sus entrañas, y su empleado lo encontró en horario de trabajo, bajo con su encargo.

– También lo reclama el joyero que vendió el anillo al novio porque éste se comprometió a pagarlo en breve plazo que no cumplió.

– Además, el Estado reclama su propiedad porque el terreno donde pastaba la vaca era de dominio público y allí quedó el anillo hasta que la vaca se lo zampó.

¿Cómo resolvería usted el litigio si fuese el juez?. ¿A quién atribuiría la propiedad con argumentos jurídicos?. Basta unas pocas líneas razonando la razón de tener mejor derecho que los otros.

Fuera de la respuesta jurídica que seriamente puedan proponer los lectores, me adelanto a efectuar tres posibles respuestas, pero en mi caso bajo clave lúdica.

  • Un buen benéfico diría que el anillo correspondería a la vaca, y sus fondos serían para que los becerritos de la vaca se salven del fatal cuchillo.
  • Un juez maléfico diría que al no estar claro y ante tanta disputa, el anillo se lo queda él en depósito o en propiedad.
  • Y un juez justo diría que el anillo se vendería y el importe se repartiría entre los seis.

Ahora pónganse la toga y decidan…

¡¡ Buen fin de semana, amigos !!

33 comments on “Acertijo audaz para juristas inteligentes

  1. Victoria

    El anillo no será de nadie, como aquella máxima memorable de que » el dinero público no es de nadie»

  2. Anónimo

    El anillo es del novio, siempre y cuando se lo pague al joyero. Si no cumple la promesa de pagarlo y dado que el compromiso no se ha consumado, puede pagarlo y quedarselo o devolverselo al joyero.

  3. ANONIMO

    El anillo, no me atrevo a decir en manos de quien acabara, pero por lo que veo, las minutas de este pleito, van a ser mucho más que el valor de la joya, jajajaja

  4. RAMON LOPEZ

    Para quien le interese, un tema de este tipo se produjo a consecuencia de la propiedad del manuscrito de «POETA EN NUEVA YORK». Pasó de unos a otros en Sudamérica, y al final, cuando se sacó a subasta, hubo un pleito que perdió la familia de García Lorca, por entender el juez de Londres que hubo usucapión. Ha habido algunos comentarios doctrinales sobre el asunto.

  5. Enrique

    Y veinte años después el anillo seguirá dando tumbos y hasta votarán infructuosamente en sesión plenaria del TS sus señorías; e incluso alguno cambiará el voto un par de veces. Y luego el presidente dirá a la prensa que la ley no es clara…

  6. carlos

    La primera incógnita que se nos presenta en este complejo acertijo es si el anillo es un tesoro oculto, según el artículo 352 del código civil “Jurídicamente se denomina tesoro oculto el depósito oculto e ignorado de dinero, joyas u otros objetos preciosos cuya legítima pertenencia no sea conocida o sea imposible conocer a los sucesores del dueño originario “, lógicamente se puede deducir que el anillo no es un tesoro oculto ya que tiene un dueño y como dice el artículo 345 del c.civ “Son bienes de propiedad privada … los pertenecientes a particulares individual” por lo cual el anillo se definiría en este caso particular como un bien de propiedad privada.
    Ahora se nos presenta otra incógnita, quien es el verdadero dueño, como premisa se debe decir que si el joyero reclama que se le page el importe del anillo se debe llegar a una resolución económica pero está claro que el joyero lo podemos destacar del asunto ya que en caso de tener que pagarle se haría con dinero a no ser que se firmase un contrato estipulando que en caso de no pagar la deuda se devolviese el anillo, pero se puede asumir como que en todo caso el joyero recibiría dinero no el anillo.
    Respecto a la novia, primeramente, no llegó nunca a tocar el anillo por lo cual ya directamente se la puede apartar de la cuestión, otra cosa diferente sería que lo hubiese recibido y ahora tuvieran la disputa de quien paga al joyero, ya que se había roto la promesa de matrimonio según el artículo 43 del c.civ se produciría la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos, por lo cual la mujer debería pagar una parte proporcional del anillo.
    En cuanto al Estado, según el artículo 351 del c.civ solo podría ser del estado si el anillo fuese un tesoro oculto y el estado lo descubriese en su terreno, pero como hemos visto, no es un tesoro oculto por lo cual se le eliminará de la cuestión.
    Como ya hemos definido que el anillo es una cosa mueble, el matarife cuando se lo encontró según el artículo 615 del c.civ debía restituirla a su antiguo poseedor (en este caso se sabía que el chico era el dueño) pero en caso de no conocerse se debía entregar al alcalde el cual la publicaría dos domingos consecutivos, pero en ningún caso se la podría quedar el matarife a no ser que esta fuese un tesoro oculto. Incluso el matarife según el artículo 616 del c.civ tendría derecho a la décima parte del precio del anillo, a título de premio.
    En cuanto al dueño del matadero, en el momento en el que se pactó la venta de la vaca se puede intuir que solo se vendía la vaca como animal y nada más, incluso se dice que el cencerro que llevaba la vaca se lo devuelve al ganadero por lo cual está claro que solamente se refería a la vaca como carne.
    El ganadero tampoco podría exigir el anillo ya que entiendo que al ser un bien privado es irrelevante los actos que sucedan (que se lo coma la vaca) siempre que no impliquen un acto de compraventa o un permiso de cierto tipo por parte del dueño que es el chico para regalar o ceder el anillo al ganadero, es decir, aunque la vaca se lo comiese no le quita el orden de propiedad privada al dueño. Otra cosa diferente sería que debido a que la vaca se comió el anillo, la carne se encontrase en mal estado, aquí supongamos que el dueño del matadero reclama al ganadero el importe ya pagado por la vaca, el ganadero se lo debería devolver y según el artículo 1902 del c.civ “el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado” el ganadero podría pedir cierta compensación económica al chico. Pero, en conclusión, el anillo es del chico.

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