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La corrección de errores ( ¿u horrores?) del tijeretazo del Real Decreto-Ley 8/2010

Por fin se publicó el innombrable, el Decreto-Ley mas temido de uno a otro confín, el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (BOE 24 de Mayo de 2010) y al día siguiente se publica la corrección de errores del mismo. O mas bien “Corrección de horrores”. Veamos.

1. Lo primero y mas llamativo es la lectura del Decreto-Ley en toda su extensión. Resulta difícil comprender el alcance del mismo por el común de los funcionarios, e incluso por los expertos, resultando mas práctico que resolver tal “sudoku oficial”, sencillamente esperar a que llegue la nómina de junio y comprobar en cuanto se cifra el descuento real.

2. Lo segundo y sorprendente es que una norma que afecta a millones de personas y que se supone que es la piedra filosofal que permitirá  reducir el déficit público, se haga tan atropelladamente que incurra en errores de todo tipo.

3. Lo tercero, es que el Decreto-Ley es un bonito ejemplo de las “correcciones de errores” como técnica para subsanar erratas y trampas de los duendecillos ministeriales. En esta corrección de errores, que son “doce”, hay de todo como en botica.

Gramaticales (Donde dice: «…un marzo…», debe decir: «…en marzo…».). ¡¡ Por si alguien apoya una interpretación literal en aquel artículo indeterminado para posponer la eficacia hacia el futuro!

Aritméticos (Donde dice: «Presidente del Consejo Económico y Social … 85.004,21 euros», debe decir: «Presidente del Consejo Económico y Social … 85.004,28 euros»). ¡¡ 7 céntimos son siete céntimos, que tacita a tacita se cubre el déficit!!

Cronológicos ( Donde dice: «A partir de la entrada en vigor de la presente norma y hasta 31 de diciembre de 2011…», debe decir: «A partir del 1 de enero de 2011 y hasta 31 de diciembre de 2011…»). ¡¡ Regreso al futuro!!

Ordinales. (Donde dice: «La disposición adicional séptima podrá modificarse por el Consejo de Ministros…», debe decir, «La disposición adicional octava podrá modificarse por el Consejo de Ministros…»). ¡¡ El orden de los factores altera el producto!!

Amnésicos . (Debe añadirse, al final, el siguiente párrafo omitido: «La paga extraordinaria del mes de junio se regirá por lo dispuesto en el apartado Dos. A) de este artículo.».). ¡¡ Aprovechando a cargar el burro!!

Trileros.( Donde dice: «…, la cuantía en concepto de sueldo y trienios…», debe decir: «…,la cuantía en concepto de sueldo y complemento de destino …».). ¡¡ Casi nada el cambiacito!!

4. Aunque como virtud de esta corrección de errores, encontramos que proporciona un entretenimiento que desafía aquellos acertijos clásicos de “descubra las siete diferencias entre dos dibujos similares” es esta corrección de errores.

Por ejemplo, donde dice: «…, experimentarán una reducción, respecto a las establecidas para el año 2008, del 10, del 9 o del 8 ciento…», debe decir: «…, experimentarán una reducción, respecto a las establecidas para el año 2008, del 10, del 9 o del 8 por ciento …». O en esta otra, donde dice: «…le será de aplicación lo previsto el artículo 24.Dos…», debe decir: «…le será de aplicación lo previsto en el artículo 24.Dos…».

5. Curioso resulta que esta corrección de errores da un respiro a los Ayuntamientos ya que prorroga la entrada en vigor del límite de endeudamiento municipal, “corralito” que se impondrá el 31 de Diciembre de 2011.¿ Y para eso un Decreto-Ley que se inspira constitucionalmente en la urgencia, cuando quedan siete meses?

La gran pregunta es:¿ Se trata del mismo Decreto-Ley rectificado, o de una nueva norma distinta de la realmente aprobada en el Consejo de Ministros? O sea, ¿ estamos ante un simple maquillaje o un cambio de sexo clandestino?.

6. En fin, que Sevach se teme que posiblemente tendrá lugar una corrección de errores sobre la “corrección de errores”. Sin embargo lo preocupante para el ciudadano no debe ser la corrección formal de erratas sino que nos encontremos con un próximo Decreto-Ley que suponga una corrección de rumbo o cambio de criterio y que deje perplejos a funcionarios y ciudadanos. Y es que, los Decretos-Leyes, con la coartada de la coyuntura económica, tiran bibliotecas, rompen nóminas, elevan impuestos, extinguen contratos o desorientan a trabajadores y empresarios. Ya veremos.

7. Así y todo, no se ha acometido la corrección del error mas evidente para el ciudadano:

Donde dice, en la rúbrica de la norma: “Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (BOE 24 de Mayo de 2010” debería decir:

“Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit púdico”, porque lo que hay es un déficit o falta pudor en una actuación por Decreto-Ley tan chapucera.

P.D. Efectivamente, el BOE del dia siguiente a la corrección de errores, incorpora una nueva corrección de errores: » Donde dice Ministerio de Presidencia» debe decir «Ministerio de Política Territorial».  ¡¡ Qué cosas!! Mas bien yo corregiría donde dice » Ministerio de Politica», diría « Misterio de Política».

0 comments on “La corrección de errores ( ¿u horrores?) del tijeretazo del Real Decreto-Ley 8/2010

  1. Os pongo lo que escribí en el post de Sevach «Si las barbas….). :

    ¿qué vamos a hacer los funcionarios? Para poner las barbas de los políticos a remojar tenemos que enseñarle las tijeras. Creo que tendríamos que impugnar todos los actos del Gobierno y sus satélites (incluidos los de la leal oposición) que se pueda, sean nombramientos, gastos, subvenciones, etc.¿No se puede revocar el decreto de rebaja del IRPF a banqueros? ¿No se pueden impugnar los nuevos nombramientos a directores grales. que fueron cesados por austeridad y vuelven a recibir el carguito por otro lado en el BOE? ¿No se puede denunciar al Tribunal de Cuentas el despilfarro del último año en ayuda exterior, subvenciones al cine, a sindicatos y partidos, ceoe,etc.? ¿No se puede impugnar el II Plan de la Alianza de Civilizaciones que publicó el BOE el otro dia?

    Creo que esa “guerra de guerrillas” desgastaría más al Gobierno y sus apoyos (los que sean) que una huelga general. Si hay miles de letrados en las AA.PP., si cualquier escrito vale, pues a dar morcilla.

    ¿Créeis esto viable, o sería una quijotada que se estrellaría contra los molinos del sanchopancismo con el que solemos actuar los funcionarios? ¿qué hacemos, nos resignamos mansa y cristianamente, o confiamos en que el «Gran Timonel» nos lleva al puerto (puerto, con p, no huerto)seguro?

  2. Juan Jo

    ¡Qué desGrecia!

    Desde que afloró el Decreto,
    no paro de comer sopa,
    ya no es ningún secreto,
    esto marcha viento en popa.

    El recorte a quemarropa
    me ha metido en un aprieto
    pues no puedo comprar ropa
    para adornar el esqueleto.

    A los pobres funcionarios,
    por favor, Sr. Presidente,
    ¡no nos toques los salarios!

    Nútrase con el pudiente
    pero no con los gregarios
    que suelen ser buena gente.

    Fdo. Un funcionario de tantos.

    Mayo de 2010

  3. josebomb

    Simplemente genial el comentario. Y, bueno, respecto del comentario de JNS, en fin, que es cuanto menos… no sé como calificarlo…sintomático?
    Un saludo a José Manuel, a Antonio, a Miguel Trueno (te añoramos), y a todos los foreros.

  4. josebomb

    Ahondando en el comentario de JotaF. Pues sí, desgraciadamente todo cabe. Pero lo que es increíble es que en la Administración Estatal se reproducen todas y cada una de las corruptelas administrativas que se dan en la local y la autonómica, sólo que en su caso con una mayor repercusión, evidentemente. No es lo mismo la técnica del «guárdame el número de Decreto para el dái tal…» cuando se trata de un tema menor en una entidad local, que un «guárdame el numerito de Orden Ministerial para el Real Decreto en el que voy a hacer el mayor recorte que se ha hecho hasta ahora y todavía no tengo claro cómo…». Todos sabíamos que el Decreto se terminó de perfilar el lunes por la tarde. De ahí las idas y venidas, el salvar de la quema al grupo E -hinchando de paso el recorte de los A1-. En fin, que en menudas manos estamos. Y, por otro lado, decir que la responsabilidad de la chapuza es del Scretariado de Gobierno es como echar la culpa de una mala demanda o sentencia a la Secretaria que la transcribe.

  5. Pingback: Real Decreto-Ley 8/2010 | Blog de Carlos de Miguel

  6. Pablo Soto Mirones.

    ¿Alguien ha valorado el arte que tiene un Consejo de Ministros que es capaz de aprobar algo que no tiene delante, es decir, que no estaba en su presencia, aprobando a ciegas parte del OBJETO de una operación, y luego (dado que ha habido una “rectificación” de lo aprobado y no una corrección de errores, como ha reconocido su Presidente) es capaz de aprobar una rectificación de ese objeto ‘presunto’ sin estar reunidos siquiera, o sea, faltando su propia presencia, o, lo que es lo mismo, faltando el SUJETO de la operación?

    Puede que por un lado, esto sea rizar el rizo, pero… ¿A que mola -que diria House- esta moderna versión del DondedijedigoDigoDiego, y a que otros no lo tienen?

    Para salvar su lapsus, tendremos que reconocer que este Consejo de Ministros que primero aprobó un texto esotérico (OCULTO y RESERVADO a los ojos de sus miembros), y que luego de forma incorpórea, por poderes (?), o simplemente ‘de aquella manera’, o sea, aprobando sin reunirse (todos desde casa) la rectificación, es capaz de inventar la «MiniTeleResolución», merece por lo menos un reconocimiento porque con su maniobra ha reconvertido algo esotérico en exotérico de la forma más fácil, rápida y limpia que nadie se podía imaginar (como Copperfield o Tamarit, vamos).

    Tanto es así que el próximo año alguien quizá podría presentar esta película a los Oscar y a lo mejor incluso ganaba el premio «a los efectos especiales».

    Y digo esto solo porque el blog pretende tener una componente de humor (cosa que también hay que agradecer a su autor), aunque final y tristemente habría que decir con Oscar Wilde: «Esto sería cómico, si no fuera trágico».

    Porque… Sigo pensando que el arte del Birlibirloque está reñido con el Derecho.

    Tamarit tiene también el arte que antes yo le reconocía al Consejo de Ministros. Pero él cuando hace magia se está dedicando a lo suyo… mientras que un Consejo de Ministros haciendo magia es algo antinatura, ¿no?

  7. javier grandio

    He leído que el artículo 390.1 del Código Penal dice que «Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad: 1. Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial …

    Pero bueno, aunque se trata del código penal español, estamos en España y … ojalá Alemania nos convierta pronto en una de sus regiones.

    • Juan A Marcos

      La Fiscalía debería actuar de oficio e investigar la posible existencia de ese delito ¿por qué no lo hace?

  8. Juan A Marcos

    La Ministra de Economía ha manifestado que «Todos los BOE llevan siempre corrección de errores, todos los decretos, y máxime un decreto ley que es tan complicado como éste en su redacción», como justificación para explicar el error, y que no es una rectificación de la decisión del Gobierno. La verdad es que el RD-ley es complejo y extenso: ocupa 59 páginas en el BOE.
    Una vez más, el Gobierno miente por boca de una de sus Vicepresidentas, lo que es una desgracia para España y sigue disminuyendo la confianza en el Gobierno y en nuestro país.
    El Gobierno miente en este caso: tres pruebas:
    1ª. La página web del Gobierno (www.la-poncloa.es ) le traiciona: en la referencia del Consejo de Ministros del pasado 20-05-2010, en lo relativo al RD-Ley en cuestión se puede leer «…En el ámbito de las Entidades Locales, se mejorará el control económico financiero y se aplazarán las operaciones de endeudamiento a largo plazo hasta 2012.» No indica nada de que se suspenda sólo durante el año 2011. (Por si acaso cambia la página he guardado una copia de lo que aparecía en ella).
    2ª. La propia redacción del RD-Ley: se ha olvidado el Gobierno y sus técnicos de que además de articulado el RD-Ley tiene exposición de motivos. En el apartado VII de la exposición, página 45075 del BOE: «Con el fin de garantizar la contribución de las entidades locales al esfuerzo de consolidación fiscal… Por otra parte, y con idéntica finalidad, se aplaza hasta el ejercicio 2012 la concertación de operaciones de endeudamiento a largo plazo.»
    3ª. La suspensión de la capacidad de endeudamiento a 7 meses vista, no justifica la extraordinaria y urgente necesidad que es implícita a un RD-Ley, aunque para este Gobierno (y también para los anteriores) no es un óbice.

  9. Pingback: LA "ERRATA" DE SALGADO EN EL PSOE, EN MANOS DE UN JUEZ

  10. Sandra

    Genial.
    Gracias Sevach por dedicar tu tiempo a alegrarnos la vida con humor inteligente
    Un saludo

    • sevach

      Gracias a vosotros, por vuestra atención y colaboración…Y esta frase no será objeto de corrección de errores.

  11. Esther

    ¿Reducirán las primas un 15% a los miembros de la Selección española de fútbol si ganan el Mundial? Yo lo reivindico desde ya mismo…

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