Luchas, triunfos y homenajes del Derecho Público

Convocados los Premios Blogs de Oro Jurídico 2020 (2ª Edición)

¿Está usted satisfecho con su blog jurídico?, ¿cree que su artículo es realmente bueno?, ¿quiere agradecer a los autores de los blogs jurídicos que le gustan su filantropía?, ¿desea ayudarnos a reconocer el mérito de los mejores blogs o post?, ¿quiere proponer su blog o su colaboración en un blog, o la de personas que admira, para ser galardonados?

Pues bien, tras el éxito de la I Edición de los Premios Blogs de Oro Jurídico 2019, el GRUPO GLOBOVERSIA (www.globoversia.com) promueve la segunda edición 2020 con arreglo a las siguientes

BASES

 

PRIMERA.- GALARDONES

Por el Grupo Globoversia, organización no gubernamental y sin ánimo de lucro, se convocan los Premios Blogs de Oro Jurídico 2020 en las siguientes modalidades:

I) Blog más influyente 2020 (BI). Se valorará el rigor, utilidad, aportación de valor y prestigio del blog en la comunidad jurídica.

II) Blog más original 2020 (BO). Se evaluará el diseño, estilo, y creatividad de la comunicación jurídica.

En ambos casos se valorará su impacto, amenidad y actualidad.

III) Asimismo, se otorgará el Premio a la Excelencia Expositiva (PEE), al artículo de cualquier blog jurídico publicado en el año 2020. Se valorará el análisis de la situación o cuestión jurídica, su relevancia y la amenidad del enfoque, rigor o utilidad.

Se entenderá que son blogs o artículos de temática jurídica, los que abordan el Derecho en sentido amplio, tanto en sus ramas pública y privada, como abarcando la perspectiva del fenómeno jurídico desde la historia, filosofía, tecnología o sociología u otra disciplina análoga.

 

SEGUNDA.- ORGANIZACIÓN

2.1 La organización de los premios corre a cargo de la Comisión designada por el Grupo Globoversia, formada por José Ramón Chaves García, doctor en derecho y magistrado; Antonio Arias Rodríguez, doctor en derecho y economista; Miguel Ángel Cabezas de Herrera Pérez, presidente de honor de FIASEP y experto en cuentas públicas; Juan Manuel del Valle, abogado y artista; Ana Caro Muñoz, gerente de universidad pública y poeta; Francisco José Ojuelos Gómez, abogado y escritor; César Álvarez Álvarez, jurista y funcionario; Carlos Juan González López, empresario, y José Adserias, farmacéutico y experto en TICs, y contando como Secretario General (Escribano) con Félix Lasheras Mayo, historiador y humanista. La presidencia del Grupo y de la Comisión recae en José Ramón Chaves García, sin que ningún miembro de la organización perciba remuneración alguna por esta labor. La Comisión actuará de Jurado para todo lo relacionado con la convocatoria.

2.2 Se cuenta con el patrocinio de la Editorial Amarante, así como la Fundación Automáticos Tineo para el fomento de la Cultura.

 

TERCERA.- PLAZO DE PROPOSICIÓN DE CANDIDATURAS (10 de diciembre -15 diciembre)

3.1 Las candidaturas para estos Premios podrán presentarse por cualquier persona física, mayor de edad y de cualquier nacionalidad incluyendo quienes sean los autores, propietarios, administradores o seguidores de los blogs o bitácoras en español, o de los artículos propuestos.

Para ello bastará con enviar la propuesta de candidaturas a la dirección de correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde las 10:00 horas del día 10 de Diciembre de 2020 hasta las 24 horas del 15 de diciembre de 2020. Serán propuestas rápidas, gratuitas y no requieren identificarse nominalmente ni registrarse.

En todo caso, solo se admitirán candidaturas de blogs o bitácoras y artículos publicados en lengua española, desde cualquier país y cualquiera que sea la nacionalidad de su promotor o autor.

Los blog o bitácoras pueden ser tanto personales, identificados con un dominio propio (por ejemplo, delajusticia.com) o que estén formalmente incorporados a un sitio web identificado con el nombre de un dominio propio perteneciente a entidades, empresas, despachos profesionales o grupos (por ejemplo: http://www.bufetekelsen.com), siempre que éstos últimos cuenten con un apartado dedicado específicamente a la publicación de artículos y textos y esté explícitamente etiquetado dentro del sitio web como “blog”, webBlog, bitácora o término equivalente.

En todo caso, deberán tener contenido predominantemente jurídico aunque puedan incluir otras materias relacionados con materias afines al Derecho y la Justicia.

3.2 Las candidaturas propuestas serán enviadas por correo electrónico, que podrá formular cualquier persona, SIN NECESIDAD DE IDENTIFICAR LA IDENTIDAD DEL PROPONENTE, y expresarán sencillamente:

A) Cuando se trate de proponer para el Blog o Bitácora más influyente o más original.- Se indicará nombre y copia de los enlaces o links de la dirección del blog o bitácora propuestos.

Por ejemplo: Blog de la Justicia, https://delajusticia.com

En todo caso, el blog debe haber incorporado algún artículo durante el último semestre de año 2020

B) Cuando se trate de proponer candidaturas al mejor artículo, texto o contenido publicado.- Se deberá señalar el Título del artículo y copia exacta del enlace o link correspondiente a la dirección del artículo o texto o contenido propuesto)

Por ejemplo: Dos frenos de la corrupción: https://fiscalizacion.es/2020/12/09/corrupcion/

En todo caso, el artículo, texto o contenido debe haberse publicado dentro del año 2020.

Podrán proponerse, desde una única dirección de correo electrónico, varias candidaturas de blogs o bitácoras y de artículos, con un número máximo de cinco propuestas en cada modalidad. No se podrán remitir varios correos electrónicos persiguiendo exceder ese límite, quedando excluidas las propuestas de quienes lo incumplan.

3.3 El Escribano General elaborará el listado de candidaturas válidas por cada modalidad, ordenado de mayor a menor número de propuestas, y se elevará al Jurado para que fije, por un lado, los veinte blogs o bitácoras para cada modalidad (Blog Más influyente y Blog Más original) y por otro, los veinte artículos, textos o contenidos, que se someterán a la ulterior votación popular. Tal votación está abierta a cualquier persona física mayor de edad que desee emitir su voto a través del procedimiento establecido.

3.4 Exclusiones. El Jurado podrá excluir motivadamente los blogs o bitácoras y artículos que se revelen con manifiesta falta de calidad, seriedad o buen gusto, o maliciosas. Asimismo las candidaturas de artículos que supongan plagios de otros originales sea cual sea la lengua y lugar de publicación en la WEB, detectados mediante las herramientas tecnológicas adecuadas.
Serán excluidas aquellas candidaturas, en la modalidad de artículos, que amparen plagios, parciales o totales, de otros originales sea cual sea la lengua y lugar en que estén publicados en la WEB, detectadas empleando las herramientas tecnológicas para detectar plagios.

 

CUARTA.- VOTACIÓN POPULAR (20 diciembre de 2020-31 de diciembre de 2020)

4.1 Los listados definitivos de candidaturas admitidas en cada modalidad y sometidas a votación popular serán publicados en los sitios webs: delajusticia.com, fiscalización.es, globoversia, acalanda.com y fundacionautomaticostineo.com, así como divulgados en las redes sociales más populares.

4.2 Votar es rápido, gratis y no requiere registrarse. Cualquier persona física, mayor de edad, podrá emitir votos individualmente mediante su envío a la dirección del correo electrónico blogosjuridicos@gmail.com, desde las 10:00 horas del día 20 de Diciembre de 2020 hasta la medianoche del 31 de diciembre de 2020. Antes de su vencimiento, excepcionalmente, a propuesta del Escribano General podrá el Presidente del Jurado prorrogar dicho plazo hasta la medianoche del día 3 de enero de 2021, lo que se hará público a través de las webs divulgativas referidas.

4.3 Los votos se remitirán a la dirección del correo electrónico: blogosjuridicos@gmail.com del siguiente modo:

– No será preciso indicar nombre del votante ni se requiere ningún otro dato personal identificativo, más allá que la lógica constancia del correo electrónico de remisión.

– Bastará con indicar el sentido de los votos que se emiten para cada modalidad (Blog Más Influyente, Blog Más Original, o Post de Excelencia) identificando el blog o artículo para el que, o para los que se vota.

4.5 Cada votante podrá formular en el mismo correo electrónico enviado un máximo de tres votos por cada una de las tres modalidades. Se admite que se vote al propio blog o post. Una vez emitido el voto no podrá cambiarse ni revocarse.

4.6 Queda prohibido para los participantes votar más de una vez, desde el mismo o distinto correo electrónico, apelando a la honestidad y buena fe de los votantes. No obstante, los segundos y adicionales votos que sean detectados por el Escribano General o por el Jurado como claramente encaminados a defraudar las estipulaciones aquí establecidas, no serán computados.

 

QUINTA.- VERIFICACIÓN Y RECUENTO

5.1 El control de errores, fraudes y, en general la verificación de la idoneidad y exactitud de los votos, así como la existencia y actualidad de los blogs, bitácoras y sitios webs junto con los artículos publicados votados, y la labor final de comprobación y certificación de los resultados de las votaciones, será acometida por el Escribano General Sr. Félix Lasheras Mayo.

Ninguno de los miembros del Grupo Globoversia o del Jurado podrá votar ni ser votado en sus sitios webs, blogs o bitácoras y artículos, textos o contenidos publicados. Específicamente se excluyen las nominaciones de los blogs delajusticia.com así como fiscalizacion.es, y quedan fuera lógicamente los artículos incluidos en los mismos, por lo que no se computarán las propuestas ni votos que recaigan sobre ellos, ni podrán obtener galardón alguno derivado del Certamen.

No se prohíbe la participación y galardón de blogs premiados en ediciones anteriores.

5.2 Las posibles interpretaciones, dudas, controversias y control del proceso serán resueltos por el Jurado.

 

SEXTA.- PROCLAMACIÓN DE GALARDONADOS (6 de enero de 2021)

6.1 Sobre los tres finalistas por mayor número de votos de cada modalidad, el Jurado decidirá motivadamente, y previa deliberación, el de mayor mérito para el respectivo galardón. Un mismo blog o su contenido no podrá obtener más de un premio de los convocados en la misma edición, correspondiendo en caso de concurrencia final al Jurado adjudicar la modalidad que considere más ajustada a su mérito.

6.2 El Jurado podrá añadir hasta dos accésit en cada modalidad.

6.3 Una vez determinados los blogs o bitácoras y artículos merecedores de los premios, el Sr. Escribano General contactará a través de los sitios web, blogs o bitácoras premiados para determinar la identidad del galardonado y recibir su conformidad para poder proclamarle con el premio correspondiente a su modalidad. Para el supuesto de resultar inaccesible su identidad o de no prestar el autor, administrador o master su conformidad, se entenderá que renuncia y se otorgará al siguiente en reserva según determine el Jurado.

6.5 El Jurado, en nombre del Grupo Globoversia, a propuesta del Escribano General o mediante la deliberación necesaria, efectuará la proclamación formal de galardonados para su difusión.

6.6 Los premios se harán públicos el día 6 de enero, día de Reyes Magos, del año 2021, a través de los blogs delajusticia.com y fiscalizacion.es, así como de la web de difusión de la Editorial Amarante (https://acalanda.com/), y de la propia de la Fundación Automáticos Tineo (fundacionautomaticostineo.com) así como por cualquier otro medio que se pudiera considerar idóneo.

6.7 El resultado servirá de base para que el Jurado, unido a su valoración personal y directa de los contenidos, elabore y proclame el ranking de los 15 mejores Blogs jurídicos 2020.

 

SÉPTIMA.- PREMIOS

7.1 Los Premios consistirán, por cada modalidad en:

  • Una estatuilla representativa de valores culturales con mención del premio y cita de aforismo jurídico.
  • Un Diploma acreditativo del reconocimiento del galardón.
  • Un lector de libro electrónico (e-reader) para cada entidad o persona responsable del blog o artículo galardonados (gentileza de la Fundación Automáticos Tineo).
  • Un lote de libros de la Editorial Amarante, en su mayoría de contenido jurídico (gentileza de Editorial Amarante).

Entre los que destacan:

· Poética en el Siglo de Oro en torno a San Isidro. Una edición única dentro de la Colección 10º Aniversario.

· Ramón y Cajal (El ocaso del genio). La obra del profesor Marcos Larriba mete el dedo en la llaga de lo que los españoles solemos hacer con la memoria de nuestros hombres ilustres.

· Los Consejos de Ministros en España (S. XVIII). Un nuevo ensayo histórico, dentro de la colección 10º Aniversario. El origen y comienzo de los Consejos de Ministros en España a través de la obra del profesor y jurista Bienvenido Córcoles.

· Y próximas novedades editoriales.

7.2 Los accésit, si los hubiere, solo tendrán derecho al diploma acreditativo del reconocimiento y a asistir a la ceremonia de entrega y ágape consiguiente, si fuere presencial.

 

OCTAVA.- CEREMONIA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS

8.1 La entrega de los premios se efectuará al responsable de la autoría o promotor de cada uno de los dos blogs o bitácoras premiados, así como al autor o autores del articulo publicado o persona física en la que deleguen y, en su caso, los accésit o finalistas concedidos, en un evento que será anunciado oportunamente, a celebrarse en las ciudades de Oviedo o Salamanca, según decida el Grupo Globoversia, con sus miembros, que tendrá lugar antes de finalizar febrero de 2021. De no ser posible por razones de fuerza mayor tal reunión, tendrá lugar el acto mediante plataforma telemática como Acalanda TV, Zoom u otra alternativa que decida el Jurado.

8.2 Asimismo, las personas físicas galardonadas, participantes en la ceremonia de entrega y en otros posibles eventos que se celebren por la organización sobre los premios, por la aceptación del premio se entiende que autorizan el posible uso de su imagen personal para cualquier actividad informativa, divulgativa o promocional en los medios de comunicación, incluidas las redes sociales, en relación exclusivamente a los premios otorgados.

 

NOVENA.- INTERPRETACIÓN DE LA BASES

9.1 La participación en los Premios blogs de Oro Jurídicos supone la aceptación completa de las presentes Bases, que se publicarán en delajusticia.com y fiscalizacion.es

9.2 Las cuestiones y los demás asuntos que no estén considerados en estos premios y que no estén contemplados en las presentes Bases serán resueltos por el Jurado antes citado y en caso de planteársele alguna reclamación o conflicto es el único órgano capacitado para interpretar las presentes Bases. Sus decisiones serán ejecutivas e inapelables.

 

DÉCIMA.- INFORMACIÓN

Mas allá de las webs de difusión de los galardones (delajusticia.com y fiscalizacion.es) el Escribano General atenderá las consultas sobre las bases, incidencias o dudas que le sean formuladas a través del correo electrónico: escribanoquevedo@gmail.com.

El Grupo Globoversia agradece la difusión de las presentes Bases y la participación de los interesados con sus propuestas de candidaturas y votos. Y ya está abierto el PLAZO DE SUS CANDIDATURAS A LOS PREMIOS, BLOGS Y POST… mediante un sencillo correo electrónico sin sus datos personales pero sí del blog o post que propone al correo: blogosjuridicos@gmail.com

*** NOTA-. Los blogs que pueden votarse o sus enlaces pueden ser de cualquiera que exista en la blogosfera, pudiendo a título orientativo indicarse los blogs incluidos en el Directorio temático de blogs, o de los blogs incluidos en la página de Notarios y Registradores, o los ofrecidos por Amalia López Acera, o en cualquier otro blog, nacional o extranjero, que en lengua española aborde cuestiones jurídicas, y tenga a bien proponer o votar.

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