La sentencia sobre el caso da ‘La Manada’ con penas de nueve años de prisión a los cinco jóvenes sevillanos por un delito continuado de abuso sexual en los Sanfermines de 2016 ha provocado un tumulto de opiniones críticas en las redes sociales, unido a tertulianos que saben de todo. El Ministerio fiscal pedía para los acusados 22 años y 10 meses de prisión por agresión sexual, y los jueces han condenado a menos de la mitad, por delito de abuso sexual pero no de violación.
Creo que la libertad de opinión y el derecho de crítica de las decisiones judiciales amparan cualquier posición, pero también la mía que se sustenta en algo tan sencillo como recordar algunas cosas elementales…
- La definición de lo que es delito de violación o delito de abuso sexual es lo que ha querido el legislador según la voluntad parlamentaria de nuestros representantes. No se definen los delitos según la opinión de cada cual ya que la diferencia entre homicidio y asesinato o entre abuso sexual y violación, por ejemplo, es sutil y técnica.
- Cuando el legislador y la jurisprudencia marcan un escenario de reglas jurídicas, el juez está sometido a la Ley, y sin espacio para interpretaciones que rompan la letra de la ley. No hay lugar para la conciencia del juez ni para la opinión de sus vecinos.
- La ley penal está sometida a la hora de castigar a un férreo principio de legalidad que impide aplicaciones extensivas, analógicas o cambiantes según el sentir social. Por tanto, si existen dudas o incertidumbre sobre si procede castigar por delito de abuso sexual o delito de violación, la balanza de la Justicia ha de inclinarse por el de menor fuste. Así lo ha querido la Constitución según la interpretación del Tribunal Constitucional y de la jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos humanos.
La apreciación de lo que realmente ocurrió, de la valoración de la conducta de agresores y agredida, si existió o no resistencia, si se trató de una conducta con matices de uno u otros, es una altísima responsabilidad que debe hacerse, porque la Ley así lo ha querido, por una Sala formada por jueces imparciales, quienes tienen disponibles todo el material probatorio, las actuaciones policiales, videos, testimonios y pruebas circunstanciales. Si no hiciesen falta pruebas ni valorarlas, bien podría ponerse al sentencia al día siguiente de la detención por la propia policía según la reacción popular.- Es realmente difícil declarar probados hechos que tienen que ser tejidos como un tapiz con hilos a partir de gestos, conductas e impresiones, actos previos y posteriores, y esa difícil labor explica que puedan existir discrepancias en la Sala que lleven a un voto discrepante respecto de otros. Pero precisamente el sistema judicial ha querido que casos complejos penales por su relevancia, se sustancien por órganos colegiados, donde puedan personas con experiencia y especializados, hablar y debatir con libertad sobre el valor de las pruebas. Es más, creo que las 371 páginas de la sentencia de referencia con hechos y argumentaciones jurídicas (más de la mitad de la sentencia dedicada al voto particular), son algo más serio que una opinión rápida de café sobre un titular periodístico.
En suma, puede opinarse libremente sobre cualquier sentencia apoyado en la información parcial, sesgada o ideológica que se ofrezca, pero sin perder de vista que la sentencia se apoya en toda la información disponible, bajo un examen completo y objetivo, y escuchando tesis y pruebas de todas las partes, a cargo de personal especializado e imparcial.
Bajo mi opinión personal, forjada con lo que los medios de comunicación me ofrecen, los agresores son unos miserables, que han cometido un hecho repugnante, que merecen todo mi desprecio por su conducta, frivolidad y atropello del derecho más elemental de una persona, que es su libertad sexual. Ahora bien, bajo la perspectiva jurídica debo aceptar que la sentencia se ha dictado según ha querido la Constitución y mis Leyes, o sea, según lo democráticamente marcado y por jueces independientes.
Pero si alguien quiere que las sentencias se pongan por aclamación, por votos en redes sociales, o que los delitos cambien de castigo según la moda o lo políticamente correcto, pues me parece que no ha entendido nada del valioso regalo que es vivir en un Estado de Derecho.
Y es que en un Estado de derecho hay errores judiciales y para eso está la larguísima cadena de recursos, como frente a esta sentencia.
Pero también hay errores del legislador que ha fijado esas leyes con esos castigos y no otros.
Y cómo no, también hay errores humanos, de muchos que a través de las redes sociales o desde micrófonos se lanzan a criticar sentencias y confundir churras con merinas, para más inri políticos o intelectuales y demagogos de todo pelaje, pero que además son los mismos que parecen ignorar que el telón de fondo de ese despreciable acto es un pésimo contexto de educación de adolescencia que ha propiciado que algunos jóvenes como esos canallas, consideren que todo vale, que la noche y el alcohol o drogas es el pasaporte a la felicidad, y que el aturdimiento de «la marcha» autoriza para atropellar los derechos de los demás, para agredir y romper. Son los que califiqué de hijos del botellón y del whatsapp. Ese es el problema frente al que tendrían políticos y redes sociales que reaccionar para que nuestro legislador reoriente el gravísimo problema de educación que afecta, no a todos los jóvenes, pero sí a un grupo significativo que confunden felicidad con egoísmo y atropello de los derechos de los demás y desprecio de lo que es de todos.
Pero que nadie dude tampoco que matar al mensajero judicial es un error pues una sentencia no es injusta si nos parece injusta según el ruido y gritos que podamos hacer. Lo será si su lógica interna o técnica jurídica es errada, o si va contra valores esenciales. Y si va contra valores esenciales, critiquemos al legislador que no supo captarlos.
¿Acaso queremos que nosotros y nuestra familia sean juzgados según leyes que se vayan reescribiendo por el juez que nos toque en suerte según el ruido mediático y social?.
Como decía Umberto Eco en un artículo:
Hoy día el primer recurso del acusado no es probar su inocencia y preguntar respetuosamente en qué pruebas se basa la acusación, sino empapelar al guardián, ya sea un guardia urbano o el presidente del Tribunal de Casación.(…) Si te acusan los jueces los deslegitimas a ellos, pero si te acusan los carabinieri deslegitimas a los carabinieri.
Me temo que ahora se da un paso más adelante, pues ya no es el acusado el que critica al juez, sino los propios políticos, los periodistas y los ciudadanos acodados en la barra del bar. Los fiscales son Twitter y Facebook, y la norma penal ni siquiera son las leyes naturales, sino las leyes de la masa social y de lo políticamente correcto. Triste.
En fin, ya tuve ocasión de pronunciarme en público sobre los juicios paralelos a los que califiqué significativamente de juicios perpendiculares.

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Como no he leído la sentencia no la voy a comentar. Miles de personas se manifestaron ayer y tampoco la habían leído. Varios catedráticos que emplearon tres años en hacer una tesis doctoral de 200 páginas han desmenuzado en media hora 370 páginas. Varios políticos ha puesto en solfa al Tribunal que ha aplicado las leyes que ellos aprueban. Todo el mundo sabe lo que ha pasado sin hojear el sumario y sin asistir a las vistas. Decenas de periodistas llevan dos años condenando con las penas máximas… Tres magistrados han dictado una sentencia (que puede ser acertada o desacertada) aplicando la ley en su leal saber y entender sabiendo que iba a provocar esta reacción. Solo eso ya me reconforta porque certifica su independencia. En su soledad, que seguramente hoy es mucha, quiero mandarles un fuerte abrazo.
No comparto en absoluto diversas afirmaciones generalistas que hace, y el claro corporativismo colegial que se respira en ellas, en cuanto a que la culpa sea del Legislador, y tampoco la de la mayoría de tertulianos que evidentemente son también del mismo gremio (Abogados), y que en general parecen vivir en los mundos de Yupi, especialmente si son del Turno de Oficio.
Argumentar: «Cuando el legislador y la jurisprudencia marcan un escenario de reglas jurídicas, el juez está sometido a la Ley, y sin espacio para interpretaciones que rompan la letra de la ley. No hay lugar para la conciencia del juez ni para la opinión de sus vecinos», es una verdadera falsedad, terjiversación y salvajada decir tal cosa, pues a mi se me lleva violando desde hace más de 5 años (Y NO POR EL LEGISLADOR), mis derechos constitucionales y a todos los niveles de administración local, Juzgados Contenciosos Administrativos, Colegio de Abogados de Valencia, Consejo Valenciano de Colegios de Abogados, Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Valencia, Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita (esta es la crem de la crem de abuso de poder al ni tan siquiera permitir el procedimiento de impugnación de denegación de Justicia Gratuita, regulado en la Ley 1/96 de AJG) Tribunal Constitucional y hasta el ineficaz Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, y todo ello a través del también ineficaz y absurdo sistema de Justicia Gratuita gestionado por los Colegios Profesionales.
Otra salvajada más es decir como cosa generalista (y no para este caso en el que si es aplicable) «Y es que en un Estado de derecho hay errores judiciales y para eso está la larguísima cadena de recursos, como frente a esta sentencia».
Yo no entiendo que exista estado de Derecho alguno, cuando existen infinidad de sentencias dictadas en otros ámbitos judiciales que ni tan siquiera se pueden recurrir, como las que se dictan en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, o que se recurren y se resuelven como si no se hubieran recurrido.
En cuanto a la «apreciación…. por una Sala de Jueces imparciales……. quien tienen disponible todo el material probatorio….. videos,,,, «, quizás en asuntos civiles y penales…… «imparciales…. mmmm», ¿porque no se aceptó como prueba el vídeo que estos impresentables grabaron?????, ¿es culpa del Legislador que esa prueba no se haya incluido???, pues va a ser que no.
Lo que si tengo claro que la inmensa mayoría de Jueces y Fiscales en lo Contencioso Administrativo de imparciales tienen muy poco, y eso corrobora la inexistencia de un Estado de Derecho.
¿No sería quizás conveniente que este tipo de asuntos o como los que he sufrido yo y contra decisiones de la Administración Local, en los que existe un gran escándalo social, el que dicte sentencia no sea un Juez, sino un Jurado Popular, como ocurre en Estados Unidos?.
Pues desde luego que las generalidades que usted vierte en su comentario, tampoco las comparto, aunque me temo que son fruto de una mala experiencia que ha tenido usted. O sea que cada uno se desahogue como quiera y que cada uno juzgue por sí mismo, tanto del caso comentado, como de la Justicia, como de lo que usted y yo escribimos.
No son fruto de UNA MALA EXPERIENCIA, SINO DE CIENTOS, es decir que es la norma en el sistema judicial que Ud defiende.
Por cierto. y respecto a su despecho e indiferencia a su excompañero Baltasar Garzón, ante el acoso sufrido, y por defender los INTERESES de todos los españoles, cosa que no me consta que Ud haya hecho, le hago saber que ojala la mayoría de los Jueces de España fueran como este, seguro que toda la corrupción política e institucional existente no existiría, y por tanto no habría tanta pobreza económica y de valores morales, que el pueblo llano está sufriendo en sus carnes.
Respecto a mis generalidades que tampoco comparte, solo tiene que leerse lo que dice el Legislador, y comparar con lo que hacen los Jueces, no es algo que debemos debatir entre ambos, pues dos + 2 son 4, y no es decir «que un burro va volando», que como comprenderá tal resolución NO TIENE NINGÚN SENTIDO, respecto a la cuestión matemática a rebatir.
Sobre Garzon un apunte: cuando un colectivo presentó denuncia contra Santiago Carrillo por los 8000 asesinados en Paracuello, el juez la archivó en aplicación de la ley de amnistía de 1976. Al poco tiempo cuando otro colectivo presentó denuncia, contra determinados cargos franquistas, la admitió y tramitó porque por encima de La ley de amnistía dizque regía la Justicia Universal y los delitos de los franquistas no prescribían…
Soy accidentado testigo sobre su proceder con la Justicia inglesa cuando Pinochet viajó a Londres, soy conocedor de una anécdota que denota su falta de escrúpulos…
Al igual que conozco, por un familiar, la opinión que tiene de él un millonario sudamericano cuya amistad Garzon procura: “tiene tanto ego que cuando camina adora a su sombra”
Creo que resulta difícil de aceptar socialmente que unos sujetos que se vanagloriaban de que iban a ir a unas fiestas para «violar» (sic), penetren luego carnalmente a una joven que “está agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando (…), imágenes (que) evidencian que la denunciante estaba atemorizada y sometida de esta forma a la voluntad de los procesados”… y no se tipifique como violación.
Y, jurídicamente, aceptar que existe prevalimiento pero no intimidación me parece un encaje de bolillos que, me temo, no convence ni tan siquiera a alguno de los redactores de la sentencia.
Como reza el dicho alemán: «en alta mar y delante del juez estamos en manos de Dios».
simplemente entiendo lo difícil que debe ser en casos como éste impartir justicia (algo diferente a venganza),…no envidio para nada a los miembros del tribunal navarro.
Excelente el artículo.
Desgraciadamente estamos acostumbrados a mediatizar determinados casos y como se indica en el artículo a erigirnos en jueces y fiscales. Probablemente la sentencia social ya hace tiempo que se dicto, ahora con la Sentencia y su Fallo nos rasgamos las vestiduras. Los elementos que han valorado esos jueces no son los mismos que mediáticamente nos han vendido. No nos damos cuenta pero de cualquier hecho desagradable los medios de comunicación y las redes, sacan su tajada al fin y al cabo no deja de ser un negocio para ellos, más prensa impresa o digital leída, más publicidad, en fin… Dejemos hacer a cada uno lo que sepa hacer con sus errores y su virtudes, al fin y al cabo errar es de humanos, porque supongo que a nadie le gustaría que un tercero le insinuase como debería de hacer mejor su trabajo. Para eso ya tenemos bastantes con compañeros y jefes.
A diferencia de muchos valientes en este y otros foros, no pienso opinar ni decir una palabra de lo que no sé (La sentencia) puesto que ni la he leído ni, lo que es mas importante he visto las pruebas del juicio, en particular el famoso video (Que tampoco nadie aquí ha visto). Lo que si pienso opinar y decir es que me parece asqueroso, vergonzoso, antidemocrático, fascista y muchas cosas mas el circo mediático y populista de presión social antes, durante y después del juicio. Crítica, sí por favor. Toda la posible, razonada (Incluso aunque no se base en derecho) y honesta. Cuanta mas, mejor, porque es la base de la transparencia y la democracia, de la libertad de expresión y opinión. Pero el vómito de bilis al son de la consigna, la manifestación/acoso/escrache agresivo es absolutamente inaceptable. Cada vez mas asistimos a la caza de brujas y el linchamiento social de lo políticamente incorrecto o simplemente lo que no gusta, y eso ya costó mucha sangre y siglos superarlo. No pienso aceptar jamás un solo paso en dirección a la vuelta a eso. Mi mas absoluto desprecio a quienes actúan así, que siempre me tendrán enfrente.
Ahora vienen los equidistantes y puristas juristas, sean o no magistrados, para decir que hay que respetar las decisiones judiciales… No me merecen respeto alguno esos jueces que describen una violación en toda regla y luego condenan por abuso.
Lo siento Sevach, pero no te creo. Puedes pensar todo lo que dices, pero te has callado una parte. Te has callado la impresión que te merece el argumento del voto particular,me juego la trenza. Que de lo otro pueda haber opiniones jurídicas discutibles, que el Supremo no ha dejado suficientemente claro qué se entiende por intimidación, que hubiera sido útil contar con más precisión del legislador y de la Jurisprudencia, que juzgan los jueces y no la gente en la plaza…todo eso me creo que lo piensas…
¿Qué el voto particular no te ha producido urticaria? no me lo creo, ni jarta vino
Magistral, Don José Ramón.
Estoy de acuerdo en que hay que respetar la independencia judicial, y por supuesto los jueces deben aplicar e interpretar la ley, y no juzgar según aclamaciones populares.
PERO, también creo que hay que respetar un derecho tan importante como el derecho fundamental a la libertad de expresión, manifestación… Y por ello nuestro estado de derecho ampara la discrepancia con las sentencias judiciales.
En cualquier caso, también comparto que los políticos deberían abstenerse de criticar las sentencias judiciales pues ello sí puede suponer una interferencia del poder legislativo o ejecutivo en el judicial.
Más bien lo que tienen que hacer los políticos es reflexionar sobre la situación a la que nos ha traído está sentencia. Partiendo de la base de que en esta situación la valoración de los hechos es correcta y no existe intimidación (aspecto que no tengo tan claro y que veremos qué se concluye en la posterior apelación que seguro vendrá).
Creo que son los políticos los que deben reflexionar sobre las manifestaciones de ayer y las opiniones expresadas por la ciudadanía, periodistas… Que al menos este caso sirva para poner de manifiesto que la prevalencia o intimidación no deberían suponer un tipo delictivo distinto, más allá de los agravantes que puedan imponerse, pues de otro modo se está diciendo a la sociedad que debe resistir ante dicha situación, aún a riesgo de muerte… Y nadie sabe cuál sería su reacción ante la situación que esta víctima vivió, pero en cualquier caso no puede considerarse una reacción mejor que otra…
En numerosas ocasiones situaciones injustas como la actual ponen de manifiesto que el legislador se ha equivocado, y según mi opinión, la ausencia de consentimiento debe suponer el mismo tipo penal, haya prevalencia, intimidación o violencia. Legislar en caliente no siempre es malo.
Respecto a algunos comentarios que he leído diciendo que «ahora la gente quiere legislar», decirles que por supuesto, y recordarles que la soberanía reside en el pueblo (art. 1.2 CE).
Las cortes generales representan al pueblo y tan importante es respetar eso como respetar la independencia de los jueces.
Y por si alguno lo duda, la soberanía del pueblo no acaba el día en el que van a votar a sus representantes, sino que existe numerosas formas de ejercer su derecho, e incluso diría, su responsabilidad.
Como siempre tu analisis es brillante! Llevo defendiendo lo mismo desde que conocemos la sentencia y me parece tan peligroso todo esto que está pasando…
Un afectuoso saludo
Preciso y equilibrado, por ello necesario y agradecido entre tanto recurso ya interpuesto en medios y redes. Esto último y la mera descripción del comportamiento de los condenados que hace el voto particular, valoraciones jurídicas al margen, nos obliga a poner el acento en la parte que nos toca, la de los errores humanos del comentario.
Buenos días, Soy abogado y como muchos de vosotros me he leido los 371 folios de la senetencia. Entiendo y suscribo la opinión del artículo pero justo en este caso no lo comparto. También considero la complejidad del caso a enjuiciar por parte de los miembros del Tribunal pero la sentencia no la comparto.
En este caso, y espero que el Tribunal Supremo me de la razón, no encuentro congruencia los hechos probados y las penas expuestas. La culpa no es en este caso la Ley sino de su interpretación pues la elección del tipo de delcitivo dependió en todo momento de la apreciación por el Tribunal de si medió violencia o intimidación, pues será la línea que delimita la condena por un delito de abuso sexual o de agresión sexual. Para ello es preciso acudir a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Para el Alto Tribunal la intimidación es definida como la amenaza de palabra o de obra de causar un daño injusto que infunda temor o miedo en el sujeto pasivo. A mi juicio como técnico jurídico en los hechos probados queda fundamentado que si ha existido INTIMIDACIÓN, por lo menos ambiental, por lo que a mi juicio con el debido respeto para los jueces (todos menos uno), considero desacertada dicha sentencia.
Ayer fue un día muy triste para la Justicia.
Valentía sin tasa, por entrar en asuntos como el que inspira el post. Discrepo acerca de la asepsia judicial a la hora de interpretar la norma, y pongo por ejemplo cómo se puede retorcer, en labores de ingeniería jurídica, para adaptarla al resultado deseado, que, en el caso que cito, debería provocar vergüenza ajena a cualquier jurista que se precie (asunto de la medalla policial a la virgen). http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7553022&links=medalla%20oro%20virgen&optimize=20151214&publicinterface=true
A partir del vocerío surgido con la sentencia de la manada me ha venido a la cabeza la introducción que Tomás Gui Mori hacía a su libro «Doctrina Constitucional 1981-1988». Venia a decir más o menos lo que sigue.
NO SE BAILAR SEVILLANAS. Pero hace más de 26 años que terminé la carrera de Derecho y más de 20 que ejerzo de Abogado, después de destinar más de 6 años en preparar intensamente unas oposiciones que, creo que por suerte, no aprobé. POR ESO, NO SE ME HA OCURRIDO ESCRIBIR UN LIBRO DE BAILE. PERO, POR ESO TAMBIÉN, SE QUE NECESITA UN PROFESIONAL DEL DERECHO PARA EL EJERCICIO DIARIO DE SU TRABAJO Necesita ante todo, saber qué es lo que está vigente y cómo debe interpretarse y aplicarse. Pues la ley no puede por sí sola saltar al vacío existente entre la misma y el caso concreto. Sino que necesita del estudio, el conocimiento, el sentido común y el buen hacer del jurista. Y en esto radica la esencia misma del arte del Derecho.
Lo sucedido es bien simple. Hay mucha gente no sabe bailar. Pero que pontifica sobre qué, con quién y cómo se debe bailar. Para, a continuación, reprobar y hasta execrar a todo aquel que no baile como dice o como quiere. Unos lo hacen a partir de una visión simplista y distorsionada de lo jurídico y de una errónea identificación entre el lenguaje cotidiano y el lenguaje técnico jurídico. Otros, sencillamente, viven de eso. El resto, son colectivos que hacen del juicio su propia causa y razón de ser, se atribuyen ante los medios y la sociedad todo el protagonismo (todos/as somos …) y arrogan el derecho absoluto de la justicia, la verdad y la dignidad. Y, al amparo de todo ello, se autolegitiman para presionar -a la opinión publica y a los propios jueces- y exigir el dictado de una única sentencia, la suya.
No cuela, es como decir que hay que tener profundos conocimientos en derecho financiero para saber que las preferentes fueron una gran estafa
Sí cuela, han condenado a 9 años (una pena muy dura puesto que es casi la misma que nos pueden imponer por matar a otra persona). Los criterios de Justicia material son objetivos, los procesados han sido condenados por lo que hicieron a una pena muy dura en nuestro ordenamiento.
Lo que se está criticando es una cuestión sobre conceptos jurídicos (intimidación o no) y sobre calificaciones también jurídicas (violación o abuso sexual). Es una cuestión jurídica que debe de resolverse por los técnicos en derecho sobre todo en casos donde como dice el artículo puede depender de detalles que no son siempre tan claros como nos los pintan (nadie de los que opina ha visto el vídeo).
Me parece bastante grave, estas reacciones excesivas a una sentencia que ya es dura en cuanto a las penas objetivamente consideradas, que se persigue con ello ¿que no tenga un juicio justo el siguiente acusado?, ¿ya no nos gusta la presunción de inocencia? ¿si no condenáis a 200 años ya veréis la que os montamos?
Los linchamientos son el primer paso para la eliminación de los derechos fundamentales/humanos, aunque esos a muchos les da igual, lo sé.
Estimada Pilar, eso que dices, dicho sea con todo respeto, es demagógico y se sale de lo que -recta y claramente- se expone en el comentario. Y desde luego no se trata de colar nada. Tan solo de intentar entender y explicar lo ocurrido, desde mi muy personal -y probablemente errado- punto de vista, sin necesidad de tener que acudir a la destemplanza, la aspereza y el desabrimiento.
El propio Botín no entendía las preferentes y pidió se lo explicarán mejor… luego aquel hombre sagaz queda fuera de tu afirmación…
Y a cuantos «expertos financieros» les colaron en su dia dichas preferentes? A ninguno. Por que? Porque tenian conocimientos suficientes para saber lo que eran en realidad.
A toro pasado puede decir usted que fueron una gran estafa, del mismo modo que puedo hablar yo de la ley de la gravedad como algo obvio hoy en día.
Le he dejado de seguir, cancelo mi suscripción, la respuesta que ha dado sobre un ex compañero suyo, como Garzón, demuestra una intolerancia absoluta.
Excompañero
Tiene razón, va unido, su apostilla me reafirma en mi decisión.
Sí, mejor siga al ciudadano Garzón. Nada mas bello que la libertad de elección.. o la de expresión
Yo le seguiré siguiendo, porque le admiro como jurista y sus artículos tienen para mí un enorme interés, pero confieso que me he quedado de piedra al leer sus apreciaciones sobre su excompañero y las apostillas que hace a algunos comentarios críticos. No es el Chaves que conozco.
Mejor: «continuaré siguiéndole», si tenemos que ponernos estupendos con el lenguaje.
Valiente artículo que, sinceramente, yo no me atrevería escribir. Es triste admitirlo pero yo no me atrevería a decir esas cosas a cara descubierta sin el anonimato que me da internet. Y mucho menos ahora que se han movilizado ciertos colectivos para ir persiguiendo culpables por las calles/twitter con las antochas encendidas,…
En fin, yo no he tenido tiempo de leer la sentencia completa por lo que no opinaré sobre ella (aunque dicen que puede haber cierta incongruencia entre los hechos y la calificación jurídica con el tema de la intimidación, no sé) pero sí me parece muy oportuno y valiente mencionar la instrumentalización que se está haciendo de este caso por ciertos colectivos (no por la víctima) y que muy poco tiene que ver con la Justicia.
Estoy totalmente de acuerdo con el artículo, podemos discutir sobre el concepto jurídico intimidación pero lo que esos colectivos interesadamente tratan de ocultar es que se ha castigado y con una pena muy elevada a todos los procesados. Considero que es muy fácil juzgar este tipo de delitos desde el sofá pero no me gustaría cambiarme con ningún juez, puesto que en el día a día de los Juzgados y Tribunales los casos no son todos tan claros como nos lo pintan twitter y los tertulianos.
Pues sí, debería usted leer, Señor Chávez, la opinión del ciudadano Garzón (aunque solo sea porque al enemigo se le ha de conocer). Su desprecio me deja anonadada.
La sentencia describe una violación pero condena por abuso sexual. El legislador habrá querido diferenciar (ninguna objeción) pero es el juez el que debe apreciar si esa diferenciación existe en un determinado caso y por qué es una cosa y no la otra. 5 machotes contra 1. Preeminencia? De verdad? Hay que tener ceguera en todos los sentidos para dictar esta sentencia.
Disculpándome previamente por hacer este comentario sin hablar terminado de leer la sentencia, quiero poner de manifiesto mi respeto y admiración por los magistrados (especialmente el sr. González González) por la valentía e independencia al dictar una sentencia en contra de la tremenda presión MEDIÁTICA (la social está completamente manipulada) perfectamente fundada en Derecho. Cómo expresa el voto discordante, con cías expresas deJurisprudencia del TS, TC y TEDH, las resoluciones judiciales aún emanadas de la soberanía popular no está basada en el sufragio universal sino en la recta y justa aplicación de la ley. Es lamentable, y perjudicial para el Estado de Derecho, que tanta gente opine sin haber leído la sentencia (y por tanto sin saber qué ocurrió realmente en el caso enjuiciado)
Muy de acuerdo en casi todo. Totalmente de acuerdo en lo fundamental. Es evidente que una parte importante de la sociedad tiene un concepto de la «justicia» que no contempla la existencia de un Estado de Derecho.