De Jueces y la Justicia

Cómo ganar un juicio contencioso-administrativo: veinte reglas de oro

Sin aspirar a ser pretencioso, ni ofrecer reglas infalibles, me limitaré a apuntar algunas de las pautas aconsejables que he podido extraer de mi experiencia desde los cuatro lados del mundo jurídico (docente, abogado, letrado de la Administración y juez). No se trata de un Manual, ni el plano del tesoro de la victoria, sino de ofrecer unas orientaciones por si pueden servir de ayuda a desvelar los arcanos del mundo forense contencioso-administrativo. Una especie de trucos de magia blanca para conseguir sacar de la chistera judicial el conejo de la victoria.

1. Honradez. Una retirada a tiempo es una victoria. Explicar al cliente lo atinado de no embarcarse en un pleito largo y costoso, puede dar lugar  a una minuta menor pero una mayor satisfacción para cliente y abogado. Un cliente puede entender una derrota pero es difícil digerir además la decepción o el engaño de su abogado. Una cosa es que un asunto sea defendible y otra muy diferente que esté ganado. Como dicen los aficionados a la tauromaquia “hasta el rabo, todo es toro”.

2. Sensibilidad. El abogado tipo “House” no es un modelo a imitar. Aunque el cliente sea un empresario creso, un rudo trabajador, un quejoso funcionario o un ciudadano rebelde, todo cliente necesita en su fuero interno que su abogado crea en él, que valore lo que el valora, y que humanice los vericuetos procesales para explicárselos. El abogado moderno ha de ser un cruce entre letrado y psiquiatra, pues un proceso contencioso-administrativo es parecido al descenso de Dante a los infiernos, donde el atribulado cliente tendrá que soportar minutas, gastos procesales, esperas interminables, incertidumbres y posiblemente decepciones, y para ese viaje, bien viene que el piloto procesal encarnado por el abogado, lo haga mas llevadero.

3. Modestia. Nadie tiene todo el Derecho Público en la cabeza, ni nadie es capaz de contar con una bola de cristal infalible sobre el avatar judicial. Hoy día en que hay bases de datos completas y actualizadas de jurisprudencia, buena parte de los abogados se han convertido en sabuesos de sentencias. Buscan la sentencia similar, el precedente o el caso ya resuelto que permita extraer el fragmento o doctrina que avale su tesis. Y eso está muy bien, pero no basta. El Derecho Administrativo no puede encerrarse en un Manual ni en una sentencia.  Es dinámico y poliédrico. Y sobre todo, no puede improvisarse. Hay que conocer el Derecho Constitucional, el Derecho Administrativo y el Derecho Procesal. No basta con ser un buen civilista, laboralista o penalista, o un administrativista armado solamente con la calificación universitaria. Al igual que por saber mover las piezas de ajedrez no se garantiza el triunfo, el jaque mate en un proceso contencioso-pasa por estudiar muchas “aperturas, estrategias” y practicar, practicar mucho.

Y en todo caso, por mucha experiencia que se atesore, por mucho que nos elogien, en Derecho Administrativo nadie lo sabe todo, y hay que esperar sorpresas de toda índole, ya que como decía un amigo, “es una disciplina similar a un saco de cristales: si metes la mano, te cortarás”.

4. Tenacidad. Hay que zambullirse en el litigio con el interés de quien presiente que esa sentencia será histórica. No basta con leer transversalmente el expediente, o con recordar algún caso similar o con asumir el comentario de un colega en el café sobre el desenlace de cuestiones similares. Hay que estudiar el asunto y entrar “en trance”. Hay un momento del letrado, entre papeles y bajo el flexo, en que se da cuenta, como tan a menudo ocurre a los místicos, que su mente se abre de forma aparentemente inexplicable y se capta la clave del enfoque jurídico. Ahí está la llave sobre la que construir la demanda o la contestación, pero es una musa que sólo acude con el estudio y la reflexión.

5. Pasión. El letrado no debe convertir su bufete en un máquina de vending, ni un Macdonald. No todo es la minuta y despachar escritos hacia ese remolino que son los Tribunales. El abogado ha de implicarse en el asunto y luchar tanto lo pequeño como lo grande, con el mismo énfasis y rigor. Es cierto que hay asuntos de mayor calado y otros de ínfima cuantía o entidad, pero lo que no puede ignorarse es que para el cliente su asunto es vital, y esa perspectiva subjetiva merece un respeto. Además, el éxito del letrado no proporciona solamente dinero y elogios, sino que le dota de seguridad en sí mismo. Con cada éxito, el abogado aprende a arriesgar más, a minorar el temor reverencial de los juicios, y se vuelve mas exigente. Y con ello, se ganan mas y mas juicios…

6. Minuciosidad. El abogado debe escudriñar el expediente administrativo como un piel roja.  buscando huellas, incongruencias, problemas de actos propios, un funcionario que se extralimita, una notificación defectuosa, un certificado sin firma, etc… Una mirada serena al expediente posiblemente cosechará los ases del triunfo.Y a veces para pescar unos pocos peces hay que pasar muchas horas en el río…

7. Pulcritud. Los escritos procesales deben estar limpios, ordenados y claros. Indicando apartados y epígrafes. No son bien recibidos los escritos que se olvidan de las reglas ortográficas y de la sintaxis (que los hay). Tampoco los que se olvidan de los puntos y aparte ni los que ahorran el papel (y las ideas). Hay que utilizar ese “neón de las ideas” que son la letra negrita y en cursiva, o el subrayado, pero eso sí, si todo se resalta como importante, nada lo es. Si se trata de una vista oral, nada de verborrea ni chorros argumentales difíciles de seguir; y si se facilita minuta escrita de la exposición vertida oralmente, pues mucho mejor (si la acepta el juez, beneficia, y si la rechaza, nada perjudica).

8. Brevedad. Lo breve, si bueno dos veces bueno. Las demandas y oposiciones no son examinadas por los jueces “al peso”. Ya comenté anteriormente sobre  la mentira impune mas dicha ante los jueces: “Seré breve, señoría” en un anterior post.

9. Exactitud. Si se quiere vencer, hay que convencer… al juez.  Un escrito procesal claro y ordenado tiene mucho ganado. El letrado no debe divagar ni refugiarse en la cita de «notoria jurisprudencia» sin precisarla. En el ámbito contencioso-administrativo, es fundamental distribuir los hechos, y los fundamentos para desembocar en un “Suplico, bien clarito”. La prueba debe “apostillarse”, aunque la norma procesal no lo imponga ya que tampoco lo prohibe, y por tanto, si se propone un grupo de testigos, no está de más explicar mínimamente la posición o quién es ese testigo, para facilitar su admisión. Las conclusiones jamás deben ser la repetición “corta y pega” de demanda y contestación. Es una ocasión de oro para resumir y centrar el litigio, y demostrar que no se trata de un asunto rutinario.

El abogado que plantea una demanda gloriosa e impecable y que “se echa a dormir” en el trámite de prueba o en el  escrito de conclusiones, bien haría en tener presente la fábula de la tortuga y la liebre.

10. Elocuencia. Hasta para dirigirse a Dios, Jesús recomendó el sencillo Padrenuestro. Con mayor razón, un escrito dirigido a un juez puede ser sencillo y eficaz, si incorpora una buena argumentación, que además suplirá la falta de jurisprudencia o normas favorables. Hay que presumir que el juez está agobiado de tiempo, por lo que ser didáctico y con lenguaje accesible, bajo una argumentación impecable y amena, posiblemente conseguirá captar la atención y comprensión  del juzgador.

11. Respeto. No abusar de la adulación al juez ni denigrar a la otra parte. No insultar. En un mundo donde la solución al litigio (bien por dudas de derecho, o bien por discutirse la prueba de hechos), es dudosa, bien está no provocar la animadversión judicial por las malas formas. La frontera entre la imposición de costas procesales o su exoneración puede venir dada por una frase descortés o vejatoria hacia la parte contraria. Y no digamos hacia el propio juez… que será una esfinge con balanza, pero tiene su corazoncito.

12. Autenticidad. Además de contar con el apoyo de la norma, hay que intentar demostrar al juez que se actúa por convicción personal y por confianza en la Justicia. Demuéstrese que el pleito no es por capricho ni para fastidiar a nadie. Buena fe.

Y si se busca la razón, no es buena idea atascarse en formalismos. Es más, llegado el caso, no hay que vacilar en solicitar un perito judicial y confiar en lo que depare su ciencia como tercero imparcial. Demuestra una confianza en la ciencia y la objetividad que resulta del agrado de los jueces.

13. Evitar rodeos. El atajo es el camino mas corto. En el mundo contencioso-administrativo pueden obtenerse victorias pírricas con sentencias que no satisfacen al cliente, y hay ocasiones en que hay que sacrificar esas pequeñas conquistas parciales. Es el caso de algunos defectos de motivación en resoluciones administrativas que sólo conducen a una sentencia favorable pero que condena a  la Administración a retrotraer el procedimiento con lo que todas las partes vuelven a estar en la “casilla de salida”. O el caso de algunos motivos de inadmisión (ej. Falta de postulación) que provocan la demora del proceso hasta uno nuevo que los subsane. En la tesitura de esgrimir esos motivos impugnatorios que son puros rodeos, quizás hay que recordar que a veces ceder un poco sirve para ganar mucho.

14. No citar doctrina como regla general. El juez está sometido al  imperio de la Ley, y bien está la doctrina que ilustra la interpretación de aquélla, pero jamás debe convertirse la demanda en una invocación de autoridades académicas, ni un “corta y pega” de citas bibliográficas. Las demandas no son tesis doctorales, y si se trata de acompañar un dictamen de un Catedrático – aunque revela seriedad del demandante- mejor será que ese dictamen se reconvierta en demanda o contestación y en boca de abogado (el propio profesor, en su caso).

15. Autocrítica. Los escritos procesales reflejan el impulso de su autor, y ya que los tratamientos de textos actuales permiten corregir, ampliar o reducir para un “photoshop jurídico”, hay que releer los escritos principales (demanda y contestación). Las segundas lecturas, con un intervalo temporal, arrojan nuevas perspectivas. Lo ideal es que un compañero de bufete o un tercero lo lean y efectúen observaciones, pero en su defecto, el propio autor ha de buscar los defectos de sus propios escritos, y revisarlo detenidamente hasta que cree en ellos, y si  se da cuenta de que ha dicho algo estúpido deberá tener la valentía de suprimirlo.

16. Perspicacia. El letrado debe conocer al juez y la otra parte. Los jueces suelen tener un perfil psicológico ( pro administración o pro ciudadano; reacio o proclive a las cautelares; generoso o rígido para admitir pruebas, etc). También hay que explotar las debilidades del contrario: hay abogados agresivos y benevolos; abogados rigurosos y frívolos; abogados de sustancia y de formas, etc. Y la mejor manera de conocer la “fauna forense” es cambiar impresiones y anécdotas con los compañeros. Los retrato-robot psicológicos siempre ayudan.

17. Nada es insignificante. Ni el cliente, ni la cuestión litigiosa, ni el trámite procesal. Por una herradura se perdió una batalla, y por un defecto en el escrito de interposición puede recibirse el varapalo de la desviación procesal; por una prueba omitida recibir el chorro frío de hechos probados que no se ajustan a la realidad; y por una dejadez puede tropezarse el letrado con esa horrible pesadilla que es la “inadmisibilidad”, la “preclusión”, la “caducidad” o demonios similares que abortan el proceso ya iniciado.

18. Administrar el tiempo. Camarón que se duerme, se lo lleva la corriente. Los plazos no deben agotarse, ni es buena técnica el consabido hábito de apurarlos al máximo. El tiempo del letrado y el tiempo del juez requieren atención. Hay un tiempo para explicarse el letrado y un tiempo para convencerse el juez.

19. Explotar el impulso o dejadez del contrario. Al igual que en los deportes de lucha libre y  judo, hay que saben aprovechar el impulso del oponente, el abogado debe sacar ventaja de la acción u omisión del contrario. Si es demandante tendrá que aprovechar la carga de la prueba de la Administración (cuando es quien tiene archivos y documentos, o cuando sanciona o impone actos de gravamen) y si es demandado examinará con lupa el escrito de interposición y la demanda para ver desajustes. Cada parte ha de rastrear el escrito de la contraparte para encontrar la valiosa incongruencia, el error u omisión, la pista definitiva, etc.

20. Contar con paracaídas. El letrado, para el caso de reveses judiciales ha de contar con un plan B, y C, y D… Sin perder la perspectiva realista, frente a la sentencia o auto desfavorable hay que barajar desde el inicio la posibilidad de apelación, la casación, la nulidad de actuaciones, el Tribunal Constitucional, e incluso el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, etc. Y si la sentencia favorable para el particular se queda corta en el fallo, habrá que intentar forzarla en el incidente de ejecución, de igual manera que si es desfavorable para la Administración, ésta intentará la inejecución, mas o menos disimulada.

Lo importante para el abogado es explicar al cliente, sin tremendismo pero con realismo, el via crucis posible y las distintas opciones a corto, medio y largo plazo.

ANEXO.- Con carácter general, por si son útiles, aquí dejo otros post mas recientes:

Si  todo lo dicho falla, pues como nota de humor, recomiendo la lectura de las Veinticinco excusas de un abogado ante un cliente nervioso por perder un litigio.

Pero si se desea ampliar la visión del Derecho, en una especie de cosmovisión, donde se exponen las claves del Derecho utilizando metáforas científicas, anécdotas y datos de experiencia, me permito recomendaros mi ensayo titulado “La mirada de Einstein sobre el universo jurídico” (Ed. Amarante, 2015).

55 comments on “Cómo ganar un juicio contencioso-administrativo: veinte reglas de oro

  1. excelente articulo ha llegado a mis ojos cuando tengo precisamente un caso que resolver en lo ocntencioso admvo. FELICIDADES POR SU APORTACION TAN VALIOSA.

  2. uleman

    Llevo veinte años defendiendo en los juzgados y tribunales administrativos resoluciones municipales. Tengo que felicitar al autor porque ciertamente son buenísimos consejos. También soy ajedrecista y por eso me complace la cita que se hace al juego del ajedrez, si bien en el último tratado norteamericano que lei sobre abogados litigantes se recomendaba, junto a la práctica del ajedrez, también la del vuelo sin motor. Anecdotario aparte, suscribo todos y cada uno de los consejos del artículo y me permito añadir una sugerencia adicional, especialmente para quienes trabajamos como abogados dentro de organizaciones o colectivos. Sugiero escuchar a todos quienes puedan ayudarnos en el proceso (a quienes legalmente podamos consultar sobre él, naturalmente) pero no olvidando jamás que, a la hora de la verdad, el abogado está más solo que la una cuando tiene que firmar el escrito o exponer el informe oral. Todos los consejos expuestos deberíamos estar en condiciones de poderlos afrontar en solitario.
    PD. Por más que el ajedrez tiene reconocida vítola de juego intelectual, preciso y calculador, ni los campeones del mundo ni siquiera las más potentes computadoras pueden prever todas las circunstancias a medio o largo plazo. De modo que la vieja virtud jurídica de la prudencia también es aconsejable porque en los juicios, al igual que en las partidas de ajedrez, o en la vida misma, siempre pasan cosas no previstas.

  3. luis ocaña palomo

    Enhorabuena, no puede decirse mejor. Lamentablemente el dicho » De la justicia líbranos Señor » se da la mano con » De un abogado ten mucho cuidado «y » si es tu defensor apaga y vámonos »

    Luis O P

  4. OTROSÍ

    Desde la admiración y el respeto, impresionante, como siempre.

  5. Marina Longa

    Estoy de acuerdo con estas exactas 20 reglas, todo cliente trata de defender sus derechos que todos tenemos y aunque pierda el caso queda satisfecho por haber tenido la orientacion requerida a tiempo, menos gastos, menos preocupacion y caso cerrado.
    en algunos casos perdemos dinero, tiempo, ocupacion, decepcion y desconfianza en los ejercedores del derecho.

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  8. Jacinto Insunza Dahlander

    En resumen, ir a lo esencial, sonreir y callar

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  10. Gmunguia

    Es tan real como la vida misma, justo hace unos días alguna Autoridad se refirió en su escrito de contestación a la defensa como, mentiroso, ventajoso, oportunista y traicionero. Leerlo del papel, fue casi como escuchar reclamos de un amor perdido, pero imaginar a un abogado respondiendo así y con tipografía que podía ser leída a diez metros de distancia, en un escrito de kilos de papel y tinta, me forzó a pensar en alguien que bien pudiera echar mano de este texto, claro está que nunca lo leerá, no soy tan arrogante para pretender disciplinar a quien ostenta el poder de Autoridad.

  11. Hernando

    Bueno para alguien que defiende que un buen escrito no debe tener errores ortograficos si va dirigido a un juez, no deja de ser ironico critique a los que lo hagan y no lo aplique a sus escritos aqui expuestos. Le recomiendo lea bien su ultimo parrafo.

    • Ya está corregido el crimen de «peder» en vez de «perder» así que aprovecho para tres consejos adicionales:
      – No confundir «erratas» con «errores»
      – No confundir «post» informales con escritos procesales
      – No confundir ingenio con impertinencia

  12. Javier Zavaleta

    Excelentes consejos dados por un letrado con EXPERIENCIA y LEALTAD hacia otros letrados que muchas veces están a la deriva por falta de sentido común, experiencia y sinceridad con quienes depositan totalmente su confianza

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  14. Margarita López

    Me agrada este blogspot, y algunas de las 20 reglas de oro muy atinadas.
    Si el sentido común o lógica del caso es fundamental para un análisis minucioso del asunto en estudio
    A veces no se conoce a la parte contraria y por lo mismo no minusvalorizar sus argumentos o defensas según sea el caso, sino por el contrario leer con detenimiento todo el escrito y desentrañar este metódicamente, yo diría leer las letras chiquitas, a donde quiere llegar, cual es el verdadero propósito de su planeamiento
    Y si conocer quien es el juez que resuelve, para saber si acerco jurídico, es de vital importancia
    Ojala sigan con este Blogspot, gracias

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  16. Ignacio González

    Me gusta.

    Una reflexión rápida fruto de mi experiencia es que: la mayoría de las veces, las Sentencias dictadas son acertadas y, desde luego, previsibles.

    Nos podemos enroscar en que los jueces son muy malos y bla bla, pero seamos sinceros: la mayor parte de las veces nuestra intuición y la del Juez confluyen -quizá no en los fundamentos, pero sí en el fallo-.

  17. Pingback: Método para hacer una demanda contencioso-administrativa en quince minutos | Contencioso.es

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  19. El problema es que nada de esto sirve si las leyes están mal hechas. Cuando se permite lo inmoral y el juez lo da por válido, creyendo todo lo que dice el abogado de la Administración, algo falla. No puede ser que un juez admita que suspendan 33 meses de empleo y sueldo a un funcionario por ponerse enfermo, sobre todo, cuando en el expediente hay varias irregularidades, por no decir ilegalidades, que lo convierten en nulo. Pero el juez tiene prisa y no se mira los papeles.

  20. Pingback: Premios al mejor Blog y post jurídicos del año 2010: una grata iniciativa - El rincón jurídico de José R. Chaves - delaJusticia.com

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