Contencioso

El Tribunal Supremo advierte que no es motivo para la expulsión del territorio español el ejercicio de la prostitución por inmigrante ilegal

El Tribunal Supremo advierte que no es motivo para la expulsión del territorio español el  ejercicio de la prostitución por inmigrante ilegal

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en su sentencia de 24 de Junio de 2008 (Recurso: 1320/2005) se ve obligada a recordar que un extranjero que haya entrado ilegalmente en territorio español sólo puede ser expulsado si concurre un hecho negativo de entidad (implicación delictiva, falta de documentación total que no permite acreditar identidad, etc) pero sin que pueda justificarse la expulsión en el simple hecho de la permanencia ilegal unido a la actividad de alterne en un club.

1. Así razona el Tribunal Supremo en dicha sentencia: » no es obstáculo para cuanto acabamos de apuntar que la interesada fuera detenida en un «club», toda vez que ni en el expediente ni luego, en el curso del proceso, quedó debidamente acreditado si aquella se encontraba ahí de forma ocasional o desarrollando alguna clase de actividad propia de esa clase de locales, ni se acreditó tampoco si en tal supuesto tal actividad era de dedicación a la prostitución o de «alterne», no siendo ocioso recordar, en este sentido, que una jurisprudencia consolidada ha declarado que el llamado alterne no es una actividad ilegal, por lo que no cabe extraer de la misma (dicho sea esto en el supuesto hipotético de que la detenida se estuviera dedicando a tal labor, cosa que no se ha probado por la Administración en ningún momento) ninguna connotación desfavorable de cara a la graduación de la sanción (así, por citar una de las últimas STS de 19 de julio de 2007, rec1801/2004 )».

2. Con ello, el Tribunal Supremo lanza una advertencia a la policía para que las eventuales «redadas» en clubs de prostitución no deriven, cuando está implicada un extranjero o extranjera, en su expulsión automática del territorio español. Nuevamente se reconoce así el limbo jurídico de la prostitución en España que ni es legal ni ilegal, sino mas bien «alegal», tal y como expuso Sevach en un post anterior.

3. El duro problema viene dado porque en ocasiones la policía de forma «bienintencionada» promueve la expulsión de la prostituta para protegerla de bandas organizadas, siendo sangrante que las «mafias» de la prostitución sean las que incluso asuman el pago de los abogados para impedir la expulsión de tales mujeres.

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