Procesal

El plazo para formular recursos administrativos es improrrogable, Supremo dixit

Hourglass Article 202004281021 - delaJusticia.com

justicia - delaJusticia.comHay situaciones frecuentes en que la Sala tercera del Tribunal Supremo da la respuesta general al hilo de resolver materias específicas. Es el caso zanjado por la sentencia de la sala tercera de 11 de marzo de 2026 (rec.130/2025) que en relación a la impugnación de un proceso selectivo para magistrados, establece doctrina general en materia de plazos de recursos administrativos.

En el caso planteado, para recurrir una calificación de procedimiento selectivo, el interesado dentro del plazo para formular recurso de alzada: (i) solicito documentación obrante en el Tribunal para fundamentar el recurso; (ii) solicitó ampliación del plazo para formular el recurso de alzada por circunstancias que se lo impedían de forma temporánea.

La contestación con la documentación solicitada llegó tras ultimarse el plazo para el recurso de alzada.

Planteado el recurso de alzada, se califica de extemporáneo y la reciente sentencia de la Sala tercera del Tribunal Supremo confirma esa extemporaneidad, despachándolo con tres criterios relevantes

negativo - delaJusticia.comNo puede afirmarse que haya en manos del administrado en un procedimiento administrativo un derecho subjetivo incondicional a que le sean ampliados los plazos legales de interposición de los recursos administrativos que comprenda, además, la suspensión de tales plazos hasta que se provea sobre la ampliación.

Lo apuntala señalando que:

la mera solicitud de ampliación…ni suspende el plazo de interposición, ni permite entenderse implícitamente aceptada, dado la ampliación de los plazos no se configura en el artículo 32 de la Ley 39/2015 como de concesión automática, antes bien se trata de una decisión potestativa y sujeta a valoración de circunstancias concurrentes.

No obstante deja abierta la puerta a justificar “dato alguno revelador de que fuera materialmente imposible la deducción del recurso de alzada de forma tempestiva”.

En suma, si va a vencer el plazo para formular el recurso de alzada y se esta esperando documentación solicitada, o si se espera la concesión de una prórroga del plazo, mejor lanzarse a la piscina y presentarlo dentro de plazo advirtiendo de la posible indefensión, que dar por hecho que se ha concedido una prórroga tácita del plazo.

avocat jeune1 - delaJusticia.comY si va a vencer el plazo para el recurso de reposición, que es de un mes, mejor no hacerlo extemporáneamente, y plantear directamente el contencioso-administrativo que al ser de dos meses frente a la notificación/publicación de la resolución, permite un amplio margen temporal adicional para recurrir en lo contencioso (y además permite obviar el perjuicio de que se haya pasado el plazo de un mes para la reposición, pues al ser recurso potestativo, queda otro mes para acudir a lo contencioso).


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1 comment on “El plazo para formular recursos administrativos es improrrogable, Supremo dixit

  1. Avatar de FRANCISCO REGUEIRO MIRA

    Muy interesante apreciación del TS, que puede sobrecargar los CA sobremanera, a la vista de muchas actitudes de la Administración.

Gracias por comentar con el fin de mejorar

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