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Leña al mono judicial: La sentencia de La Manada

grumpy muppets - delaJusticia.com

thm_ein-wenig-zufriedener-klaegerLa sentencia sobre el caso da ‘La Manada’ con penas de nueve años de prisión a los cinco jóvenes sevillanos por un delito continuado de abuso sexual en los Sanfermines de 2016 ha provocado un tumulto de opiniones críticas en las redes sociales, unido a tertulianos que saben de todo.  El Ministerio fiscal pedía para los acusados 22 años y 10 meses de prisión por agresión sexual, y  los jueces han condenado a menos de la mitad, por delito de abuso sexual pero no de violación.

Creo que la libertad de opinión y el derecho de crítica de las decisiones judiciales amparan cualquier posición, pero también la mía que se sustenta en algo tan sencillo como recordar algunas cosas elementales…

  • La definición de lo que es delito de violación o delito de abuso sexual es lo que ha querido el legislador según la voluntad parlamentaria de nuestros representantes. No se definen los delitos según la opinión de cada cual ya que la diferencia entre homicidio y asesinato o entre abuso sexual y violación, por ejemplo, es sutil y técnica.
  • Cuando el legislador y la jurisprudencia marcan un escenario de reglas jurídicas, el juez está sometido a la Ley, y sin espacio para interpretaciones que rompan la letra de la ley. No hay lugar para la conciencia del juez ni para la opinión de sus vecinos.
  • La ley penal está sometida a la hora de castigar a un férreo principio de legalidad que impide aplicaciones extensivas, analógicas o cambiantes según el sentir social. Por tanto, si existen dudas o incertidumbre sobre si procede castigar por delito de abuso sexual o delito de violación, la balanza de la Justicia ha de inclinarse por el de menor fuste. Así lo ha querido la Constitución según la interpretación del Tribunal Constitucional y de la jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos humanos.
  • small_printLa apreciación de lo que realmente ocurrió, de la valoración de la conducta de agresores y agredida, si existió o no resistencia, si se trató de una conducta con matices de uno u otros, es una altísima responsabilidad que debe hacerse, porque la Ley así lo ha querido, por una Sala formada por jueces imparciales, quienes tienen disponibles todo el material probatorio, las actuaciones policiales, videos, testimonios y pruebas circunstanciales. Si no hiciesen falta pruebas ni valorarlas, bien podría ponerse al sentencia al día siguiente de la detención por la propia policía según la reacción popular.
  • Es realmente difícil declarar probados hechos que tienen que ser tejidos como un tapiz con hilos a partir de gestos, conductas e impresiones, actos previos y posteriores, y esa difícil labor explica que puedan existir discrepancias en la Sala que lleven a un voto discrepante respecto de otros. Pero precisamente el sistema judicial ha querido que casos complejos penales por su relevancia, se sustancien por órganos colegiados, donde puedan personas con experiencia y especializados, hablar y debatir con libertad sobre el valor de las pruebas. Es más, creo que las 371 páginas de la sentencia de referencia con hechos y argumentaciones jurídicas (más de la mitad de la sentencia dedicada al voto particular), son algo más serio que una opinión rápida de café sobre un titular periodístico.

En suma, puede opinarse libremente sobre cualquier sentencia apoyado en la información parcial, sesgada o ideológica que se ofrezca, pero sin perder de vista que la sentencia se apoya en toda la información disponible, bajo un examen completo y objetivo, y escuchando tesis y pruebas de todas las partes, a cargo de personal especializado e imparcial.

Bajo mi opinión personal, forjada con lo que los medios de comunicación me ofrecen, los agresores son unos miserables, que han cometido un hecho repugnante, que merecen todo mi desprecio por su conducta, frivolidad y atropello del derecho más elemental de una persona, que es su libertad sexual. Ahora bien, bajo la perspectiva jurídica debo aceptar que la sentencia se ha dictado según ha querido la Constitución y mis Leyes, o sea, según lo democráticamente marcado y por jueces independientes.

Pero si alguien quiere que las sentencias se pongan por aclamación, por votos en redes sociales, o que los delitos cambien de castigo según la moda o lo políticamente correcto, pues me parece que no ha entendido nada del valioso regalo que es vivir en un Estado de Derecho.

Mediation ResolutionY es que en un Estado de derecho hay errores judiciales y para eso está la larguísima cadena de recursos, como frente a esta sentencia.

Pero también hay errores del legislador que ha fijado esas leyes con esos castigos y no otros.

Y cómo no, también hay errores humanos, de muchos que a través de las redes sociales o desde micrófonos se lanzan a criticar sentencias y confundir churras con merinas, para más inri políticos o intelectuales y demagogos de todo pelaje, pero que además son los mismos que parecen ignorar que el telón de fondo de ese despreciable acto es un pésimo contexto de educación de adolescencia que ha propiciado que algunos jóvenes como esos canallas, consideren que todo vale, que la noche y el alcohol o drogas es el pasaporte a la felicidad, y que el aturdimiento de «la marcha» autoriza para atropellar los derechos de los demás, para agredir y romper. Son los que califiqué de hijos del botellón y del whatsapp. Ese es el problema frente al  que tendrían políticos y redes sociales que reaccionar para que nuestro legislador reoriente el gravísimo problema de educación que afecta, no a todos los jóvenes, pero sí a un grupo significativo que confunden felicidad con egoísmo y atropello de los derechos de los demás y desprecio de lo que es de todos.

mono pinesaPero que nadie dude tampoco que matar al mensajero judicial es un error pues una sentencia no es injusta si nos parece injusta según el ruido y gritos que podamos hacer. Lo será si su lógica interna o técnica jurídica es errada, o si va contra valores esenciales. Y si va contra valores esenciales, critiquemos al legislador que no supo captarlos.

¿Acaso queremos que nosotros y nuestra familia sean juzgados según leyes que se vayan reescribiendo por el juez que nos toque en suerte según el ruido mediático y social?.

Como decía Umberto Eco en un artículo:

Hoy día el primer recurso del acusado no es probar su inocencia y preguntar respetuosamente en qué pruebas se basa la acusación, sino empapelar al guardián, ya sea un guardia urbano o el presidente del Tribunal de Casación.(…) Si te acusan los jueces los deslegitimas a ellos, pero si te acusan los carabinieri deslegitimas a los carabinieri.

Me temo que ahora se da un paso más adelante, pues ya no es el acusado el que critica al juez, sino los propios políticos, los periodistas y los ciudadanos acodados en la barra del bar. Los fiscales son Twitter y Facebook, y la norma penal ni siquiera son las leyes naturales, sino las leyes de la masa social y de lo políticamente correcto. Triste.

En fin, ya tuve ocasión de pronunciarme en público sobre los juicios paralelos a los que califiqué significativamente de juicios perpendiculares.

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198 comments on “Leña al mono judicial: La sentencia de La Manada

  1. Avatar de Falomir
    Falomir

    Vaya, que raro, otro magistrado defiendo a los suyos. Viva el corporativismo. Le recomiendo que lea el artículo de Elvira Lindo en el El País «Lamento insistir»

    ¿También defiende el voto particular? Le recomiendo que lea el artículo de Julia Mendez en el periódico el Mundo de ayer

  2. Avatar de Fernando MARTINEZ MARTIN

    «Necesitamos prevenir en todas las etapas educativas. Y es imprescindible la formación en perspectiva de género de los y las profesionales que trabajan en el sistema público, especialmente de la justicia, de la sanidad, de la educación y de los servicios sociales»,

    nos dicen el colegio de psicologos de Navarra aqui:

    http://www.colpsinavarra.org/noticias/comunicado-del-colegio-de-psicologia-de-navarra-sobre-el-caso-de-la-manada

    Si, si , especialmente en la justicia dicen.
    No, no nombran a los politicos que son los aprueban las leyes que …… luego aplican los jueces.

    Asi lo cree , por ejemplo este juez:
    Emilio Calatayud Blog del Juez de Menores de Granada

    Las leyes las hacen los políticos y se cambian con democracia (las leyes y los políticos)

    Aqui: http://www.granadablogs.com/juezcalatayud/2017/08/las-leyes-las-hacen-los-politicos-y-se-cambian-con-democracia-las-leyes-y-los-politicos/

    El colegio de psicologos de Navarra nos da una gran leccion de …. ignorancia?.
    No solo hay opinantes -como yo – sin mucha carrera. Pero es que los de carrera ……. hacen comunicados influyentes que se publican. En Navarra no me sorprende que esten descolocados.

    Gracias por tu blog que esta siendo de los mas nombrados sobre el tema y perdon por no ser habitual.

  3. Avatar de Desconocido
    Anónimo

    Excelso análisis de nuestro funcionamiento de la justicia pero sobre todo de nuestra sociedad actual, que día tras día se va desprendiendo de valores esenciales que nos hacen vivir en paz y armonía. La libertad de la que gozamos es un gran regalo, disfrutemos de ella también con responsabilidad.

  4. Avatar de igortrek

    Estimado J.R.:
    No estaba seguro de si meterme en un asunto que no es de mi incumbencia directa (yo me dedico al c-a y civil); pero creo que, como a tí, la situación que están viviendo los jueces de la Audiencia de Navarra me preocupa.
    Me preocupa porque se daba por sentado que los acusados eran culpables antes de juzgarles. Me preocupa porque cuando el fallo no coincide con lo «prejuzgado», se dé por sentado que los jueces son fachas, carcas, etc. Me preocupa porque el proximo juicio que reciban unos acusados en parecidas circunstancias, los mismos puedan verse condenados antes de que se celebre el juicio, debido a la presión popular.
    Yo no sé si son culpables o no, yo no he visto el juicio, no he estado en los interrogatorios, no he visto las grabaciones, y no he tenido que tomar la decisión. Lo que tengo claro es que hacer juicios sin conocer los hechos es fácil, está al alcance hasta de un político, pues basta con inventarse los hechos para llegar a las conclusiones que se quiere. Lo que ya no lo es tanto, es cuando se tiene la responsabilidad de valorar unos hechos que sucedieron en el pasado, cuyos vestigios, restos y alusiones es lo que ha de valorarse, y de ello depende que se destruya la vida de una persona o no (no otra cosa es meter 8 años o 22 en la cárcel a alguien).
    Y, en razón a tus consideraciones sobre hacer normas sobre la marcha, me gustaría recordar este pasaje de «Alicia en el país de las maravillas» (CARROLL, Lewis, Cap. 12 La declaración de Alicia, p. 187, Alianza Ed, 1984), que creo que ejemplifica muy bien la situación que describes:
    “En este momento el Rey, que había estado muy ocupado escribiendo apretadamente en su libreta de notas, exclamó: «¡Silencio!», y leyó a continuación lo que acababa de anotar: «Regla Número Cuarenta y Dos. Todas las personas que midan más de una milla de altura habrán de abandonar la Sala.»
    Todos miraron a Alicia.
    «Pero ¡Si yo no mido una milla de altura!», dijo Alicia.
    «¡Ciertamente que sí!», declaró el Rey.
    «Casi dos millas», añadió la Reina.
    «Pues lo que es yo, no me marcharé en ningún caso», anunció Alicia; «además, esa regla no vale porque se la acaba de inventar usted».
    «Es la regla más antigua de todo el libro», aseguró el Rey.
    «Entonces sería la primera y no la cuarenta y dos», acusó Alicia.
    El Rey palideció al oír esto y cerró rápidamente su libreta.”
    Como siempre, un saludo y muchas gracias

  5. Avatar de cosmicom
    cosmicom

    El caso se podría estudiar en Derecho como ejemplo de «Derecho penal de autor»; son unos simios y unos brutos, que han actuado de forma descaradamente machista, ergo son violadores

    • Avatar de cosmicom
      cosmicom

      Pero por muy simiescos que sean, las circunstancias hacen evidente, a mi entender, que no cometieron violación. Salen a la calle a continuar la «fiesta», y se quedan por Navarra con total tranquilidad, sin intentar huir de la justicia. Uno de ellos es guardia civil, así que, aunque hubiera violado a la pobre chica, habría después tomado conciencia de la gravedad de la situación, que no pasó así.

  6. Avatar de Alfon Atela
    Alfon Atela

    Me llama poderosamente la atención que hayan sido condenados por un delito del que nunca fueron acusados: abusos sexuales del 181 (capítulo II del Título VIII), cuando nadie acusó de eso sino de agresión sexual del capítulo I del mismo título. A mi juicio eso hace tambalear la condena.
    Me extraña además que jueces tan avezados no sepan que eso no creo que tenga ni medio pase, ni en el TS ni en el TC.
    En fin, que aun hay mucho recorrido jurídico en el caso para la defensa. Quizá sea esa la grandeza de un sistema garantista, por mucho que se nos revuelvan las entrañas.

    • Avatar de Alfon Atela
      Alfon Atela

      Rectifico mi comentario anterior, erróneo por no estar al día en detalles jurídico-penales y por no leer bien la sentencia en sus detalles.
      La sentencia justifica suficientemente la condena por delito del que no se ha acusado. Lo hace en base a la doctrina jurisprudencial de la homogeneidad delictual descendente (que yo desconocía absolutamente), al folio 110 y siguientes con cita de recientes sentencias del TS 2ª. Interesantísimo.
      Por tanto al menos para el TS será correcto.
      Mis disculpas a todos por mi comentario errado anterior. Por lo que no puedo disculparme es por salirme de la tónica de comentarios «emotivos» y meterme en cuestiones jurídicas. Creo que es el fundamento del blog.
      Sevach, qué decirte. Me haces aprender cosas importantes de derecho penal. Cómo darte las gracias.

      • Avatar de Antoni
        Antoni

        Alfon, permítame que discrepe de la rectificación de su comentario.
        Como bien dice el magistrado González, se ha quebrantado el principio acusatorio. Las defensas no se articularon en contra del abuso sexual sino contra el delito de agresión sexual. No me parece necesario en este foro explicar las implicaciones, la defensa se articuló contra determinado delito y se condena por otro, aunque sea del mismo capítulo.
        Sólo por esta afectación al derecho constitucional a un proceso con todas las garantías, ya vaticino una absolución plena de todos los condenados. Y hay muchos más óbices, jurídicos claro, a la condena finalmente impuesta.
        Eso sí el TS no hace otro «encaje de bolillos» como el que, en mi opinión, hace la sentencia mayoritaria, y aun así, la que les ha caído.
        Un apunte más: tanto el Ministerio Fiscal como las dos acusaciones tuvieron la oportunidad de plantear, fuera alternativa o subsidiariamente, la comisión del delito «homogéneo – descendente» de abuso con prevalimiento, y no lo hicieron, ninguna de ellas, ni en el escrito de acusación ni en las conclusiones provisionales ni en las definitivas. Por qué no lo hicieron yo no puedo responderlo (tal vez ellos sí deberían), la cuestión es que los dos magistrados que rubrican la sentencia mayoritaria no pueden arrogarse esta función.
        Dicho esto en clave jurídica, me reservo mi opinión sobre la catadura moral de los acusados, que NO es lo que se estaba enjuiciando.

  7. Avatar de Miguel
    Miguel

    Como siempre, una opinión muy interesante y fundada.
    Creo que el camino al que nos llevan no es el adecuado, los medios de comunicación, los políticos, asociaciones de jueces…, todos se lanzan a vilipendiar al disidente.
    Pero este disidente no es un iluminado, no es un loco, es un magistrado que ha hecho su labor, ojala todos hiciesen lo mismo. Cuando lo fácil hubiese sido pasar desapercibido, este señor se ha trabajado un voto particular encomiable, a sabiendas de lo que esto le supondría, ha documentado su posición y se la ha justificado en 336 páginas, ¿muchas? las necesarias según su y mi criterio.
    Se puede estar o no de acuerdo con la sentencia, pero esta en sí pone de manifiesto un detalle que no parece querer ser tenido en cuenta: ¿que hay por encima de la presunción de inocencia? ¿en qué lugar ha quedado en este país la máxima «in dubio pro reo»?. Lo que parece meridianamente claro, dadas los innumerables comentarios y posiciones divididas, es que hay dudas razonables acerca de la participación voluntaria o no de la demandante, de la afectación del grado de alcohol en el raciocinio de los 6, de todo.
    Yo no he visto los videos, ni las fotografías, ni he oído a los testigos, acusados o demandante, pero he leído sus intervenciones, y puedo afirmar que, en mi humilde opinión, la culpabilidad no se ha demostrado más allá de cualquier duda, hay infinidad de detalles que hacen posible la connivencia de todos los participantes, por lo que, en caso de duda, la prisión a los 5 encausados no parece justicia de juzgado y sí justicia callejera.
    Las diferentes apelaciones dejarán otro reguero de comentarios, pero no debería de sorprendernos que un tribunal pudiera modificar esta sentencia.
    No es no, está claro y lo defiendo con uñas y dientes, ¿pero es suficiente la palabra de una persona para destrozar la credibilidad y la presunción de inocencia de 5?

  8. Avatar de Otro anonimo
    Otro anonimo

    Todo lo que he oído estos días me produce una profunda tristeza y desazón. Hemos luchado tanto por el Estado de Derecho en el que vivimos como para tirarlo todo por tierra en un momento… El derecho de defensa y el principio de presunción de inocencia y el respeto a las sentencias dictadas por los jueces, profesionales e independientes, son pilares básicos de nuestra democracia. Críticamos comportamientos totalitarios y dictatoriales de otros países y no nos diferenciamos tanto. Y que la turba opinine y se manifieste sin conocimiento alguno pidiendo lapidar a los acusados, dado que ninguna otra sentencia que la ya dictada en plaza pública les habría servido, no me extraña tanto visto el nivel general…..pero que lo hagan políticos e ilustres hombres y mujeres de nuestra sociedad que crean opinión con sus manifestaciones, me causa perplejidad y sonrojo. ESO SI ME DA VERGUENZA Y NO LA SENTENCIA. El derecho a la libre expresión ha vulnerado a mi juicio todos los límites desde hace tiempo.
    Juzgar no es fácil, no lo es en el ámbito contencioso en el que trabajamos la mayoría de los lectores de este foro, y mucho menos lo es en la jurisdiccion penal. Los jueces son humanos, los hay mejores y peores, no todos piensan igual y hasta el mas insigne jurista puede equivocarse…esto no son matematicas… se pueden confundir pero para eso estan los recursos. No he leido la sentencia pero no faltan argumentos de que esta fundada; en todo caso la discrepancia con la misma debe hacerse valer por medio de recursos. Distinguir entre prevalimiento, intimidación o violencia es una cuestión jurídica que presumo compleja y que no está al alcance de la mayoría de los que gratuitamente han opinado. Yo no me atrevo. Vulnerar la libertad sexual de una mujer tiene matices, como los tiene matar y tantos otros delitos. No puede olvidarse que la sentencia considera la versión de la víctima y condena a 9 años a los acusados, que son unos animales salvajes de nula moral, pero la sociedad, mediatizada por los medios de masas, no ha estado a la altura.
    Comparto íntegramente su opinión Sr. Cnaves y no soy juez, así que no será por corporativismo. En este país en lo que hay que trabajar e invertir es en educación y en respeto y mal lo hemos hecho estos días. Mal ejemplo le estamos dando a nuestros hijos.

  9. Avatar de Ganapán
    Ganapán

    Aún no he acabado de leer el texto completo de la sentencia, estaré próximo al folio 300. Jamás había leído la motivación de un voto tan radicalmente disidente. Para mi sorpresa, pone argumentalmente en cuestión las conclusiones alcanzadas por sus mayoritarios compañeros, en el crucial escenario de la insuficiencia probatoria. Refleja muy sutiles y significativas diferencias al contraponer los términos de las iniciales declaraciones de la denunciante, ante la policía y ante el juzgado de instrucción, con las posteriores manifestaciones ante el tribunal. Pudiera ocurrir que finalmente no se trate siquiera de un episodio delictivo sino de una promiscua «trastienda» magnificada por ingredientes socialmente muy indigestos.

  10. Avatar de Luis

    Me viene estas reflexiones: conducir un coche borracho es un acto punible. Y, conducirse uno borracho por la vida…, en las calles y en las aceras no lo es. Pero los comas etílicos cuestan mucho dinero a la SS, y algunas borracheras grupales, como la de estos sevillanos, ponen patas arriba a un poder judicial y crean una alarma social evidente… Por eso creo que estamos ante una desproporción de trato.
    Mi otra reflexión se refiere al sistema educativo andaluz, en las misma manos desde que estos jóvenes entraron en la guardería hasta que salieron por última vez por la puerta del aula educativa…
    Y la última reflexión que se refiere a los jueces. Cualquiera de esos tipos podría ser una autoridad, basta con que le voten, de hecho uno era agente de la autoridad. Es un error la actitud cuasi reverencial con que la Justicia, muchas veces, atiende y aprecia los actos de cualquier autoridad por el hecho de serlo. Basta con el debido respeto, pero no el indebido tirando a lo alto, que queda reservado al Sumo Hacedor.

  11. Avatar de jose luis rodriguez perez
    jose luis rodriguez perez

    Ayer publique la primera parte , hoy os dejo la segunda y final. espero que cada uno saque sus conclusiones.LA MANADA II: LA MASTURBACION COMO ELEMENTO DE SEGURIDAD DE LAS MUJERES
    Lamento tener que continuar con el asunto y ello porque la irracionalidad sigue imperando en algunos sectores de la sociedad, los cuales, queriendo o sin querer, confunden los sentimiento y las emociones de asco que le producen los hechos acaecidos con el sagrado fin de impartir justicia. Yo pido que dejemos la parte emocional a un lado y con frialdad les ruego me contesten a las siguientes preguntas. Se de antemano que cuestionar la versión de la presunta víctima no va con la marea imperante, pero como hombre perteneciente al género masculino no estoy dispuesto a tolerar que se nos considere “máquinas de picar carne femenina” y mucho menos herramientas de violación. No por lo menos en mi nombre.
    ¿A Uds. les parece normal que alguien que conoce a 5 chicos a las 2.30 de la Madrugada se vaya con ellos 15 minutos más tarde, tranquilamente durante casi 600 m hasta llegar al portal de los hechos y que justifique su entrada al mismo, diciendo que no hubo fuerza alguna, con el pretexto de que pensaba que iban a fumar un porro?, ¿ es que está prohibido en Pamplona fumar porros en cualquier sitio como para tener que ir a buscar un lugar tan alejado?,¿no valía cualquier otro lugar más cerca? ¿Sabían Uds. que la presunta víctima en los instantes previos a entrar en el portal se estaba “morreando” con uno de los que la iba a violar después?, ¿Les parece a Uds. normal que después de sufrir el monstruoso ataque que dice su primera reacción, a la pareja que acude junto a ella, sea mencionar que lo que le preocupaba es que le quitaron el móvil para llamar al amigo con el que vino a Pamplona y sólo al cabo de un rato empieza a hablar de la agresión cuando es preguntada y contestando con monosílabos?. ¿Saben Uds. que después de las primeras diligencias es llevada junto a dicho amigo y cuando éste le pregunta cómo está no le diga nada de la agresión sufrida a pesar de manifestar que quería llamar al amigo para contarle lo que le había pasado, para limitarse a decir “ nada no te ralles”? ¿ Les parece a Uds. normal que en el acto del juicio cuando es preguntada qué siente respecto a sus agresores manifieste “nada en especial. No los conozco de nada…..para mí como cualquier persona de la calle (sic). Sorprendente.
    El problema es el diferente análisis que hacen los jueces de las grabaciones. Deberían sacarlas a la luz pública para que todos pudiéramos interpretarlas. Pero eso no es posible. Todos sabemos cómo funciona el sexo entre adultos y me pregunto ¿cómo tres magistrados pueden ver una cosa y la contraria? Les pongo un ejemplo. La sentencia mayoritaria dice que se ve que la víctima tiene la cara tapada por las nalgas de uno de los acusados y está sujetándose en las piernas del mismo y el otro juez diga que lo que se ve, sin ningún género de dudas, es un “Beso Negro” que le está practicando la victima a uno de los hombres. ¿Cómo es posible que un magistrado hable de gemidos de contenido sexual y los otros de gritos de dolor? ¿Cómo puede ser que hable que la víctima acomoda su pelvis con movimientos acompasados en una penetración trasera con uno de los acusados y los otros no vean nada?, ¿Cómo es posible que estando paralizada y suponemos que rígida y tensa y existiendo una primera penetración anal, los médicos digan que no se observa ninguna huella de violencia ni en la zona anal ni en ninguna parte del cuerpo de la víctima? Si ha habido lo que se dice algo no cuadra.
    Para finalizar hay un hecho que descentra todo. En la imágenes se observa como la mujer está practicando varias felaciones con movimientos masturbatorios de la mano. ¿Saben Uds. que dijo la sentencia condenatoria sobre esto y para seguir manteniendo y justificando la actitud pasiva de la presunta víctima?. Se lo transcribo literalmente (sic) “Que afirmen que cuando la denunciante toma el pene de uno de los acusados y realiza movimientos masturbatorios sobre el mismo, quizás ocurrió que lo hiciera PARA NO PERDER EL EQUILIBRIO Y EVITAR CAERSE” es tan grotesco que hace innecesario abundar en su consideración”. Pero ¿por quién nos quieren tomar?
    Termino diciendo que esta Sentencia será revocada y el daño que va a ocasionar a las mujeres realmente vejadas y agredidas será incalculable y veremos qué dirán los que ahora salen a la calle pidiendo la horca para los acusados, cual época primitiva. Ya saben señoras… siempre puede haber un pene a mano para no perder el equilibrio.

    • Avatar de LUIS XIV
      LUIS XIV

      Muy bien resumido, totalmente de acuerdo. Y, ojo, que la posibilidad de vulneración del principio acusatorio que expone el magistrado en su voto particular no es nada descabellada. Con un «copia y pega» la defensa tiene medio recurso redactado…

      Aprovecho también este comentario a la entrada de José Luis Rguez Pérez (…) para darle las gracias a Vd., Sr. Chaves, por todos los artículos con los que nos ilustra tan a menudo.

      • Avatar de JR Chaves

        Gracias, José Luis. Cuando leí el voto particular, extenso y denso ( ya veremos si convincente para el Supremo, pues lo que es innegable es que está trabajadísimo), pensé exactamente lo mismo que usted: «Lo tiene fácil la defensa con «cortar y pegar». Cierto. Un cordial saludo

  12. Avatar de José Luis
    José Luis

    He leído los pasajes de la sentencia que Vd. cita y es como dice, las versiones de la sentencia y del voto particular son totalmente incompatibles, de manera que sin ver las imágenes resulta imposible opinar, aunque parece más lógica la última.
    En todo caso, el que quiera practicar sexo en grupo con una desconocida, que le pregunte cuando se encuentre en plenitud de facultades y si es posible, que le firme el consentimiento por escrito. Así se evitará problemas. Eso, o ir a un puticlub y gastarse el dinero.
    Ya veremos en qué queda.

    • Avatar de Paco.

      La mujer siempre podrá alegar que firmó obligada, y aunque lo haga ante una cámara, siempre habrá quien diga que fue a buscar un bolígrafo al bar porque estaba en estado shock.

  13. Avatar de Santamaria Paredes
    Santamaria Paredes

    Antes de que se acabe la actividad de este noticia, déjeme Sr. Chaves felicitarle por su independencia de juicio. Si llego a la carrera judicial en lo contencioso-administrativo, le tengo por referente.

  14. Avatar de Laura Donis

    Hola, soy Laura. Soy nueva en el mundo de blog. He iniciado escribiendo este tema que ha causado tanta indignación. Me gustaría que echéis un vistazo a mi blog
    https://ldnew685979342.wordpress.com/2018/05/02/audios-de-la-manada-antes-y-despues-de-agredir-sexualmente-a-su-victima/

    https://ldnew685979342.wordpress.com/2018/04/30/justa-la-condena-de-la-manada/

  15. Avatar de Paco.

    Veo que los detractores de la sentencia, por ser firmes defensores de la violación, siguen creyendo en lo que dicen los medios de comunicación y los memes de las redes sociales («no es no» ¿Y la falta de no también es no? ¿Y si dice que sí, pero alega que también estaba coaccionada? ¿Todo es no hasta que se demuestre lo contrario?). Con una sociedad tan borrega, como para dejar la justicia en manos de la turba.
    La cosa se no está yendo de las manos. Los medios, los políticos y las asociaciones «feministas» están creando un estado de histeria colectiva, una victimización desmesurada para llevar lo que debería estar en el terreno de la razón, al terreno de las entrañas. Tal y como se hacía en la Edad Media. Se están cargando la sociedad y todo por motivos políticos, ideológicos y sobre todo económicos.
    Señores, aquí no está en juego la libertad de los 5 acusados, que también, sino la presunción de inocencia. Haya ocurrido o no lo que dice la chica, en cualquiera de sus versiones, si no hay prueba contundente y definitiva, no se puede condenar a nada.
    Si uno lee el voto particular, se da cuenta de que no son simples apreciaciones. Es que desmonta, sin que se le pueda poner un pero, la versión mayoritaria de la sala.
    Eso lo entiende el autor de este blog, pero aún así, califica de «despreciable acto» y llama «canallas que consideran que todo vale». Sigue negando la posibilidad de que la chica haya denunciado, cuando menos, temerariamente. Sigue sin ver que pudo ser un acto hablado, buscado consentido entre 6 adultos. Sórdido, desagradable y contrario a la moral de más de uno, entre los que me incluyo, pero consentido. Y a tenor de lo manifestado por los jueces, las pruebas se podrían haber usado en un sentido o en otro.
    ¿Nadie se ha planteado que la chica contó lo sucedido por explicar el robo del móvil, y que la hayan animado a denunciar lo que no existió? ¿Es posible que la chica empezara de buena gana y posteriormente dejara de estar cómoda, pero no lo dijo? ¿Caben o no caben esas explicaciones en base a lo que conocemos? Si caben esas posibilidades, u otras similares, es que no es seguro que haya habido delito sexual. Y ante la duda, pro reo. Al menos, es lo que querría para mi.
    Eso por no entrar en el hecho de que ¿son juzgados por un delito, y condenados por otro distinto?

    • Avatar de Alfon Atela
      Alfon Atela

      Paco, en primer lugar de acuerdo en que están en juego las cosas que dices, pero curiosamente te has dejado en el tintero la integridad física y moral de una mujer, su libertad sexual y su honor, que por algún motivo omites, estoy seguro de que por olvido, no porque no te importe.

      En segundo lugar, incluso aunque pueda estarse de acuerdo contigo (faltaba más) en la parte penal, eso no es contradictorio con llamar cañallas a esos tipos ni calificar el acto de despreciable porque no tiene nada que ver con el aspecto penal, y te lo explico.
      En lo que todos estaban de acuerdo (acusados y denunciante) es en que esa muchacha estaba ebria (borracha, en mayor o menor medida) y tu aun te preguntas si no es posible que haya consentido. No sé si eres abogado, pero aun si no lo fueras ¿qué te dice el sentido común?: ¿desde un punto de vista civil será válido el consentimiento dado en un contrato, en el matrimonio, etc….. de forma tan expresa como clara pero por una persona borracha, o estará viciado?. Te lo digo de otra forma. ¿Serías tu capaz de intentar aprovecharte de una mujer borracha para tener sexo con ella aunque consienta en esas condiciones?. Sé tu respuesta sin que me la digas, y por eso te digo que en la parte no penal de eso es de lo que hablamos, Paco. Eso es lo que fueron a hacer los de la manada a San Fermín, y lo dijeron por las redes antes de ir incluso. Esto no es suficiente para condenarle penalmente (para eso el tipo penal exige más al parecer), pero para mi es más que sobrado para llamarles no solo cañallas, sino unas cuántas cosas más que te imaginas y me guardo porque no vienen a cuento en un blog educado como este y porque sus madres seguro que son unas santas.

      En tercer lugar la cuestión de la condena por delito del que no se les acusa está magistralmente explicado en base a la doctrina jurisprudencial de la homogeneidad delictual descendente, al folio 110 y siguientes con cita de recientes sentencias del TS 2ª.

      Por último, estoy seguro de que tienes mujeres junto a ti, hijas, novia, esposa o madre. Pregúntales por el aspecto sexual y descubrirás, quizá sorprendido, que es IMPOSIBLE, ABSOLUTAMENTE IMPOSIBLE, que una mujer normal disfrute con el sexo de esa forma. IM-PO-SI-BLE. En ese aspecto no tienen nada que ver con lo nuestro, Paco, nada de nada. Y en esas condiciones, fuera de un lupanar nadie consiente.

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  17. Avatar de Ganapán
    Ganapán

    Paco, aunque en esencia estoy de acuerdo con Ud., creo que la transición descendente entre los delitos de violación (le llamaré así para aproximarme a la terminología común) y abuso sexual está medianamente bien salvada por el tribunal al imponer pena por este último delito, por mucha literatura jurídica que ello genere en torno al principio acusatorio; pareciéndome que el nudo gordiano residirá en aquilatar los elementos de prueba que venzan la presunción de inocencia [sé que para los verdaderos especialistas he dicho una mera obviedad] en la perspectiva de que se tratara de un crudo episodio sexual plenamente consentido entre seis adultos. En cuanto a la calificación de ‘despreciable acto’, a mí también me lo parece, ya que incluso sin especiales anteojeras morales, esa conjunción de promiscua libidinosidad con selectivo e hipócrita puritanismo, tan caro al mundo pijiprogre, para mí resulta muy despreciable.

  18. Avatar de José Luis
    José Luis

    Podía haber sido de todas las maneras que Vd. dice, no disponemos de toda la información. Supongo que Vd. tampoco, por lo que las suyas son suposiciones y, en mi modesta opinión, cae en el mismo error que le achaca al autor del blog.
    Según parece, dichas conversaciones previas no debieron existir, pues, por ejemplo y siguiendo con la hipótesis de que hubiera sido así, lo más probable es que los investigados lo hubieran grabado con sus teléfonos y lo hubiesen compartido en las redes como hicieron con las escenas de sexo y es costumbre en la gente que actúa así (basta con mirar en internet), aunque es cierto que también hay videos que simulan relaciones con violencia (tienen su público) y a veces resulta muy difícil distinguir la realidad de la ficción (no parece que este último sea el caso).
    Aquí el problema es que este tipo de relaciones se percibe como un tabú (quizá no sin razón) y nadie en su sano juicio entiende que una mujer en pleno uso de sus facultades mentales vaya a desear mantener relaciones sexuales con un grupo de varones y en las modalidades descritas (para algunos, aberrantes), no parece probable, aunque existe, por ejemplo, el cine X y las que participan en las filmaciones se entiende que lo hacen voluntariamente, o quizá haya que empezar a investigar por ahí. Pobres de los jueces, menuda indigestión de cine porno.
    Es curioso el tema de la moral sexual feminista, lo que está bien o está mal depende de lo que decidan a cada momento dichas asociaciones y, lo que es más importante: Deciden lo que pasó o dejó de pasar.

  19. Avatar de Paracetamol

    Uff! ¡He echado una ojeada a los comentarios y la cosa está que arde! Yo, ajeno al mundo del Derecho, indignado con la sentencia, con los miembros de la Manada, etc., me apunto a la persona que dijo que este blog es un regalo. Yo pediría un poco de respeto al autor del blog y de esta entrada, que me gustaría saber si es la que más comentarios ha desatado. Si le pediría al autor, José Ramón o Sevach -perdón si hay el exceso de confianza- que le parece el hecho de que haya un guardia civil y un militar, como ha apuntado antes otra persona; y si eso está valorado en le sentencia.

  20. Avatar de Enrique
    Enrique

    Son demasiados votos particulares en demasiadas sentencias, no solo ésta. Y es un claro indicador de por qué el estado de derecho no funciona bien. Quizás ya va siendo hora de que algunas organizaciones de jueces vayan aireando dentro y fuera de España la porquería de textos legales que tienen que interpretar, lidiando con la desidia, cuando no mala fe o temeridad con que se redactan.

    Cuando dos y dos son cuatro y así queda escrito, proclamado y ratificado, creanme que es realmente difícil que un voto particular diga tres o cinco, y casi imposible que los sucesivos estamentos judiciales vayan cambiando el resultado desde primera instancia hasta Estrasburgo.

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