Contencioso

Videoconferencias en la Administración: el huevo de Colón

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La semana pasada asistimos al inicio de una campaña oficial a través de los medios de comunicación para promover el uso del DNI electrónico ( en otras palabras, parafraseando a Larra, para educarnos en el «Vuelva usted a teclear mañana» ), y además se publicó el importantísimo R.D.1671/2009, de 6 de Noviembre (BOE 18/11/09) por el que se aprobó el Reglamento para el desarrollo parcial de la Ley para el Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Sevach antes de adentrarse en este nuevo y necesario mundo, quiere recordar a la Administración su obligación previa de optimizar los propios recursos tecnológicos disponibles que, sin requerir especiales conocimientos telemáticos o informáticos, permitirían mejorar la eficiencia y eficacia de la Administración.

1. Así, sería deseable y hasta necesario en tiempo de crisis ( y da hasta rubor, sugerir tal evidencia), que con carácter general en la Administración Pública se prohibiese lisa y llanamente el uso de todo medio de transporte oficial, o rechazar el pago de dietas y viajes, cuando sea posible mantener la reunión mediante Videoconferencias con múltiples participantes y en tiempo real. Las ventajas son notables:

– Economía pues se ahorran medios de locomoción de los participantes.

– Eficiencia pues las reuniones se pueden mantener a distancia, interrumpirlas al gusto, y retomarlas en el momento oportuno, tras consultar los archivos o informes, ello sin necesidad de volver a encontrarse en sucesivas reuniones con otros tantos viajes.

– Eficacia, pues permiten que si el alto cargo precisa el apoyo de un funcionario, cuando se planteen cuestiones técnicas, basta con llamarle y reclamar su presencia en la oficina desde la que se emite o recibe la videoconferencia.

– Y además, si se desea grabar el encuentro, puede hacerse de mutuo acuerdo, con lo que constan los términos de discusión y pactos, evitándose la habitual amnesia de los acuerdos alcanzados en las reuniones de «corte gastronómico».

2. Es cierto que hay avances tímidos en algunas Administraciones en línea a utilizar y recomendar la videoconferencia, pero dista mucho de lo que es propio del mundo empresarial privado y de lo que es habitual en Estados con alta descentralización, federal o admnistrativa (caso de EEUU o de Alemania) donde la videoconferencia tiene lugar con la misma naturalidad con la que hoy día en España se telefonea al colega, homólogo o autoridad administrativa de otra Administración.

Parece ser, tal y como nos informó puntualmente en su blog Juan García Rapa, que hace mas de dos años el Ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, presidió la primera reunión por videoconferencia de la Administración española, informando el MAP de la instalación de 56 equipamientos de videoconferencias de sala en los servicios centrales así como en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, todo ello instrumentado bajo la red SARA (Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones). Quizás como el homónimo personaje bíblico, Sara, la esposa de Abraham, tendrá la red informática que esperar noventa años para concebir un hijo… y que se propague la videoconferencia por todo el orbe administrativo…

En fin, justo es referirnos al loable ejemplo que se dio este año cuando las reuniones en el seno de la Mesa de Negociación para la elaboración de un anteproyecto de Ley de la Función Pública de Castilla-La Mancha se iniciaron bajo el formato de videoconferencia con lo que se dio respuesta, por un lado, la hecho disperso de la Administración autonómica y por otro lado, a las existencias de modernización de la Administración.

3. Y es que, en tiempos de Códigos de Buen Gobierno, de austeridad cacareada por el Estatuto Básico del Empleado Público, de crisis económica que está recortando gastos sociales, de imparable Administración Electrónica, Sevach no se explica por qué demonios no se impone este criterio a golpe de Instrucción del Subsecretario, Consejero o Alcalde, obligando a canalizar toda reunión de su personal en lugares distantes, mediante Videoconferencia en la propia sede o en la de la Delegación del Gobierno o de la Administración autonómica que oferte tal servicio técnico a las demás Administraciones que lo precisen. Al fin y al cabo, el art.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Administraciones Públicas sienta el deber de lealtad, apoyo,auxilio y cooperación entre las Administraciones Públicas.

Precisaremos que nada impide que las «Cumbres negociadoras» se celebren cara a cara y en presencia física de las partes, pero el problema tiene lugar en las numerosísimas reuniones de Consejos, Comisiones, Grupos de Trabajo y otros encuentros interadministrativos que se celebran un día sí y otro también, y viajo de oca en oca porque tiro lo que me toca.

4. Lo que es un despilfarro inaceptable es mantener las cabalgatas de emisarios a la corte madrileña o los periplos negociadores a otras Comunidades Autónomas ( o dentro de Comunidades Autónomas interprovinciales), e incluso a otros países, y que son enfocadas en su fuero interno por la inmensa mayoría de los altos cargos como una actividad de «turismo-administrativo» que, por lo demás, es inagotable ya que cada viaje suele terminar con la promesa de devolver la visita, y así sucesivamente. Y los presupuestos lo aguantan todo…

0 comments on “Videoconferencias en la Administración: el huevo de Colón

  1. En el clavo, como siempre, Sevach. Como bien señalas, la predisposición del alto cargo a utilizar videoconferencia es inversamente proporcional al atractivo turístico de la ciudad del interlocutor.
    Esta infalible ley opera también a la inversa. En el paralelo mundo de la Justicia, véase el caso de los fiscales en los juicios penales. Cuanto menos interesante sea el tema juzgado, más probable es el uso de la conferencia…

  2. vestidita de rosita

    ¿por qué no se impone a golpe de instrucción la videoconferencia?……………….

    ….muy fácil,.porque se acabarian las dietas….¿y qué hay tras las dietas?…muy fácil, hay de todo, todo, todo, menos reuniones.

    …bueno, a veces hay alguna tímida reunión para disimular.

  3. ¡Ostras!, pues parece que por una vez la Administración de Justicia marcha por delante de las demás. Lo cierto es que hace tiempo que dejó de ser novedad el uso de la videoconferencia y se está generalizando a marchas forzadas su empleo, sobre todo por parte de los miembros de la Policía y Guardia Civil a la hora de prestar declaración en los juicios. Incluso se han instalado equipos en los Centros Penitenciarios, evitando así en muchos casos el follón (y el gasto) de trasladar a los reclusos a los Juzgados.

    • vestidita de rosita

      IN DUBIO PRO REO, tengo una amiga con la que me rio mucho, que lo llama IN DUBIO MORREO…..jajja

  4. No se impone por medio de instrucción porque ésta, por si sola, no sirve si luego no se ponen los medios, sean económicos u organizativos, para llevar a cabo la decisión. En mi ayuntamiento el pleno acordó que se gravaran los plenos y se colgaran en la página web (en contra de mi criterio, ya que considero que es suficiente con la publicación del acta para garantizar el derecho a la información de los ciudadanos, cosa que ya se hace). El acuerdo se adoptó, pero no se le dieron a nadie las instrucciones para que se instalara el sistema (que por barato que sea, algo costará, y alguien tendrá que hacerlo).
    Por otra parte no creo que las comidas en las reuniones, y especialmente en los cursos hayan de ser inútiles necesariamente para la administración que paga la dieta. Todos los cursos podrian impartirse por videoconferencia, lo que supondría un ahorro para el ayuntamiento. Pero muchas veces se aprende más durante las comidas de los cursos o en los cafés que durante las clases, ya que hablas con otros alumnos o con el profesor de temas concretos y se hacen contactos que pueden servir en el futuro tanto al funcionario como a la instución que le paga la dieta.

    • vestidita de rosita

      Pues yo creo QUE NUNCA HAY SUFICIENTE PUBLICIDAD, y mucho menos cuando ésta simplemente se concede a través de una anticuado y saturado tablón de anuncios, colocado en una estrecha zona de paso, ruidosa, al borde de la calle, sobre una rampa y donde es imposible leer nada.

      ¿eso es publicidad?……eso es oscuridad beneficiaria de la corrupción.

      Los Plenos no sólo deben colgarse en Internet, sino que deben retransmitirse por la TV local.

      ¿sabeis lo que ocurre cuando los Plenos empiezan a retransmitirse por la TV local?……….

      ……….los políticos dejan de insultarse, dejan de armarse follones, se estudian los temas, se ponen trajes, las concejalas van a la peluqueria, y por arte de magia, todo sube su nivel.

    • vestidita de rosita

      ¿comidas pagadas por la ADminsitración?

      …..a mi me parece que pagar cursos y desplazamientos ya es suficiente.,…..máxime su pensamos que estamos en un periodo de crisis………pedir que la Administración también pague las comidas porque así se departe con compañeros y profesores………….pues «como que no»…..

  5. Cuando dije que con la publicación de las actas se cumple suficientemente con la publicidad me estaba refiriendo a la publicidad en la web, no en el tablón de anuncios.

    En cuanto a la emisión en televisión de los plenos, no dudo que los concejales se pongan traje y corbata, como tu dices, pero que haya menos broncas es simplemente falso. En los ayuntamientos, por lo menos en el que yo trabajo, hay concejales que se toman la política como una guerra. Y en las guerras, cuando aparecen las cámaras hay más tiros, no menos.
    En cuanto a que no se implanta la videoconferencia porque no se cobrarían las dietas, puede que eso tenga que ver, pero que es la causa directa de ello es simplificar demasiado las cosas.

    Por último, espero que el día 26 de noviembre estuvieras de asuntos propios, porque me parecería un poco hipócrita decir que no se paguen las dietas (creo que la dieta entera ahora son 36€ para comer y cenar fuera) y participar en foros durante las horas de trabajo. El abuso de internet me parece un problema mucho mayor que pagarle un menú a un funcionario que se va a Madrid o a Valencia a un curso, que podría evitarse y salir a las tres y irse a su casa tranquilamente. Lo que si hay que suprimir es el «adecuado resarcimiento» con el que se paga íntegramente el gasto.

  6. vestidita de rosita

    Efectivamente, el 26 de noviembre estaba de asuntos particulares, al igual que todos los jueves hasta final de año.Y desde luego, lo que es un abuso no es pagarle el menú a un funcionario, sino simplemente PEDIRLO….es decir, pedir el curso, el desplazamiento, la dieta y todo el adecuado resarcimiento…… lo que me pregunto es ¿si en una empresa privada también se pediría?

  7. En época de austeridad: ¿solo videoconferencia ? ¡ teletrabajo !
    […] No obstante, a lo largo de su entrada Sevach se centra única y exclusivamente en la Videoconferencia, sin tener en cuenta que las TIC han llegado a más ámbitos de nuestro trabajo diario que el de las reuniones. Desde este punto de vista, y desde la perspectiva que nos da el conocimiento de la técnica (al ser funcionarios TIC), pensamos que hay que llegar mucho más allá: hay que apostar de una vez por todas por el teletrabajo en la Administración primero, y posteriormente en todas las empresas. O al menos hay que tratar de dirigirse hacia un modelo mixto, en el que tengamos las reuniones presenciales (con sus correspondientes desplazamientos)indispensables, y podamos desempeñar nuestro trabajo de un modo flexible con las herramientas TIC de las que disponemos:ordenador portatil, conexión 3G con tarifa plana, red privada virtual para poder acceder a los sistemas de información de nuestro organismo a través de Internet, herramientas de mensajería, audioconferencia y videoconferencia como Skype, cuentas de correo electrónico para la celebración de comunicaciones offline, herramientas ofimáticas, de trabajo colaborativo como wikis, calendarios online, etc.[…]

  8. Para quien no quiera leer el artículo relacionado: a día de hoy el trabajo de oficina (y éste incluye desde el trabajo de un juez hasta el de un auxiliar administrativo) está tan fuertemente basado en la utilización de la Informática, que no podríamos limitarnos tan solo a su aplicación en las reuniones. Con un acondicionamiento previo adecuado, tanto en el domicilio como en los sistemas informáticos de la Administración (y por qué no de las empresas), el trabajo de hoy en día se podría desempeñar perfectamente en un 80 o 90% como teletrabajo. Si de cada 10 días habiles reservamos 2 a reuniones presenciales de coordinación y planificación, las otras 8 jornadas se podrían dedicar a trabajo efectivo. Para ésto, solo haría falta un escritorio, un ordenador con conexión a Internet, programas ofimáticos, y el acceso a los sistemas de Información y Bases de Datos de la organizacion. En el ámbito de la programación de sistemas informáticos, están surgiendo proyectos colaborativos como Linux en los que sus creadores están repartidos por diversas partes del mundo, basándose la colaboración en herramientas como el correo electrónico, mensajería instantánea (messenger, skype), wikis para edición de documentos colaborativa, sistemas documentales, etc.

    ¿Por qué no trabajar así en la Administración, además de que sería otro motivo más de crítica contra los funcionarios, que ya no tendrían ni que ir a trabajar?

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