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Libros de derecho administrativo para salvar de la quema

Hay libros jurídicos llamados a ser leídos y releídos. Otros a instalarse en una biblioteca a modo de soporte de los demás, o de soldado dispuesto a servir cuando se le reclame. Otros a ser vendidos al peso. Y la inmensa mayoría de los libros de derecho administrativo, heridos de muerte por la caducidad o derogación de las normas que estudian, están destinados al panteón de las librerías especializadas o a la fosa común de las librerías de ocasión.

Me preguntaba cual de esas obras era, a mi juicio, la mejor. Recordé la anécdota del eminente escultor griego Praxiteles le ofreció a la cortesana Friné, la escultura que eligiese de toda su obra, y ésta para saber la más valiosa, hizo que un esclavo entrase alertando del fuego en el taller del escultor; éste corrió gritando que se salvase su Cupido…y entonces Friné supo que esa escultura era la mejor y la eligió.

Así reflexionaba cuando me preguntaba qué libros me llevaría si súbitamente brotase un incendio doméstico en mi biblioteca, o si tuviese lugar un futuro donde fuesen peligrosos los libros jurídicos (especialmente prohibidos los relativos al control del poder, estilo Fahrenheit 451 -Ray Bradbury,1953). ¿Qué obras jurídicas salvaría de la quema, el naufragio u otra catástrofe?

No lo dudé. No me llevaría ninguno de los míos, pero sí llevaría estos tres, que en palabras de Giovanni Papini se «leen a mano armada», esto es, con un lápiz que subraya, anota al margen, y dibuja signos de exclamación o interrogantes. Y esas personales reseñas me permiten volver a recorrer sus páginas con celeridad. Como el autor italiano afirma de sus libros favoritos («Exposición personal», 1944)  actúo igual ante estos libros jurídicos, pues «los leo para alimentarme y los mastico bien, los rumio como el buey, los guardo para. las semanas de sequía, como el camello…se pueden leer desde cualquier página, aquéllos que exhalan aromas de inagotable sabiduría sólo al nombrarlos, sin necesidad de abrirlos, aquéllos, en fin, tan leídos, tan amados, tan familiares…»

Las Obras Selectas, de José Luis Villar Palasí (1922-2012). Ed.Iustel, 2022, publicado en el centenario del nacimiento del gran maestro, y que aglutina algunos trabajos extraordinarios, lúcidos, que abren la mente al administrativista. La obra consta de tres partes, una primera, referida a la Filosofía jurídica y teoría general del Derecho. La segunda a la “Actividad administrativa, fiscalidad y presupuesto público”, y la tercera, al “Derecho en la sociedad de la información y de las nuevas tecnologías”.

Aunque todos los trabajos son espléndidos ( y los estudios introductorios) confesaré que la primera parte me tiene embelesado. Ahí están los trabajos de títulos que saben a turrón: “El ocaso de los legistas”, “La interpretación en conexión:«nisi tota lege perspecta», “Una visión tópica de la tópica”, o “La contradicción de normas y hechos y la coherencia”. Son trabajos únicos, con el estilo riguroso del autor, que une sapiencia y destreza expresiva, que nos revela las razones del derecho y la sinrazón del legislador, que muestran el esqueleto y el músculo del ordenamiento jurídico (y la grasa), expone juicios imbatibles y muestra la conexión entre estructura y función emulando actualmente la finura y grandeza  con que Andrés Vesalio desveló la anatomía humana en el siglo XVI. Y todo expuesto con un lenguaje riquísimo salpicado de referencias de una cultura vasta y profunda, como adornada a su autor. Debería ser de lectura obligatoria para todo el que se considere profesional de las normas.

Es cierto que tampoco tiene desperdicio la tercera parte, pues demuestra una clarividencia hacia el advenimiento de las nuevas tecnologías que, curiosamente, reviste el paso del tiempo, al esbozar los problemas de la informática y la telemática.

Los «40 años de Derecho Administrativo Postconstitucional y otros ensayos rescatados» (Thomson Reuters Aranzadi, 2017), de Luis Martín Rebollo. Otro gran maestro, nos ofrece una selección de treinta artículos únicos. Son únicos porque su autor sabe analizar cada asunto con una maestría y destreza académica maravillosa. Martín Rebollo es de los sabios más discretos que ha alumbrado el siglo pasado en nuestro país, y cuya pluma jurídica en el presente siglo sigue marcando senderos y planteando interrogantes. Es un tópico pero justo reconocimiento alzarle como el padre de la responsabilidad patrimonial en el ordenamiento jurídico español vigente, pero también nos ha formado a muchísimos en lo que debe ser el talante del jurista: curiosidad, capacidad crítica, profundidad de examen, saber estar y saber ser referencia… Me resulta difícil seleccionar bombones dentro de esta primorosa selección de sus trabajos, pero recomiendo vivamente para quien quiera viajar al período de gestación administrativa de 1980 a 2010 su artículo “Treinta años de derecho administrativo postconstitucional”, al igual que el sugerente “Las transformaciones de la justicia administrativa”, o sus reflexiones sobre el derecho urbanístico.

El profesor Martín Rebollo nunca ha tenido miedo a trepar a las montañas, como un Mahoma jurídico, acude a ellas, trepa, otea, escarba y sienta la mejor doctrina, que sus seguidores aceptamos.

Y finalmente, por no tener más espacio, me llevaría el conjunto de artículos de Tomás Ramón Fernández “De la arbitrariedad de la Administración” (Civitas,2008) porque además de sus inmensas aportaciones al buen derecho administrativo en otros frentes, esa obra encierra la perspectiva más seria, clara y congruente de lo que debe ser el norte de la justicia, cuando afronta la doma de esos yeguas salvajes que son las potestades discrecionales o se desbocan hacia la arbitrariedad. El maestro, echa el lazo del control a la discrecionalidad, y la domestica, pese a que se encabrita, cocea y bufa.

Todo juez y abogado administrativista debería interiorizar las premisas y conclusiones de esta obra. Nada de comodidad, inercias o tradición sobre la discrecionalidad. Nada de bendecir los excesos como coartada de tropelías y caprichos de la autoridad de turno. Sencillamente reconocer y admitir el estricto margen de discrecionalidad que impone la labor legítima de gobierno, pero siempre dentro de los límites de lo reglado, de la razón y de los principios generales del derecho, que sabiamente manejados pueden borrar la máscara de la discrecionalidad opaca hacia la «discrecionalidad cero», donde el juez puede y debe actuar, sin exceso alguno de su jurisdicción.

Sé que soy deudor de muchas otras obras de mi biblioteca (Enterría, Santamaría Pastor, Alejandro Nieto, Martín Mateo, González Navarro,etcétera), pero a veces hay que elegir, y por eso esas tres obras son las que en una isla de náufrago me permitirían gozar con el derecho administrativo que hubiese quedado atrás, (aunque no se lo diga a nadie, ¡llevo escondidos los “34 artículos seleccionados de la RAP con ocasión de su aniversario!, INAP,1983). Con esta cita hago trampa porque aquí se incluye el imprescindible ensayo «La lucha contra las inmunidades del poder en el Derecho Administrativo, García de Enterría», entre otras joyas.

En todo caso, invito al lector a que ponga en comentarios la obra jurídica que salvaría de la quema… sé que es difícil pues todos tenemos nuestras filias y fobias bibliográficas.

A estas alturas ya he delatado que tengo una mirada nostálgica hacia mis maestros del pasado…que están encarnados en mi presente profesional. Por mucho que el derecho administrativo cambie vertiginosamente y reconstruya sus fronteras sin cesar, mi «fondo de armario jurídico» es imprescindible, pues parafraseando al dicho de Eugenio D’Ors «Lo que no es tradición, es plagio».

 

Contencioso.es - JR Chaves - De gazapos y otros errores formales de los escritos procesales

NOTA FINAL.- Como contrapunto, para provocar alguna sonrisa de fin de semana, recuerdo que en su día catalogué Los libros de Derecho Administrativo menos leídos en España.

9 comments on “Libros de derecho administrativo para salvar de la quema

  1. Pimper

    El Derecho y el revés.

  2. Enrique

    Impecable selección de libros jurídicos, no heridos de muerte por la caducidad o derogación de las normas que estudian, sobre el deber ser del derecho administrativo.
    Sobre el ser del derecho administrativo añadiría un libro, único publicado documentadamente, elaborado con los restos de un naufragio de la lucha por el derecho: «Administraciones públicas: Vías de hecho y violación de derechos fundamentales».

  3. Miguelanxo

    Gracias, J. R.!!!

  4. JUAN CARLOS

    Gracias por lo que supone de recomendación.

  5. Cómo marcapáginas que no ocupa espacio puede usarse «Las notificaciones del mes de agosto» de D. Jesús González Pérez. Lo conozco por haber sido reseñado en este blog.
    El Agosto del siglo XXI no ha cambiado desde 1970

    https://www.cepc.gob.es/sites/default/files/2021-12/226481970061121.pdf

    • Gracias, pero no hará falta, porque ese estupendo artículo de don Jesús estaba incluido entre los 34 artículos seleccionados de la RAP.:))

  6. ANTONIO VILABOA GARCÍA

    Para un estudio sosegado del Derecho Administrativo y que perviva en el tiempo cito el Tratado de Derecho Administrativo y Derecho Público General, del Catedrático D. Santiago Muñoz Machado. Obra esplendida que abarca exhaustivamente el conocimiento del derecho público en general.

  7. sin olvidar el venerable tratado de los modos de gestión de los servicios públicos locales, de Albi, que seguimos leyendo y consultando a pesar de los muchos años transcurridos desde que se publicó

  8. Pingback: Libros de derecho administrativo para salvar de la quema – Derecho con Adela

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