Leí recientemente en la prensa las declaraciones de Santiago Muñoz Machado, director de la Real Academia Española, y uno de los grandes administrativistas de la época, quien ha reivindicado “el derecho a comprender”, en relación con el lenguaje utilizado por la Administración y la Justicia.
Dos meses antes el Director de la RAE, con ocasión de la I Convención de la Red Panhispánica de Lenguaje Claro, que se celebró los pasados 20 y 21 mayo insistía
Este movimiento comenzó en el área de la Justicia. Los magistrados y los jueces han sido los primeros en percibir que su manera de manifestarse es muy compleja para bastantes personas. Es curioso que esto suceda más en el área de la Justicia que en el de la legislación, pero tiene una explicación: la legislación no le importa a la mayor parte de las personas porque se dirige de una manera general al conjunto de la sociedad, pero, en cambio, la Justicia se dirige a la libertad y la propiedad de un sujeto concreto y este quiere entender lo que se le dice. Siempre se ha afirmado que el lenguaje jurídico se entiende mal. De hecho es común señalar la oscuridad expresiva de los jueces. Pero ahora estamos frente al derecho a comprender, que es esencial, porque implica el derecho a defenderse y a la libertad de expresión.
Me resulta espléndido hacer hincapié en algo tan evidente pero que cuesta tanto que se generalice con buenas prácticas expresivas.
Es cierto que en la Administración aún no se ha consolidado un derecho más primario, el derecho a una respuesta. Al contrario, el silencio administrativo grita en los expedientes acumulados, por mucha administración electrónica y automatización que se aplique.
Pero si llega esa respuesta de la Administración, en forma de resolución o acuerdo, bueno es que sea comprensible para el lector.
Se dirá que el derecho administrativo es técnico, y que el rigor de expresión no es caprichoso, porque si se trivializa o usan palabras comunes, puede que un letrado agazapado tenga el cañón del recurso preparado para leer en la resolución lo que le interesa a su cliente en vez de lo que quería decir la Administración.
Sin embargo, creo que es compatible y que el lenguaje administrativo es manifiestamente mejorable.
Soy de la legión de funcionarios que en su día opositaron y a los que el azar les brindó el éxito de ponerles en puestos de altas responsabilidades administrativas, desde los que tuvieron que ponerse a redactar resoluciones y acuerdos. No era fácil. Por un lado, estaba la fuerza de lo aprendido (la jerga, lo técnico, el legalismo). Por otro lado, la presión de los políticos y/o gobernantes (hay que decir o callar lo que menos les comprometa y más venda su labor). Y cómo no, la presión del corazoncito del funcionario que intenta hacer comprensible la resolución para que el particular entienda la razón de que se le sancione, se le deniegue la licencia, se le conceda una subvención menor o no poder obtener un contrato, por ejemplo.
Es verdad que de los actos administrativos, como de las sentencias, puede decirse que al destinatario solo le interesa lo que le conviene (Al decir de Calderón de la Barca “Solo le parece justo lo que le da gusto”). Esta realidad encarece que, cuando algo es desfavorable, hay que esforzarse en convencer para que el particular comprenda que en la denegación, sanción o gravamen públicos no hay capricho, frivolidad ni arbitrariedad.
Y como consecuencia del derecho a comprender la resolución administrativa, bueno sería que se reconociese el derecho a exigir una explicación oral, directa y presencial del funcionario al particular «en román paladino» (nada de tener el atribulado ciudadano que acudir a asesores externos para que se la expliquen).
Bien estaría que todo empleado público (de cualquier poder del estado) tomase nota del consejo del amigo que plasma Cervantes en el Prólogo del Quijote, que nos señala con enorme gracejo qué estilo expresivo hay que usar para alcanzar la clara comprensión del texto:
Procurar que a la llana, con palabras significantes, honestas y bien colocadas, salga vuestra oración y período sonoro y festivo, pintando en todo lo que alcanzáredes y fuere posible vuestra intención, dando a entender vuestros conceptos sin intricarlos y escurecerlos. Procurad también que, leyendo vuestra historia, el melancólico se mueva a risa, el risueño la acreciente, el simple no se enfade, el discreto se admire de la invención, el grave no la desprecie, ni el prudente deje de alabarla.
Quizá el reto cervantino sea inalcanzable, pero todos debemos hacer un esfuerzo de claridad: abogados, fiscales y jueces, pues la tutela judicial efectiva implica tutela judicial comprensible. Bueno es saberlo, y recordar la advertencia de Albert Einstein: «No entiendes realmente algo, a menos que seas capaz de explicárselo a tu abuela».
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Quizá habría que hacer un curso para abogados, jueces y funcionarios de «Español como segunda lengua»!
Totalmente de acuerdo.
El problema de interpretación se incrementa cuando se hacen traducciones de dudosa legalidad, o cuando menos confusos.
Su comentario es una muestra de buena y comprensible escritura…: “traducciones de dudosa legalidad” dice. Já. Y luego utiliza un adjetivo en masculino plural (“confusos”) para, supongo, calificar a algo que es femenino (“traducciones”).
La IA te resumen en claros términos cualquier texto que le pidas, las máquinas de la IA razonan mejor que el común de los mortales, yo recurro a su consejo incluso cuando se trata de redactar un recurso porque te da ideas interesantes que no son otra cosa que aplicar el sentido común. _Es como tener un consejero máquina que te dice lo que según el sentido lógico debes de poner. Yo propondría que antes de la sentencia definitiva se haga un borrador de ella en IA y que se someta a las partes como propuso Pietro Calamandrei en su «Elogio de jueces escrito por un abogado» que no era ningún «elogio» de los jueces sin más sino de los buenos que según este servidor no abundan.
Pregunta a la IA la diferencia entre «inmueble» y «bien Inmueble» y entenderás el problema.
Cuando un inspector de Hacienda afirma en redes sociales que un «inmueble» y un «bien Inmueble» no tienen ninguna diferencia jurídica, tenemos un problema de conocimiento legal y consecuentemente controversias judiciales con Hacienda (hecho real)
Parece que no entiende que un bien y derecho que no admite tasación por disponer de justiprecio (Bien Inmueble) no puede ser un bien con derecho inmobiliario que permite tasación y pericial contradictoria (Inmueble).
Aquí lo dejo, para que piensen en ello.
Que buena empanada tiene usted. Parece de zamburiñas…
Yo no conozco nada de esto de la justicia pero siempre me acuerdo de un libro que leí hace muchos años, de los incas y es que tenían pocas leyes y todos las conocían, y el no las cumplía y lo enganchaban rápidamente se las aplicaban, en la actualidad se oye que por una cosa aparentemente sencilla puede tardar muchos años y escribir cientos de páginas
Por lo que pienso como dice martinquixada la justicia tendría que aplicar más la IA y veríamos como nos pueden ayudar las máquinas
Virgencita, que me quede como estoy.
Miedo me da cuando se decide cambiar algo por éstos oficios.
Muy interesante las reflexiones, ciertas y necesarias; por mi parte, soy un cultor de la síntesis, que no es fácil ni inmediata. Las mismas razones, creo, deberían aplicarse a la medicina, en cuanto a explicar el caso a un paciente (lego) se refiere.
Hola martinquixada:
Cuando dices: «…yo recurro a su consejo incluso cuando se trata de redactar un recurso porque te da ideas interesantes que no son otra cosa que aplicar el sentido común…»
En vez de aplicar el sentido común , mejor aplicar la sana crítica , que te pueden tumbar.
Totalmente de acuerdo. Parte de mi trabajo es impartir cursos de comunicación clara en la administración pública y creo que hay un consenso en que necesitamos un cambio en la redacción jurídica y administrativa. Va a ser un camino largo, pero ya lo hemos empezado. ¡Enhorabuena por tu blog!
Lenguaje Claro y Comunicación en las Decisiones Judiciales. El Derecho a Entender
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