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Convocados los Premios Blogs de Oro Jurídico 2019

PREMIOS BLOGS DE ORO JURÍDICO 2019

Para reconocer el gran trabajo realizado por los blogueros jurídicos, el grupo Globoversia, comunidad de intereses culturales no lucrativos, y la Fundación FIASEP (Fundación para Formación e Investigación en Auditoría del Sector Público), con el patrocinio de la Editorial Amarante, convocan los Premios Blogs de Oro Jurídico 2019, con arreglo a las siguientes bases de la convocatoria.

 

Pasen, vean y… participen…

BASES

PRIMERA.- GALARDONES

Se convocan los Premios Blogs de Oro Jurídico 2019 en las siguientes modalidades:

I) Blog más influyente 2019 (BI). Se valorará el rigor, utilidad, aportación de valor y prestigio del blog en la comunidad jurídica (el fondo).

II) Blog más original 2019 (BO). Se evaluará el diseño, la creatividad y originalidad de la comunicación jurídica así como el planteamiento informativo (la forma).

III) Blog más popular 2019 (BA). Se valorará su difusión, amenidad y calidez (el impacto).

Asimismo se otorgará el Premio a la Excelencia Expositiva (PEE), al artículo de cualquier blog jurídico publicado en el año 2019. Se valorará el análisis de la situación o cuestión jurídica, el interés del caso y la amenidad del enfoque, rigor o utilidad.

Se entenderá que son blogs o artículos de temática jurídica, los que abordan el Derecho en sentido amplio, tanto en sus ramas pública y privada, como abarcando la perspectiva del fenómeno jurídico desde la historia, filosofía, tecnología o sociología u otra disciplina análoga.

SEGUNDA.- ORGANIZACIÓN

2.1 La organización del certamen corre a cargo del Grupo Globoversia, formado por José Ramón Chaves García, doctor en derecho y magistrado; Antonio Arias Rodríguez, doctor en derecho y economista; Miguel Ángel Cabezas de Herrera Pérez, presidente de FIASEP y experto en cuentas públicas; Juan Manuel del Valle, abogado y artista; Ana Caro Muñoz, gerente de universidad pública y poeta; Francisco José Ojuelos Gómez, abogado y escritor; y José Adserias, farmacéutico y experto en TICs así como Félix Lasheras Mayo, historiador y humanista. La presidencia del Grupo recae en José Ramón Chaves García, sin que ningún miembro de la organización perciba remuneración alguna por esta labor.

2.2 Se cuenta con el patrocinio de la Editorial Amarante.

TERCERA.- BLOGS ADMISIBLES PARA SER VOTADOS

Sólo tendrán la consideración de Blog para ser votados aquéllos que sean blogs autónomos o los que estén formalmente incorporados a páginas webs de entidades privadas o públicas, empresas, bufetes o grupos, siempre que éstos cuenten con un bloque o apartado dedicado específicamente a postear y sea formalmente etiquetado dentro de la página web como “blog” o término equivalente.

CUARTA.- PLAZO DE VOTACIÓN

Los votos deberán emitirse individualmente mediante su envío al correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde las 9:30 horas del día 23 de Diciembre de 2019 hasta la medianoche del 5 de enero de 2020 ( en virtud de la ampliación acordada). Votar es rápido, gratis y no requiere registrarse.

QUINTA.- QUIENES PUEDEN SER VOTANTES

5.1 Votación para los mejores Blogs.

Los votos para el Blog más influyente (BI), el Blog más original (BO), y el Blog más popular (BA) podrán emitirse exclusivamente por las personas físicas titulares, autores o responsables de contenidos de un blog o página Web en lengua española, cuyo contenidos sean eminentemente jurídicos.

Por blogs o páginas webs de contenido jurídico, cuyos responsables o autores podrán votar en esta modalidad, se entenderán: páginas webs de bufetes o empresas de servicios jurídicos, foros jurídicos, plataformas o paginas webs personales con difusión de temas jurídicos, bitácoras jurídicas, etcétera. Basta con que a la fecha de emisión del voto sean webs o blogs que estén activos y accesibles en Internet con contenido jurídico.

Estos votos se emitirán al correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com indicando los siguientes datos:

  • Nombre de pila del votante (sin apellido, DNI ni ningún otro dato personal identificativo)
  • Página Web o Blog de cuyos contenidos son responsables, señalando la dirección principal de su URL (Uniform Resource Locator, es decir, su Localizador Uniforme de Recursos) en Internet.
  • Sentido de los votos que emite para cada modalidad (BI, BO o BA) mediante la indicación del dominio de sus candidaturas (dirección en Internet o URL).

Se entenderá que quien vota asume que actúa en calidad de responsable o representante del citado blog o webmaster.

Cada votante podrá formular un máximo de tres votos por cada una de las tres modalidades (incluso podrá dedicar un voto de cada modalidad a su propio blog). Una vez emitido el voto no podrá cambiarse ni revocarse.

5.2 De igual manera, los mismos votantes idóneos para votar por los mejores Blogs podrán votar y añadir el voto en la modalidad de votación de Artículo de excelencia, en el mismo correo electrónico.

5.3 Votación para el mejor post (PEE)

Para votar al Premio a la Excelencia Expositiva (PEE), destinado a premiar al artículo de cualquier blog jurídico publicado en el año 2019, lo podrá hacer cualquier persona física mayor de edad enviando su voto por correo electrónico (sin indicar nombre ni apellidos, ni DNI ni cualquier otro dato identificativo personal) y transcribiendo con exactitud hasta un máximo de tres enlaces o URL de artículos o post a los que otorga su voto.

Queda prohibido para los participantes votar más de una vez ni usar otras cuentas de correo electrónico para volver a votar adicionalmente, apelando a la seriedad y buena fe de los votantes. No obstante, los segundos y adicionales votos que sean detectados como duplicados del mismo votante o los que se aprecie resultan fruto de manipulaciones no serán computados.

SEXTA.- VERIFICACIÓN Y RECUENTO

6.1 Las duplicidades, errores y, en general la verificación de la idoneidad y exactitud de los votos, la existencia y actualidad de webs y post votados, así como la labor final de contabilidad y certificación de los resultados de las votaciones, será acometida por el Escribano Sr. Félix Lasheras Mayo, quien atenderá las consultas formuladas a través del correo electrónico: escribanoquevedo@gmail.com. Ninguno de los miembros del Grupo Globoversia o del Jurado podrá votar ni ser votado en sus webs, blogs o post, por lo que no se computarán los que recaigan sobre ellos.

6.2 Las posibles dudas, controversias, control de abusos, fraudes o similares las resolverá el Grupo Globoversia.

SÉPTIMA.- PROCLAMACIÓN DE GALARDONADOS

7.1 Ni el blog delajusticia.com ni fiscalizacion.es ni los post de los mismos, ni ninguna web de miembros del Grupo Glogoversia, podrán ser objeto de votación ni recibir galardones en este certamen.

7.2 En caso de empate en los votos otorgados en cualquiera de las modalidades premiadas será el Grupo Globoversia quien decidirá el galardonado, motivando previa deliberación su mayor mérito. Un mismo blog no podrá obtener más de un Premio, optándose en hipótesis de concurrencia de resultados, por adjudicarle la modalidad en que obtenga mayor número de votos.

7.3 Serán premiados los Blogs que obtengan el mayor número de votos válidos en cada modalidad (BI, BO y BA). El artículo al Premio de Excelencia será el que adjudique el Grupo Globoversia, actuando como Jurado, mediante deliberación entre los diez post que resulten más votados. El Jurado motivará su elección y podrá añadir hasta dos Accésit o finalistas.

7.4. Una vez determinados los blogs (bitácoras) y post (artículos) merecedores de los premios, el Sr. Escribano contactará a través de las web o blog para determinar la identidad del responsable galardonado y recibir su conformidad para poder proclamarle con el premio correspondiente a su modalidad. Para el supuesto de resultar inaccesible su identidad, o de no prestar el responsable su conformidad, se entenderá que renuncia y se otorgará al siguiente en reserva según determine el Grupo Globoversia.

7.5 El Grupo Globoversia, a propuesta del Escribano o mediante la deliberación necesaria, efectuará la proclamación formal de galardonados.

7.6 Los premios se harán públicos el día 6 de enero, día de Reyes Magos, del año 2020, a través de los blogs delajusticia.com y fiscalizacion.es, así como de la web institucional de FIASEP y de la Editorial Amarante, así como por cualquier otro medio que se pudiera considerar idóneo.

7.7 Se elaborará un ranking de los mejores Blogs jurídicos 2019 con los 15 primeros blogs que resulten con mayor número de votos absoluto, sumando los obtenidos por las tres categorías.

OCTAVA.- PREMIOS

8.1 Los Premios consistirán, para cada modalidad en:

  • Una estatuilla representativa de valores culturales con mención del premio y cita de aforismo jurídico.
  • Un Diploma acreditativo del reconocimiento.
  • Una Tarjeta Amarante Black Edition por un total de 200€ cada una. Con el siguiente funcionamiento: pueden gastar un mínimo de 100€ en libros y la diferencia hasta 200€ en libros o cualquiera de los otros productos. Comercial: https://amarante.es/Tarjeta-Black-Edition-Amarante-Store-p163784370
  • Derecho de opción para que sea publicada una obra jurídica a través de Editorial Amarante, que revista actualidad jurídica y cuya autoría recaiga en el responsable del servicio galardonado, siempre que cuente con un máximo de 350 páginas de contenido y se ajuste a un estándar mínimo de racionalidad y calidad, y que deberá ser aportada de forma íntegra e idónea antes del 1 de Julio de 2020, salvo autorización de prórroga por la Editorial Amarante. Colección de Ensayos: https://editorialamarante.es/libros/ensayo?type=impreso

8.2 Los accésit, si los hubiere, solo tendrán derecho al Diploma acreditativo del reconocimiento y a asistir a la ceremonia de entrega.

8.3 Asimismo, el Grupo Globoversia seleccionará, bajo criterios de calidad, algunos post de los blogs premiados así como de los que el Jurado pueda determinar como accésit, serán publicados en formato libro por la Editorial Amarante, previo consentimiento expreso de sus autores.

NOVENA.- CEREMONIA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS

9.1 La entrega de los premios se efectuará al responsable de cada uno de los tres blogs premiados, así como al autor/es del enlace reconocido o persona física en la que deleguen, y en su caso, accésit o finalistas, en un evento que será anunciado oportunamente, en Oviedo o Salamanca o Madrid, según decida el Grupo Globoversia, con sus miembros, que tendrá lugar antes de 20 de febrero de 2020. De no asistir personalmente o por representación, el reconocimiento y galardón se mantendrá pero no los premios previstos en la base anterior.

9.2 Asimismo, las personas físicas galardonadas, participantes en la ceremonia de entrega y otros posibles eventos que se celebren por la Organización sobre los premios, autorizan el uso de su imagen para cualquier actividad informativa, divulgativa o promocional, incluidas redes sociales, en relación exclusivamente a los premios.

DÉCIMA.- INTERPRETACIÓN DE LA BASES

10.1 La participación en los Premios blogs de Oro Jurídicos supone la aceptación completa de las presentes Bases, que se publicarán en delajusticia.com y fiscalización.es

10.2 Las cuestiones y los demás asuntos que no estén considerados en estos premios y que no estén contemplados en las presentes Bases serán resueltos por el Jurado antes citado y en caso de planteársele alguna reclamación o conflicto es el único órgano capacitado para interpretar las presentes Bases. Sus decisiones serán ejecutivas e inapelables.

BASES PREMIOS BLOGS DE ORO JURÍDICO 2019 (descarga)

Y mas allá….

*** ANEXO I. Los blogs que pueden votarse o sus enlaces pueden ser de cualquiera que exista en la blogosfera, pudiendo a título orientativo indicarse los blogs incluidos en el Directorio temático de blogs, o de los blogs incluidos en la página de Notarios y Registradores.

***ANEXO II. Modelo u ejemplo de voto (orientativo, no preceptivo). Basta con su envío al correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde el correo electrónico del votante, realizado desde las 9:30 horas del día 23 de Diciembre de 2019 hasta las 23 horas y 59 minutos del día 5 de Enero de 2020.

PARA LOS VOTANTES DE BLOGS

  • Votante: (Solamente pueden votar titulares de blogs o webs jurídicas). Ejemplo de voto:
  • Nombre de pila: Juan
  • Web o blog del votante:  Justiciaseria.com (o  Bufetelex.es, etcétera).
    Votos:
    — Modalidad BI: delajusticia.com; perico.com; palotes.es
    — Modalidad BO: fiscalizacion.es; fulano.com; citano.com
    — Modalidad BA: Acalanda.com; Melchor.es; Gaspar.org
    — Voto. Artículo-post. (hasta tres): ej. El pensamiento incesante: https://vivoycoleando.com/2019/11/24/el-pensamiento-incesante/

PARA LOS VOTANTES DE ARTÍCULOS:

(Cualquier persona puede votar, sin indicar la identidad ni dato alguno del votante). Ejemplo de voto, hasta un máximo de tres enlaces:

¡¡ GRACIAS POR PARTICIPAR !!

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