Humor y Administracion

¿ Tiene cabida en el Derecho Administrativo la ley del Talión?

 

La reciente sentencia de un juez de Colorado que condena a varios jóvenes, denunciados por el molesto estruendo de sus aparatos musicales, a soportar música que les disguste a idéntico volumen durante un hora diaria, con el fin de que comprendan el daño causado y sean mas respetuosos en el futuro, lleva a reflexionar sobre su utilidad en el campo del Derecho Público.

Lo primero que viene a la mente, tras conocer las circunstancias del fallo del juez de Colorado. es la conocida Ley del Talión, cuya formulación bíblica es terrible y escalofriante: «…Mas si hubiera muerte, entonces pagarás vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe» ( Exodo 21: 23-25). Lo segundo, que evoca la sentencia del juez americano es la película La Naranja Mecánica (Kubrick, 1971) basada en la novela homónima de Anthony Burguess, en que la sociedad aplica a los jóvenes violentos su propia medicina a base de imponerle la visión forzosa de películas de extrema violencia (inmovilizando al delincuente frente a una pantalla, impidiéndole cerrar los párpados, para soportar crímenes, depravaciones y holocaustos, una y otra vez), y todo ello con el fin de que finalizado el tratamiento, la sola intención de agresión les provocase arcadas y repulsión. Y lo tercero que acude son las enseñanzas orientales ( hinduistas y budistas) sobre la metempsicosis o reencarnación, que supone aceptar que un juez universal asigna a los malvados castigos según lo que hicieron en vida; pone en chacales las almas de los crueles; en zorros, las de los mentirosos; en cerdos, las de los depravados sexuales, etc.

1. Sin llegar a tales extremos, lo cierto es que el Ordenamiento Jurídico es la respuesta a problemas y si las sanciones administrativas no cumplen su meta disuasoria o de ejemplaridad, algo habrá que buscar como alternativa. En principio la ley del Talión se ajustaría exquisitamente al principio de proporcionalidad, pero repugna la justicia. Forcemos nuestra imaginación para trasponer la ley del Talión al ámbito administrativo:¿Qué tal sería condenar a un propietario que intenta la declaración de ruina fraudulenta de la vivienda de su inquilino, a vivir en una vivienda en condiciones higiénico-sanitarias penosas?; ¿ Y si un constructor con viviendas ilegales tuviera que soportar la edificación junto a su chalet de un tanatorio o un centro de tratamiento de residuos?;¿ Y si a la autoridad que practica mobbing en un humilde funcionario se viese sometido al ninguneo, desprecio y salivazos de todos sus subordinados?; ¿ Y si el conductor del vehículo bajo los efectos del alcohol fuere obligado a cruzar con los ojos vendados una carretera de obligado paso por conductores procedentes de una fiesta de botellón?;¿ Es aceptable obligar al dueño de una discoteca ruidosa a vivir junto a una cantera con estruendosas voladuras de explosivos?; ¿ Debe dejar de pagarse subvenciones, ayudas o becas a quien no paga sus impuestos?; ¿ sería práctico llenar de basuras la vivienda de un sujeto que arroja papeles al río o a la vía pública?;¿Sería justo romperle los videojuegos a un joven que destroza el mobiliario público?, etc.

2. Lo cierto es que en el plano práctico, la ley del talión puede resultar ostensiblemente absurda o contraproducente: ¿quién ve allanada su morada se sentirá satisfecho si le permiten vivir en la casa del delincuente?, ¿la violada debe castigar al violador violándolo a su vez?¿el funcionario que prevarica aprobando indebidamente a un opositor ha de ser castigado con ser nombrado para un empleo público equivalente?, ¿ el opositor que copia del examen de un compañero, se vería castigado a soportar que éste le copie del suyo?, etc).

3. En fin, tales preguntas y ejemplos pretenden mostrar cómo el Derecho no debe servir de puente a la barbarie. Fácilmente se calienta la boca de la víctima de una infracción reclamando justicia ejemplar, pero pronto enmudece si el implicado si por azares del destino, el responsable fuere el mismo o un familiar. La grandeza del Derecho es que siempre lucha con florete aunque algunos individuos apliquen puñaladas traperas. Una cosa son las atinadas licencias que se toma el célebre juez Calatayud para reconducir a los menores ( el que no acude al colegio debe leer libros, el que pinta grafittis debe pintar paredes,etc) y otra muy diferente el que el juez se ponga a la misma altura del infractor o delincuente. Claramente lo sentenció Mahatma Gandhi: » Ojo por ojo, y el mundo se quedará ciego».

4. Sin embargo, la idea de un castigo ejemplar podría tener su juego en el plano administrativo, pero no respecto del común funcionario sino en relación a las autoridades públicas. Permítaseme la licencia de una chanza. Veamos, en época romana un castigo para las legiones que fracasaban en las grandes operaciones militares era la Decimatio, que consistía en dividir a las cohortes responsables en grupos de 10. Cada grupo realizaba un sorteo para elegir un miembro que sería castigado, el cual era ejecutado por sus propios compañeros de grupo, a golpes o lapidado. Los supervivientes se veían sometidos a un severo racionamiento de víveres y obligados a dormir fuera del campamento. Pues bien, ¿no sería una buena idea que los gobiernos aplicasen una especie de Decimatio, mediante la aplicación obligada y por sorteo de dimisiones, cuando incurren en gravísimos errores?, ¿nadie piensa que algo así habría que aplicar, por ejemplo, a los gobernantes o miembros de pompososos y costosos Consejos y Observatorios de toda índole, que fueron incapaces de detectar, prever y alertar a la ciudadanía de las crisis económicas, o de las vicisitudes del mercado eléctrico, o los problemas del servicio público ante crisis sanitarias?

5 comments on “¿ Tiene cabida en el Derecho Administrativo la ley del Talión?

  1. Jajajajaja. Es que me parto.

    Más que un decimatio, habría que hacer un totusmatio (tots al carrer).

    Me parece acertada la reflexión sobre la ley del talión (yo también pensaba en esa frase de Gandhi). Sin embargo, creo que la justicia debe ser creativa a la hora de reinsertar a los presos (mandato constitucional), y no centrarse en meterlos en celdas y a correr.

    Trabajo comunitario y demás son buenas alternativas a la cárcel de los pequeños delincuentes.

    Por cierto, magnífica película la Naranja Mecánica, como casi todas las de Kubrick (How did we learn to live with the atomic bomb, 2001: space odissey, The shinning, etc.)

  2. Contencioso

    Muy divertida la reflexión y los ejemplos.

    En filosofía del derecho, las teorías sobre la justicia se agrupan en dos clases: Retribucionistas y restitucionistas. Las primeras sostienen que debe retribuírse al infractor u ofensor del derecho por lo que ha hecho, las segundas procuran reintegrar al perjudicado a su situación anterior, para devolver el equilibrio.

    En Europa ya en el S. XIX no habia nadie en su sano juicio que no aceptara que las teorías retribucionistas eran mas adecuadas al derecho sancionador, y las restitutivas al derecho patrimonial y personal. Y esto porque en definitiva causar un mal a quien lo ha causado previamente no reinstaura el equilibrio; es la indemnización o restitución de la cosa robada, del honor difamado, etc. lo único que limitadamente puede hacerlo (Y esto es nuevamente patrimonial y personal), siendo el castigo del infractor cuestión diferente de prevención general y especial, y su resocialización del tratamiento penitenciario.

    Pero parece que en los EEUU algunos todavía no se han enterado….

    Saludos

  3. En Estados Unidos de lo que no se han enterado, y espero que no se enteren nunca, es que por matar a decenas de personas, un individuo no se pudra en la cárcel, y salga en menos de veinte años, sonriente, y escupiendo a las víctimas. O sea, lo que ha pasado en España con asesinos como Inaki de Juana. Por suerte, desde el año 2003, y por los crímenes cometidos a partir de la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, asesinos como de Juana, estarán en la cárcel cuarenta años, si es que la legislación no cambia en sentido favorable a los criminales, que espero que no.

  4. Anónimo

    Muy entretenido y da pie a la reflexión. Sobre todo la cuestionada intervención del derecho penal en las infracciones administrativas. A título de ejemplo: Cárcel por construir una segunda planta en la vivienda para alojar el aumento de la prole en suelo rústico?

  5. Lo de poner una planta de tratamiento de residuos al lado de chalets ya ha pasado en Gijón y después de décadas ahi sigue, el unico que de momento sale ganando es el abogado… de lo que me alegro.

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