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Cuando la suspicacia entra en el Tribunal Supremo

Es digno de comentar el “sucedido” en el contexto del incidente de nulidad de actuaciones promovido por la Abogacía del Estado frente a la sentencia estimatoria del recurso interpuesto por la Fundación Hay Derecho frente al nombramiento de Presidenta del Consejo de Estado.

Se trata del reciente auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 1 de febrero de 2024 (rec.918/2022) que desestima dicho incidente y que pese a su humilde rango, merece ser comentado.

Debemos dejar al margen el fondo litigioso (la legitimación de la Fundación, zanjado positivamente en la sentencia y remarcado en este auto desestimatorio de la nulidad de actuaciones).

En cambio, nos detendremos en esta línea en que el Auto resume el escrito de solicitud de nulidad de actuaciones elaborado por el Abogado del Estado:

Dice presentarnos un recurso de nulidad de actuaciones y afirma que la sentencia ha infringido los derechos fundamentales que el artículo 24 de la Constitución reconocen al Estado los apartados 1 y 2 del artículo 24 de la Constitución(…) Por tanto, el Abogado del Estado entiende infringido el derecho a la tutela judicial efectiva y nos advierte de que estamos «ante una cuestión que tiene relevancia constitucional y que, en su caso, será ventilada ante el Tribunal Constitucional mediante el correspondiente recurso de amparo, caso de que no se estime este recurso».

Nótese el tono velado de amenaza de la abogacía del Estado, de acudir al primo de Zumosol (el Tribunal Constitucional) que no pasa inadvertido para la Sala Tercera que le replica en su auto:

Sí es novedoso y llamativo que nos diga ahora el Abogado del Estado que reconocer la legitimación a la Fundación Hay Derecho lesiona los derechos fundamentales del Estado, que le causa indefensión y quebranto. También lo es que nos advierta de que recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional si no acogemos sus pretensiones y, visto el empeño que pone en su defensa, sorprende que no diga absolutamente nada sobre la cuestión de fondo.

De la advertencia de que acudirá en amparo al Tribunal Constitucional nada debemos decir pues, aunque la Abogacía del Estado no acostumbre a hacerla, no es extraño que se utilice tal aviso para reforzar la posición de quien lo formula y, en todo caso, es un derecho del representante de la Administración.

Y además la Sala aprovecha para asestar un garrotazo jurídico recordando la obviedad de que el Estado no es titular de derechos fundamentales:

Ahora bien, no se debe olvidar que los derechos fundamentales son de los ciudadanos y les protegen frente al poder, ni que el Estado no dispone de derechos contra los ciudadanos, aunque sí le asista el de no sufrir indefensión en el proceso. En fin, la Constitución no ha previsto el recurso de amparo como medio para revisar sentencias que hacen valer el control judicial de la legalidad de los actos de la Administración e imponer la decisión de esta última.

Y se ultima con un canto al derecho de resistencia de la ciudadanía:

En todo caso que particulares puedan cuestionar ante los Tribunales de Justicia decisiones del Gobierno, incluso las que afectan a la conformación de las instituciones públicas relevantes, no es algo exótico ni disfuncional y tampoco quebranta al Estado. Al contrario, lo fortalece porque demuestra que se respetan los rasgos distintivos del Estado de Derecho: el sometimiento de los poderes públicos a la Constitución y a la Ley, la separación de poderes y el derecho de los ciudadanos a controlarlos. Sirvan de ejemplo las  sentencias del Tribunal Supremo del Reino Unido de 24 de enero de 2017  ([  2017] UKSC 5 ) y  de 24 de septiembre de 2019  ([2019] UKSC 41) que, respectivamente, dieron la razón a particulares nada menos que sobre la improcedencia de que el Reino Unido abandonara la Unión Europea sin una Ley del Parlamento que lo acordara y sobre la ilegalidad del consejo dado por el Primer Ministro a la Reina Isabel II de suspender (  to prorrogate)  las sesiones del Parlamento desde el 9 y el 12 de septiembre hasta el 14 de octubre de 2019.

Bueno es saberlo, y mejor que se tenga presente por el Supremo Tribunal.

NOTA SOCIAL.– El próximo viernes, 16 de febrero de 2024, tendré el honor de participar en Segovia, en el Acto de Inauguración del Curso Académico 2024, de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León, según el Programa , en el Museo Zuluaga (San Juan de los Caballeros), con la impartición de la conferencia titulada:»Retos de los empleados públicos en tiempos de incertidumbre del derecho administrativo«. Un buen tema en buena tierra para una buena ocasión.

 

 

 

19 comments on “Cuando la suspicacia entra en el Tribunal Supremo

  1. Iletrado

    Sin entrar sobre el fondo y siguiendo la pauta del Maestro Chaves, analizando el «contexto», no doy crédito al ver que, para fundamentar su posición, el Tribunal Supremo ESPAÑOL invoca como ejemplo sentencias del Tribunal Supremo nada menos que del REINO UNIDO… Claro, como nuestros ordenamientos jurídicos son tan parecidos 😉

    • JUAN CARLOS

      Ciertamente, nuestros ordenamientos jurídicos se parecen bien poco, pero «analizando el contexto» y habida cuenta de que el abogado del gobierno amenaza con acudir al TC, hace bien advirtiéndole explícitamente que en ordenamientos constitucionales de mas larga trayectoria que el nuestro su demanda de amparo tampoco tendría acogida. En la jerga de mi lugar de nacimiento expresamos la misma idea con un adagio popular ligeramente pedestre: «para tonto y chulo el cura de mi pueblo».

  2. Contencioso

    El abogado del estado, que lo es del Gobierno pues del mismo depende, no dice nada sobre la cuestión de fondo porque está usando el mero trámite de agotar hasta el incidente de nulidad exigido por el TC para interponer después el amparo, que es lo que en realidad quiere hacer porque ya sabe que le conviene ir allí dada la actual composición política del mismo. La degradación actual de la separación de poderes y el asalto a las instituciones ha llegado a un punto de corrosión que deja las amargas previsiones y críticas del gran D. Alejandro Nieto en sus libros sobre el desgobierno en simples quejas de café de media mañana. Es lo que hay.

    • Totalmente de acuerdo. Controlan el tribunal constitucional con altos cargos nombrados por el partido en el gobierno o que formaron parte de su gobierno directamente. En concreto por el lado del socialismo obrero, que no del lado del comunismo de podemos/sumar/garzón etc. Todavía. Todo llegará.

      Estos últimos se conforman con hacerse fotos con un colador de cocina recogiendo pellets en la arena de las playas gallegas (que no asturianas, ni cantabras, ni del país vasco, ni de Cataluña, donde un surfista lleva décadas protestando para nada). Al final resultó que recogían muchísimos más kilos de basuras de otros tipos que las bolitas de «pellets» y dejaron la maniobra de agit-prop. Surrealista.

  3. Picapleitos

    El abogado del Estado no se ha estudiado la doctrina del TC sobre legitimidad de asociaciones y fundaciones q es unívoca a diferencia de la del TS dictada por el Genesis donde se dice q el trabajo es un pecado y el TS no va contra el dogma divino.

  4. Juanfran

    Se ve muy preocupada a cierta casta judicial y funcionarial por algunos nombramientos.¿Recurrirán también ahora la idoneidad de Calvo, como la de Valerio, pero de ninguno de los y las anteriores? La separación de poderes incluye también respetar las decisiones del Ejecutivo, obviamente, sin menoscabo del control de legalidad

    • Lorem Ipsum

      Carmen Calvo es doctora en Derecho Constitucional y fue profesora titular de esta materia en la Universidad de Córdoba. El problema de Magdalena Valerio no es que no fuera «jurista de reconocido prestigio». Es que tampoco es jurista, por más que se lo haya(n) puesto en la wikipedia.

    • La idoneidad de la Sra. Calvo está fuera de toda duda como «miembra» del gobierno y destacada constitucionalista, independiente y sin sombra alguna de parcialidad.

      Debe ser que no hay juristas de reconocido prestigio en España que no hayan estado antes en gobiernos del PSOE. Ha dado sobrada cuenta de sus destacados conocimientos juridicos en todos sus años en política. Su prestigio es reconocido en su campo de especialidad jurídica, los constitucionalistas. Sus publicaciones y casos hablan por sí solos.

      Sucede lo mismo con los nombramientos de altos cargos en la Fiscalía General del Estado. Solo hay un 8% de Fiscales adscritos a la «asociación progresista de fiscales»; pero en ellos recaen practicamente todos los nombramientos de altos cargos. El 92% restante eran los inútiles de la promoción, seguramente. Además de poco trabajadores, con muchos menor prestigio y méritos.

      ¡Viva la Política con Mayúsculas!
      Ya lo dijo Alfonso guerra en 1985: «Montesquieu está muerto». T
      ribunal de Cuentas, Consejo de Estado, CIS, Correos, Indra, RTVE, televisiones públicas autónomicas, Paradores, Red Eléctrica española, embajadas ante UN, Unesco y donde fuese.
      Todo el poder a los soviets, quiero decir, a los nuestros. Sin vergüenza, ni sonrojo.

    • Germán

      Calvo no es una jurista de reconocido prestigio. Es una profesora universitaria que ha estado los últimos 30 años en servicios especiales por dedicarse a la política. No tiene una trayectoria reconocible como jurista y su prestigio profesional no procede de ello sino de la política.
      No es culpa de quien anula un nombramiento sino de quien lo hace en favor de quien no cumple los requisitos

      • Exactamente así. Cuando un jurista, haya pasado una oposición o no, ha estado 30 años en política en comisión de reservicios especiales con reserva de plaza, habrá podido tener prestigio como «político»; que no como jurista. Si hubiese, y es un «si» mayúsculo, alguna clase de prestigio «profesional» sería como política.

        Le pueden enchufar en Red Eléctrica Española, Paradores, u otros «momios» donde enchufan a políticos y ex-políticos. MAL HECHO, porque ahí también debería apicarse la meritocracia y poner a personas expertas en el sector.

        Pero lo que no tiene un pase es que la pongan para controlar políticamente un importante órgano del Estado de Derecho como es el Consejo de Estado. Como ya han hecho en el Tribunal de Cuentas. Espero que a «HAY DERECHO» y al Tribunal Supremo no les tiemble la mano y digan claramenrte que la Sra. Calvo tiene carrera y prestigio, en su caso, pero como política, no como jurista, ni constitucionalista.

        Hay catedráticos y toda clase de juristas en activo que han trabajado muchos años como tales y no como políticos y que tienen suficiente prestigio. Más de uno con clara afinidad ideológica al partido socialista obrero o al PSC. Tienen donde elegir.

        Lo del Doctor Sánchez, que aún no ha explicado si hizo cursos de doctorado, es un poco de chulería. el tipico «no querías sopa, pues ahora dos tazas».

  5. La demolición del estado de Derecho y de la separación de poderes por Pedro Sánchez será cantada en romances de ciego.

  6. Concha Jiménez Shaw

    Me encanta el tono del Auto, felicito al ponente. Por lo demás, y aunque mi opinión valga una higa, considero a Calvo lo más alejado de una jurista de reconocido prestigio. Por muy doctora y profesora que sea, su criterio jurídico, que ha tenido la oportunidad de trasladar a la ciudadanía desde sus puestos políticos, hacen que me parezca jurista con reconocido desprestigio. Creo que el nombramiento de Calvo podría considerarse nulo ex art.103.4 LJ. La finalidad de incumplir la sentencia es notoria 🤣

  7. JUAN CARLOS

    Esas cosas pasan cuando al abogado se le olvida que es del Estado y no del Gobierno. ¿De quien depende la Fiscalía? Pues eso. Y en cuanto al reconocido prestigio de Carmen Calvo, quien llegó a atribuirse el descubrimiento de la igualdad entre hombres y mujeres, recordarle simplemente el Fuero Juzgo que, en el S.VII, establecía una norma de justicia común para visigodos e hispano-romanos sometiendo «por igual a los varones como a las mullieres e a los grandes como a los pequeños”. Trece siglos perdidos.
    En fin…

  8. Una vez más: ¿Quién nos protege del Tribunal Constitucional? ¿Qué ocurriría en el supuesto de que el Tribunal Constitucional prevaricase? ¿Cómo es posible que un abogado del Estado amenace sin ningún tipo de recato con llevar finalmente el asunto ante el Tribunal Constitucional para defender la supuesta lesión de los derechos fundamentales «del Estado»? Es saludable comer tres veces al día pero hay formas y formas de ganarse los garbanzos y algunas de ellas son realmente arrastradas.

    • Cristóbal

      Supongo que no estarás hablando también del CGPJ, tan respetuoso con la Constitución y con el estado de derecho que lleva unos cuantos años sin aceptar su renovación de acuerdo con la ley… O todos moros o todos cristianos, jejeje…

      • Si has leído bien, estoy hablando exactamente del Tribunal Constitucional, con toda claridad.

  9. Juan Ignacio

    Magnifico auto. No tiene sentido, si esas cuestiones se han discutido en el litigio y se han resuelto en sentencia, el incidente de nulidad de actuaciones está fuera de lugar. Y el tratar de amedrentar al TS, todavía es más inexplicable.

  10. Lorem Ipsum

    Aviso para el/la solícito/a editor/a de wikipedia que ha reaccionado con presteza a mi aviso sobre la entrada de M. Valerio: te has dejado un «jurista» en el cuadro resumen, donde pone «ocupación»

  11. FELIPE

    No resulta verosímil decir te quiero (al Tribunal Supremo) cuando al mismo tiempo amenazas con arrojarte a los brazos de otro (el Tribunal Constitucional). Eso es lo que Don Pablo Lucas Murillo, ponente del auto comentado, le viene a decir en nombre del cortejado a su -hoy- tosco y grosero pretendiente (la Abogacía del Estado). Y lo hace componiendo una letra sutil, inteligente, profunda y afilada que, mutatis mutandis, recuerda la inolvidable canción «No me amenaces» del gran José Alfredo Jiménez, que inmortalizara la no menos grande María Dolores Pradera.

    «No me amenaces, no me amenaces.
    Cuando estés decidida a buscar otro nido,
    pos agarra tu rumbo y vete,
    pero no me amenaces, no me amenaces,
    ya estás grandecita, ya entiendes la vida,
    ya sabes lo que haces.

    Porque estás que te vas y te vas
    y te vas y te vas y te vas
    y te vas… ¡y no te has ido!
    y yo estoy esperando tu amor,
    esperando tu amor, esperando tu amor,
    esperando tu amor o esperando tu olvido.

    No me amenaces, no me amenaces.
    Si ya fue tu destino olvidar mi cariño,
    pos agarra tu rumbo y vete,
    pero no me amenaces, no me amenaces,
    ya juega tu suerte, ahí trais la baraja,
    yo tengo los ases».

    P.D. La amenaza, tras las merecidas calabazas, ha quedado en nada. El Gobierno, finalmente, ha nombrado a una nueva candidata a Presidenta del Consejo de Estado. Y la pérfida lady Macbeth (el Tribunal Constitucional) ha quedado en modo «llamada en espera»…para mejor ocasión.

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