Buenas prácticas

El arte de comentar las sentencias judiciales

robotHace poco un comentarista del blog me acusaba de frivolizar al comentar las sentencias del Tribunal Constitucional, lo que me lleva a efectuar algunas precisiones.

En primer lugar, no hay que perder de vista el medio de publicación de todo comentario de sentencias, ya que el rigor y valor de los análisis de las sentencias depende del foro y formato.

Así, lo comentado en el curso de un debate tras una ponencia oral de tono fresco e informal vendrá sujeto a adjetivos y comentarios impresionistas, con pinceladas que muestren la valoración de urgencia que merece a quien la cita.

Dando un paso adelante, lo comentado en un blog en internet, tendrá el valor de la frescura, rapidez, actualidad y gratuidad, pero no puede pretenderse por el lector un análisis documentado y científico. Se tratará de una visión de urgencia de la posición y parecer del comentarista, que por ello está sometido a comentarios y debate que lo enriquezcan o critiquen.

Y mas allá, si se trata de un comentario de sentencia en una publicación en revista formal y periódica, dado su carácter mas elaborado, permanente e integrador del acervo doctrinal, ha de extremarse el rigor por el autor en cuanto al planteamiento, análisis y conclusiones del examen de la sentencia.

Pero vamos mas allá…

Muy importante a mi juicio es distinguir la sentencia citada de la recitada, y ambas de las sentencias comentadas.

Sentencia citada será la que sirve de apoyo a la argumentación vertida, con carácter accesorio y que se limita a indicar unas líneas o fragmento con cita de fecha, número y órgano jurisdiccional para facilitar su localización.

Sentencia “recitada” será la que el mal tildado de comentarista se limita a “cortar y pegar” sin aportación propia ni hallazgo alguno que ofrezca a la comunidad jurídica, mas allá de la noticia de su existencia y términos literales.

Y sentencia comentada será aquella en cuyo examen, el comentarista parte del contexto en que se dicta, expone la cuestión litigiosa y las posiciones de las partes, para a continuación indicar al lector el punto relevante, espinoso o loable, con ulterior desarrollo argumental consistente encaminado a una tesis novedosa.

comentadoA veces el comentarista verterá una luz mortecina que nos dejará indiferentes, pero en otras será la luz radiante que nos hará ronronear satisfechos a los lectores.

Y por ello, traigo a colación un viejo post, que envejece estupendamente, incorporado en el blog de Jesús Alfaro, uno de los mejores blogs de derecho privado y una de las voces jurídicas mas libres y valiosas de nuestro parnaso jurídico. Recomiendo vivamente su lectura aquí que no defraudará.

Y de postre, si se trata no ya de comentar sentencias aisladas sino de comentar la Justicia con mayúsculas, os dejo aquí mi vieja charla TED de una docena de minutos titulada “De qué Justicia hablamos cuando hablamos de justicia”.

7 comments on “El arte de comentar las sentencias judiciales

  1. Alberto Bravo

    Le agradezco el trabajo y el tiempo que dedica a este blog. Oposito a Secretaría-Intervención de Admn. Local y me resultan de mucha ayuda sus publicaciones. Un saludo.

  2. Julio Planell Falcó

    Comparto, como jurista, los argumentos expuestos por el magnifico jurista J.R.Chaves, que ha expuesto con maestría el arte de interpretar las sentencias. Fdo.: Julio Planell Falcó, Abogado, Colegiado 2044 del ICACS.

  3. Hola a todos:

    Faltan juristas en este país que se atrevan a comentar y criticar sentencias. No podemos quedarnos de brazos cruzados cuando un Tribunal, en especial el TC viene actuando para tirar balones fuera y cada vez más. Hace unos años (algunos), el TC razonaba muchos argumentos que afectaban al ciudadano, que aunaban los criterios.

    En la práctica cada juez o tribunal interpreta y sentencia lo que estima oportuno. La jurisprudencia, pues es algo que a muchos jueces no les va. Y lo de siempre…..si no está usted de acuerdo, …pues recurra…si pude claro…

    En fin. Mi enhorabuena por la brillantez y, sobre todo de valentía por el tiempo que dedica JR en este blog.

    Saludos

  4. Seanichae

    Comparto plenamente los comentarios anteriores….una vez mas mis felicitaciones, tanto como ciudadano, porque la crítica es parte esencial de la formación de la opinión pública que es el elemento basilar de nuestra democracia peto también como jurista la crítica es lo que vivifica al Derecho… y respecto a las opiniones vertidas en el blog sobre la curva descendente en los últimos años de la calidad de nuestra doctrina constitucional, desde luego es una opinión extendida entre muchos juristas, si bien pocos se atreven a gritar en mitad del desfile que el rey está desnudo…y ese grito es un ejercicio de salud democrática y de honestidad intelectual…enhorabuena otra vez

  5. bruixaveriada

    Yo también querría agradecerle el comentario informal y con algo de humor que tienen algunos de sus comentarios. No sólo porque hay conceptos que agradecen una exposición de este tipo para entenderlos mejor, sinó también porque nos obliga a reflexionar sobre el «medio ambiente» en el que nos desenvolvemos la mayoría.

  6. Agradezco infinitamente la frescura, espontaneidad y honestidad de quienes como José Ramón se atreven a ser políticamente incorrectos de vez en cuando. Para lo otro ya hay cientos de juristas correctísimos y «profundísimos».

    ¡Gracias!

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