Procedimientos administrativos

Condiciones de interrupción de la prescripción de la acción de cobro en caso de denuncias penales

tributos prácticos No es infrecuente, en los tiempos de gatillo ágil para las denuncias penales, que algún procedimiento experimente el impacto de una denuncia penal y que cuando se dicta tardíamente la resolución administrativa (de reintegro, liquidación o para cobro de otra cantidad pecuniaria), se aduzca por el interesado la prescripción del derecho a exigir la cantidad, por haberse superado el plazo previsto (normalmente el de cuatro años previsto por la legislación presupuestaria).

En estos casos, la Administración se aferra a que basta la denuncia penal y la investigación abierta para que se suspenda el plazo de prescripción, mientras que el interesado sostiene que para que se produzca tal interrupción de prescripción debería tratarse de denuncia específica y referida al caso concreto en que se pretende aplicar. En concreto, el caso zanjado se refiere a la acción de reintegro de subvención a cargo de un sindicato, ejercido por la administración andaluza por considerar que el plazo de cuatro años se suspendió desde el momento que la asociación Manos Limpias formuló denuncia penal por supuestas irregularidades en relación con las subvenciones percibidas por el citado sindicato.

La STS de 21 de febrero de 2022 (2271/2020) afina el criterio, y sienta doctrina casacional, que es susceptible de aplicación a casos similares, aunque no vayan referidos a subvenciones ni a sindicatos. Veamos.

Primero, se fija el contexto de resolución en el caso concreto:

Tanto en la instancia como en sede casacional la litis se plantea en relación con la eficacia interruptiva de la prescripción del derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro de una subvención (artículo 39.3.b de la Ley General de Subvenciones) por la presentación de una denuncia formulada en términos genéricos y sin referencia concreta al procedimiento subvencional cuyo plazo de prescripción se pretende interrumpir.”

Luego rechaza que una denuncia genérica provoque una interrupción específica:

Tiene razón la Sala de instancia en que no es posible atribuir eficacia para interrumpir la prescripción relativa a la acción de reintegro de la Administración a una denuncia genérica de la que no es posible deducir ninguna relación concreta con el particular procedimiento subvencional de que se trata. En el caso de autos, la Sala de instancia ha apreciado que la denuncia en cuestión hace imputaciones genéricas de corrupción y menciona algunos procedimientos subvencionales distintos al litigioso, con los que la denuncia no tiene ninguna relación, lo que puede corroborarse con el escrito de la denuncia aportada por la Administración demandada en la instancia. Así las cosas, no es posible atribuirle eficacia interruptiva, para la que sería preciso que de la denuncia pudiera o debiera seguirse alguna investigación penal, siquiera fuese preliminar, encaminada a la averiguación de posibles irregularidades en el concreto procedimiento subvencional cuya prescripción se invoca.

Se razona la interpretación cautelosa de esa interrupción para evitar picaresca:

ni puede admitirse que una denuncia genérica de hechos supuestamente ilícitos tenga tal eficacia jurídica. La admisión de la tesis contraria llevaría a consecuencias gravemente atentatorias a la seguridad jurídica y abriría la posibilidad de actuaciones abusivas, pues dejaría el derecho a la prescripción de un procedimiento de reintegro de subvenciones a expensas de cualquier denuncia genérica infundada de un tercero que pudiera tener intereses mercantiles o de cualquier naturaleza contrarios a los del sujeto subvencionado.

Por tanto, el eje de la cuestión radica en si las actuaciones penales se orientan o no específicamente hacia la concreta actuación y expediente administrativo:

Cuestión distinta a la hasta aquí examinada es que en el curso de la investigación penal abierta por la denuncia hubieran aparecido hechos relacionados con la subvención de autos, en cuyo caso, sin duda, se habría producido la interrupción de la prescripción de la acción de reintegro de la subvención desde el momento en que el procedimiento penal se dirigiera a la investigación de hechos relativos a esta subvención, pero nada de esto ha quedado probado por la Administración recurrente que la invoca, a quien corresponde la carga de la prueba de la interrupción de la prescripción.

En fin, una sentencia casacional que fija con precisión las condiciones para que opere la prescripción, a tener en cuenta por la administración y por el interesado, y que en definitiva se guía por un principio sustancial. Si la actuación penal se orientaba directamente y con incidencia en el expediente administrativo concreto, operará la prescripción, pero si no era así, y se trata de actuaciones penales de investigación generales, o causas con fin pesquisitivo indeterminado, no operaría tal interrupción.

NOTA ADICIONAL. – Si alguien desea profundizar en vertientes conexas…

La Audiencia Nacional aborda la caducidad del procedimiento sancionador por suspensión prejudicial penal

La pena de taburete. Suspensión del procedimiento sancionador por actuaciones penales

Cuestiones prejudiciales a escena

 

1 comment on “Condiciones de interrupción de la prescripción de la acción de cobro en caso de denuncias penales

  1. Interesantísima Sentencia. Al tratarse de la prescripción del derecho de la Administración a liquidar el reintegro, que es el que regula el artículo 39 de la LGS, me pregunto si del título del artículo “CONDICIONES DE INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO EN CASO DE DENUNCIAS PENALES”, puede entenderse que la Sentencia sería aplicable indistintamente tanto a aquél derecho, como al derecho de cobro de la Administración, una vez liquidado el reintegro y que no viene regulado propiamente en la LGS sino por remisión del artículo 38.1 LGS, en los artículos 11.2 y 15.1.b) de la LGP, siendo como son dos derechos netamente distintos, como recuerda entre otras la STS de 21 de diciembre de 2016 (re. 2695/2015). Un saludo

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